Ley de Gestin de Envases de Productos Fitosanitarios

  • Slides: 8
Download presentation
Ley de Gestión de Envases de Productos Fitosanitarios Ley 27. 279

Ley de Gestión de Envases de Productos Fitosanitarios Ley 27. 279

PRINCIPIOS RECTORES • Ley de presupuestos mínimos. • Responsabilidad extendida y compartida • Gestión

PRINCIPIOS RECTORES • Ley de presupuestos mínimos. • Responsabilidad extendida y compartida • Gestión integral • Sistema de trazabilidad • Tránsito interjurisdiccional

PLAZOS Sanción 26/09/2016 Promulgación 11/10/2016 Plazo para presentar Sistema de Gestión (Industria) 11/01/2017 Aprobación

PLAZOS Sanción 26/09/2016 Promulgación 11/10/2016 Plazo para presentar Sistema de Gestión (Industria) 11/01/2017 Aprobación 270 días para la adecuación Vencido este plazo no podrán comercializar sus productos hasta no adecuarse a la Ley.

TIPO DE ENVASES A Pueden ser sometidos al proceso de reducción de residuos Ej:

TIPO DE ENVASES A Pueden ser sometidos al proceso de reducción de residuos Ej: envases de fitosanitarios (Norma 12069 IRAM) ENVASES B No pueden ser sometidos al proceso de reducción – por características físicas o por contener sustancias no dispersables en agua Ej: envases de cartón, latas, vejigas plásticas Vaciado un envase, el usuario y aplicador serán objetivamente responsables de garantizar el procedimiento de reducción de residuos.

PROCEDIMIENTO DESTRUCCION USUARIO Transporte sin habilitación • Autorizado por Autoridad Competente • Responsabilidad de

PROCEDIMIENTO DESTRUCCION USUARIO Transporte sin habilitación • Autorizado por Autoridad Competente • Responsabilidad de los registrantes • Recepciona, acondiciona, acopia y deriva OPERADOR INDUSTRIA • Reinserción en proceso productivo de los envases recuperables Transporte habilitado • Procesa los envases vacíos para que sean menos tóxicos o se puedan recuperar Envases “A” Transporte Autorizado • El usuario y el aplicador son objetivamente responsables del procedimiento de Reducción de residuos (Triple lavado y perforación) • Separación en clase “A” y “B” CAT

PROHIBICIONES 1. El Abandono. 2. Vertido, quema o enterramiento. 3. Comercialización.

PROHIBICIONES 1. El Abandono. 2. Vertido, quema o enterramiento. 3. Comercialización.

MULTAS a) Apercibimiento. b) Multa de entre 300 y 10. 000 sueldos básicos de

MULTAS a) Apercibimiento. b) Multa de entre 300 y 10. 000 sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Nacional llegan a $8. 0000. c) Suspensión de la actividad de 30 días hasta 1 año. d) Clausura temporaria o permanente, total o parcial. e) Obligación de publicar la parte dispositiva de la resolución condenatoria a cargo del infractor.

MUCHAS GRACIAS!

MUCHAS GRACIAS!