La herencia y sus generalidades LA HERENCIA La

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La herencia y sus generalidades

La herencia y sus generalidades

LA HERENCIA La herencia comprende bienes e incluso obligaciones. En el caso que el

LA HERENCIA La herencia comprende bienes e incluso obligaciones. En el caso que el fallecido, es decir, el causante, hubiera dejado deudas, éstas se pagan con sus bienes hasta donde alcance, ya que las deudas no se heredan. Cuántos tipos de herederos existen? Según la ley peruana existen cuatro tipo de herederos: 1. - Los herederos forzosos, heredan sobre el total de los bienes. Son considerados: los hijos y los descendientes. los padres y los demás ascendientes el cónyuge el conviviente Es preciso tener en cuenta: No todos pueden ser herederos forzosos al mismo tiempo. Cuando hay hijos se excluye a los ascendientes. Cuando sólo hay ascendientes, estos heredan el total. El cónyuge concurre con los hijos cuando hay hijos o con los ascendientes cuando no hay hijos. El cónyuge puede heredar solo si no hay descendientes ni ascendientes. Todos heredan en la misma proporción. Tanto los hijos matrimoniales como lo extramatrimoniales tienen los mismos derechos, por lo tanto heredan por igual.

Ejemplo: Carlos está casado y tiene 4 hijos. Carlos muere en un accidente. ¿Quiénes

Ejemplo: Carlos está casado y tiene 4 hijos. Carlos muere en un accidente. ¿Quiénes heredan? Los herederos forzosos en este caso, sería tanto la esposa como los hijos. Si por ejemplo antes que muriera Carlos, uno de sus hijos casado, habría muerto por una enfermedad terminal, heredarían los hijos de éste, es decir, en este caso, asumirían el papel de su padre, como herederos forzosos. Si Carlos, quién se casó pero se dedicó a trabajar mucho y pospuso la idea de ser padre, y nunca tuvo hijos, entonces, en este caso heredarían los padres y la esposa.

 2. Los herederos voluntarios, heredan sobre el total de los bienes. Son los

2. Los herederos voluntarios, heredan sobre el total de los bienes. Son los designados por testamento cuando no existan herederos forzosos o existiendo éstos fue el causante que dispuso sobre lo que era de libre disposición. 3. - Herederos legales, heredan sobre el total de los bienes. Son los parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad. Esto podrán heredar cuando no existan herederos forzosos ni existen herederos voluntarios. Estos son los hermanos, sobrinos, tíos y los primos. 4. - Legatarios, heredan sobre un bien en particular, asignado como legado.

Formas de Heredar en el Perú ¿Cuántas formas de heredar existen en el Perú?

Formas de Heredar en el Perú ¿Cuántas formas de heredar existen en el Perú? Hay dos formas de heredar: Testamentaria, con testamento, cuando el causante, ha dejado un testamento. Es preciso mencionar, que en el Perú, se utiliza más el testamento por escritura pública mediante anotación ante el Notario y el ológrafo (de puño y letra). Sucesión Intestada, cuando el causante, no dejó un testamento antes de su muerte. Es importante mencionar, que toda persona tiene derecho a disponer de un tercio de su patrimonio, cuando hay descendientes. Este tercio de libre disposición le permite disponer de sus bienes y dejarlo a cualquier persona o también en otros casos, serviría para mejorar la herencia de sus herederos forzosos. Cuando solo hay ascendientes, el causante, puede disponer de la mitad de su patrimonio. Es así que vía testamento el causante puede establecer legados o herederos voluntarios. La Declaratoria de Herederos Si lamentablemente un pariente suyo falleciera, ¿qué se debería hacer? Se debe tramitar la Declaratoria de Herederos ya sea por la vía judicial o notarial. Se deberá adjuntar la partida de defunción, partidas de nacimiento, matrimonio, documentos de identidad (DNI ) de los herederos forzosos, relación de bienes conocidos, certificado registral negativo de testamento y certificado registral negativo de Declaratoria de Herederos.

La legítima ¿Qué es la legítima? Es la porción que no es de libre

La legítima ¿Qué es la legítima? Es la porción que no es de libre disposición con respecto a la herencia. ¿Qué es el anticipo de legítima? El anticipo de legítima, es el adelanto de la herencia con respecto al heredero forzoso, esto se hace en vida. El anticipo de legítima, es en sí una donación, hasta que se produzca la muerte del causante. En este caso lo padres, podrían reservarse el derecho de usufructo del bien, además de poder incluir el derecho de reversión, es decir, el padre podría recuperar su vivienda. En este caso también es importante recalcar, que el hijo no podría vender la propiedad. En el caso de la transferencia de algún inmueble por anticipo de legítima, no estaría afecto al impuesto de Alcabala.

COLACION

COLACION

 La colación hereditaria consiste, básicamente, en llevar al patrimonio hereditario las operaciones de

La colación hereditaria consiste, básicamente, en llevar al patrimonio hereditario las operaciones de trasmisión de bienes realizadas por el causante, antes de su muerte como una formula de favorecer a hijos determinados; por consecuencia son los hijos no favorecidos en estas operaciones de su causante o favorecidos en proporción negativa con respecto a otro u otros y hasta el mismo favorecido (ergo, todos deben ser descendientes forzosos) quienes tienen el derecho de llevar a la masa común de la herencia de su padre los bienes que, antes de su muerte, algunos de ellos recibieron, afectando sus derechos o los de otros herederos. - Se hace colación para llevar, agregar o devolver a la masa hereditaria bienes que legal y técnicamente pertenecen a dicha masa hereditaria. -

INDIVISION Y PARTICION DE LA HERENCIA INDIVISION: COPROPIEDAD DE HEREDEROS Cuando los herederos son

INDIVISION Y PARTICION DE LA HERENCIA INDIVISION: COPROPIEDAD DE HEREDEROS Cuando los herederos son varios, cada uno de ellos es considerado como copropietario de todos los bienes de la herencia. La indivisión hereditaria se rige por las disposiciones relativas de la copropiedad

PLAZO DE INDIVISION DE LA EMPRESA El testador puede establecer la indivisión de cualquier

PLAZO DE INDIVISION DE LA EMPRESA El testador puede establecer la indivisión de cualquier empresa comprendida en la herencia. Sin perjudicar que los herederos se repartan las utilidades y ganancias. PLAZO : HASTA 04 AÑOS INDIVISION CONVENCIONAL Los herederos pueden pactar la indivisión total o parcial de la masa hereditaria, por el mismo plazo y también revocarla.

PAGO A HEREDEROS EN DESACUERDO CON LA INDIVICION OPOSICION DE LA INDIVISION: La oposición

PAGO A HEREDEROS EN DESACUERDO CON LA INDIVICION OPOSICION DE LA INDIVISION: La oposición surte efectos contra terceros siempre y cuando este inscrita en el registro correspondientes. Si hubiese herederos en desacuerdo a aceptar la indivisión se les pagara la porción correspondiente. PARTICION JUDICIAL ANTES DEL PLAZO A petición de cualquiera de los herederos, el juez puede ordenar la partición total o parcial de los bienes hereditarios, antes de la fecha del vencimiento del plazo de la indivisión, si sobreviven causas graves que lo justifiquen.

ADMINISTRACIÓN DE LA HERENCIA INDIVISA Si la herencia permanece indivisa, esta será administrada por

ADMINISTRACIÓN DE LA HERENCIA INDIVISA Si la herencia permanece indivisa, esta será administrada por el albacea, o por el apoderado común nombrado por todos los herederos o la administración judicial.

PARTICION DE LA HERENCIA FORMALIDAD DE LA PARTICION TESTAMENTARIA No hay lugar a partición

PARTICION DE LA HERENCIA FORMALIDAD DE LA PARTICION TESTAMENTARIA No hay lugar a partición si el testador ya lo a dejado hecho en el testamento. Solo se puede pedir la parte que exceda lo permitido por ley. si los herederos están de acuerdo y son capaces, para la partición, este se hará por escritura publica. De no ser el caso, es suficiente documento privado con firmas legalizadas notarialmente.

CAUSALES DE PARTICIPACION JUDICIAL: TITULARES DE LA ACCION DE LA REPARTICION La acción de

CAUSALES DE PARTICIPACION JUDICIAL: TITULARES DE LA ACCION DE LA REPARTICION La acción de partición sucesoria, es el acto jurídico, mediante el cual se pone fin al condominio de la herencia. Es obligatoria la partición judicial cuando: ü Cuando hay heredero incapaz, a solicitud de su representante. ü Cuando hay heredero declarado ausente, a solicitud de las personas a quienes se haya dado la posesión temporal de sus bienes. Lo pueden solicitar: Ø Cualquier heredero. Ø Cualquier acreedor de la sucesión o de cualquiera de los herederos. Cuando el derecho de partición recae sobre un heredero concebido, se suspende hasta su nacimiento.

SUSPENSION DE LA PARTICION POR ACUERDO O RESOLUCION JUDICIAL Puede también diferirse o suspenderse

SUSPENSION DE LA PARTICION POR ACUERDO O RESOLUCION JUDICIAL Puede también diferirse o suspenderse la partición respecto de todos los bienes o de parte de ellos, por acuerdo de todos los herederos o por resolución judicial y por un plazo no mayor de dos años, cuando la ejecución inmediata pueda ocasionar notable perjuicio al patrimonio hereditario, o si es preciso para asegurar el pago de deudas o Partición legados. con garantías Si hay desacuerdo entre los herederos sobre los derechos de alguno de ellos, sobre la obligación de colacionar o acerca del valor de los bienes colacionables, se hará la partición prestando garantía para los resultados del juicio que se promoviere. Forma de adjudicar los bienes hereditarios Los bienes se adjudicaran en especie a cada uno de los herederos. De no ser posible, el valor de sus cuotas le sera pagado en dinero.

VENTA DE BIENES HEREDITARIOS PARA PAGO DE ADJUDICACIÓN Si no hubiera el dinero necesario

VENTA DE BIENES HEREDITARIOS PARA PAGO DE ADJUDICACIÓN Si no hubiera el dinero necesario para el pago a que se refiere el articulo 859, se procederá a la venta de los bienes hereditarios que sea menester, previo acuerdo mayoritario de los herederos y con aprobación judicial. PARTICION DE BIENES DIVISIBLES Si en la herencia hay bienes que pueden ser cómodamente partibles, su partición material se efectuara adjudicándose a cada heredero los bienes que corresponda. Reducción a prorrateo del exceso en la partición Las porciones asignadas por el testador que reunidas exceden del total de la herencia se reducirán, a prorrata, salvo lo dispuesto por aquel.

PARTICION DE CREDITOS HEREDADOS Los créditos que constituyen parte del activo hereditario, se dividirán

PARTICION DE CREDITOS HEREDADOS Los créditos que constituyen parte del activo hereditario, se dividirán entre los herederos en proporción a la cuota que tienen en la herencia. PARTICION DE BIENES OMITIDOS La omisión de algunos bienes en la partición no es motivo para que esta no continúe, para dejarla sin efecto, ni para pedir la nulidad de la practicada. Los bienes omitidos deben ser partidos complementariamente. NULIDAD DE PARTICION POR PRETERICION Es nula la partición hecha con preterición de algún sucesor, La pretensión es imprescriptible y se tramita como proceso de conocimiento. La nulidad no afecta los derechos de los terceros adquirente de buena fe y a titulo oneroso. SANEAMIENTO POR EVICCION EN LA PARTICION Vencido el heredero en un juicio sobre los bienes que se le adjudicaron, sus coherederos le indemnizaran, a prorrata, el valor que ellos tenían al momento de la evicción. Si alguno resulta insolvente, la responsabilidad la asumen los solventes y el que la pide.

IMPROCEDENCIA DEL SANEAMIENTO POR EVICCION No hay saneamiento por evicción cuando el juicio proviene

IMPROCEDENCIA DEL SANEAMIENTO POR EVICCION No hay saneamiento por evicción cuando el juicio proviene de causa expresamente excluida de la partición, es posterior a esta o se debe a culpa exclusiva del heredero. IMPROCEDENCIA DE SANEAMIENTO POR INSOLVENCIA. La insolvencia del deudor de un crédito adjudicado a alguno de los herederos, no da lugar a saneamiento, si sobreviniere después de hecha la partición.

Cargas y deudas de la herencia

Cargas y deudas de la herencia

Cargas art. 869 - 870 Cargas de la masa hereditaria: - Gastos Funerales. -

Cargas art. 869 - 870 Cargas de la masa hereditaria: - Gastos Funerales. - Gastos provenientes de la Ultima enfermedad del Causante. - Gastos de Administración. Gastos de alimentación y vivienda con cargo a la masa hereditaria - Vivir en la casa del causante y/o alimentado por este mismo. - Pueden exigir al albacea o herederos para que sigan beneficiándose a cargo de la masa hereditaria - Durante 3 meses.

Deudas art. 871 -880 Deudas de cargo de la masa hereditaria - Mientras la

Deudas art. 871 -880 Deudas de cargo de la masa hereditaria - Mientras la herencia este indivisible, las deudas afecta a la masa hereditaria. - Hecha la partición, cada heredero responde a dicha deuda en proporción a su cuota hereditaria. Prelación en el pago - Entre los acreedores del causante y herederos, la prerrogativa le corresponde a los del primero. Pago de deudas antes de la partición - El heredero pueden solicitar que las deudas hereditarias sean saldadas antes de la partición. Prioridad de la deuda alimentaria - Nexo, art. 728, menciona que es una DEUDA HEREDITARIA, que grava la parte disponible. - 1. Asume uno (por voluntad del causante) o acuerdo entre todos, pudiendo asegurarse el pago mediante hipoteca o garantía; 2. Calcular el monto de la pensión durante el tiempo que falta para su extinción y entregarlo al alimentista o su representante legal. - La elección es alternativa, si hubiese desacuerdo, la forma de pago lo decidirá el Juez. Oposición del acreedor a la partición El acreedor de la herencia puede oponerse a la PARTICION, PAGO o ENTREGA DEL LEGADO, mientras no satisfagan la deuda o aseguren el pago. La oposición es mediante DEMANDA o como TERCERO en el proceso existente, como también, tutela preventiva de su derecho todavía no exigible

Ineficacia de la partición - Si la partición procede pese a oposición, se tendrá

Ineficacia de la partición - Si la partición procede pese a oposición, se tendrá como no hecha en virtud a los derechos del oponente. Resarcimiento al heredero por pago de deuda de la herencia - El heredero que haya saldado una deuda o hubiese sido ejecutada por la misma, tendrá derecho a ser resarcido por los demás coherederos en parte proporcional. Perjuicio por insolvencia de un coheredero Efectos de la deudas de la herencia frente al legatario - El legatario no esta obligado a saldar la deuda salvo disposición del testador, y si paga deuda acreditada con su bien legado, debe ser resarcido por los herederos lo que hubiera cancelado. Conservación de derecho de crédito - Heredero o legatario que es acreedor del causante, conserva los derechos de su crédito sin perjuicio de la consolidación (una misma persona es acreedor y deudor) que pueda operar.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

GRACIAS POR SU ATENCIÓN