Jos Waldir Servn TEORA DEL CASO Dr Jos

  • Slides: 39
Download presentation
José Waldir Servín TEORÍA DEL CASO Dr. José Waldir Servín 1

José Waldir Servín TEORÍA DEL CASO Dr. José Waldir Servín 1

José Waldir Servín Ø Sistema acusatorio: competitiva. publicidad y lógica Ø Competencia adversarial. Transformación

José Waldir Servín Ø Sistema acusatorio: competitiva. publicidad y lógica Ø Competencia adversarial. Transformación de la cultura de capacitación. Ø Ejercicio estratégico: construir una teoría del caso adecuada y dominar la técnica para ejecutarla con efectividad. Ø La prueba no habla por sí sola. 2

José Waldir Servín Ø Teoría del caso, examen y contraexamen de testigos y peritos,

José Waldir Servín Ø Teoría del caso, examen y contraexamen de testigos y peritos, alegatos de apertura y clausura. Ø Tres tipo de destrezas: 1) planificar estratégicamente el juicio y su preparación, 2) obtener e introducir información de manera efectiva en juicio y 3) uso efectivo de la información. 3

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial Ø Rige la distribución de tareas en el

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial Ø Rige la distribución de tareas en el Proceso Penal; esto hace que el juzgamiento y acusación recaigan en diferentes sujetos procesales: el fiscal ejerce la potestad persecutoria, el defensor se opone a la pretensión punitiva del fiscal y el juez decide. Ø De la separación de roles se originan las características propias del Sistema Acusatorio que tiende a evitar que el uso de un poder degenere en abuso. 4

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial 1) El axioma “nullum iudicium sine accusatione” expresa

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial 1) El axioma “nullum iudicium sine accusatione” expresa la separación funcional y subjetiva del juez y la acusación. 2) También expresa la garantía procedimental de la formulación de una acusación determinada contra el imputado como acto previo y de delimitación del juicio: 5

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial La acusación debe contar con el apoyo de

José Waldir Servín Sistema Acusatorio Adversarial La acusación debe contar con el apoyo de adecuados indicios de culpabilidad. 6

José Waldir Servín El Modelo Procesal Penal en Paraguay Ø Es acusatorio porque existe

José Waldir Servín El Modelo Procesal Penal en Paraguay Ø Es acusatorio porque existe una distribución de roles: ØFiscal: ejerce la potestad persecutoria. ØDefensor: Se opone a la pretensión punitiva del fiscal. ØJuez: decide. Ø Es adversarial porque la investigación y el juzgamiento discurre bajo el principio de contradicción entre el fiscal y el defensor. 7

José Waldir Servín El Modelo Procesal Penal en Paraguay Ø Las partes deben diseñar

José Waldir Servín El Modelo Procesal Penal en Paraguay Ø Las partes deben diseñar su teoría del caso, desarrollar un conjunto de destrezas, aportar pruebas y realizar interrogatorios. Ø El juez tiene un rol relativamente pasivo. 8

José Waldir Servín El Debate Oral Ø En la controversia se exponen hipótesis opuestas

José Waldir Servín El Debate Oral Ø En la controversia se exponen hipótesis opuestas que son objeto de una libre discusión, ello permite que surja la verdad, se supere la duda y se resuelva el litigio. Ø El juez, al motivar su decisión, debe expresar sus razones o fundamentos. Tal motivación exige someter el derecho y la prueba a controversia. 9

José Waldir Servín El Debate Oral Ø Es un diálogo abierto entre los intervinientes

José Waldir Servín El Debate Oral Ø Es un diálogo abierto entre los intervinientes del proceso, sujeto a acciones y reacciones, quienes armados de la razón luchan por el predominio de su tesis. Ø Tenemos pues que el abogado, tiene por función decidir, conceptuar, alegar, controvertir, impugnar. 10

José Waldir Servín Diez Axiomas del garantismo penal Nulla poena sine crimine (Principio de

José Waldir Servín Diez Axiomas del garantismo penal Nulla poena sine crimine (Principio de retributividad) Nullum crime sine lege (Principio de legalidad) Nulla lex sine necessitate (Principio de necesidad) Nulla necessitas sine iniuria (Principio de lesividad) Nulla iniuria sine actione (Principio de materialidad) Nulla actio sine culpa (Principio de culpabilidad) Nulla culpa sine iudicio (Principio de jurisdiccionalidad) Nullum iudicium sine accusatione (Principio acusatorio) Nulla accusatio sine probatione (Principio de la carga de la prueba) Nulla probatio sine defensione (Principio del contradictorio) 11

José Waldir Servín El Sistema Adversarial Ø El juzgamiento se desarrolla bajo el principio

José Waldir Servín El Sistema Adversarial Ø El juzgamiento se desarrolla bajo el principio de contradicción. Ø Las partes deben elaborar su teoría del caso, hallar las pruebas que las sustenten y realizar los interrogatorios. Ø Los jueces tienen la misión de dirigir el juicio por el cause del debido proceso, sin coartar el ejercicio de la acusación y de la defensa. 12

José Waldir Servín La Persuasión Ø Los abogados litigantes deben persuadir al Tribunal de

José Waldir Servín La Persuasión Ø Los abogados litigantes deben persuadir al Tribunal de adoptar su teoría del caso mediante la producción de las pruebas. 13

José Waldir Servín Ø Es el relato de los hechos que se presenta a

José Waldir Servín Ø Es el relato de los hechos que se presenta a los Jueces, que incluye referencias a la lógica y a la experiencia humana que apoyan la aceptación de dichos hechos. Ø Responde a las preguntas: - ¿Qué pasó? . - ¿Por qué pasó? y, - ¿Por qué esto significa que debería ganar mi cliente? . 14

José Waldir Servín Ø El juicio es una cuestión estratégica. Ø La Teoría del

José Waldir Servín Ø El juicio es una cuestión estratégica. Ø La Teoría del Caso se define como la estrategia, plan o visión que tiene cada parte sobre los hechos que va a probar. Ø ¿Es un ejercicio de averiguación de veracidad. ? Ø En suma, es nuestra versión de lo que “realmente sucedió”, que debe ser simple y persuasiva. 15

José Waldir Servín La Teoría del Caso Ø El objetivo general es persuadir, convencer.

José Waldir Servín La Teoría del Caso Ø El objetivo general es persuadir, convencer. ¿Qué es la Teoría del Caso? Ø La Teoría del Caso es la tesis o la propuesta de solución que las partes dan a los hechos que son objeto de controversia. Ø Es, el planteamiento que la acusación o la defensa hace sobre los hechos relevantes, las pruebas que los sustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan. 16

José Waldir Servín La Teoría del Caso ¿Cuándo se construye la Teoría del Caso?

José Waldir Servín La Teoría del Caso ¿Cuándo se construye la Teoría del Caso? Ø La Teoría del Caso se empieza a construir desde el primer momento en que se tiene conocimiento de los hechos. 17

José Waldir Servín Características de la Teoría del Caso: Ø Una buena teoría del

José Waldir Servín Características de la Teoría del Caso: Ø Una buena teoría del caso debe tener las siguientes características: - Ser simple: dar cuenta de la mayor cantidad de hechos. - Ser lógica. - Ser fácil de creer: de acuerdo a la experiencia. - Incluir los elementos legales del caso. 18

José Waldir Servín Cómo expresar la Teoría del Caso: Ø Se debe expresar en

José Waldir Servín Cómo expresar la Teoría del Caso: Ø Se debe expresar en un párrafo que combine un resumen de los hechos con el Derecho, de modo que lleve a la conclusión que su cliente debe ganar. 19

José Waldir Servín ¿Cuáles son los elementos de la Teoría del Caso? Ø Una

José Waldir Servín ¿Cuáles son los elementos de la Teoría del Caso? Ø Una narración; la historia de los hechos: - ¿Qué pasó y por qué pasó? . Ø La teoría legal: - La razón legal de por qué debería ganar mi teoría y no la del contrario. 20

José Waldir Servín ¿Cuándo se construye la Teoría del Caso? Ø Es un proceso

José Waldir Servín ¿Cuándo se construye la Teoría del Caso? Ø Es un proceso que dura toda la preparación del caso. Ø Se va refinando de acuerdo al conocimiento que el abogado tenga de los hechos. Ø Antes de iniciar el juicio se debe tener una teoría definitiva. Ø En el juicio oral, no es conveniente el uso de teorías alternativas. 21

José Waldir Servín Pautas para construir una Teoría del Caso: Lo primero en la

José Waldir Servín Pautas para construir una Teoría del Caso: Lo primero en la construcción de la Teoría del Caso es dedicar especial atención a la investigación, búsqueda, identificación, definición, análisis e interpretación de los hechos que llegan a nuestro conocimiento. Posteriormente procederemos a encuadrar esos hechos al derecho y luego ya tenemos nuestra proposición. 1°) Escuchar el relato de nuestro cliente; 2°) Subsumir dicho relato en una teoría jurídica favorable a nuestra parte; 22

José Waldir Servín 3°) Determinar los hechos claves que son controvertidos; 4°) Revisar la

José Waldir Servín 3°) Determinar los hechos claves que son controvertidos; 4°) Revisar la prueba de que disponemos para probarlos; 5°) Revisar los elementos de las alegaciones de la contraparte; 6°) Establecer las fortalezas y debilidades del caso tanto para acusación como defensa. 23

José Waldir Servín Características de la Teoría del Caso: Ø Debe resultar sencilla, comprensible

José Waldir Servín Características de la Teoría del Caso: Ø Debe resultar sencilla, comprensible y creíble; Ø Debe ser única; Ø Debe ser coherente; Ø Debe explicar la mayor cantidad de hechos de la causa; Ø Debe estar de acuerdo con la experiencia humana; Ø Debe tener suficiencia jurídica. 24

José Waldir Servín Ø Una buena teoría del caso debe proveer un punto de

José Waldir Servín Ø Una buena teoría del caso debe proveer un punto de vista cómodo y confortable desde el cual el Tribunal pueda mirar toda la actividad probatoria, y ser guiado ineludiblemente a fallar a favor de nuestro cliente. 25

José Waldir Servín Pasos para construir la Teoría del Caso. Ø Paso 1: Relato

José Waldir Servín Pasos para construir la Teoría del Caso. Ø Paso 1: Relato de los hechos. Ø Paso 2: Determinación de la teoría jurídica. Ø Paso 3: Construcción de la teoría jurídica. Ø Paso 4: Determinación de las evidencias. 26

José Waldir Servín Pasos para construir la Teoría del Caso. Ø Paso 5: Clasificación

José Waldir Servín Pasos para construir la Teoría del Caso. Ø Paso 5: Clasificación de la evidencia con miras al juicio oral. Ø Paso 6: Identificación de las debilidades del caso. Ø Paso 7: Se debe generar un tema o una frase. Debe tenerse en cuenta el móvil al plantear la Teoría del Caso. 27

José Waldir Servín Condiciones de la Teoría del Caso a) Sencillez. b) Lógica. c)

José Waldir Servín Condiciones de la Teoría del Caso a) Sencillez. b) Lógica. c) Credibilidad. d) Suficiencia Jurídica. e) Flexibilidad. 28

José Waldir Servín Elementos de la Teoría del Caso Ø Jurídico: consiste en el

José Waldir Servín Elementos de la Teoría del Caso Ø Jurídico: consiste en el análisis de los elementos de derecho de lo queremos establecer. Ø Fáctico: consiste en los “hechos” relevantes, o más bien, tiene que ver con las afirmaciones fácticas queremos que acepte el juzgador para establecer lo jurídico. Ø Probatorio: Cuando se sabe cuales son los hechos relevantes, viene la determinación y la clasificación de las pruebas que demuestran cada supuesto. 29

José Waldir Servín Elementos de la Teoría del Caso Ø La Teoría del Caso,

José Waldir Servín Elementos de la Teoría del Caso Ø La Teoría del Caso, entonces, está compuesta pro tres niveles de análisis: a) La teoría de los hechos o la teoría fáctica; b) La teoría jurídica o teoría del derecho aplicable al caso; y c) La base probatoria. 30

José Waldir Servín Funciones de la Teoría del Caso Ø Sirve de objetivo específico

José Waldir Servín Funciones de la Teoría del Caso Ø Sirve de objetivo específico para que las partes puedan planear y ejecutar las actividades de indagación e investigación y luego las propias del juicio. Ø Planear y organizar el alegato de apertura Ø Identifica la materia o el tema del asunto y de los hechos jurídicamente relevantes. 31

José Waldir Servín Funciones de la Teoría del Caso Ø Permite a partir del

José Waldir Servín Funciones de la Teoría del Caso Ø Permite a partir del tema y de los hechos relevantes determinar las pruebas. Ø Organizar la prueba que se presentará. Ø Permite establecer el orden en que los testigos y peritos serán presentados. 32

José Waldir Servín Funciones de la teoría del caso Ø Facilita a partir de

José Waldir Servín Funciones de la teoría del caso Ø Facilita a partir de los hechos jurídicamente relevantes examinar y contraexaminar a los testigos. Ø Preparar el alegato de clausura. Ø Adoptar y desechar estrategias. Ø Define los temas y la organización de los alegatos de apertura y de clausura. 33

José Waldir Servín Funciones de la teoría del caso Ø La teoría del caso

José Waldir Servín Funciones de la teoría del caso Ø La teoría del caso consiste en subsumir los hechos (teoría fáctica), dentro de la normal aplicable (teoría jurídica), según los elementos de convicción recopilados ( teoría probatoria), de modo que permita construir una historia con significado penal relevante. 34

José Waldir Servín Ø Desde la perspectiva de la acusación, la Teoría del Caso

José Waldir Servín Ø Desde la perspectiva de la acusación, la Teoría del Caso es una explicación jurídica de por qué ciertos hechos ocurridos deben dar lugar a una sanción penal en contra de su autor. Desde la óptica de la defensa, la Teoría del Caso es la explicación jurídica de por qué no debe sancionarse a aquel a quien se tiene por autor o partícipe. 35

José Waldir Servín Ø En suma, la Teoría del Caso es el medio ideal

José Waldir Servín Ø En suma, la Teoría del Caso es el medio ideal para dirigir la investigación; planificar, direccionar y ejecutar la práctica de pruebas en el juicio; tener un concepto claro de la importancia de cada prueba y eliminar la prueba superflua e innecesaria; determinar la forma en que se realizan los exámenes y contraexámenes en el juicio; preparar los alegatos; entre otros. 36

José Waldir Servín Diferencias entre la Teoría del Caso de la Fiscalía y la

José Waldir Servín Diferencias entre la Teoría del Caso de la Fiscalía y la Defensa: Ø El Fiscal debe probar cada elemento de su Teoría del Caso. Ø Al Defensor le basta derribar sólo un elemento de la teoría del Fiscal, o puede afirmar una teoría diferente. 37

José Waldir Servín Estructuración de la Teoría del Caso Estructura Jurídica de la Teoría

José Waldir Servín Estructuración de la Teoría del Caso Estructura Jurídica de la Teoría del Caso Homicidio Agravado 1. Matar 2. A otra persona 3. Sin justa causa 4. Con alevosía Ministerio Público Defensa Se mató al señor Antonio Cabrini con una arma de fuego sin que mediara causal de justificación, en forma dolosa, agrediéndolo por la espalda. Se mató al señor Antonio Cabrini 5. Autor. Quien realizó la El autor de la conducta fue Carlos Lugano no fue Carlos Lugano. 38

José Waldir Servín Estructura Probatoria de la Teoría del Caso Ministerio Público Testimonios Defensa

José Waldir Servín Estructura Probatoria de la Teoría del Caso Ministerio Público Testimonios Defensa Testimonios Que ocurrió Milva Ragusa Horacio Tardelli Inés Moro Juan Pizarro Cómo ocurrió Milva Ragusa Horacio Tardelli Inés Moro Juan Pizarro Dónde ocurrió Milva Ragusa Horacio Tardelli Inés Moro Juan Pizarro Cuándo ocurrió Milva Ragusa Horacio Tardelli Inés Moro Juan Pizarro Quién lo hizo Milva Ragusa Rebeca Locarno Milva Ragusa, Rebeca Locarno (contraexamen) A quién se le hizo Milva Ragusa Rebeca Locarno Inés Moro Juan Pizarro Resultado de la acción Milva Ragusa Rebeca Locarno Médico Forense No existe acción por parte del acusado Móvil de la acción Rebeca Locarno No existe móvil delito 39