LMITES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES TIPOLOGA INTERNOS Delimitacin

  • Slides: 5
Download presentation
LÍMITES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

LÍMITES DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

TIPOLOGÍA • INTERNOS (Delimitación DF): – Positivos: Explicitados por CE – Inmanentes o Lógicos:

TIPOLOGÍA • INTERNOS (Delimitación DF): – Positivos: Explicitados por CE – Inmanentes o Lógicos: Coexistencia con otros DF • EXTERNOS (Limitación DF) – Creados por poder público con habilitación constitucional----Mayor libertad que con la delimitación – Caracteres: • EXTERNOS: Selección por el poder públicos de los bienes/intereses (no constitucionales) que motivan la limitación • CONTINGENTES: De no existir, la CE garantiza la expectativa abstractamente definida en el objeto del derecho • CONSTITUTIVOS: Crean, no declaran, el límite

LÍMITES A LOS LÍMITES • Restricciones a: – Creación de límites: • Caracteres norma

LÍMITES A LOS LÍMITES • Restricciones a: – Creación de límites: • Caracteres norma limitadora: – Habilitación constitucional – Forma jurídica: Ley orgnánica – Fijación formal del límite (seguridad jurídica): » Expreso » Preciso » Cierto » Previsible • Canon de razonabilidad – Aplicación de límites: Proporcionalidad • Necesidad • Idoneidad • Proporcionalidad estricta: – Daño real y efectivo al bien jurídico – Medida equilibrada • Contenido esencial

LÍMITES A LOS LÍMITES • Contenido esencial – Teoría del Tribunal Constitucional: • Teoría

LÍMITES A LOS LÍMITES • Contenido esencial – Teoría del Tribunal Constitucional: • Teoría de los círculos concéntricos: – Dos círculos: » Contenido esencial » Contenido no esencial: sólo existe si el legislador no lo limita – Tres círculos: » Contenido esencial » Contenido no esencial » Contenido adicional: Facultades que el legislador incorpora al DF

CONTENIDO ESENCIAL – Teoría correcta: • Definición abstracta del: – – Titular Objeto Contenido

CONTENIDO ESENCIAL – Teoría correcta: • Definición abstracta del: – – Titular Objeto Contenido Límites internos • Delimitación: concreción por el legislador de la definición abstracta: – El DF tiene que seguir siendo reconocible – Debe servir al propósito garantista de la definición abstracta • Disponible por el titular e indisponible por terceros