LAS CORTES GENERALES IV FUNCIONES CONSTITUCIONALES FUNCIN LEGISLATIVA

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LAS CORTES GENERALES (IV): FUNCIONES CONSTITUCIONALES

LAS CORTES GENERALES (IV): FUNCIONES CONSTITUCIONALES

FUNCIÓN LEGISLATIVA Función constituyente: la función de reforma constitucional – Compartida con otros órganos

FUNCIÓN LEGISLATIVA Función constituyente: la función de reforma constitucional – Compartida con otros órganos constitucionales: v. gr. Cuerpo electoral – Ejercida por las Cortes como órgano constituido ordinario (Art. 167 CE), o como órgano constituido-constituyente (Art. 168 CE) Función legislativa ordinaria (Art. 66. 2 CE) – Función legislativa en sentido formal y función legislativa en sentido material ---> Concepto formal de Ley en la CE – Las reservas de ley y sus significado constitucional – Compartida con otros órganos (Gobierno) y descentralizada territorialmente (CCAA) Funciones legislativas específicas (Art. 66. 2, 133 y 134 CE) – La función presupuestaria (Art. 134 CE) origen histórico como función materialmente administrativa y sólo formalmente legislativa (Laband)) Peculiaridades constitucionales: amplia participación del Gobierno Función legislativa específica – La función tributaria (Art. 133, 156 y 157 CE) Función legislativa específica competencia originaria del Estado (Art. 133 CE) competencia de las CCAA en el marco de la Constitución y de las Leyes ---> Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Art. 6. 1 LOFCA) ¿Función reglamentaria como parte de la función legislativa? No ---> la función reglamentaria es una función de autonormación autónoma#función legislativa

FUNCIÓN DE GOBIERNO O INDIRIZZO POLITICO En conexión con otras funciones constitucionales: – En

FUNCIÓN DE GOBIERNO O INDIRIZZO POLITICO En conexión con otras funciones constitucionales: – En relación con la función legislativa constituyente (indirizzo constitucional) – En relación con la función legislativa ordinaria – En relación con la función legislativa específica presupuestaria Con independencia de otras funciones del Estado ---> de marcado bicameralismo imperfecto – adopción de decisiones políticas plasmadas en actos con fuerza de ley : autorización para declarar la guerra o hacer la paz, declaración del estado de sitio, autorización para la celebración de Tratados internacionales – adopción de decisiones políticas plasmadas en actos sin fuerza de ley : autorización del plebiscito del art. 92 CE propuesta de nombramiento de los miembros de distintos órganos constitucionales resoluciones sobre proposiciones no de ley Investidura del Presidente del Gobierno Controles ordinarios y extraordinarios del Gobierno Control de la Administración Pública a través del Defensor del Pueblo como su más alto comisionado

FUNCIÓN DE COLABORACIÓN CON LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL Atribución histórica de funciones jurisdiccionales a las

FUNCIÓN DE COLABORACIÓN CON LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL Atribución histórica de funciones jurisdiccionales a las Cámaras ---> Función acusatoria en la Cámara baja y función decisoria en la Alta Recepción sólo de la función acusatoria: Art. 102 CE ---> Contenido: – ámbito material: delitos de traición o contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones – ámbito personal: El Presidente del Gobierno y los demás miembros del Gobierno – Bicameralismo imperfecto: intervención sólo del Congreso del los Diputados – iniciativa: 1/4 miembros – resolución: mayoría absoluta Naturaleza: función de colaboración con la función jurisdiccional#función jurisdiccional en sí misma ---> decisión jurídica, no decisión política