LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL SUJETO OBLIGADO ESPECIAL especial
LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL SUJETO OBLIGADO “ESPECIAL” especial referencia al blanqueo de capitales (diez respuestas esenciales) Santiago Milans del Bosch – 18 de abril de 2005
1. ¿Qué es el BC? q Agotamiento delito origen q Se lava el dinero sucio (no el negro) q Es una actividad delictiva distinta delito origen
2. ¿Qué normas regulan en España el BC? q Prevención: LPBC + RLPBC Ley 19/1993, 28 de diciembre (ref. por Ley 19/2003, 4 de julio) Reglamento de desarrollo: RD 925/1995, de 9 de junio (ref. por RD 54/2005, de 21 de enero) q Represión: arts. 301 a 304 CP
3. ¿Existe un concepto normativo del BC? q CP: No lo define pero “copia” a la LPBC q LPBC: Sí lo define (art. 1) q El delito precedente no coincide en ambos textos
4. Naturaleza delito de BC (301 CP) q delito autónomo q no tipo “en blanco” q esencialmente doloso q peculiaridad de la modalidad imprudente q expansión del concepto BC
5. Tipos de BC en el CP Tipo básico (301. 1, 1) Tipo agravado (301. 1, 2): narcotráfico Tipos cualificados: (302. 1): organización/jefe, administrador o encargado (303): empresario, facultativo, intermediario financiero o facultativo que se aproveche de su cargo Tipo imprudente (301. 3)
6. Configuración delito imprudente de BC q Imprudencia “grave” q Negligencia en el “deber de actuar” q Derivada de la omisión de un mandato legal de actuar q Los “sujetos obligados” en la LPBC § Personas físicas § Personas jurídicas respecto de sus Empleados (3. 3 LPBC) Prestadores de servicios permanentes o esporádicos (RD 54/2005) q Peculiaridades de la consideración como “sujetos obligados” de los asesores inmobiliarios, fiscales, y abogados
7. Obligaciones de actuar de los “sujetos obligados” A. a priori B. a posteriori C. permanentes
8. Para quede claro: El Abogado tiene prohibido denunciar al cliente q 267 LECrim (no obligación de denunciar) q 199 y 467 CP (se cometen dos delitos si se denuncia) q La “generosa” exención del 4 LPBC no le afecta q “vaguedad” del art. 3 LPBL 542 LOPJ
9. Sujetos responsables q De las Infracciones administrativas Especialidad de los cargos directivos o de administración de la persona jurídica q Del delito - Autor directo, inductor y cooperador necesario - Especialidad de la comisión en el seno de una persona jurídica (nuevo art. 31 CP)
10. Cuestiones procesales/procedimentales q Ne bis in idem! q prescripción delito q pena: prisión hasta 6 años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes q Consecuencias accesorias
Muchas gracias: santi. milans@cuatrecasas. com jesus. mardomingo@cuatrecasas. com
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