LIBERTAD PERSONAL Artculo 17 1 Toda persona tiene
LIBERTAD PERSONAL
Artículo 17 ¢ 1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. ¢ 2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. ¢ 3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales, en los términos que la ley establezca. ¢ 4. La ley regulará un procedimiento de "habeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional
DERECHO DE LIBERTAD Concepto l • • l No es derecho genérico a la libertad (STC 120/1990) Noción de privación de libertad (SSTC 98/1986; 341/1993, 174/1999, 53/2002) • Situación fáctica • Compulsión sobre la libre autodeterminación de la conducta lícita Tipos: • • l Privación de libertad Detenciones Rango de la norma • Ley orgánica –casos • Ley ordinaria –formas(STC 140/1986, 118/1992, 129/1999, 53/2002; STEDH Riera Blume, de 14 -X-1999)
• Casos y formas de privación (SSTC 81/1997, 2/1997, 53/2002) • Certeza • Motivación • Proporcionalidad • Ponderación
SUPUESTOS • Incomunicación (STC 127/2000) • Arresto domiciliario del quebrado (SSTC 178/1985, 230/1991) • Internamiento incapaces y enfermos psíquicos (SSTC 112/1988, 104/1990, 24/1993, 129/1999) • Menores (SSTC 233/1993, 289/2000) • Extranjeros ilegales (SSTC 115/1987, 174/1999, 24/2000, 179/2000, 53/2002)
Detención preventiva Concepto (SSTC 98/1986, 341/1993, 171/1999, 174/1999) Detenciones que no lo son: l l • • Retenciones para identificación (STC 341/1993) Otras modalidades de privación de libertad (SSTC 107/1985, 98/1986, 22/1988, 61/1995, 341/1993, 171/1999, 53/2002) Garantías l • • Del detenido: finalidad y duración (SSTC 107/1985, 341/1993, 171/1999, 202/2000, 224/2002, 82/2003) Información de derechos y asistencia letrada (STC 41/1998, 94/1983, 47/1986, 196/1987) • • derecho a no declarar en contra de sí mismo y a guardar silencio derecho a intérprete (STC 74/1987) Imputaciones tardías y preconstitución de pruebas Detención de extranjeros con orden de expulsión (STC 115/1987, 174/1999)
Habeas Corpus l l l Régimen jurídico (SSTC 86/1996, 224/1998, 232/1999; ATC 316/1996) Extranjeros (SSTC 174/1999, 232/1999, 208/2000, 209/2000) Policía, Fuerzas armadas (SSTC 174/1999, 232/1999, 208/2000, 209/2000)
Prisión provisional Condiciones (SSTC 177/1998, 33/1999, 47/2000) l • • • l l Plazos (SSTC 19/1999, 207/2000; 231/2000, 272/2000; ATC 183/1991) Auto de prisión provisional (SSTC 108/1984, 177/1998, 19/1999; 33/1999; 14/2000, 47/2000, 44/1997, 128/1995, 66/1997, 29/2001); AATC 183/1991, 50/1992) Prórroga de prisión provisional y denegación de libertad condicional (SSTC 165/2000, 304/2000, 305/2000, 28/2001) Libertad provisional bajo fianza (SSTC 305/2000, 61/2001; ATC 259/2000 ) Prisión provisional y extradición (305/2000, 71/2000, 72/2000, ATC 282/2000) Prisión provisional y extranjeros (SSTC 169/2001) Alcance fallo estimatorio del amparo (SSTC 19/1999, 231/2000, 66/1997, 177/1998, 67/1997)
Dº a la seguridad CONCEPTO (SSTC 109/1987, 126/1987, 325/1994) 1.
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