LEGISLACION LABORAL Legislacin Laboral Conjunto de leyes y
LEGISLACION LABORAL
Legislación Laboral • Conjunto de leyes y normas que tienen por objetivo regularizar las actividades laborales, • Especifica derechos y obligaciones del trabajador y el empleador.
Leyes laborales • Los regímenes laborales y de la seguridad social están regulados por las siguientes leyes, entre otras: • Ley de Contrato de Trabajo Nº 20. 744 y sus modificatorias; • Ley de Empleo Nº 24. 013 • Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24. 557. • Convenios Colectivos de Trabajo
Sindicatos • El sindicato es una organización social que surge para defender los derechos de los trabajadores de una rama o área laboral específica • Es un derecho de los trabajadores agruparse dentro de uno de estos sindicatos a fin de defender sus derechos.
Derecho de huelga • Cuando un trabajador o su gremio no están conformes con las condiciones de trabajo, por ejemplo con la remuneración recibida o con alguna otra situación como puede ser la falta de seguridad laboral, pueden realizar una huelga, que consiste en la cesación de las actividades laborales por un lapso de tiempo que el gremio decidirá.
Formas de trabajo prohibidas • hay formas de trabajo que están absolutamente prohibidas, y penadas en la legislación laboral. • trabajo infantil, • precariedad de las condiciones laborales trabajadores • las jornadas que superan las ocho horas de trabajo diario.
Relación Laboral • Hay relación laboral cuando una persona en forma voluntaria y personal desarrolla tareas para otra persona física o empresa, bajo su dependencia, recibiendo una remuneración a cambio.
Contrato de Trabajo • La Ley de Contrato de Trabajo presume que si se cumplen las condiciones anteriores, aun cuando las partes trabajador y empleador- no celebren un contrato de trabajo por escrito, existirá una relación de trabajo, generándose para ambas partes todos los derechos y obligaciones propios de ella.
Relación de Dependencia • Siempre que exista prestación de trabajo en condiciones de dependencia o subordinación, existirá contrato de trabajo, siendo indiferente la modalidad de contratación, así como la duración de la vinculación. • Dependencia jurídica • Dependencia económica • Dependencia técnica
Dependencia jurídica • El trabajador está sujeto al derecho de dirección del empleador, debe cumplir las órdenes o instrucciones que se le impartan, lo cual implica la sujeción del trabajador a cierta disciplina, e implica obligaciones relativas al lugar y tiempo de trabajo, prestación personal (indelegable) y reconocimiento de la autoridad funcional del empleador a quien debe obediencia.
Dependencia económica • Se identifica con el concepto de trabajo por cuenta ajena. El trabajador presta los servicios en beneficio o provecho del empleador, quien asume los riesgos del negocio o la empresa.
Dependencia técnica • El trabajador debe ajustarse a los procedimientos y modalidades de ejecución de sus tareas indicadas por el empleador, para la producción de los bienes o la prestación de servicios en que consiste la actividad de éste.
Convenio Colectivo de Trabajo • Es un contrato que se firma entre los sindicatos y los empleadores de un determinado sector de actividad. • Establece reglas sobre la relación entre los sindicatos y la parte empleadora. • Regula las condiciones de trabajo:
• Regula las condiciones de trabajo: • salarios • jornada • descansos • vacaciones • Licencias • Beneficios sociales • capacitación profesional, etc.
• Las regulaciones contenidas en el CCT son de aplicación obligatoria para todos los trabajadores del sector, estén o no afiliados a los gremios respectivos, • Tienen un impacto significativo en la organización del trabajo y en la calidad del empleo.
Algunos CCT • • Alimentación Automotriz Azúcar Bancarios Camioneros Comercio Construcción • Cementeros • Edificios de Renta y Propiedad Horizontal • Energía Eléctrica • Farmacia • Ferroviarios • Lecheros
Algunos CCT • • Metalúrgicos Pesqueros • Petroleros • Petroquímicos • Publicidad Recolección, Barrido • y Limpieza Relojeros, Joyeros y afines Salineros Sanidad Telefónicos Transporte de Pasajeros.
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