Jornada Escolar Completa CUADRO DE HORAS Direccin de

  • Slides: 14
Download presentation
Jornada Escolar Completa CUADRO DE HORAS Dirección de Educación Secundaria

Jornada Escolar Completa CUADRO DE HORAS Dirección de Educación Secundaria

Definición • Cuadro de Distribución de Horas: Es el instrumento técnico administrativopedagógico de las

Definición • Cuadro de Distribución de Horas: Es el instrumento técnico administrativopedagógico de las II. EE. públicas de EBR del nivel de Educación Secundaria, en él se consigna la carga del personal Directivo, Jerárquico y Docente, que se realiza en concordancia al plan de estudios, grados y número de secciones conforme al presupuesto aprobado. • Plan de Estudios: Es la organización y distribución de las horas de clase destinadas a cada una de las áreas curriculares. • Metas de atención: Son la proyección numérica de la cantidad de estudiantes de la I. E. , las cuales son determinadas de acuerdo a la cantidad de estudiantes y de secciones de conformidad con las normas del Proceso de Racionalización.

Aprobación de las metas de atención • Las metas de atención se determinan de

Aprobación de las metas de atención • Las metas de atención se determinan de acuerdo a la carga docente por sección las cuales se establecen en el numeral 6. 2, que para secundaria de EBR establece: Nivel Programa Secundaria (*) Atención Escolarizada Características Polidocente completo (**) Número de estudiantes por sección Urbana Rural 30 25 *Se podrá carga docente menor en aquellas I. E. que tengan incluidos estudiantes con NEE **El numero referencial de estudiantes pueden variar en 5 más o menos, dependiendo del tamaño de las aulas y por razones debidamente justificadas. • Para el inicio del año lectivo los cargos con los que cuenta la I. E. deben estar presupuestados en el PAP. Dichos cargos se registran a partir del anexo 07

Comisión para la elaboración de cuadro de Horas para I. E. con el modelo

Comisión para la elaboración de cuadro de Horas para I. E. con el modelo JEC o Composición de la Comisión ü El Director de la I. E. , quien la preside. ü Un Subdirector. De existir más de un Subdirector será el que se encuentre en una mayor escala magisterial. En caso de igualdad de escala será seleccionado el que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en la I. E. De no existir Subdirector será remplazado, en orden de prelación, por un Coordinador Académico, miembro del personal Jerárquico o profesor de mayor escala magisterial. En caso de igualdad de escala, será seleccionado el que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en la I. E. ü Dos representantes de las y los docentes de la institución educativa, elegidos democráticamente por sus colegas nombrados.

o Funciones: Funciones üFormular la propuesta del cuadro de distribución de horas pedagógicas: De

o Funciones: Funciones üFormular la propuesta del cuadro de distribución de horas pedagógicas: De acuerdo al plan de estudios y al número autorizado de secciones. üDistribuir las horas pedagógicas de conformidad con los criterios establecidos en la presente norma técnica. üPresentar los siguientes documentos: PCI, PAP, CAP, R. D. de reconocimiento de la comisión y acta de elección de los representantes de la comisión.

 • Criterios para la formulación del cuadro de Distribución de Horas o La

• Criterios para la formulación del cuadro de Distribución de Horas o La comisión conformada formula el cuadro de acuerdo al número de secciones y plan de estudios, debe ser firmado por los miembros de la comisión o La distribución de horas se realiza según el anexo 09 y considerando el siguiente orden de prelación: ü Personal Directivo. ü Personal Jerárquico. ü Personal Docente. o La distribución de horas pedagógicas se realiza teniendo en cuenta el titulo profesional pedagógico y especialidad requerida para cada área curricular, de acuerdo al siguiente orden de prelación: 1. Escala Magisterial. 2. Tiempo de servicios oficiales como docente. 3. Tiempo de servicios oficiales como docente en el área curricular en la I. E. El tiempo de servicios oficiales como docente se refiere al tiempo de servicio acreditado desde su ingreso a la Carrera Pública del Profesorado o la Carrera Pública Magisterial. No se tiene en cuenta contratos, auxiliar o docente interino, entre otros.

o La comisión conformada respetará la hora de tutoría o Bajo responsabilidad, se debe

o La comisión conformada respetará la hora de tutoría o Bajo responsabilidad, se debe considerar la pertinencia y coherencia entre las disciplinas del área curricular, la formación que acredite el docente y la experiencia del docente en el área curricular correspondiente. o Las I. E. que participen de las acciones de Fortalecimiento de Educación Física y el Deporte destinaran 03 HLD para dicha área. o Las I. E. que fueron de variante técnica harán uso de las horas de libre disponibilidad para EPT, si así lo determina su PEI. Así mismo, si cuentan con presupuesto para el desdoblamiento se organizarán dos grupos de trabajo por cada sección considerando como máximo 20 estudiantes por cada grupo. o Con la R. D. de aprobación del cuadro de horas, se elabora el horario de clase con la participación de los representantes de los docentes. o En caso que el docente acredite más de un título pedagógico, título de segunda especialidad profesional o título profesional técnico en la especialidad requerida podrá solicitar indistintamente las horas pedagógicas de cualquier especialidad de las áreas curriculares para las cuales acredite el requisito. o Los criterios establecidos en el numeral 1) de los literales a), b) y c) del numeral 5. 5. 3 quedan suspendidos en tanto no se realicen los concursos públicos de reubicación.

Aprobación del cuadro de Horas Pedagógicas o Las fases del cronograma de aprobación no

Aprobación del cuadro de Horas Pedagógicas o Las fases del cronograma de aprobación no deben efectuarse con posterioridad al 10 de Enero. o Una vez culminada la revisión y validación de los cuadros de distribución de horas pedagógicas por parte de la comisión de la DRE o UGEL, remite a los equipos de Personal los anteproyectos con el visto bueno correspondiente para su aprobación mediante acto resolutivo. o Una vez aprobado mediante acto resolutivo, dicho cuadro no se podrá reajustar o modificar. Solo por excepción las I. E. que tiene reducción de metas modificarán el cuadro, indicando la excedencia correspondiente. Anexo 10. o Por incremento de metas de atención no procede reajustar o modificar el cuadro de horas, ya que está en función al PAP aprobado de cada I. E. o Para proceder con el proceso de contratación la administración de la DRE o UGEL debe cargarlo al NEXUS de acuerdo al instructivo.

Disposiciones Específicas • Formularán su cuadro de acuerdo a las siguientes especificaciones: ÁREA CURRICULAR

Disposiciones Específicas • Formularán su cuadro de acuerdo a las siguientes especificaciones: ÁREA CURRICULAR MATEMÁTICA COMUNICACIÓN INGLÉS ARTE PROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN LA ESPECIALIDAD DE : MATEMÁTICA COMUNICACIÓN / LENGUA Y LITERATURA INGLÉS EDUCACIÓN POR EL ARTE /ARTÍSTICA HISTORIA, GEOGRAFÍA Y ECONOMÍA HISTORIA/GEOGRAFÍA/ECONOMÍA O AFINES/CIENCIAS SOCIALES FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA CIENCIAS SOCIALES/EDUCACIÓN CÍVICA/HISTORIA/GEOGRAFÍA PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS PSICOLOGÍA / FILOSOFÍA/EDUCACIÓN FAMILIAR / CIENCIAS SOCIALES / HISTORIA GEOGRAFÍA / ORIENTACIÓN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO/ PERSONA, FAMILIA Y RELACIONES HUMANAS EDUCACIÓN FÍSICA EDUCACIÓN RELIGIOSA O TÍTULO PEDAGÓGICO EN CUALQUIER MODALIDAD, NIVEL Y ESPECIALIDAD QUE ACREDITE ADEMÁS ESTUDIOS EN UNA ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIÓN RELIGIOSA – ESER SE REQUIERE ADEMÁS LA AUTORIZACIÓN DE LA ODEC DE SU JURISDICCIÓN EDUCACIÓN FÍSICA CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE CIENCIAS NATURALES / BIOLOGÍA / FÍSICA / QUÍMICA TÍTULO PEDAGÓGICO EN LA ESPECIALIDAD O DOCENTE CON TÍTULO PEDAGÓGICO DE CUALQUIER MODALIDAD, NIVELY ESPECIALIDAD, QUE ACREDITE ADEMÁS COMO MÍNIMO TÍTULO PROFESIONAL TÉCNICO EN LA ESPECIALIDAD REQUERIDA UN DOCENTE CON TITULO PEDAGÓGICO QUE PERTENEZCA A CUALQUIER ESPECIALIDAD. EDUCACIÓN RELIGIOSA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO TUTORÍA Y ORIENTACION EDUCATIVA

 • El plan de Estudios de las II. EE comprendidas en la JEC

• El plan de Estudios de las II. EE comprendidas en la JEC consideran las siguientes especificaciones:

üLos docentes nombrados que laboren en I. E. con el Modelo JEC tendrán una

üLos docentes nombrados que laboren en I. E. con el Modelo JEC tendrán una jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales, de las cuales 24 serán destinadas al trabajo en aula, solo en los casos que corresponda podrán asumir dos horas adicionales como máximo para completar el Plan de Estudios. La diferencia será destinada a garantizar el trabajo colegiado y la atención a los estudiantes y padres de familia. üLos coordinadores pedagógicos asumen una carga de 30 horas pedagógicas semanales de las cuales 12 horas pedagógicas de trabajo se desarrollan en el aula y las horas restantes se utilizan para realizar la labor de acompañamiento pedagógico y fortalecimiento del trabajo colegiado.

üLos coordinadores de Orientación y Bienestar del Educando o de Actividades y Promoción Educativa

üLos coordinadores de Orientación y Bienestar del Educando o de Actividades y Promoción Educativa Comunal (cargos con jornada laboral de 40 horas, que debieron ser adecuadas dentro del marco del proceso de racionalización como Coordinador de la Disciplina Escolar y Tutoría Educativa), asumen las funciones de coordinadores de tutoría y tiene a su cargo 12 horas pedagógicas de trabajo en aula. üLos profesores que asumen la función de coordinador de Tutoría, por encargo de funciones, tiene una jornada laboral de 30 horas, de las cuales destinarán 12 horas para el desarrollo de sesiones.

La cantidad de coordinadores de cada institución guarda relación con la cantidad de secciones

La cantidad de coordinadores de cada institución guarda relación con la cantidad de secciones que existe en las I. E. Director (a) Sub directores Coordinadores Pedagógicos De 8 a 12 secciones De 13 a 19 secciones De 20 a 25 secciones De 26 a 32 secciones De 33 a 39 secciones De 40 a 55 secciones +De acuerdo a la norma de Racionalización aprobado mediante R. S. G. N 1825 -2014 MINEDU Coordinador de tutoría Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico

üEl personal Directivo no asumen horas pedagógicas para el desarrollo de sesiones. Excepto los

üEl personal Directivo no asumen horas pedagógicas para el desarrollo de sesiones. Excepto los profesores que asuman el cargo de director por encargo de funciones.