Legislacin Comunal y Desempeo de Cargos Normatividad Vigente

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Legislación Comunal y Desempeño de Cargos

Legislación Comunal y Desempeño de Cargos

Normatividad Vigente • Ley 743 de 2002 • Decreto Reglamentario 2350 de 2003 •

Normatividad Vigente • Ley 743 de 2002 • Decreto Reglamentario 2350 de 2003 • Decreto Nacional 890 de 2008 • Documento COMPES 3661 de 2010 • Art 38 de la Constitución Política

¿Que es la acción comunal? • Es la actividad organizada de la comunidad, para

¿Que es la acción comunal? • Es la actividad organizada de la comunidad, para buscar soluciones a las necesidades mas sentidas, aprovechando todas los recursos del medio. • Es el esfuerzo común por el bienestar general de la comunidad, que integra a sus miembros despertando sentimientos de unión, participación y solidaridad.

¿Que es una Junta de Acción Comunal (JAC)? ARTICULO 6°. Es una expresión social

¿Que es una Junta de Acción Comunal (JAC)? ARTICULO 6°. Es una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.

 • Ser Persona natural. • Residir en el radio de acción o ejercer

• Ser Persona natural. • Residir en el radio de acción o ejercer una actividad comercial dentro del mismo. • Tener mas de 14 años. • No estar impedido. • Poseer documento de identificación

LEY 743 DE 2002 De la dirección, administración y vigilancia ARTICULO 27. Órganos de

LEY 743 DE 2002 De la dirección, administración y vigilancia ARTICULO 27. Órganos de dirección, administración y vigilancia. De conformidad con el número de afiliados o afiliadas y demás características propias de cada región, los organismos comunales determinarán los órganos de dirección, administración y vigilancia con sus respectivas funciones, los cuales podrán ser entre otros los siguientes: Asamblea General Fiscal Junta Directiva Comisiones de Trabajo, Comisiones Empresariales

Asamblea General Es la máxima autoridad del organismo de acción comunal respectivo. Está integrada

Asamblea General Es la máxima autoridad del organismo de acción comunal respectivo. Está integrada por todos los afiliados o delegados, cada uno de los cuales actúa en ella con voz y voto. a) Decretar la constitución y disolución del organismo; b) Adoptar y reformar los estatutos; c) Remover en cualquier tiempo y cuando lo considere conveniente a cualquier dignatario y ordenar, con sujeción a la ley, la terminación de los contratos de trabajo; d) Determinar la cuantía de la ordenación de gastos y la naturaleza de los contratos que sean de competencia de la asamblea general, de la directiva, del representante legal, de los comités de trabajo empresariales y de los administradores o gerentes de las actividades de economía social;

Asamblea General g) Adoptar y/o modificar los planes, programas y proyectos que los órganos

Asamblea General g) Adoptar y/o modificar los planes, programas y proyectos que los órganos de administración presenten a su consideración; h) Aprobar en la primera reunión de cada año las cuentas y los estados de tesorería de las organizaciones; i) Aprobar o improbar los estados financieros, balances y cuentas que le presenten las directivas, el fiscal o quien maneje recursos de las organizaciones; j) Las demás decisiones que correspondan a las organizaciones y no estén atribuidas a otro órgano o dignatario.

Junta Directiva La junta directiva, es el órgano de dirección y administración de la

Junta Directiva La junta directiva, es el órgano de dirección y administración de la junta de acción comunal. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. a) Aprobar su reglamento y el de las comisiones de trabajo b) Ordenar gastos y celebrar contratos en la cuantía y naturaleza que le asigne la asamblea general; c) Elaborar y presentar el plan estratégico de desarrollo de la organización a consideración de la asamblea general. Este plan consultará los programas sectoriales puestos a consideración por los candidatos a la junta directiva o consejo comunal, según el caso; d) Convocar a foros y eventos de encuentro y deliberación en su territorio sobre asuntos de interés general; e) Las demás que le asignen la asamblea, los estatutos y el reglamento.

PRESIDENTE VICEPRESIDENTE Representante legal de la junta y Delegado por derecho propio ante la

PRESIDENTE VICEPRESIDENTE Representante legal de la junta y Delegado por derecho propio ante la Asociación Convocar a asamblea de afiliados y reuniones de directiva. Suscribir junto con el Tesorero los cheques y ordenes de pago, previamente aprobados por la directiva. Suscribir contratos con entidades públicas y privadas Perfil : Capacidad de gestión, Iniciativa, responsabilidad y compromiso. Conocer la legislación comunal. Reconocer y valorar los miembros y las necesidades de la comunidad Remplaza temporalmente o de manera definitiva al presidente. TESORERO Depositario y responsable del patrimonio de la Junta de Acción Comunal Manejar de la tesorería y libros contables Recaudar los aportes de la Junta de Acción Comunal Coordina las actividades de las comisiones de trabajo. Por derecho propio es integrante de la comisión empresarial. Perfil : Capacidad para coordinar equipos de trabajo y trabajar en equipo. Compromiso y responsabilidad , Buenas relaciones interpersonales Rendir a la directiva y a la asamblea de afiliados informe del movimiento de tesorería Perfil : Capacidad de organización, Honradez y responsabilidad. Trabajo en equipo y Compromiso Conocer la legislación comunal.

SECRETARIO Tener bajo su cuidado y diligenciar libros de afiliados y de actas. Registrar

SECRETARIO Tener bajo su cuidado y diligenciar libros de afiliados y de actas. Registrar la afiliación de los socios de la Junta de Acción Comunal. Responde por el archivo y los documentos de la organización. Llevar el control de los afiliados sancionados. Realizar la actualización del libro de afiliados. Perfil : Capacidad de organización y responsabilidad. Propositivo y con buenas relaciones interpersonales, Reconocer y valorar las necesidades de la comunidad FISCAL Velar porque tanto dignatarios como afiliados cumplan con sus deberes. Rendir informe a la Asamblea y a la directiva sobre el manejo e inversión de los bienes de la Junta y denunciar ante la Comisión de Convivencia y Conciliación ante las autoridades administrativas o judiciales las irregularidades encontradas. Perfil : Propositivo y con buenas relaciones, interpersonales Trabajo en equipo y Compromiso Conocer la legislación comunal. CONCILIADORES Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas dentro de la comunidad a partir del respeto por la diversidad. Surtir la vía conciliatoria de los conflictos organizativos. Abocar mediante conciliación en equidad los conflictos comunitarios susceptibles de transacción, desistimiento, querella y conciliación. Declarar la pérdida de la calidad de afiliados sin que ello constituya sanción. Perfil : Reconocido en la comunidad por su comportamiento recto y honesto. Capacidad de escuchar, e Imparcial

GRACIAS Secretaria de Gobierno y Participación Comunitaria

GRACIAS Secretaria de Gobierno y Participación Comunitaria