Instituto Social de las Fuerzas Armadas COMANDANCIA GUARDIA

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Instituto Social de las Fuerzas Armadas COMANDANCIA GUARDIA CIVIL 10/31/2021 Delegado Regional del ISFAS

Instituto Social de las Fuerzas Armadas COMANDANCIA GUARDIA CIVIL 10/31/2021 Delegado Regional del ISFAS en Sevilla TCOL. D. José Manuel Salguero Díaz

 • • • Índice ISFAS. Normativa básica Qué es el ISFAS y cómo

• • • Índice ISFAS. Normativa básica Qué es el ISFAS y cómo nos Organizamos Cómo nos financiamos. Cómo gastamos. Quienes estamos afiliados. Qué Prestaciones tenemos. Concierto con Entidades (ADESLAS, ASISA). Concierto Rural. Sede electrónica. Temas a NO OLVIDAR y Dónde informarse ¿Estamos a extinguir? 10/31/2021

ISFAS MUFACE MUGEJU ASIST. SANIT. + PRESTACIONES CLASES PASIVAS A extinguir en FAS PENSIONES

ISFAS MUFACE MUGEJU ASIST. SANIT. + PRESTACIONES CLASES PASIVAS A extinguir en FAS PENSIONES RGSS Nuevos ingresos A partir del 2011 RDL 13/2010 PENSIONES 10/31/2021

ISFAS Ley 28 / 75 (27. 06. 75) C. C. MUFACE Ley 29 /

ISFAS Ley 28 / 75 (27. 06. 75) C. C. MUFACE Ley 29 / 75 (27. 06. 75) MUGEJU R. D. Ley 16 / 78 (07. 06. 78) 10/31/2021

Ø LEY 28/1975, de 27 de junio, sobre S. S. FAS Ø R. D.

Ø LEY 28/1975, de 27 de junio, sobre S. S. FAS Ø R. D. L. 1/2000, texto refundido S. S. FAS, Deroga Ley 28/75 (BOE. 142, de 14. 06. 2000) Ø R. D. 1726/2007, 21. 12, REGLAMENTO GENERAL. (BOE. 310, de 27. 12. 2007) 10/31/2021

EL ISFAS ES UN ORGANISMO AUTÓNOMO ADSCRITO AL MINISDEF E INTEGRADO EN LA SUBSECRETARÍA

EL ISFAS ES UN ORGANISMO AUTÓNOMO ADSCRITO AL MINISDEF E INTEGRADO EN LA SUBSECRETARÍA DE DEFENSA. ORGANISMO PÚBLICO CON PERSONALIDAD JURÍDICA DIFERENCIADA, PATRIMONIO Y TESORERÍA PROPIOS, ENCARGADO DE GESTIONAR (conjuntamente con CLASES PASIVAS y el RGSS) EL: RÉGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FAS+GC+CNI * PRESTACIÓN de ASISTENCIA SANITARIA * PRESTACIONES sociales…. . 10/31/2021

Reunión >= 1/año CONSEJO RECTOR Reunión >= 2 /año JUNTA DE GOBIERNO Pte: SUBSEC

Reunión >= 1/año CONSEJO RECTOR Reunión >= 2 /año JUNTA DE GOBIERNO Pte: SUBSEC MDEF Vpte: SG ISFAS Vocales Natos: DG Presupuesto MEH Digenper MDE Digeneco MDE Jefes Mandos Pers. ET, AR, EA Intv. Gral. Adm. Estado SDG. Pers. GC. DG. Recursos del CNI ASESORÍA JURÍDICA Vocales Asesores: ASEJUR MDEF INTV. Gral. Defensa Inspect. Gral. San. Defensa INTERVENCIÓN DELEGADA Secretario: ASEJUR ISFAS SECRETARIA GENERAL SUBDIRECTOR GENERAL ADJUNTO DELEGACIONES ISFAS INSPECCIÓN SERVICIOS SUBDIRECCIÓN PRESTACIONES GUARDIA CIVIL Pte: SG ISFAS Vocales: Direc. Pers. ET, AR, EA Jefe Pers. GC. Inspect. Gral. San. Defensa SDG. Prestaciones ISFAS SDG. ECOFIN ISFAS Sub. Adjunto SG ISFAS DG. Recursos CNI Delg. Reg/Esp ISFAS más antig. Inspector de Servicios ISFAS ASEJUR ISFAS INTV. Delegado ISFAS Secretario: Un funcionario de Gerencia SUBDIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA 10/31/2021

BAJA de DELEGACIONES el 01. 06. 2013: • Cádiz • Jerez de la Frontera

BAJA de DELEGACIONES el 01. 06. 2013: • Cádiz • Jerez de la Frontera • Santiago de Compostela Regionales (13) Especiales (9) Provinciales (31) Subdelegac. (9) Oficinas Del. (5) Centros/Resi/Apart. Total: 67 + 3 10/31/2021

Financiación del ISFAS PARA CUMPLIR SUS FINES, EL ISFAS DISPONE DE PRESUPUESTO PROPIO, EN

Financiación del ISFAS PARA CUMPLIR SUS FINES, EL ISFAS DISPONE DE PRESUPUESTO PROPIO, EN SU DOBLE VERTIENTE DE INGRESOS Y GASTOS. FUENTES DE FINANCIACIÓN : o APORTACIÓN DEL ESTADO o COTIZACIÓN DE TITULARES o OTROS INGRESOS 75, 41 % 13, 78 % 10, 81 % (PRESUPUESTO año 2013: 728 millones de euros) (Crédito ampliable) 10/31/2021

¿Cómo Gastamos? o ASISTENCIA SANITARIA (84, 12) 89, 09 % (24 % Gastos de

¿Cómo Gastamos? o ASISTENCIA SANITARIA (84, 12) 89, 09 % (24 % Gastos de Farmacia) o PRESTACIONES NO SANITARIAS (10, 9) o PERSONAL/FUNCIONAMIENTO ISFAS (4, 9) * 06, 34 % 4, 57 % * Según Art. 113 del RD 1726/2007, del Reglamento ISFAS, estamos autorizados hasta el 5%. 10/31/2021

Cotización año 2013 (Ley 12/2012. BOE 312, de 28. 12. 2012) GRUPO Ley 7/07

Cotización año 2013 (Ley 12/2012. BOE 312, de 28. 12. 2012) GRUPO Ley 7/07 HABER REGULADOR APORTACIÓN AFILIADO 1, 69 Haber Regulador A 1 40. 058, 07 47, 74 249, 16 296, 90 A 2 31. 526, 72 37, 57 196, 09 233, 66 C 1 24. 213, 06 28, 86 150, 60 179, 46 C 2 19. 156, 55 22, 83 119, 15 141, 98 APORTACIÓN ESTADO 8, 82% TOTAL afiliado 14 COTIZACIONES / AÑO 10/31/2021

o COLECTIVO DELEGACION REGIONAL DE SEVILLA 31. 12. 2012 o o Titulares CO-HU-SE 48.

o COLECTIVO DELEGACION REGIONAL DE SEVILLA 31. 12. 2012 o o Titulares CO-HU-SE 48. 000 26. 859 o Cotizantes 15. 911 (32, 5%, del Total) o No Cotizantes 10. 948 Beneficiarios o. TOTAL 21. 959 COLECTIVO SEVILLA 28. 704

PRECIOS DEL CONCIERTO CON ENTIDADES CUOTAS POR MES y BENEFICIARIO (2013) Tramos MUFACE Tramos

PRECIOS DEL CONCIERTO CON ENTIDADES CUOTAS POR MES y BENEFICIARIO (2013) Tramos MUFACE Tramos MUGEJU Tramos ISFAS 0 -4 61, 12 5 -14 50, 93 15 -44 57, 73 45 -54 61, 12 55 -64 67, 93 65 -74 81, 51 60 -69 65, 26 60 -69 69, 39 >74 88, 29 >=70 78, 41 >=70 86, 45 > 60 58, 91 > 60 58, 74 10/31/2021

AFILIACIÓN OBLIGATORIA TITULARES por DERECHO PROPIO (TDP) § MILITARES DE CARRERA FAS y G.

AFILIACIÓN OBLIGATORIA TITULARES por DERECHO PROPIO (TDP) § MILITARES DE CARRERA FAS y G. CIVIL § MILITARES DE COMPLEMENTO § TROPA Y MARINERÍA PROFESIONAL § ALUMNOS CENTROS FORMACIÓN § CNI 10/31/2021

AFILIACIÓN VOLUNTARIA § BENEFICIARIOS DEL TITULAR (CG, Hijos. . . ) § CÓNYUGES SEPARADOS

AFILIACIÓN VOLUNTARIA § BENEFICIARIOS DEL TITULAR (CG, Hijos. . . ) § CÓNYUGES SEPARADOS O DIVORCIADOS ü Mientras permanezca de ALTA el Titular. § COTIZANTES VOLUNTARIOS REQUISITOS EXIGIBLES: 1. Vivir con el TITULAR y a sus expensas 2. Ingresos < 2 IPREM (Indicador Público Renta Efectos Múltiples) 3. No tener DERECHO por título distinto a recibir asistencia sanitaria de la Seg. Social. En cualquiera de sus regímenes. IPREM 2013 => 532, 51 € / mes 10/31/2021

n Asistencia sanitaria n Sociales n Por incapacidad n De protección a la familia

n Asistencia sanitaria n Sociales n Por incapacidad n De protección a la familia 10/31/2021

n n n Asistencia médico-quirúrgica Farmacéutica Complementarias Asist. Sanitaria Ortoprotésica Asistencia Sanitaria en el

n n n Asistencia médico-quirúrgica Farmacéutica Complementarias Asist. Sanitaria Ortoprotésica Asistencia Sanitaria en el Extranjero Ø Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) 10/31/2021

q Asistencia Médico-quirúrgica ü ADESLAS (www. adeslas. es) ü ASISA (www. asisa. es) ü

q Asistencia Médico-quirúrgica ü ADESLAS (www. adeslas. es) ü ASISA (www. asisa. es) ü INSS (SAS) ü SANIDAD MILITAR (En Sevilla NO) ISFAS ENTIDAD 10/31/2021

üINSS (SAS) Concierto ISFAS, INSS y TGSS, de 30 de diciembre de 1986. Concierto

üINSS (SAS) Concierto ISFAS, INSS y TGSS, de 30 de diciembre de 1986. Concierto Rural: ISFAS y SAS (BOE. 78, de 31. 03. 2004) Prorrogado en BOE: 52, de 14 de marzo de 2013, para el 2013 ü ADESLAS (www. adeslas. es) ü ASISA (www. asisa. es) Resolución 4 B 0/38275/2009 (BOE: 313, 29. 12. 09) (2010 -2013) Resolución 4 B 0/38171/2012 (BOE: 303, 18. 12) => 2013 SANIDAD MILITAR (En Sevilla NO) O. M. 52/2004 (BOE. 63, de 31 marzo 2004) ü 10/31/2021

ØCláusula 2. 1. 2 Incorporación de nuevos medios de diagnóstico y tratamiento. v. Cualquier

ØCláusula 2. 1. 2 Incorporación de nuevos medios de diagnóstico y tratamiento. v. Cualquier técnica de diagnóstico o tratamiento que aparezca después de la firma del Concierto constituirá medios obligatorio para la Entidad cuando la misma se aplique a pacientes dentro del Sistema Nacional de Salud en algunos de los centros propios o concertados de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas. v. Además, la Cartera de Servicios se actualizará de forma automática por actualizaciones de la Cartera de Servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. 10/31/2021

ØCláusula 2. 4 Cartera de Servicios de Atención de Urgencia. v. Se dispensará tanto

ØCláusula 2. 4 Cartera de Servicios de Atención de Urgencia. v. Se dispensará tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente y la atención in situ, todos los días del año, durante las 24 horas del día…. . . v. Podrá recabarse de los facultativos de medicina general o de familia, pediatría y enfermería de la Entidad y, fuera de los horarios de consulta y en cualquier caso, de los Servicios de Urgencia propios de dispositivos asistenciales o de centros hospitalarios. 10/31/2021

ØCláusula 3. 3. 2 Disponibilidad de Servicios de Atención Especializada v Nivel I. En

ØCláusula 3. 3. 2 Disponibilidad de Servicios de Atención Especializada v Nivel I. En municipios de 20. 000 a 30. 000 Hab. v Nivel II. En municipios de >30. 000 y <= 75. 000 Hab. v Nivel III. En municipios de >75. 000 y <= 250. 000 Hab. v Nivel IV. En municipios de >250. 000 Hab. v Servicios de Referencia. Tratamientos complejos del cáncer. Trasplantes de órganos, tejidos ……………… Deben existir, al menos, en cada Comunidad Autónoma, o Comunidad Autónoma limítrofe. 10/31/2021

ØCláusula 2. 4. 2 Servicios de Urgencia hospitalarios. v. Estarán disponibles en todos los

ØCláusula 2. 4. 2 Servicios de Urgencia hospitalarios. v. Estarán disponibles en todos los municipios incluidos en los Niveles II, III y IV de Atención Especializada. Localidades < 30. 000 hab. NO Urgencias Hospitalarias v. Además, en todos los municipios de menos de 30. 000 habitantes donde exista un centro hospitalario, dependiente del Servicio de Salud de la correspondiente Comunidad Autónoma, se atenderá la cobertura de la asistencia por su Servicio de Urgencias a los asegurados que sufran situaciones clínicas agudas que obliguen a una atención inmediata. 10/31/2021

ØCláusula 3. 2 Garantía de accesibilidad a los medios. v. La Entidad debe garantizar

ØCláusula 3. 2 Garantía de accesibilidad a los medios. v. La Entidad debe garantizar el acceso a los medios que en cada nivel asistencial exige la cartera de servicios del presente Concierto en los términos establecidos en el Capítulo 2. salvo que dichos medios no existan a nivel privado ni público. Si coyunturalmente no estuvieran disponibles o no se encontraran operativos, la Entidad se obliga a facilitar el acceso a los beneficiarios a otros servicios privados que existan en el mismo municipio o a los correspondientes servicios públicos. 10/31/2021

ØCláusula 3. 2 Garantía de accesibilidad a los medios. (continuación) v…, además, en todos

ØCláusula 3. 2 Garantía de accesibilidad a los medios. (continuación) v…, además, en todos los municipios de menos de 30. 000 habitantes donde exista un centro hospitalario, dependiente del Servicio de Salud de la correspondiente Comunidad Autónoma, se atenderá la cobertura de la asistencia por su Servicio de Urgencias a los asegurados que sufran situaciones clínicas agudas que obliguen a una atención inmediata. 10/31/2021

ØCláusula 3. 3. 2 Disponibilidad de Servicios de Atención Especializada v. Nivel I. En

ØCláusula 3. 3. 2 Disponibilidad de Servicios de Atención Especializada v. Nivel I. En municipios de 20. 000 a 30. 000 habitantes se dispondrá, al menos, de los siguientes servicios de Atención Especializada para asistencia ambulatoria: ØPediatría ØAnálisis Clínicos ØObstetricia y ginecología. Ecografía ØOftalmología ØOtorrinolaringología ØMFR. Fisioterapia ØCirugía ortopédica y traumatología ØEstomatología/Odontología ØServicios de urgencia se prestará conforme a las previsiones recogidas en la cláusula 2. 4 10/31/2021

ØCapítulo 4. Utilización de medios no concertados v. Cláusula 4. 1 “…. , cuando

ØCapítulo 4. Utilización de medios no concertados v. Cláusula 4. 1 “…. , cuando un beneficiario, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios ajenos a la Entidad, DEBERÁ ABONAR, SIN DERECHO A REINTEGRO, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casos de denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital. 10/31/2021

ØCláusula 4. 2 Denegación injustificada de asistencia Cláusula 4. 2. 1. B) “Cuando no

ØCláusula 4. 2 Denegación injustificada de asistencia Cláusula 4. 2. 1. B) “Cuando no se cumplan los requisitos de disponibilidad de medios previstos en la cláusula 3. 3 del presente Concierto” 10/31/2021

ØCláusula 4. 3 Asistencia urgente de carácter vital. Se considera situación de urgencia de

ØCláusula 4. 3 Asistencia urgente de carácter vital. Se considera situación de urgencia de carácter vital aquélla en que se haya producido una patología cuya naturaleza y síntomas hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo o un daño irreparable para la integridad física de la persona, de no obtenerse una actuación terapéutica de inmediato. 10/31/2021

Cláusula 4. 3. 2 Asistencia por Accidente en Acto de Servicio URGENCIA VITAL 10/31/2021

Cláusula 4. 3. 2 Asistencia por Accidente en Acto de Servicio URGENCIA VITAL 10/31/2021

URGENCIA VITAL (4. 3. 2) ØEn vía o lugares públicos y se activen los

URGENCIA VITAL (4. 3. 2) ØEn vía o lugares públicos y se activen los equipos de emergencia (EE) 061/112 por persona distinta al afiliado. ØCuando el 061 sea activado por Cuerpos Seguridad Estado u otros EE (Bomberos, Policía, GC, Policía Local) ØEn caso de accidente de tráfico y sean atendidos por el 061 en el lugar del accidente. ØActivado el 061 en Residencias Asistidas y pacientes psiquiátricos. 10/31/2021

ØCláusula 1. 7 Cambio de Entidad üPodemos elegir ADESLAS, ASISA o SAS v. Con

ØCláusula 1. 7 Cambio de Entidad üPodemos elegir ADESLAS, ASISA o SAS v. Con carácter ordinario üUna sola vez al año, durante el mes de enero de cada año v. Con carácter extraordinario üCambio de destino que implique cambio de provincia üPersonas Reserva/Retiro, cambio de residencia a otra provincia üConformidad expresada por escrito de las entidades afectadas üINSS-SAS, no admite cambios extraordinarios 10/31/2021

Solo en Localidades de menos de 20. 000 habitantes ANEXO I üAsistencia a prestar

Solo en Localidades de menos de 20. 000 habitantes ANEXO I üAsistencia a prestar por los Servicios Básicos de Atención Primaria de la red SAS. üComprende, medicina general, pediatría y enfermería. üSe atenderá los servicios de urgencias, que serán prestados en los correspondientes Centros de Atención Primaria o Consultorios del SAS. ANEXO II üSe atenderá EXCLUSIVAMENTE los servicios de urgencias, que serán prestados en los correspondientes Centros de Atención Primaria o Consultorios del SAS. NO Urgencias Hospitalarias 10/31/2021

q Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal

q Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible que acredita el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en el territorio de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Bulgaria y Rumanía), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) * y en Suiza *, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia. 10/31/2021

DENTADURA COMPLETA (SUPERIOR E INFERIOR), 700 560 € DENTADURA INFERIOR O SUPERIOR, 350 280

DENTADURA COMPLETA (SUPERIOR E INFERIOR), 700 560 € DENTADURA INFERIOR O SUPERIOR, 350 280 € PIEZAS, FUNDAS O CORONAS (cada una), IMPLANTE OSTEOINTEGRADO (antes 8 impl. , ahora 6), 150 35 € 120 € EMPASTE, OBTURACIÓN, RECONSTRUCCIÓN (cada uno) 20 € ENDODONCIA (cada pieza tratada), 50 40 € PERIODONCIA (Gratis Entidades, solo INSS/S. Mil. ), 1. 202 900 € ORTODONCIA (Iniciado antes 18 años) 500 € TARTRECTOMÍA / LIMPIEZA (solo INSS/S. Militar) (Gratis Entidades) 12 € 10/31/2021

560 € Máxima prestación por persona, cada 3 años, años incluye: (Dentadura completa/superior/inferior/piezas/fundas/coronas) Excluidas

560 € Máxima prestación por persona, cada 3 años, años incluye: (Dentadura completa/superior/inferior/piezas/fundas/coronas) Excluidas piezas/fundas/coronas provisionales. En facturas con fundas/coronas debe incluir el coste del Protésico Ayuda no consumida en un período no incrementa la ayuda máxima de los siguientes. No ayuda a tratamientos incluidos en Concierto Sanitario con Entidades (ADESLAS y ASISA) Prog. SALUD BUCODENTAL <15 años. Los tratamientos en dentición temporal no son objeto de ayudas Periodoncia (período de 5 años, solo INSS/S. Mil. ) (Gratis Entidades) Ortodoncia ( < 18 a. , por una sola vez y un único tratamiento / benef. ) Tartrectomia (una al año, solo INSS/S. Mil. ) (Gratis Entidades) Implantes Máximo 6 por persona. 10/31/2021

GAFAS COMPLETAS (DE LEJOS O CERCA) 42 € GAFAS COMPLETAS BIFOCALES O PROGRESIVAS 84

GAFAS COMPLETAS (DE LEJOS O CERCA) 42 € GAFAS COMPLETAS BIFOCALES O PROGRESIVAS 84 € AYUDA BAJA VISIÓN (GAFAS TELELUPA, LUPAS…) 180 € SUSTITUCIÓN CRISTAL (LEJOS O CERCA) 15 € SUSTITUCIÓN CRISTAL BIFOCAL/PROGRESIVO 36 € SUSTITUCIÓN CRISTAL TELELUPA 40 € LENTILLA (UNIDAD) 33 € LENTILLAS DESECHABLES (AYUDA ANUAL) 66 € LENTE TERAPEUTICA (UNIDAD) 62 € TÉCNICAS CIRUGÍA REFRACTIVA (POR CADA OJO) 200 € 10/31/2021

Graduación óptica para GAFAS >= 0, 5 dioptrías INCOMPATIBILIDAD CRISTALES / GAFAS / LENTILLAS

Graduación óptica para GAFAS >= 0, 5 dioptrías INCOMPATIBILIDAD CRISTALES / GAFAS / LENTILLAS UNA SOLA PRESTACIÓN / POR BENEFICIARIO Y AÑO SOLO SE PAGA LO PRIMERO QUE SE SOLICITE (si tiene DERECHO) * GAFAS DE SOL GRADUADAS SI Técnicas Cirugía Refractiva: • Mayores de 21 años • Graduación: >= 4 dioptrías 10/31/2021

AUDÍFONO (para beneficiarios > 16 años) AUDÍFONO (para beneficiarios 0 – 16 años) (Prestación

AUDÍFONO (para beneficiarios > 16 años) AUDÍFONO (para beneficiarios 0 – 16 años) (Prestación ortoprotésica COD. 21 45 00 000 A) 423 € 1. 200 € LARINGÓFONO Coste, Según factura Cánulas de plata para traqueotomía y laringuectomía Coste, Según factura SEGÚN CATÁLOGO ISFAS Existe un LÍMITE en CUANTÍA de la prestación y un PLAZO DE RENOVACIÓN Res. 4 B 0/38276/2009 (BOE n. 314, de 30 -12 -2009) 10/31/2021

üEl visado de recetas es la diligencia mediante la cual se autoriza para un

üEl visado de recetas es la diligencia mediante la cual se autoriza para un paciente concreto, medicamentos y productos sanitarios concretos para una enfermedad concreta, para que puedan ser dispensados con cargo al Sistema Nacional de Salud. üPara la autorización del visado se comprueba que se cumple con la indicación para la que el medicamento o producto sanitario está autorizado para lo cual la primera vez hay que acompañar a la receta el informe médico del especialista correspondiente. El informe tiene una validez de 1 año o el tiempo que su especialista determine. üSolamente es necesario visar, aquellos medicamentos y productos sanitarios para los que el Ministerio de Sanidad y Consumo o el Servicio Andaluz de Salud exija este requisito, los cuales vienen recogidos en listados oficiales que se van actualizando periódicamente. El médico especialista le informará si el medicamento precisa visado. üPara la realización del visado, la Delegación del ISFAS dispone de personal dedicado a ésta función. üLEGISLACIÓN: LEY 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. (BOE num. 178). REAL DECRETO 618/2007, de 11 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el establecimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos. (BOE num. 114). REAL DECRETO 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación. (BOE num. 17). 10/31/2021

§ Asistencia a la 3ª edad § Sociosanitarias § Otras prestaciones de carácter social

§ Asistencia a la 3ª edad § Sociosanitarias § Otras prestaciones de carácter social Resolución 4 B 0/19065/2010, de 15 de diciembre (BOD. : 248, 23. 12. 2010) 10/31/2021

q Asistencia a la 3ª Edad ü Ayuda económica estancia Residencia Asistida ü Ayuda

q Asistencia a la 3ª Edad ü Ayuda económica estancia Residencia Asistida ü Ayuda económica estancia Centro de Día o Noche ü Asistencia a Domicilio Ayuda económica adicional a la del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD) para asistencia a domicilio. ü Servicio de Teleasistencia (gratuito) ü Ayuda económica a personas mayores (66 €/mes) A EXTINGUIR ü Ayuda económica trat. termales (Máx. : 178 €, 1 Sol. /año) ü ü Programas vacacionales y de ocio para la 3ª edad 10/31/2021

q ü Sociosanitarias Ayuda atención drogodependientes Ø ü ü Máx. : 148 €/mes. Máx:

q ü Sociosanitarias Ayuda atención drogodependientes Ø ü ü Máx. : 148 €/mes. Máx: 6 meses, renovables por otros 6 meses Ayuda para la promoción de la Autonomía Personal Ø Trat. Especial a discapacitados, <18 años. 25% Min. (Máx. : 148 €/mes) Ø Terapia mantenimiento y ocupacional, 33% Min. (Máx. : 148 €/mes) Ayuda atención enfermos crónicos Ø Cama articulada (Máx. : 699, 09 €) Ø Colchón antiescaras (Máx. : 245, 03 €) Grúa elevadora de enfermos (1. 047, 47 €) Elevador de WC (Máx. : 69, 68 €) Adaptación vehículos a motor para discapacitados (Máx. : 699, 09 €) Eliminación barreras arquitectónicas para discapacitados (Máx: 2. 792, 86 €) Ø Ø 10/31/2021

q Otras prestaciones de carácter social ü Ayuda Económica por fallecimiento ü Ø TDP

q Otras prestaciones de carácter social ü Ayuda Económica por fallecimiento ü Ø TDP (de 1. 334 € ha pasado a 600 €) Ø TDD ó Beneficiario (de 668 € ha pasado a 300 €) Ayuda económica por adquisición de vivienda Ø 825 € (OJO, 1ª Vivienda, compra año natural, Incompatible con INVIFAS) ü Ayuda social para celíacos ( < 18 años) De entre 97 y 675 €, ha pasado a: entre 87 € y 613 € (1. 440 € coste estimado anual) 10/31/2021

§ Incapacidad Temporal (F. Civil. /CNI) § § Lesiones Permanente No invalidantes Ø §

§ Incapacidad Temporal (F. Civil. /CNI) § § Lesiones Permanente No invalidantes Ø § Subsidio económico de cuantía fija e invariable por la pérdida retribuciones salariales consecuencia de la baja producida por enfermedad o accidente. Indemnización baremada de pago único por lesiones, mutilaciones……. . definitivas, sin llevar a constituir INCAPACIDAD PERMANETENTE TOTAL O ABSOLUTA Inutilidad para el Servicio § Pensión complementaria Cuando estando en la situación de servicio activo, servicios especiales o expectativa de destino o reserva ocupando destino, como consecuencia de enfermedad o accidente , pasen a retiro o jubilación por inutilidad o incapacidad permanente, permanente siempre que la enfermedad o lesión que motivó el retiro o jubilación les imposibilite de forma absoluta y permanente para todo tipo de trabajo, profesión u oficio 10/31/2021

§ Hijo a cargo Minusválido MENOR de 18 a. Discapacidad >= 33% MAYOR de

§ Hijo a cargo Minusválido MENOR de 18 a. Discapacidad >= 33% MAYOR de 18 a. Discapacidad >= 65% MAYOR de 18 a. Discapacidad >= 75% § Parto o adopción Múltiples § Subsidio especial (Nº hijos – 1) X § Pago único 2 Hijos (4 veces SMI) = 2. 581, 20 € 3 Hijos (8 veces SMI) = 5. 162, 40 € 4 Hijos o más (12 veces SMI) = 7. 743, 60 € SMI 2013 => 645, 30 €/mes 83, 33 €/mes 364, 90 €/mes 547, 40 €/mes Grupo Importe A 1 4. 609, 42 A 2 3. 627, 73 B 3. 176, 66 C 1 2. 786. 16 C 2 2. 204. 31 INCOMPATIBLE con cualesquiera otras análogas fijadas en los restantes regímenes del sistema de la Seguridad Social 10/31/2021

ü Utilizar la sede electrónica del ISFAS Øhttp: //sede. isfas. gob. es/ Sobre todo

ü Utilizar la sede electrónica del ISFAS Øhttp: //sede. isfas. gob. es/ Sobre todo para la Petición de Talonarios y TSE. ü Talonarios de recetas. Muchos y graves problemas. Ø Ø Ø Intercambio de talonarios entre afiliados En Baja y siguen utilizando recetas ISFAS En Baja que entrega el talonario a un compañero Uso abusivo e inadecuado. Psicotrópicos, anabolizantes…. Viud@s/separad@s. . , utilizan talonario del difunt@ o ex-m. En casi todos los casos. Expediente Reintegro de gastos 10/31/2021

ü TDP puede pertenecer a varios regímenes SS. Beneficiarios NO, y corresponde al titular

ü TDP puede pertenecer a varios regímenes SS. Beneficiarios NO, y corresponde al titular solicitar la BAJA, y el alta en su caso. Las variaciones de las circunstancias personales y familiares se comunicarán por los interesados directamente al ISFAS (Muy importante: que el domicilio sea el correcto). ü Informarse y preguntar antes de actuar o pagar por cualquier tipo de intervención, ejemplos: ü Prestación odontológica/estomatológica. Cobertura total en caso de enfermedad profesional o acto de servicio => Gratis Entidades ü Cataratas, LIO /Tórica/Difractiva => Gratis Entidades ü Intv. Próstata, Láser KTP => Gratis Entidades ü Periodoncia => Gratis Entidades ü Salud Buco-Dental < 15 años => Gratis Entidades ü Pareja embarazada, solicitar certificado en ISFAS => Gratis en Entidades el seguimiento embarazo, parto y puerperio ü 10/31/2021

ü Concierto con Entidades. Utilización medios ajenos no concertados. Muchos problemas y pago de

ü Concierto con Entidades. Utilización medios ajenos no concertados. Muchos problemas y pago de facturas al SAS. Hay que justificar documentalmente el relato de los hechos Ø Solo se pueden utilizar medios ajenos en caso de: ü Denegación Injustificada de Asistencia ü Asistencia urgente de carácter vital v Asistencia por Accidente en Acto de Servicio => Urg. Vital v Problemas => CMP y CMN Ø ADESLAS 900 322 237 (URGENCIAS 24 H. ) Ø ASISA 900 118 (URGENCIAS 24 H. ) 10/31/2021

n OFICINA, presencial: de 9 a 14 h. de Lunes a Viernes. 954 54

n OFICINA, presencial: de 9 a 14 h. de Lunes a Viernes. 954 54 99 52 n 900 504 326 GRATUITO, 24 h. , 365 días n Teléfono ISFAS Sevilla : INTRANET Ministerio de Defensa n INTERNET: http: //www. defensa. gob. es/isfas/ n Øisfassevilla@oc. mde. es 10/31/2021

R. D. Ley 13/2010 (BOE. 293, de 03. 12. 2010) Pág. 1, 6 y

R. D. Ley 13/2010 (BOE. 293, de 03. 12. 2010) Pág. 1, 6 y 21 NO 10/31/2021

FINALIZACIÓN DEL ACTUAL CONCIERTO el 31. 12. 2013 ? 10/31/2021

FINALIZACIÓN DEL ACTUAL CONCIERTO el 31. 12. 2013 ? 10/31/2021

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