Los derechos inespecficos y los conflictos entre los

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Los derechos inespecíficos y los conflictos entre los derechos fundamentales de los empleadores y

Los derechos inespecíficos y los conflictos entre los derechos fundamentales de los empleadores y trabajadores Wilfredo Sanguineti Raymond Catedrático de Derecho del Trabajo Universidad de Salamanca www. wilfredosanguineti. es

Un problema capital, a fin de cuentas no resuelto • Existe un amplio consenso

Un problema capital, a fin de cuentas no resuelto • Existe un amplio consenso sobre la aplicación de los DF de la persona en las relaciones de trabajo • Expresado por lo general mediante pronunciamientos de los órganos de control constitucional • A pesar de ello, no se ha producido una verdadera transformación del “modo de estar” de los trabajadores en la empresa • En el fondo seguimos sin saber, más allá de los casos resueltos por la jurisprudencia de los TC, cómo deben aplicarse esos derechos a las relaciones de trabajo

Profundizando en las razones del entrampamiento • El problema es similar al que plantea

Profundizando en las razones del entrampamiento • El problema es similar al que plantea la aplicación de los DF a las relaciones entre privados • Donde pueden entrar en conflicto expectativas de realización de los derechos distintas, todas legítimas • Y el principio de autonomía de la voluntad puede modular su ejercicio • Esta situación se reproduce con particular intensidad en la relación laboral: • Donde coincide la expectativa de ejercicio de sus DF por los trabajadores • Con la atribución al empleador de poderes sobre la persona de estos y su actividad

Un punto de partida y no de llegada • Admitida la vigencia de los

Un punto de partida y no de llegada • Admitida la vigencia de los DF en las relaciones de trabajo, es preciso resolver un problema más delicado: • La compatibilización de su ejercicio con las obligaciones asumidas por el trabajador a través del contrato de trabajo • Y especialmente con el desenvolvimiento de los poderes empresariales, a los que ha aceptado someterse • Aquí es donde radica la gran dificultad de la garantía de los DF en el ámbito laboral

La clarificación de la naturaleza del problema • Se ha pasado de enfocarlo como

La clarificación de la naturaleza del problema • Se ha pasado de enfocarlo como uno de adaptación del ejercicio de los DF al marco del CT • A considerarlo uno de colisión o conflicto entre derechos, a resolver usando las técnicas aplicables a estos • En concreto, el conflicto se presentaría entre: • El DF del trabajador y la libertad de empresa • Y su solución vendría aportada por la aplicación del principio de proporcionalidad • Según el cual el sacrificio de un DF solo es admisible si satisface un interés amparado por otro DF • Que sea prevalente conforme al sistema de valores de la Constitución y las circunstancias del caso

El fundamento del principio de proporcionalidad • Dado que las constituciones reconocen con carácter

El fundamento del principio de proporcionalidad • Dado que las constituciones reconocen con carácter amplio DF potencialmente contradictorios • Estos pueden experimentar limitaciones recíprocas cuando entran en conflicto • El principio de proporcionalidad ofrece un criterio para determinar cuál de los DF debe ceder • Basado en la idea de optimización de la aplicación de los valores garantizados por la Constitución • Se basa en el sometimiento de la medida examinada a una triple valoración • Juicio de idoneidad, juicio de necesidad y juicio de proporcionalidad en sentido estricto

La difícil aplicación del principio de proporcionalidad • Su gran difusión no ha venido

La difícil aplicación del principio de proporcionalidad • Su gran difusión no ha venido acompañada de una clarificación de su forma de operar • Ni de cómo aplicarlo a las relaciones de trabajo • Sin esta clarificación este principio puede servir para avalar todo tipo de restricciones de los DF • Al concurrir en estos casos dos pretensiones por igual legítimas desde el punto de vista constitucional • Este es el origen de la imagen negativa que a veces se tiene sobre su utilidad • Al entenderlo asociado al subjetivismo y la arbitrariedad

Cómo aplicar el principio de proporcionalidad • Para superar la actual situación es preciso

Cómo aplicar el principio de proporcionalidad • Para superar la actual situación es preciso aplicar estrictamente el test de proporcionalidad • Adaptando su forma de operar a las relaciones entre particulares y en especial a la relación laboral • En ellas no interviene el legislador sino sujetos privados, con pretensiones en principio legítimas • Y la autonomía de la voluntad puede justificar modulaciones del ejercicio de los DF • Esta doble diferencia condiciona la aplicación de cada uno de los “escalones” del principio

El examen de la idoneidad y la necesidad de la medida • La primera

El examen de la idoneidad y la necesidad de la medida • La primera exige que el fin perseguido por la medida sea uno amparado por la Constitución • Y no un simple interés o conveniencia del sujeto • Excluye las que no satisfacen fines de este tipo • O no contribuyen a favorecerlos • La segunda precisa que sea indispensable para ello • Por no haber otra medida igual de eficaz y menos lesiva • De haberla, la medida más lesiva debe ser descartada por innecesaria • Al margen toda la valoración sobre su razonabilidad, utilidad o carácter limitado

El juicio de proporcionalidad en sentido estricto • Opera cuando la medida lesiva es

El juicio de proporcionalidad en sentido estricto • Opera cuando la medida lesiva es idónea y necesaria • Para determinar si debe prevalecer el DF del afectante sobre el DF del afectado • Esto solo cabe si la importancia de su satisfacción supera a la del sacrificio del DF del otro • Medida en términos de optimización de la aplicación de los principios y valores consagrados por la Constitución • Es decir, si tiene un mayor “peso” en la ponderación • La cuestión es ¿cómo calcular el “peso” de cada uno de los DF en liza para realizar la ponderación?

Un primer criterio: la importancia material de cada DF • Permite atribuir un valor

Un primer criterio: la importancia material de cada DF • Permite atribuir un valor especial a: • El ejercicio de las libertades ideológica, de expresión e información y de reunión y manifestación • Dada su conexión con el principio democrático • Y a los derechos a la integridad física y moral, al honor, a la intimidad y a la propia imagen • • Dada su conexión con la dignidad de la persona Esto no les garantiza una inmunidad absoluta • Su efecto es exigir un interés extraordinario para limitarlos

La posible concurrencia de otros bienes o derechos • Ese interés extraordinario puede estar

La posible concurrencia de otros bienes o derechos • Ese interés extraordinario puede estar vinculado a la presencia de otro bien o valor constitucional • Que refuerza la posición de la libertad de empresa • Cuando la afectación del DF es indispensable para ejecutar el contrato de trabajo • Debe valorarse la incidencia de la autonomía de la voluntad para admitir su validez • Lo mismo ocurre cuando la limitación del DF satisface otro DF o valor constitucional • Como la seguridad de las personas o la salud pública

Un segundo criterio: la afectación de cada DF • Debe valorarse también el grado

Un segundo criterio: la afectación de cada DF • Debe valorarse también el grado de sacrificio que experimentaría cada DF: • De verse limitado o no poder ser ejercido • Un sacrificio leve de un DF “importante” es posible si evita un daño grave a otro DF “menos relevante” • Por ejemplo: • Cabe alterar temporalmente la imagen del trabajador, si existe una necesidad empresarial de identificación • Y modificar la jornada laboral para que el trabajador atienda sus deberes religiosos, si no supone un perjuicio importante para el empleador

Unos matizados resultados • Las soluciones alcanzadas son siempre matizadas • En función de

Unos matizados resultados • Las soluciones alcanzadas son siempre matizadas • En función de los rasgos del conflicto y el caso concreto • Los DF de los trabajadores pueden ser limitados si: • Se les ocasiona un daño inferior al que sufriría el empleador en caso contrario • O está en juego la operatividad del CT u otro DF o bien constitucional • La pretensión del trabajador de ejercer su DF limitando la libertad de empresa es admisible si: • No causa un daño desproporcionado al empleador • Entonces permite una reformulación del marco del CT

La ponderación y nosotros, los laboralistas • Estos resultados están lejos el mito de

La ponderación y nosotros, los laboralistas • Estos resultados están lejos el mito de una idílica “ciudadanía de empresa” • Pero cerca de sus márgenes posibles dentro de sociedades complejas en las que conviven valores distintos • No se desconoce con ello las dificultades que supone la aplicación de este método • Aun así, su empleo impone cánones de razonamiento que limitan el decisionismo y la arbitrariedad • Por lo demás, ponderar ha sido históricamente una de las tareas esenciales de los juristas del trabajo