LA HISPANIA ROMANA Profa M Magdalena Martnez Robert
LA HISPANIA ROMANA Profa. Mª Magdalena Martínez Robert Delaunay, Simoultaneus Windows (1912)
LA ROMANIZACIÓN JURÍDICA DE HISPANIA 1. Formas de asentamiento de la población romana en el territorio peninsular. - Los campamentos romanos: causas de su establecimiento
Otros campamentos romanos en Hispania Campamento de las Cercas (Cantabria) Campamento de Cildá - Características: - Tienen carácter militar. - Ubicados sobre lugares estratégicos. - Organización política romana coexistiendo con la indígena
2. La economía Hispanorromana • 2. 1. Principales sectores económicos • Sector agropecuario • Industria • Comercio • Minería • 2. 2. Importancia de la legislación minera. - Bronces de Vipasca
BRONCES DE VIPASCA Se trata de un texto incompleto, del que solo se conservan dos fragmentos. Aborda cuestiones relativas a: -La seguridad del trabajo en las minas (Vip. , II, 11 -18). -Penas para quienes atenten contra la seguridad (Vip. II, 13 -17). -Adecuación de la infraestructura (Vip. , II, 6) Vid. VV. AA. , el trabajo en la Hispania romana, Madrid, edit. Silex, 1999 pp. 289 -290. http: //www. unav. es/h. Antigua/epigrafia/juridica/vipasca
2. LA SOCIEDADA HISPANORROMANA: 2. 1. La organización en clases: - Hombres libres (nobilitas, ordo equestris) - Semilibres (plebe) - Esclavos 2. 2. Las concesiones privilegiadas y generalizadas de ciudadanía: - Ciudadanos romanos - Ciudadanos peregrinos
http: //www. uv. es/ripolles/definitivo/mapas. html
3. Las fuentes del Derecho romano en Hispania. 3. 1. Derecho provincial, decretos de los magistrados y derecho municipal. a. Derecho provincial: Senadoconsultos: Fragmento de Elche o Fragmento de Itálica Disposiciones imperiales: 1. Constituciones Imperiales: referentes a las Hispanias. 2. Constituciones imperiales dadas para todo el ámbito del Imperio romano afectaron a las Hispanias (Leyes de Augusto). 3. Constituciones imperiales dadas para la prefectura de las Galias b. Derecho municipal: Leges datae et dictae: Urso, Salpensa, Irni, Malaca, entre otras.
Lex Salpensa 21: [Rubrica: ut magistratus civitatem Romanan consequantur. Qui Iivir aediliis quaestor ex hac lege gacytus eit, cives Romani sunto, cum post annuum magistrtu] abierint, cum parentibus coniugibusque a liberis, qui legitumis nuptis quae siti in potestaem parentium fuerint, item nepotibus ac neptibus filio ntis natabus, qui quaesque in potestate parentium fuerint; dum ne plures cives Romani sint, quan quod ex hac lege magistratus creare oportet (ed. D’Ors, Epigr. Jur. Esp. Rom. Pp. 279 -280 Lex Salpensa 21: [Rubrica: Que los magistrados obtengan la ciudadanía romana. El que fuese hecho por esta ley dunviro edil o cuestor, sea ciudadano romano cuando] pase [el año de ser magistrado], con sus padres y cónyuges e hijos que siéndolo de legitimas nupcias estén en la potestad de los padres, como también de los nietos y nietas nacidaos o nacidas del hijo ue estuviese en la potestad d elos padres; no siendo ciudadanos romanos más que los que deban ser creados magistrados por esta ley.
c. Decretos de los magistrados: 1. Bronce de Lascuta: • Contiene un extracto del decreto de Paulo dando libertad a los habitantes de Lascuta. 2. Bronce de Alcántara: • Recoge una deditio practicada en el año 104 a. C. por Lucio Cesio. 3. Epístola de Claudio Quartino: • 4. Decreto Novo Rufo: • 5. Establece una acción divisoria dirigida a los duoviri de Pamplona. Pleito por acción divisoria de lindes. Epístola fragmentaria hallada en Itálica: • Conjunto de normas aplicables para el sorteo de los miembros de los tribunales. 6. Decretos de los decuriones. • Permisos municipales.
3. 2. EL DERECHO ROMANO VULGAR
A. Las causas de la vulgarización. B. El Derecho Romano post-clásico 1. Leges a. Recopilaciones Privadas b. Recopilaciones Oficiales 2. Ius a. Fragmenta vaticana b. Collatio Legum Romanorum et Mosaicorum
Justiniano y su Corte: la elaboración del Codex
TEMA IV. ESPAÑA, PROVINCIA ROMANA
La Administración de Justicia: Jurisdicción ordinaria y especial A. El Procedimiento penal, político y público (quaestio y iuditium). B. El Procedimiento penal estricto 1. Cognitio, forma más antigua sin reglas aplicable. 2. Accusatio forma más moderna o perdurable. Partes: 1. Se inicia mediante la citación. 2. Acusación (postulatio, delationes) 3. Aceptación a trámtite ( nominis delatio) 4. La contumacia. 5. Prueba 6. Sentencia.
FASES: 1. Fase in iure. Fórmulas orales rituales y solemnes a. Legis actiones b. Legis actio per sacramentum 2. Fase de fórmulas escritas más flexibles a. Acciones civiles b. Acciones honorarias c. Acciones in factum
MODELO DE HACIENDA HISPANORROMANA 1. MODOS DE SATISFACER LOS GASTOS PÚBLICOS. - INGRESOS: • A. Extraordinarios (conquistas y contribuciones, botín de guerra, multas, entre otros) • B. Ordinarios: - Stipendia y stipendium - Bienes fiscales (ager publicus) - Monopolios y regalias - Impuestos: Directos e Indirectos - MUNERA (personales, patrimoniales, mixtos)
Distintas modalidades de impuestos
BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA A LA GENERAL: 1. ARIAS BONET, J. A. , “Societas publicanorum” en Anuario de Historia del Derecho Español, 19 (1948 -1949), pp. 218 -303. 2. BLÁZQUEZ, J. M. , Historia de la Hispania Romana: la Península Ibérica desde 218 a. C. hasta el siglo V, Madrid, 1980. 3. DE LAET, S. Portorium étude sur l'organisation douanière chez les romains, surtout a l'époque du haut. empire, Brujas, 1949 4. GARCÍA BELLIDO, A. , La España del siglo primero de nuestra era : (según P. Mela y C. Plinio), Madrid, 1978. 5. MUÑIZ COELLO, J. , El sistema fiscal en la España romana: (República y Alto Imperio), Huelva, 1980. 6. ROLDÁN, J. M. , “La organización político y administrativa y judicial de la Hispania Romana” en el vol. II, 2 de la Historia de España de Menéndez Pidal, dirigida por J. M. Jover, Madrid, 1982, pp. 83 -131. Enlaces de interés: http: //www. bibliojuridica. org/fragmenta vaticana http: //info 5. juridicas. unam. mx/corpus iuris civilis
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