Ley General de Contabilidad Gubernamental C P C
Ley General de Contabilidad Gubernamental C. P. C. J. Jesús Rodríguez Medina rodriguezzz 2@hotmail. com Acapulco Gro. Septiembre de 2009 1
OBJETIVO DEL TEMA Conocer la relevancia e implicaciones de Ley General de Contabilidad Gubernamental, distinguiendo los diferentes conceptos que son esencia de la armonización contable y tienen por finalidad la integración patrimonial y la asociación presupuestal como elementos indispensables para generar información que fortalezca el esquema de rendición de cuentas.
CONTENIDO Planteamiento del Problema Antecedentes del Proceso de Armonización • Convención Nacional Hacendaria • Decreto de Reformas Constitucionales para incrementar la calidad del gasto y fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas Esquema General de la Contabilidad Gubernamental Información Financiera de los Gobiernos
CONTENIDO Ley General de la Contabilidad Gubernamental Conclusiones
Planteamiento del problema “Hoy en día se habla mucho sobre la propuesta de Reforma Fiscal, donde se busca contar con más recursos de los contribuyentes, pero creo que antes de ver cómo se puede obtener mayores recaudaciones, se debe de analizar la contabilidad gubernamental con el objetivo de hacer más eficiente la asignación de los recursos públicos y evitar gastos que son utilizados para beneficios personales”. (Cita Artículo Lucero Cruz Consultec) 5
Planteamiento del problema “En la actualidad uno de los problemas es que la contabilidad gubernamental entre los distintos gobiernos no puede ser comparada, debido a que se emplean términos, metodologías, criterios y formatos de presentación diferentes”. “Tal complicación dificulta la transparencia y la rendición de cuentas para la evaluación y fiscalización de los gastos públicos”. (Cita Artículo Lucero Cruz Consultec) 6
Planteamiento del problema Diversidad de sistemas contables entre las entidades federativas y municipios. Heterogeneidad de criterios para el registro de operaciones y falta de adopción de los principios básicos de contabilidad gubernamental. Falta de uniformidad en las cuentas públicas en estructuras, contenidos, alcances y oportunidad . Diversas intervenciones en la Instalación del Consejo Nacional de Armonización Contable SHCP Martes, 27 de Enero de 2009 | Discurso 7
Un segundo obstáculo para el eficaz manejo de los recursos es la ausencia de evaluaciones con base en indicadores, resultados y metas, en otras palabras la ausencia de un presupuesto basado en resultados. Diversas intervenciones en la Instalación del Consejo Nacional de Armonización Contable SHCP Martes, 27 de Enero de 2009 | Discurso
Antecedenes del Proceso de Armonización 9
La Convención Nacional Hacendaria Declaración de Cuatro Ciénegas, Coahuila El 20 de agosto de 2003, el Presidente de la República y los Gobernadores de los Estados emitieron conjuntamente la “Declaración de Cuatro Ciénegas, Coahuila”, en un acto histórico que ratificó la voluntad de todos los titulares de los poderes ejecutivos de ambos órdenes de gobierno, de construir, mediante amplios consensos y con pleno respeto a las atribuciones constitucionales del Poder Legislativo Federal y del Constituyente Permanente, una renovación del sistema 10
Definir, en función de los requerimientos del desarrollo nacional y de una nueva visión de federalismo mexicano, cuáles deben ser en el ámbito competencial políticoadministrativo, las responsabilidades de gasto y las atribuciones y facultades impositivas que correspondan a cada parte. , mediante amplios consensos y con pleno respeto a las atribuciones constitucionales del Poder Legislativo Federal y del Constituyente Permanente, una renovación del sistema federal mexicano. 11
El propósito general de la Convención es coadyuvar a impulsar un desarrollo económico más dinámico y justo, definir las responsabilidades de gasto a partir de las necesidades básicas en materia social y de infraestructura de cada uno de los tres órdenes de gobierno, así como generar recursos necesarios y suficientes dentro de un nuevo federalismo.
Producir y difundir un diagnóstico de la situación actual de las Objetivos haciendas públicas: federal, estatales y municipales. Generar, un programa de reformas con visión a mediano y largo plazos. Lograr un nuevo federalismo hacendario integral, (ingreso, gasto, deuda y patrimonio). Definir las responsabilidades de gasto que cada orden de gobierno debe asumir. Revisar las facultades tributarias y proponer quién legisla, administra, recauda y recibe los frutos de las contribuciones. 13
Lograr una mayor simplificación de la legislación y efectividad de la administración, en los tres niveles de gobierno. Objetevos Lograr mayor transparencia y armonización de la información hacendaria. Fortalecer los sistemas de rendición de cuentas, Revisar el marco jurídico para generar un capítulo hacendario en la Constitución y una nueva Ley de Federalismo Hacendario. Proponer cambios en la legislación secundaria. Acordar un programa para simplificar administrativamente los procesos programáticos, presupuestales y fiscales. 14
I. Gasto Público Temas II. Ingresos III. Deuda Pública IV. Patrimonio Público V. Modernización y simplificación de la Administración Hacendaria VI. Colaboración y coordinación intergubernamentales VII. Transparencia, Fiscalización y Rendición de Cuentas 15
Propuestas Relacionadas con la CGestión orientada a resultados. 1. Vínculo Integral: Planeación → Programas → Presupuesto → Evaluación de resultados. 2. Planeación estratégica multianual. 3. Medición del desempeño. 5. Modernización de sistemas, entre otros: Pensiones Catastro Recaudación 6. Armonización contable y presupuestal. 7. Contar con un Sist Nacional de Información Hacendaria en línea - internet. 16
Antecedentes de la Armonización Decreto de Reformas Constitucionales para incrementar la calidad del gasto y fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas DOF 07 de mayo de 2008 17
Exposición de Motivos “Se otorgan facultades a la Cámara de Diputados para autorizar erogaciones para proyectos de inversión en infraestructura que abarquen más de un ejercicio fiscal”. “El gobierno debe explicar puntualmente a los habitantes la forma en que ha administrado los recursos que han sido puestos a su disposición y los resultados obtenidos a través del ejercicio de los mismos”. 18
Fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas En cuanto al tema de armonización contable, se faculta al Congreso de la Unión para que expida las leyes que tengan por objeto normar la Contabilidad Gubernamental, armonizando los sistemas contables públicos, así como la presentación de la información financiera, presupuestaria y patrimonial en los tres niveles de gobierno. La ley reglamentaria se expediría en un período de un año a partir de la entrada en vigor de la reforma constitucional, y tendría que contener los principios generales de armonización teniendo en cuenta las particularidades de todas las entidades federativas y previendo un régimen transitorio que les permita a todas ellas adoptar los referidos principios. 19
MOTIVACIÓN DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA ARMONIZACION Facultad del Congreso: “ Para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, y patrimonial … a fin de garantizar su armonización a nivel nacional” ”Adición de fracción XXVIII al artículo 73 Constitucional * * Decreto DOF 7 de mayo de 2008, en vigor a partir del día siguiente. Plazo máximo de un año para aprobar la ley ( Art. Segundo Transitorio)
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental 21
Conceptos de contabilidad Contabilidad Financiera 1. 3. 1. - DE ACUERDO AL IMCP La Contabilidad Financiera es una técnica que se utiliza para producir sistemática y estructuradamente información cuantitativa expresada en unidades monetarias de las transacciones que realiza una entidad económica y de ciertos eventos económicos identificables y cuantificables que la afectan, con el objeto de facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones en relación con dicha entidad económica. 22
Contabilidad Gubernamental La técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos. (patrimonial – presupuestal)
ESTADOS FINANCIEROS
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental SECTOR Objetivos La información financiera Fuentes de Financiamiento Debe ser * Confiable * Veraz * Oportuna Evaluación de Resultados * * PRIVADO SECTOR GOBIERNO Obtener utilidades Satisfacer necesidades sociales Ventas Utilidades pasadas Aportación de socios Deuda * Utilidad por acción * Comparativos del sector * * Impuestos Otras contribuciones Deuda Otros ingresos * Diversidad de metas y objetivos * Aspectos estadísticos * Aspectos económicos
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental SECTOR GOBIERNO SECTOR PRIVADO SI ¿Existe relación entre ingresos y costos? ¡Por lo tanto! Los usuarios de la información financiera requieren información diferente Misma que se obtiene a través de NO
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental SECTOR PRIVADO SECTOR GOBIERNO Contabilidad Financiera Contabilidad Gubernamental Para la toma de decisiones Administrativas y Políticas
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental SECTOR PRIVADO SECTOR GOBIERNO Acatando la normatividad técnica * Postulados básicos de Contabilidad Gubernamental * Normas específicas * Criterio prudencial * Normas de Información Financiera * Reglas particulares * Criterio prudencial Utilizando las bases o criterios de Registro Contable * * Efectivo modificado Devengado 28
Esquema general de la Contabilidad Gubernamental SECTOR GOBIERNO Marco Legal Contabilidad Gubernamental Constitución Política Ley General de Contabilidad Gubernamental Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Reglamento de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Ley de Ingresos Presupuesto de Egresos Ley de Deuda Pública Ley de Bienes Nacionales Otras disposiciones Usuarios Entidades Gubernamentales Empresas Organismos Sector Central Organismos de Control Poder Legislativo Entidades de Financiamiento Sociedad Civil Tipos Cuenta Pública Financiera Presupuestal Programática Económica Características Confiable Útil Comparable Clara Accesible Relevante Oportuna 29
Elementos de la armonización homologación –armonización Homologar. (De homólogo). 1. tr. Equiparar, poner en relación de igualdad dos cosas. 3. 2. tr. Dicho de una autoridad: Contrastar el cumplimiento de determinadas especificaciones o características de un objeto o de una acción. armonizar. 1. tr. Poner en armonía, o hacer que no discuerden o se rechacen dos o más partes de un todo, o dos o más cosas que deben concurrir al mismo fin. 30
homologación –armonización Armonización del derecho Debido a la gran cantidad de sistemas jurídicos en vigor, en el mundo no existe uniformidad en cuanto a las soluciones a los problemas planteados por los confictos de leyes; en efecto, siendo cada estado soberano en la elaboración de su propio sistema conflictual, es entonces factible encontrar casos en los cuales surjan soluciones diferentes a un mismo problema jurídico de tipo conflictual. La doctrina y la práctica contemporáneas han desarrollado la idea de buscar los medios necesarios para lograr una cierta armonización del derecho sin llegar a unificación de los sistemas, tema que hace el objeto de otro tipo de investigación. 31
Armonización Contable La revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.
Información Financiera de los Gobiernos Comité para el Sector Público (IFAC) 33
Usuarios Los principales usuarios de la información financiera del gobierno son: El Poder Legislativo y otros cuerpos reguladores. El Público. Inversionistas y acreedores. Otros gobiernos, agencias internacionales y proveedores de recursos. otros Analistas económicos y financieros. 34
Necesidades de los usuarios Los usuarios necesitan información para ayudarse a tomar decisiones económicas, sociales y políticas, y para evaluar el uso de los recursos por parte del gobierno u organismo. Gestión y cumplimiento; Estado de las finanzas; Desempeño; e Impacto económico. 35
Gestión y cumplimiento (El cómo) a) Evaluar si los recursos se utilizaron de conformidad con los presupuestos legalmente prescritos y con otras disposiciones legislativas y relacionadas, como restricciones legales, contractuales y disposiciones de los programas. b) Evaluar la gestión del gobierno o el organismo sobre la custodia y conservación de los recursos.
Estado de las Finanzas a) Evaluar las fuentes y tipos de ingresos. b) Evaluar la distribución y uso de los recursos. c) Evaluar la medida en que los ingresos son suficientes para cubrir los costos. d) Evaluar la habilidad del gobierno u organismo para cumplir con las obligaciones financieras, tanto a corto como a largo plazo.
Desempeño (rendimiento) Evaluar el Desempeño del gobierno u organismo al utilizar los recursos, en función de los resultados previstos. Impacto económico a) Evaluar el impacto económico del gobierno en la economía. b) Valorar las opciones y prioridades de gasto del 38 gobierno.
Objetivos de la Información financiera a) Indicar si los recursos se obtuvieron de acuerdo con el presupuesto legalmente adoptado. b) Indicar si los recursos se obtuvieron y utilizaron conforme a los requerimientos legales y contractuales. c) Proporcionar información acerca de los orígenes, distribución y uso de los recursos financieros. d) Proporcionar información útil en la evaluación de la habilidad del gobierno u organismo, para financiar sus actividades, sufragar sus pasivos y compromisos y para el logro de los resultados previstos. e) Proporcionar información acerca de la condición financiera del gobierno u 39 organismo y los cambios mostrados.
Características cualitativas Ser confiable Ser relevante para las necesidades de los usuarios Ser comprensible, clara y precisa Proporcionar la información de manera oportuna Ser consistente al paso del tiempo y cotejable entre entidades similares 40
El Modelo de Gestión Pública Tradicional REGULACIÓN CENTRALIZACIÓN En la gestión y en las decisiones AUSENCIA DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN Exceso de reglas, énfasis en los presupuestos y la legalidad GESTIÓN PÚBLICA TRADICIONAL FUNCIÓN PÚBLICA MAS ORIENTADA A LOS POLÍTICOS QUE A LOS CIUDADANOS POCO ÉNFASIS EN LAS RESPONSABILIDADES Y AUSENCIA DE MOTIVACIÓN PARA LAS MEJORAS OBJETIVOS Vagos y no cuantificados. Presupuestos incrementalistas AUSENCIA DE COMPETENCIA 41
El nuevo modelo de Gestión Pública: El “New Public Management” DESREGULACIÓN Menos reglas - Más objetivos COMPETENCIA | DEMANDA Orientación hacia los ciudadanos DESCENTRALIZACIÓN NUEVA GESTIÓN PÚBLICA COMPETENCIA | OFERTA Atención a los mercados externos e internos (outsourcing, benchmarking) RESPONSABILIDAD Y MOTIVACIÓN INTELIGENCIA GUBERNAMENTAL 42
Ley General de Contabilidad Gubernamental Adición al art. 73 constitucional 43
Proceso Legislativo -Ley General de Contabilidad Gubernamental Proceso Legislativo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental TIPO DE ASUNTO DENOMINACIÓN DEL ASUNTO SUB- CLASIFICACIÓN Con proyecto de decreto que expide la Ley General de Dictamen de Contabilidad Gubernamental Ley primera y deroga diversas Secundaria lectura disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Con proyecto de decreto que expide la Ley General de Contabilidad Gubernamental Dictamen a Ley y deroga diversas discusión Secundaria disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. CÁMARA DE ORIGEN Cámara de Diputados Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Contabilidad Ley Gubernamental y se derogan Secundaria diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Cámara de Senadores Con proyecto de decreto que expide la Ley General de Dictamen de Contabilidad Gubernamental Ley primera y se derogan diversas Secundaria lectura disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Cámara de Senadores Minuta FECHA DE PRESENTACIÓN PRESENTADA POR LEGISLATU RA ESTATUS 18/11/2008 Diputados: Función Pública y Hacienda Crédito Público LX DE PRIMERA LECTURA EN CÁMARA DE ORIGEN EL 18 -NOV 2008 25/11/2008 Diputados: Función Pública y Hacienda Crédito Público LX TURNADO A CÁMARA REVISORA EL 25 -NOV-2008 27/11/2008 Cámara de Diputados LX PENDIENTE EN COMISION(ES) DE CÁMARA REVISORA EL 27 -NOV-2008 11/12/2008 Senado: Estudios Legislativos y Hacienda y Crédito Público LX PUBLICADO EN D. O. F. EL 31 -DIC-2008 44
Ley General de Contabilidad Gubernamental Exposición de Motivos Por primera vez se busca que la información contable mantenga estricta congruencia con la información presupuestaria; Se prevé que los sistemas contables permitan los registros con base acumulativa para la integración de la información financiera; Registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles; Establece que los postulados básicos de contabilidad gubernamental serán el sustento técnico para uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables, así como para organizar la efectiva sistematización que permita la obtención de información clara, concisa, oportuna y veraz; 45
Expo (Motivos Registros contables en cuentas específicas del activo, de los bienes muebles e inmuebles destinados al servicio público, incluyendo equipo de cómputo y vehículos, así mismo se llevará un registro auxiliar de los bienes, que por su naturaleza, sean inalienables (fuera de comercio) o imprescriptibles; (no prescriben) La información financiera, programática, presupuestaria y contable que emane del sistema será la base para la emisión de informes, así como de la Cuenta Pública; Se crea el Consejo Nacional de Armonización Contable, integrado por representantes de la federación, las entidades federativas y los municipios. También se establece la creación de un Comité Consultivo integrado por representantes estatales, municipales y profesionales expertos, tanto del ámbito gubernamental como de organismos de profesionales en la materia; 46
Exposición de Motivos Los sistemas contables deben generar información en tiempo real; La Cuenta Pública no sólo debe de reflejar los registros contables y cifras correspondientes a los ingresos y gastos del sector público, sino también relacionarla con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo, así mismo, al ser el reporte definitivo, se prevé que se incluya la evaluación de los resultados del desempeño con base en indicadores; Los entes públicos de los tres órdenes de gobierno deben organizar, sistematizar y difundir la información que generen, al menos trimestralmente, en sus respectivas páginas electrónicas de 47 Internet.
Exposición de Motivos Se incluyen disposiciones sobre las sanciones que se impondrán en caso de que se incumpla con lo dispuesto en la ley. Para lograr una adecuada contabilidad gubernamental, es necesario coordinar: los momentos en los que el Consejo expida las normas complementarias de la ley, los pasos que tienen que seguir los entes públicos y el desarrollo de la herramienta tecnológica a través de la cual se aplicarán los nuevos sistemas contables para la generación de la información. La iniciativa contribuye a un mejor control de los recursos financieros y del patrimonio de los entes públicos, y a 48 transparentar el ejercicio de los recursos.
MOTIVACIÓN DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA ARMONIZACION Facultad del Congreso: “ Para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, y patrimonial … a fin de garantizar su armonización a nivel nacional” ”Adición de fracción XXVIII al artículo 73 Constitucional * * Decreto DOF 7 de mayo de 2008, en vigor a partir del día siguiente. Plazo máximo de un año para aprobar la ley ( Art. Segundo Transitorio)
Aprobación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental Decreto DOF 31 de diciembre de 2008 en vigor el 1 de enero de 2009. 1. Criterios y líneas generales para el registro contable y para la emisión de información contable y de Cuenta Pública. 2. Marco normativo flexible 3. Registro y valuación del patrimonio del Estado. 4. Modelo contable promotor de mejores prácticas nacionales e internacionales.
Aprobación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental 5. Considera el devengado contable como base para el registro. 6. Reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos. 7. Aplicación de postulados básicos. 8. Información mínima que integra la cuenta pública 9. Relaciona información presupuestaria y programática con los objetivos y prioridades de la Planeación Nacional y Estatal. 10. Cuentas Públicas con resultados de la evaluación del desempeño.
Ley General de Contabilidad Gubernamental Estructura General Título Primero: Objeto y Definiciones de la Ley Transitorios Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Quinto: De las Sanciones Título Cuarto: De la Información Financiera Gubernamental y la Cuenta Pública Título Segundo: De la Rectoría de la Armoniza ción Contable Título Tercero: De la Contabilidad Gubernamental 52
Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Primero: Objetivo y definiciones de la Ley Capítulo único: Disposiciones Generales Capítulo único: Disposiciones generales Título Primero: Objetivo y definiciones de la Ley 53
Objeto de la Ley Establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. 54
Entes obligados a acatar la LGCG Poder Ejecutivo Federal Poder Legislativo Federal Poder Judicial Federal Entidades Federativas Ayuntamientos de los municipios Órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal Entidades Paraestatales Órganos Autónomos Federales y Estatales 55
Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Segundo: De la Rectoría de la Armonización Contable Capítulo I: Del Consejo Nacional de Armonización Contable Capítulo II: Capítulo III: Del Secretario Técnico Del Comité Consultivo Capítulo IV: Título Segundo: De la Rectoría de la Armonización Contable Del Procedimiento para la Emisión 56
Ley General de Contabilidad Gubernamental Consejo Nacional de Armonización Contable Presidente del Consejo Secretaría de Hacienda: Secretario de Hacienda Tesorero de la Federación Secretario Técnico Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental Subsecretario de Egresos Representante de la Secretaría de la Función Pública Subsecretario de Ingresos Subsecretario de Hacienda y Crédito Público Gobiernos Estatales Gobernador de los Grupos 1 y 3 Gobernador de los Grupos 2 y 4 Gobernador de los Grupos 5 y 7 Gobernador de los Grupos 6 y 8 Gobiernos Municipales Representante de los Ayuntamientos 57
Ley General de Contabilidad Gubernamental Facultade s del Consejo • Emitir: • Marco conceptual • Postulados básicos • Plan de cuentas • Manuales de contabilidad • Normas contables y de emisión de información financiera • Lineamientos del sistema de costos • Reglas de operación del Consejo y Comité • Características de la información de los municipios de menos de 25, 000 habitantes 58
Ley General de Contabilidad Gubernamental Facultade s del Secretario Técnico • Elaborar: • El marco conceptual • Los postulados básicos • Normas Contables • Normas de registro y evaluación del patrimonio • Elementos mínimos de los manuales de contabilidad • Asesorar y capacitar a los entes públicos • Establecer grupos de trabajo 59
Ley General de Contabilidad Gubernamental Comité Consultivo Representantes CPFF Grupo Zonal 1 Grupo Zonal 2 Grupo Zonal 3 Grupo Zonal 4 Grupo Zonal 5 Grupo Zonal 6 Grupo Zonal 7 Grupo Zonal 8 Representantes de los Municipios Representante de Director General la ASF las EFSLL del INDETEC Grupo Zonal 1 Representante FNAMCCP Representante IMCP Representantes de otras Organizaciones Grupo Zonal 2 Grupo Zonal 3 Grupo Zonal 4 Grupo Zonal 5 Grupo Zonal 6 Grupo Zonal 7 Grupo Zonal 8 60
Ley General de Contabilidad Gubernamental Funcione s del Comité • Proponer la creación o modificación de las normas contables • Emitir opinión sobre normas contables • Proponer y apoyar acciones para la capacitación • Elaborar sus reglas de operación 61
Ley General de Contabilidad Gubernamental Ciclo para la emisión o modificación de disposiciones Necesidad de emitir nuevas disposiciones o modificar las existentes El Srio. Técnico somete el proyecto al Consejo para su aprobación Una vez que el Comité haya hecho sus aportaciones, el Srio. Técnico podrá considerarlas. El Secretario Técnico elabora el proyecto. El Secretario Técnico lo somete a opinión del Comité 62
Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Tercero: De la Contabilidad Gubernamental Capítulo II: Del Registro Patrimonial Capítulo I: Del Sistema de Contabilidad Gubernamental Capítulo III: Del Registro Contable de las Operaciones Título Tercero: De la Contabilidad Gubernamental 63
Características del Sistema de Contabilidad Gubernamental 1. Aplica los principios, normas contables generales y específicas e instrumentos establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable. 2. Fácil reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos. 3. El ejercicio presupuestario se integra automáticamente con la operación contable, utilizando el gasto devengado. 4. Los registros se efectúan considerando la base acumulativa. 5. Registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones de la gestión económico-financiera de los entes públicos. 64
Características del Sistema de Contabilidad Gubernamental 6. Generación en tiempo real de estados financieros, de ejecución presupuestaria y de información útil para la toma de decisiones, la transparencia, la programación con base en resultados, la evaluación y la rendición de cuentas. 7. Fácil registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles. 65
REGISTRO PATRIMONIAL Bienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 5 CPEUM)�� Las aguas de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; �� Las aguas de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, �� Las aguas que se extraigan de las minas; �� Los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley.
REGISTRO PATRIMONIAL Bienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 8 CPEUM) �� La Nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados. Bienes que no se registran: (Art. 42 Fracción IV Constitución Federal) ◘ La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes.
REGISTRO PATRIMONIAL Bienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales) �� La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes. �� El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el derecho internacional. �� Las aguas marinas interiores, conforme a la Ley Federal del Mar. �� El mar territorial en la anchura que fije la Ley Federal del Mar. �� Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales. �� La zona federal marítimo terrestre. �� Los puertos, bahías, radas y ensenadas. �� Los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos, cuando sean de uso público.
REGISTRO PATRIMONIAL Bienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales) • Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas y esteros de propiedad nacional. • Las riberas y zonas federales de las corrientes; . • Las presas, diques y sus vasos, canales, bordos y zanjas, construidos para la irrigación, navegación y otros usos de utilidad pública, con sus zonas de protección y derechos de vía, o riberas en la extensión que, en cada caso, fije la dependencia competente en la materia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables; • Los caminos, carreteras, puentes y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia.
REGISTRO PATRIMONIAL Bienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales) ◘Los inmuebles considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de la materia. ◘Las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a cargo del Gobierno Federal y las construcciones levantadas por el Gobierno Federal en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten. ◘Los demás bienes considerados de uso común por otras leyes que regulen bienes nacionales. En lo relativo a la inversión realizada por los entes públicos en estos bienes, se efectuará el registro contable de conformidad con lo que determine el Consejo.
Ley General de Contabilidad Gubernamental Etapas presupuestales Etapas Presupuestales del. Egreso Aprobado Modificado Comprometido Devengado Ejercido Pagado Etapas Presupuestales del Ingreso Estimado Modificado Devengado Recaudado 71
Definición de las etapas del gasto Momento Ley General de Contabilidad Gubernamental Aprobado El registro de la etapa presupuestaria no está definido sin embargo está considerado en el Art. 38 Modificado El registro de la etapa presupuestaria no está definido sin embargo está considerado en el Art. 38 Comprometido El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio 72
Definición de las etapas del gasto Momento Ley General de Contabilidad Gubernamental Devengado El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas Ejercido El momento contable del gasto que refleja la emisión de una cuenta por liquidar certificada debidamente aprobada por la autoridad competente Pagado El momento contable del gasto que refleja la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago; 73
Definición de las etapas del ingreso Momento Ley General de Contabilidad Gubernamental Estimado El registro de la etapa presupuestaria no está definido sin embargo está considerado en el Art. 38 Modificado El registro de la etapa presupuestaria no está definido sin embargo está considerado en el Art. 38 Devengado Recaudado El que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos. El registro de la etapa presupuestaria no está definido sin embargo está considerado en el Art. 38 74
Artículo 38 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental: l I. En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, y l II. En lo relativo al ingreso, el estimado, modificado, devengado y recaudado. 75
Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Cuarto: De la Información Financiera Gubernamental y la Cuenta Pública Capítulo I: De la Información Financiera Gubernamental Capítulo II: Del Contenido de la Cuenta Pública Título Cuarto: De la Información Financiera Gubernamental y la Cuenta Pública 76
I. - Información contable, con la desagregación siguiente: a) Estado de Situación financiera b) Estado de variación en la hacienda pública c) Estado de cambios en la situación financiera d) Informe sobre pasivos contingentes e) Notas a los estados financieros f) Estado analítico del activo g) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarán las siguientes clasificaciones i. - Corto y largo plazo, así como por su origen en interna y externa ii. - Fuentes de financiamiento iii. - Por moneda de contratación iv. - Por país acreedor II. - Información presupuestaria con la desagregación siguiente: a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones: i. - Administrativa ii. - Económicas y por objeto del gasto iii. - Funcional-programática c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la clasificación por su origen en interno y externo d) Intereses de la deuda e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal III. - Información programática, con la desagregación siguiente: a) Gasto por categoría programática b) Programas y proyectos de inversión c) Indicadores de resultados IV. - La información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro Municipios Entidades Federativas Federación Información Financiera Gubernamental ok ok ok ok ok ok N/A ok ok N/A N/A ok ok ok ok ok N/A ok ok ok N/A N/A N/A ok ok N/A 77
Ley General de Contabilidad Gubernamental Información presupuestaria DEPENDENCIA OBJETO DEL GASTO o. Estado analítico del ejercicio del presupuesto por: 01 PRESIDENCIA 561, 824. 22 0101 PRESIDENCIA MUNICIPAL Clasificación Administrativa 561, 824. 22 1102 1305 1406 1507 1306 2101 2201 SUELDOS PRIMA VACACIONAL Y DOMINICAL SEGURO DE GASTOS MEDICOS OTRAS PRESTACIONES GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA ALIMENTACIÓN DE PERSONAS 03 0301 1102 1201 1305 1406 1507 2101 2201 2301 CONTRALORÍA MUNICIPAL CONTRALORÍA SUELDOS HONORARIOS POR SERVICIOS PERSONALES PRIMA VACACIONAL Y DOMINICAL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS OTRAS PRESTACIONES MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA ALIMENTACIÓN DE PERSONAS REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS 53, 681. 75 24, 175. 64 29, 222. 97 308, 710. 21 124, 226. 86 1, 128. 60 20, 678. 19 831, 494. 05 349, 607. 11 13, 693. 72 68, 692. 66 23, 692. 68 350, 169. 12 13, 075. 93 8, 785. 60 3, 777. 23 78
Ley General de Contabilidad Gubernamental PRESUPUESTACIÓN POR OBJETO DEL GASTO Información presupuestaria CAPÍTULO OBJETO DEL GASTO IMPORTE 1000 o. Estado analítico del ejercicio del presupuesto por: SERVICIOS PERSONALES 1102 SUELDOS $34, 632, 942. 84 1201 HONORARIOS POR SERVICIOS PERSONALES $15, 041, 578. 34 Clasificación Económica y por objeto del gasto 1305 PRIMA VACACIONAL Y DOMINICAL $4, 143, 733. 88 1401 CUOTAS AL ISSSTE 1504 INDEMINIZACIÓN POR ACCIDENTES DE TRABAJO 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2101 MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA 2201 ALIMENTACIÓN DE PERSONAS 2202 ALIMENTACIÓN A INTERNOS 2301 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS 2504 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS 2601 COMBUSTIBLES 2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS 2802 MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA 2903 MATERIALES Y SUMINISTRO RASTRO 3000 SERVICIOS GENERALES 3201 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES 3301 ASESORÍA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE 3501 ADMINISTRACIÓN 3803 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y ESPECTÁCULOS CULTURALES 4000 TRANSFERENCIAS 4103 BECAS SUBSIDIOS A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE 4304 PARTICIPACIÓN MUNICIPAL 5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLES 5101 MOBILIARIO 6000 INVERSION PÚBLICA 6101 OBRAS PÚBLICAS POR CONTRATO $6, 083, 613. 90 $265, 937. 26 $1, 391, 087. 14 $1, 060, 488. 20 $300, 655. 86 $305, 543. 36 $183, 144. 65 $33, 000. 00 $2, 429, 915. 24 $11, 500. 00 $1, 975, 595. 91 $3, 000. 00 $7, 000. 00 $246, 799. 94 $6, 000. 00 $5, 000. 00 $49, 000. 00 $11, 000. 00 $307, 964, 000. 00 79
Ley General de Contabilidad Gubernamental Información presupuestaria o. Estado analítico del ejercicio del presupuesto por: Presupuestación por Programas Clasificación Funcional-programática Programa Presupuesto Autorizado 01 ATRACCIÓN DE INVERSIÓN NACIONAL Y EXTRANJERA 04 PROMOCIÓN TURÍSTICA 07 DESARROLLO DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA 09 ESTÍMULO A LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA. 11 DESARROLLO URBANO ORDENADO 13 ECOLOGÍA 16 EDUCACIÓN. 17 RECREACIÓN Y CULTURA 19 DEPORTE 22 SEGURIDAD PÚBLICA. 23 ASISTENCIA SOCIAL. 24 VIVIENDA 25 PRESTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS 26 MEJOR IMAGEN DE LA COMUNIDAD. 28 VIALIDAD URBANA. 46 ADMINISTRACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 56 DIFUSIÓN DE LAS ACCIONES DE GOBIERNO 59 INVERSIONES EN ACTIVOS Total $26, 700, 000. 00 $5, 800, 000. 00 $2, 600, 000. 00 $7, 000. 00 $135, 000. 00 $14, 000. 00 $30, 500, 000. 00 $5, 800, 000. 00 $23, 500, 000. 00 $170, 427, 770. 01 $74, 400, 000. 00 $21, 200, 000. 00 $217, 264, 000. 00 $17, 000. 00 $21, 000. 00 $332, 308, 229. 99 $34, 500, 000. 00 $11, 000. 00 $1, 150, 000. 00 80
Ley General de Contabilidad Gubernamental Título Quinto: De Las Sanciones Capítulo Único Título Quinto: De las Sanciones 81
Sanciones Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la LGCC serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, las leyes equivalentes de las entidades federativas, y las demás disposiciones aplicables en los términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de las constituciones de los estados y del Estatuto Orgánico del Distrito Federal. Se sancionará a los servidores que incurran en: I. Omitir o alterar registros, actos o partes de la contabilidad de los recursos públicos. II. Alterar los documentos que integran la contabilidad de la información financiera. III. No realizar los registros presupuestarios y contables en la forma que mandate la LGCC. 82
Incumplimiento ………. . de entidades y Municipios �� La SHCP no inscribirá obligaciones de entidades federativas y municipios en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios.
Ley General de Contabilidad Gubernamental Primero • Vigencia de la Ley Transitorios Segundo • Instalación del Consejo Tercero • Plazos del Consejo Cuarto • Ajuste al desarrollo de los elementos técnicos y normativos definidos • Emisión de Información Financiera y Cuenta Pública Quinto Sexto • Operación en tiempo real del Sistema Séptimo • Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles Octavo • Publicación trimestral en internet sobre el cumplimiento Noveno • Subsidios para apoyo en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Décimo • Programa de Instrumentación de Procesos de Transformación Décimo Primero • Expedición de Normas Contables Décimo Segundo • Referencia a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria 84
Ley General de Contabilidad Gubernamental 2009 Acción Instalación del Consejo Nacional para la Armonización Contable Designación de los miembros del Comité Consultivo (se instaló el 27 de feb-09) Responsable Fundamento Legal Fecha Limite Presidente del Consejo Segundo Transitorio 27 -Ene-09 Consejo Nacional de Armonización Contable Tercero Transitorio 26 -Feb-09 Emisión de las Reglas de Operación del Consejo Nacional de Armonización Contable Emisión de las Reglas de Operación del Comité Consultivo Consejo Nacional de Armonización Contable Plan de Cuentas Clasificadores Presupuestarios Armonizados Normas y Metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y egresos, y para la emisión de información financiera Estructura de los estados financieros básicos y las características de sus notas Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físico-financieros relacionados con los recursos federales Formular programa de instrumentación del proceso de transformación Consejo Nacional de Armonización Contable Tercero Transitorio 28 -Mar-09 Tercero Transitorio ? ? 31 -Dic-09 Tercero Transitorio Art 38? 31 -Dic-09 Consejo Nacional de Armonización Contable Tercero Transitorio 31 -Dic-09 Gobierno Federal y Entidades Federativas Decimo Transitorio Primera Reunión del Consejo 85
Plazos para la instrumentación de la armonización contable La LGCG establece que las acciones para llevar a cabo el proceso de armonización contable a nivel nacional tendrán una duración de cuatro años; iniciando el 1 de enero de 2009 con la entrada en vigor de dicho ordenamiento y concluyendo el 31 de diciembre de 2012. Sin embargo, dada la complejidad del proceso el Artículo 9 de la LGCG establece que el Consejo Nacional de Armonización Contable puede realizar ajustes a los plazos para la armonización progresiva del sistema. 86
Fechas del Consejo Nacional El Consejo deberá de ser instalado por el presidente del mismo durante los primeros treinta días naturales posteriores a la entrada en Øvigor de la LGCC. (el pasado 27 de enero se efectuó el acto protocolario de instalación con la presencia del C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos). El ØConsejo tiene 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de su instalación, para la designación de los miembros delØComité Consultivo. (el pasado 20 de febrero de 2009). El consejo cuenta con 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la instalación del comité consultivo, para emitir sus reglas de operación y las del Comité. (el 27 de febrero se instaló) 87
FECHA DE CUMPLIMIENTO EJEMPLO OBJETIVOS PLAN DE CUENTAS * 2009 1. ACTIVO ART. 4°: Documento en el que se definirán los dos primeros agregados a los que deberán 1. 1 ACTIVO CIRCULANTE alimentarse las listas de cuentas que formularán los entes públicos 2009 CLASIFICADORES Armonizados 2009 NORMA Y y metodología para la NEIFG 001—CONTROL PRESUPUES- determinación de los momentos TARIO DEL GASTO. (En revisión y contables de los ingresos y egresos, para adecuación a lo establecido en la ley la emisión de información financieras Presupuestarios ESTRUCTURA de los Estados financieros Básicos y las 2009 características de sus notas 1000 SERVICIOS PERSONALES 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS NIFG 001—PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. 88
Ley General de Contabilidad Gubernamental 2010 Acción Responsable Fundamento Legal Consejo Nacional de Armonización Tercero Transitorio Contable Consejo Nacional de Armonización Tercero Transitorio Las principales reglas de registro y valoración del patrimonio Contable Estructura de los catálogos de cuentas y manuales de Consejo Nacional de Armonización Tercero Transitorio contabilidad Contable Lineamientos sobre la forma y términos en que deberá orientarse el desarrollo del análisis de los componentes de Consejo Nacional de Armonización Tercer Transitorio las finanzas públicas con relación a los objetivos y Contable prioridades que, en la materia, establezca la planeación del desarrollo De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Disponer de listas de cuentas alineadas al plan de cuentas Judic. , Las entidades fed. y Los órganos Cuarto Transitorio autónomos federales y estatales Postulados Básicos Clasificadores presupuestarios armonizados Fecha Limite 31 -Dic-10 31 -Dic-10 De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos Cuarto Transitorio 31 -Dic-10 autónomos federales y estatales Catálogos de bienes y las respectivas matrices de conversión De la Federación: los poderes Eje. Legis. y con las características señaladas en los artículos 40 y 41, Judic. , Las entidades fed. y Los órganos Cuarto Transitorio 31 -Dic-10 asimismo, de la norma y metodología que establezca los autónomos federales y estatales momentos contables de ingresos y gastos previstos en la ley De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Contar con indicadores para medir los avances físico. Judic. , Las entidades fed. y Los órganos Cuarto Transitorio 31 -Dic-10 financieros relacionados con los recursos federales autónomos federales y estatales Emitir información contable y presupuestaria de forma De la Federación: los poderes Eje. Legis. y 31 -Dic-10 periódica bajo las clasificaciones administrativa, económica y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos Cuarto Transitorio 89 funcional-programática autónomos federales y estatales
Fechas de cumplimiento Objetivos EJEMPLO 2010 POSTULADOS BÁSICOS Ente publico, existencia parmente, periodo contable, revelación suficiente, importancia relativa, integración de la información, control presupuestario base de lo devengado, dualidad económica cuantificación costo histórico, cuantificación en términos monetarios, consistencia y cumplimiento de disposiciones legales 2010 PRINCIPALES REGLAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN DE PATRIMONIO NEIFG-003 -BIENES NACIONALES 2010 ESTRUCTURA DE LOS CATÁLOGOS DE CUENTAS Y MANUALES DE CONTABILIDAD Marco Jurídico, catálogo de cuentas, estructura, conceptos, lista de cuentas, instructivo de manejo de cuentas, guía contabilizadora y caso práctico 90
Ley General de Contabilidad Gubernamental 2011 Acción Realizar los registros con base acumulativa y en apego a postulados básicos de contabilidad gubernamental armonizados en sus respectivos libros de diario, mayor e inventarios y balances Responsable De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos autónomos federales y estatales De la Federación: los poderes Eje. Legis. Disponer de catálogos de cuentas y y Judic. , Las entidades fed. y Los manuales de contabilidad órganos autónomos federales y estatales De la Federación: los poderes Eje. Legis. Emitir información contable, y Judic. , Las entidades fed. y Los presupuestaria y programática sobre la órganos autónomos federales y base técnica prevista estatales De la Federación: los poderes Eje. Legis. Deberán de operar los Sistemas Contables y Judic. , Las entidades fed. y Los en tiempo real órganos autónomos federales y estatales De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los Inventario de bienes muebles e inmuebles órganos autónomos federales y estatales Fundamento Legal Fecha Limite Cuarto Transitorio 31 -Dic-11 Sexto Transitorio 31 -Dic-11 Séptimo Transitorio 31 -Dic-11 91
Ley General de Contabilidad Gubernamental 2012 Acción Responsable Fundamento Legal Fecha Limite Efectuar registros contables del patrimonio y su valuación De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos autónomos federales y Cuarto Transitorio estatales 31 -Dic-12 Generar los indicadores de resultados sobre el cumplimiento de sus metas De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos autónomos federales y Cuarto Transitorio estatales 31 -Dic-12 Publicar información contable, presupuestaria y De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las programática, en sus respectivas páginas de internet, entidades fed. y Los órganos autónomos federales y Cuarto Transitorio para consulta de la población en general estatales 31 -Dic-12 Emitir las cuentas públicas conforme a la estructura establecida en los artículos 53 y 54, así como publicarlas para consulta de la población en general. Emitir la información periódica De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos autónomos federales y Cuarto Transitorio 01 -Ene-12 estatales Los ayuntamientos de los municipios y órganos Cuarto Transitorio político-administrativos del DF 31 -Dic-12 Elaboración de la cuenta pública conforme a lo 31 -Dic-12 dispuesto en el artículo 55. Deberán de operar los Sistemas Contables en tiempo Sexto Transitorio 31 -Dic-12 Entidades paraestatales del Gobierno Federal real De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las Deberán de operar los Sistemas Contables y generar entidades fed. y Los órganos autónomos federales y Sexto Transitorio 31 -Dic-12 estados financieros en tiempo real, sobre el ejercicio estatales; los ayuntamientos de los municipios y los de los ingresos y gastos y sobre las finanzas públicas órganos político-administrativos del DF De la Federación: los poderes Eje. Legis. y Judic. , Las entidades fed. y Los órganos autónomos federales y 92 31 -Dic-12 Séptimo Transitorio Inventario de bienes muebles e inmuebles estatales; los ayuntamientos de los municipios y los órganos político-administrativos del DF
GLOSARIO DE TÉRMINOS 93
Armonización La revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.
Contabilidad Gubernamental La técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos.
Deuda Pública Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos a cargo de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal o municipales, en términos de las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan como propósito operaciones de canje o refinanciamiento.
Entes Públicos Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.
Gasto comprometido El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.
Ingreso devengado El que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos.
Normas contables Los lineamientos, metodologías y procedimientos técnicos, dirigidos a dotar a los entes públicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las operaciones que afecten su contabilidad, con el propósito de generar información veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulación de estados financieros institucionales y consolidados.
Plan de cuentas El documento en el que se definirán los dos Primeros agregados a los que deberán alinearse las listas de cuentas que formularán los entes públicos.
Plan de cuentas Se define el plan de cuentas de un ente como el ordenamiento metódico de todas las cuentas de las que se sirve el sistema contable para el logro de sus fines: lograr la información patrimonial necesaria para la toma de decisiones, reflejando los efectos de los hechos y operaciones que afectan al ente.
Plan de cuentas El manual de cuentas, por su parte, se encuentra constituido por: * el plan de cuentas * instrucciones acerca del uso de las diversas cuentas, que pueden complementarse con indicaciones acerca del significado de los saldos de las cuentas y de los controles a practicar sobre los mismos.
Postulados básicos Los elementos fundamentales de referencia general para uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables.
Armonización Catálogo de cuentas Comité Contabilidad Gubernamental Consejo Costo financiero de la deuda Cuentas contables Cuentas presupuestarias Cuenta pública Deuda pública Endeudamiento neto Entes públicos Entidades federativas
Gasto comprometido Ingreso devengado Inventario Postulados básicos Secretaría de Hacienda Sistema Gasto devengado Gasto ejercido Gasto pagado Información financiera Lista de cuentas Manuales de contabilidad Normas contables Órganos autónomos Plan de cuentas Planeación del desarrollo
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