LEY N 21 146 MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES
- Slides: 17
LEY Nº 21. 146 MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE SIMPLIFICAR EL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACION DE LAS ELECCIONES DE JUNTAS DE VECINOS Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
FICHA TECNICA �Ley Nº �Fecha Promulgación �Fecha Publicación �Vigencia diferida �Leyes modificadas : 21. 146 : 20/02/2019 : 27/02/2019 : 28/08/2019 : 19. 418 (JJVV) – 18. 593 (TER) TÍTULO: Modifica diversos cuerpos legales, con el objetivo de simplificar el procedimiento de calificación de las elecciones de las Juntas de Vecinos y organizaciones comunitarias
Nuevas obligaciones legales I. Obligación de publicidad de actuaciones de organizaciones y resoluciones judiciales II. Obligación de verificación de depósito y conformidad legal de antecedentes III. Obligación de certificación IV. Obligación de publicidad de Registros V. Obligación de mantener, autorizar y otorgar copias
Esquema del nuevo procedimiento Convocatoria a elecciones Secretaría Municipal publica en página Web del municipio Comisión Electoral informa a Secretaría Municipal al menos 15 días antes Elecciones 5 días Comisión Electoral entrega antecedentes a Secretaría Municipal TER acoge reclamo Hay reclamo TER comunica a Secretaría Municipal para publicar en Web por 5 días 20 días No hay reclamo Secretaría Municipal debe entregar Certificados de Vigencia provisorios TER rechaza reclamo TER comunica a Secretaría Municipal para publicar en Web hasta fecha de nueva elección Secretaría Municipal informa a Registro Civil entrega certificados de vigencia definitivos
Procedimiento en Secretaría Municipal ELECCION 20 DIAS 15 DIAS CE comunica a SM • 15 días antes • Omisión invalida elección Publicación en Web municipal • día sgte. hábil • hasta elección CE deposita elección en SM • acta elección • Registro socios • Listado votantes • acta CE • certificado antecedentes SM verifica conformidad legal antecedentes SM emite certificados de vigencia provisorios Reclamación TER: publicación SM remite antecedentes a SRCe. I Acoge: publicación Rechaza: publicación
PASO a PASO q COMUNICACIÓN DE LA ELECCIÓN q PUBLICACION DE LA COMUNICACIÓN q DEPOSITO DE ANTECEDENTES DE ELECCION q VERIFICACION DE CONFORMIDAD LEGAL q EMISION DE CERTIFICADOS q REMISION DE ANTECEDENTES A SRCe. I q RECLAMACION ANTE EL TER
PASO a PASO q COMUNICACIÓN DE LA ELECCIÓN (art. 21 Bis) a) La Comisión Electoral comunica al SM la realización de la elección b) Debe realizarse al menos con 15 días de anticipación a la elección c) Si se omite la comunicación, la elección no tendrá validez • ¿Cuál es la sanción en caso de incumplimiento? • ¿Quién declara esta “nulidad”? • Formato de comunicación de fácil manejo, difusión y publicación q PUBLICACION DE LA COMUNICACIÓN (art. 21 Bis) a) Publicación por el SM en la Web municipal b) Al día hábil siguiente – hasta la fecha de la elección c) Contravención: infracción grave de deberes funcionarios
PASO a PASO
PASO a PASO q DEPOSITO DE ANTECEDENTES DE ELECCION (art. 6º) a) Comisión Electoral deposita antecedentes en SM b) Dentro del 5º día hábil desde la elección c) Formato de depósito de fácil manejo y verificación: • Acta de la elección • Registro de Socios actualizado • Registro de socios que sufragaron en la elección • Certificados de antecedentes de los elegidos • Acta establecimiento de la Comisión Electoral
PASO a PASO q VERIFICACION DE CONFORMIDAD LEGAL (art. 6º Bis) a) Verificación de depósito de antecedentes b) Verificación de conformidad legal de antecedentes • Conformidad (RAE): Igualdad, correspondencia de una cosa con otra • SM se limita a declarar la conformidad legal • Un solo formato, desarrollado en 2 etapas q EMISION DE CERTIFICADOS (art. 6º Bis) a) Certificados de vigencia provisorios • ¿Pueden incorporar resultado de verificación de conformidad legal? • 30 días corridos, prorrogables en caso de reclamación TER (sentencia ejecutoriada) • Puede solicitarlo cualquier miembro de la organización q REMISION DE ANTECEDENTES A SRCe. I (art. 6º Bis) a) 20 desde el depósito, si no hay reclamación TER b) Si hay reclamación, desde la ejecutoria de la sentencia TER
q DEPOSITO DE ANTECEDENTES DE ELECCION (art. 6º) Formato de depósito y verificación: • Acta de la elección ü Quórum legal (art. 10 - art. 7º inciso 2º - art. 40 – art. 17) ü Publicidad de la Asamblea (de acuerdo a sus estatutos) ü Cumplimiento de requisitos legales por candidatos (art. 19 inciso final – art. 20 – art. 21) ü Escrutinio de los votos (art. 19) ü Determinación de los cargos (art. 21) • Registro de Socios actualizado ü Contenido y firma (art. 15 – art. 21) • Registro de socios que sufragaron en la elección • Certificados de antecedentes de los elegidos • Acta establecimiento de la Comisión Electoral : ü Asamblea extraordinaria (art. 18 letra f) ü Quórum legal (art. 10 - art. 7º inciso 2º - art. 40 – art. 17) ü 3 miembros con 1 año de antigüedad en la entidad (art. 10 letra k) ü No formen parte del Directorio o sean candidatos
PASO a PASO q a) b) c) RECLAMACION ANTE EL TER En el plazo de 15 días desde la fecha de la elección Por cualquier vecino afiliado a la organización TER oficia a SM para que: (art. 18 Ley Nº 18. 593) • Publique el reclamo en la Web municipal • Informe al TER la fecha de publicación • Remita al TER antecedentes de la elección • Plazo de 5 días • Al menos hasta que se dicte sentencia • Oficio constituye una notificación judicial (? )
PASO a PASO q RESOLUCION DE LA RECLAMACION TER oficia a SM para que: • Publique la resolución en la Web municipal • Plazo de 3 días • No distingue si la resolución acoge o rechaza, igual que el art. 6º Bis • Oficio constituye una notificación judicial (? )
REGISTROS PUBLICOS ART. 6º • REGISTRO DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS a) Constitución b) Modificaciones estatutarias c) Disolución • REGISTRO DE DIRECTIVAS Y SEDES SOCIALES a) Directorios b) Ubicación de sedes sociales o lugares de funcionamiento • Obligación de remitir mensualmente copia con respaldo digital de los Registros al SRCe. I • Obligación de entregar copia autorizada de estatutos, inscripciones y anotaciones • Obligación de mantener copia actualizada y autorizada de Registro de Socios (art. 15) • Contravención: infracción grave de deberes funcionarios
REGISTROS PUBLICOS ART. 6º • PUBLICACIÓN DE REGISTROS EN WEB MUNICIPAL a) Resguardo de datos personales – Ley Nº 19. 628 b) Art. 2º letra c) Comunicación o transmisión de datos: dar a conocer de cualquier forma datos personales a personas determinadas o indeterminadas c) Art. 2º letra f) Datos personales: relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables d) Jurisprudencia del Consejo para la Transparencia • Nombre y RUT de la Organización • Nombre del dirigente
GRACIAS
- El adverbio modifica
- La tecnica correttiva al sottosterzo
- El adverbio modifica al adjetivo
- Frases adverbiales
- Clases de adjetivos
- Instituto tecnologico superior de mulege
- Bases legales del marco teorico
- Matriz de requisitos legales sst 2020
- Fundamento pedagógico
- Elemento 2 del plan contable
- Cuadro comparativo de los frentes geopoliticos de venezuela
- Frentes geopolíticos de venezuela
- Figuras legales en enfermeria
- Palabras especializadas en documentos legales
- Legales
- Fbgg servicios legales
- Matriz legal ambiental
- Disposiciones legales