La competencia Ha de ser determinada antes de

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La competencia Ha de ser determinada antes de incoar el procedimiento � Objetiva �

La competencia Ha de ser determinada antes de incoar el procedimiento � Objetiva � Funcional � Territorial

COMPETENCIA OBJETIVA Relativa al tribunal competente para enjuiciar en primera instancia el conflicto planteado.

COMPETENCIA OBJETIVA Relativa al tribunal competente para enjuiciar en primera instancia el conflicto planteado.

Naturaleza de la pretensión Cuantía de la demanda

Naturaleza de la pretensión Cuantía de la demanda

EN EL PROCESO CIVIL: La regla general: � Especialidades: � Juzgados de Paz (art.

EN EL PROCESO CIVIL: La regla general: � Especialidades: � Juzgados de Paz (art. 47 LEC) *Juzgado de � Juzgados de Primera Instancia especializados Primera (art. 46 LEC) Instancia. � Juzgados de violencia (Art. 45 contra la mujer (art. 87 ter LEC) LOPJ)

COMPETENCIA FUNCIONAL *Relativa a las fases del proceso. *Determina quién debe conocer en las

COMPETENCIA FUNCIONAL *Relativa a las fases del proceso. *Determina quién debe conocer en las siguientes órdenes de materias:

Conocimiento de los recursos *Apelación *Recurso procesal extraordinario *Recurso de casación por infracción

Conocimiento de los recursos *Apelación *Recurso procesal extraordinario *Recurso de casación por infracción

Ejecución � Ejecución de sentencias � Ejecución de Laudos arbitrales � Ejecución de transacciones

Ejecución � Ejecución de sentencias � Ejecución de Laudos arbitrales � Ejecución de transacciones y acuerdos judicialmente homologados � Ejecución de autos y providencias

Incidentes � Múltiples incidencias que ocurren a lo largo de un asunto: Regla general……

Incidentes � Múltiples incidencias que ocurren a lo largo de un asunto: Regla general…… � El órgano que conoce del asunto. � Excepciones: LEC y LOPJ � *Recusación de jueces y magistrados � *cuestiones de competencia

COMPETENCIA TERRITORIAL Delimitación dentro del espacio nacional del lugar preciso del tribunal que ha

COMPETENCIA TERRITORIAL Delimitación dentro del espacio nacional del lugar preciso del tribunal que ha de enjuiciar: Fueros convencionales y legales

Fueros Convencionales * Sumisión Tácita *Sumisión expresa

Fueros Convencionales * Sumisión Tácita *Sumisión expresa

Sumisión Tácita � Deriva �Del � Del de la conducta actor demandado � Sin

Sumisión Tácita � Deriva �Del � Del de la conducta actor demandado � Sin acuerdo de voluntades.

SUMISIÓN EXPRESA bilateral, expreso y voluntario

SUMISIÓN EXPRESA bilateral, expreso y voluntario

Fueros Legales � Cuando no se produce la sumisión expresa o tácita � Cuando

Fueros Legales � Cuando no se produce la sumisión expresa o tácita � Cuando la Ley prohíbe los fueros convencionales

Fueros legales especiales � Arts. � Se � � 52 y 53 LEC basan

Fueros legales especiales � Arts. � Se � � 52 y 53 LEC basan en criterios de diverso tipo: *ECONOMÍA PROCESAL *EFICACIA…….

Cuando se produzca acumulación de acciones o pluralidad de demandas *1. Acumulación objetiva: El

Cuando se produzca acumulación de acciones o pluralidad de demandas *1. Acumulación objetiva: El tribunal del lugar competente para conocer de la acción que sirve de fundamento para las demás. *Acciones independientes: El tribunal que deba conocer mayor número de acciones acumuladas. • En defecto de las anteriores: El tribunal del lugar que corresponda a la acción cuantitativamente más importante. • *2. Acumulación Subjetiva: Una sola acción frente a varios demandados: El tribunal del domicilio de cualquiera de los demandados.

Fueros legales generales �El domicilio

Fueros legales generales �El domicilio