INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIN Y

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INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS OSCAR MAURICIO GUERRA

INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS OSCAR MAURICIO GUERRA FORD FORO NACIONAL SOBRE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS TRANSPARENCIA, DERECHOS CIUDADANOS Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 26 DE MAYO DE 2014

PRESENTACIÓN La reforma constitucional en materia de transparencia y acceso a la información tiene

PRESENTACIÓN La reforma constitucional en materia de transparencia y acceso a la información tiene grandes implicaciones para las instituciones públicas de todo el país, incluidos los partidos políticos, sindicatos y todas aquellas personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos. El nuevo texto constitucional conmina, de manera más explícita, no solo a los gobiernos, sino a todas las instituciones de interés público, a transparentar su gestión, a dar acceso a la información de carácter público contenida en sus archivos y a proteger los datos personales de los mexicanos. En ese contexto, los institutos políticos son sujetos obligados directos a las leyes que garantizan estos derechos humanos, por lo tanto, están llamados a desempeñar un papel relevante en la defensa de éstos.

INTRODUCCIÓN 1977 2002 - 2006 Artículo 6° constitucional: “el derecho a la información será

INTRODUCCIÓN 1977 2002 - 2006 Artículo 6° constitucional: “el derecho a la información será garantizado por el Estado”. • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental • Leyes de transparencia de las entidades federativas • Organismos garantes a nivel federal y local. Reforma 6° constitucional y adición de 7 fracciones 2007 Derecho de acceso a la información pública Tres grandes aspectos Protección de los datos personales Archivos públicos

INTRODUCCIÓN Partidos políticos como sujetos obligados Sujetos obligados directos Total = 18 • •

INTRODUCCIÓN Partidos políticos como sujetos obligados Sujetos obligados directos Total = 18 • • • • • Aguascalientes Chihuahua Coahuila Colima Distrito Federal Durango Jalisco Michoacán Morelos Puebla Querétaro San Luis Potosí Sinaloa Sonora Tabasco Tlaxcala Veracruz Zacatecas Sujetos obligados Indirectos (órgano electoral) Total = 11 No se contemplan como sujetos obligados de manera expresa Total = 4 • • • Baja California Sur Campeche Chiapas Guanajuato Guerrero Hidalgo Estado de México Nayarit Quintana Roo Federación • • Nuevo León Oaxaca Tamaulipas Yucatán

INTRODUCCIÓN Tercera generación (Transparencia 3. 0) -7 de febrero de 2014 - Autonomía constitucional

INTRODUCCIÓN Tercera generación (Transparencia 3. 0) -7 de febrero de 2014 - Autonomía constitucional para todos los órganos garantes de la transparencia. Leyes generales en materia de transparencia y acceso a la información, protección de datos personales y archivos. Organismo garante federal autónomo, con competencia para conocer asuntos de los tres poderes y órganos autónomos del ámbito federal, con excepción de la SCJN. El organismo garante federal como segunda instancia para los ciudadanos. Resoluciones definitivas e inatacables para los sujetos obligados. Poder de atracción del órgano garante federal autónomo.

INTRODUCCIÓN Tercera generación (Transparencia 3. 0) -7 de febrero de 2014 - Integrantes del

INTRODUCCIÓN Tercera generación (Transparencia 3. 0) -7 de febrero de 2014 - Integrantes del órgano federal designados por el Senado. Capacidad del órgano federal para interponer controversias constitucionales. Capacidad de todos los órganos garantes autónomos para interponer acciones de inconstitucionalidad en sus respectivos ámbitos de competencia. Partidos políticos como sujetos obligados directos y personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos como indirectos (sindicatos, fundaciones, organizaciones sociales…). Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones.

RENDICIÓN DE CUENTAS La rendición de cuentas es la obligación de todos los servidores

RENDICIÓN DE CUENTAS La rendición de cuentas es la obligación de todos los servidores públicos y los políticos de informar sobre sus acciones y justificarlas en publico: “qué hice, cómo lo hice y por qué lo hice”. También incluye la posibilidad de que sean sancionados. La rendición de cuentas implica: • • Responder a preguntas incómodas Explicar las decisiones Divulgar todos los datos necesarios sobre la gestión pública Justificar los actos del poder Asimismo, la rendición de cuentas establece una relación de diálogo entre los actores que exigen y los que rinden cuentas. Los hace hablar a ambos, involucrándolos en un debate público.

LA TRANSPARENCIA COMO FACTOR DE GOBERNABILIDAD Transparencia, rendición de cuentas y participación social Gobierno

LA TRANSPARENCIA COMO FACTOR DE GOBERNABILIDAD Transparencia, rendición de cuentas y participación social Gobierno Ø Transparenta, otorga acceso y divulga información Ø Rinde cuentas a la sociedad Sociedad Ø Accede a la información y la utiliza para tomar decisiones Ø Participa informada, activa y críticamente Ø Actúa a los ojos de todos Ø Propicia la participación ciudadana Ø Exige la rendición de cuentas

LA TRANSPARENCIA COMO FACTOR DE GOBERNABILIDAD La transparencia, la fiscalización y la rendición de

LA TRANSPARENCIA COMO FACTOR DE GOBERNABILIDAD La transparencia, la fiscalización y la rendición de cuentas permiten: Ø Mejorar los resultados de la lucha contra la pobreza; Ø Avanzar hacia la construcción de sociedades más equitativas y justas; Ø Optimizar los instrumentos para atender las demandas sociales; Ø Fortalecer las instituciones democráticas; Ø Reducir el clientelismo de las políticas y Ø Potenciar el impacto de los instrumentos de combate a la corrupción.

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA El uso de las tecnologías de información permite

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA El uso de las tecnologías de información permite a las instituciones públicas o de interés público: c Incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión pública c Mejorar la prestación de los servicios públicos c Transformar las relaciones con el ciudadano y las empresas y mejorar la interacción con éstos c Otorgar poder al ciudadano c Crea una gestión pública más eficiente c Disminuir la corrupción c Incrementar los beneficios para el ciudadano a menores costos Mayor transparencia

DE LA TRANSPARENCIA AL GOBIERNO ABIERTO q ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO (AGA) •

DE LA TRANSPARENCIA AL GOBIERNO ABIERTO q ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO (AGA) • Transparencia Principios torales • Participación ciudadana • Rendición de cuentas • Innovación y tecnología v Iniciativa lanzada en septiembre de 2011 v Países fundadores: México, Estados Unidos, Brasil, Filipinas, Indonesia, Noruega, Reino Unido, Sudáfrica y Tanzania (9 naciones) v Número de países adheridos a la AGA a la fecha: 63 Esta política está encaminada a la apertura de la información generada por las instituciones públicas hacia la sociedad, con el objeto de propiciar su intervención en los asuntos públicos. La información debe ser de fácil acceso y presentarse en bases de datos explotables, para que pueda ser reutilizada y procesada por los usuarios. En esta tarea las nuevas tecnologías juegan un papel preponderante.

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q DIÁLOGO ENTRE AUTORIDADES

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q DIÁLOGO ENTRE AUTORIDADES Y SOCIEDAD Crear mecanismos de diálogo entre las autoridades, los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil, para tratar y decidir sobre asuntos de interés público. q CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Desarrollar programas de capacitación y actualización permanentes para los servidores públicos, para crear una cultura de transparencia en las instituciones de gobierno.

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q PORTALES DE INFORMACIÓN

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q PORTALES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Información de oficio (por Ley) Secciones de transparencia en los portales internet institucionales, donde se publica información obligada por la normatividad. Información focalizada Portales de internet con información focalizada sobre temas de interés para la población.

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q SOCIALIZACIÓN DEL DERECHO

ACCIONES PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS q SOCIALIZACIÓN DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Actos masivos (ferias de transparencia) Campañas masivas de difusión del derecho de acceso a la información Capacitación a la sociedad civil, comités vecinales y organizaciones sociales

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA El Sistema Nacional de Transparencia debe impulsar, a

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA El Sistema Nacional de Transparencia debe impulsar, a nivel nacional, el principio de máxima publicidad, la transparencia de la información y la apertura gubernamental, en equilibrio con el derecho a la protección de datos personales. Entre las líneas estratégicas que se deberán observar están las siguientes: § Establecer una política nacional de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos. § Formular, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas y estrategias en la materia. § Diseñar, implementar y regular el Sistema Nacional de Capacitación que incluye: regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos de las instituciones garantes del acceso a la información y protección de datos.

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA § Regular los sistemas disciplinarios, así como de

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA § Regular los sistemas disciplinarios, así como de reconocimientos, estímulos y recompensas de los servidores públicos de las instituciones de acceso a la información. § Crear un sistema electrónico para la organización, operación y modernización tecnológica de las instituciones en materia de acceso a la información y recursos de revisión y aquellos de segunda instancia (IFAI). Todo ello bajo estándares y criterios uniformes para homologar procedimientos de acceso y protección de datos. § Desarrollar los criterios para la presentación homogénea de la información en los portales de Internet. § Definir e implementar los parámetros y estándares homogéneos de evaluación para el cumplimiento cabal a la ley, tanto en obligaciones de oficio como en otras esferas de la ley. § Implementar la transparencia proactiva.

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA § Instrumentar estándares derivados de las políticas de

HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA § Instrumentar estándares derivados de las políticas de la Alianza por el Gobierno Abierto. § Definir criterios para la reserva de la información. § Determinar la participación de la sociedad civil y de las instituciones académicas en los procesos de evaluación de las políticas de transparencia y de protección de datos. § Promover la capacitación, profesionalización y eficiencia del personal que labora en los órganos garantes, buscando establecer programas de servicio profesional de carrera. § Diseñar instrumentos que permitan explotar la información estadística para identificar patrones de comportamiento en los sujetos obligados, usuarios y demás actores involucrados, para la toma de decisiones y la creación de estrategias.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES El desarrollo de la sociedad de la información, junto con

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES El desarrollo de la sociedad de la información, junto con la evolución tecnológica, han dejado desprotegido el derecho a la intimidad y a la vida privada de las personas. Pero al mismo tiempo, las necesidades del individuo de proteger su esfera privada deben ser equilibradas con los valores y derechos de las sociedades democráticas, tales como la libertad de información y de expresión, así como la gobernabilidad y el bienestar del interés general. LIBERTAD DE INFORMACIÓN PROTECCIÓN DEL INDIVIDUO

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Artículo 6° constitucional, Apartado “A”: II. La información que se

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Artículo 6° constitucional, Apartado “A”: II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. Artículo 16 constitucional, segundo párrafo (…) Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

LEYES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Regulación actual de la protección de datos personales

LEYES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Regulación actual de la protección de datos personales en el país: Federación: LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Un capítulo de datos personales para sector público Entidades federativas: 11 LEYES ESPECIALES 21 MEDIANTE LEYES DE TRANSPARENCIA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES PÚBLICO Y PRIVADO (Colima, Guanajuato, Oaxaca, Distrito Federal, Tlaxcala, Campeche, Veracruz, Estado de México, Chihuahua, Durango y Puebla)

LA NUEVA NORMATIVIDAD DE DATOS PERSONALES A partir de la Ley General en materia

LA NUEVA NORMATIVIDAD DE DATOS PERSONALES A partir de la Ley General en materia de protección de datos personales, todas las entidades federativas y la federación deberán expedir su propia ley para regular el manejo de datos personales en posesión de las instituciones públicas. Esta normatividad deberá contener lo siguiente: al ener Ley G e d de cción e t Pro atos D es onal Pers ü Especificar acciones concretas y específicas para la adopción de medidas de seguridad suficientes y necesarias para garantizar el tratamiento legítimo y seguro de los datos personales. ü Promover y facilitar un eficaz ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los datos personales. ü Fomentar la observancia de los principios y deberes que se establezcan en las leyes. ü Proteger los datos desde el momento de la recolección hasta la baja documental.

LA NUEVA NORMATIVIDAD DE DATOS PERSONALES ü Utilizar un enfoque proactivo no reactivo para

LA NUEVA NORMATIVIDAD DE DATOS PERSONALES ü Utilizar un enfoque proactivo no reactivo para la protección de datos personales; es decir, adoptar una estrategia de prevención antes que una de resolución de problemas. ü Concebir la protección de datos como un eje transversal en la actuación cotidiana de la administración pública. ü Capacitar a los servidores públicos en materia del derecho a la protección de los datos personales. ü Dotar a los órganos garantes de las facultades suficientes para garantizar el derecho a la protección de los datos personales en posesión de las autoridades (federales, estatales y municipales). ü Implementar estrategias de coordinación entre los órganos garantes de las entidades federativas y el IFAI para propiciar la plena vigencia de este derecho en todo el territorio nacional.

ELEMENTOS DE LA LEY GENERAL DE DATOS PERSONALES • Establecer las bases de coordinación

ELEMENTOS DE LA LEY GENERAL DE DATOS PERSONALES • Establecer las bases de coordinación para el sistema nacional de protección de datos personales. • Definir las competencias de los órganos garantes (federal y estatales). • Establecer las bases de coordinación para que los órganos garantes locales y las unidades de enlace sirvan como conducto de las denuncias que quieran presentarse por violaciones a las leyes federales de protección de datos personales (en posesión de particulares y de entes públicos) • Establecer y definir los principios a los que deberá sujetarse el tratamiento de los datos personales. • Buscar la armonización entre la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de entes públicos.

ESTABLECIMIENTO DE ESQUEMAS DE COORDINACIÓN • Existencia de un sistema nacional de transparencia, acceso

ESTABLECIMIENTO DE ESQUEMAS DE COORDINACIÓN • Existencia de un sistema nacional de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales. • El cual estará constituido por los órganos garantes locales y federal, así como por la instancia encargada de la protección de datos personales en posesión de particulares, sujetos obligados de los tres niveles y poderes de gobierno, así como de los órganos autónomos y partidos políticos. • Este sistema tendrá por objeto garantizar el derecho a la protección de los datos personales. • Señalar que la coordinación del sistema nacional de protección de datos personales estará a cargo del IFAI. • Acotar las facultades y obligaciones de los órganos garantes a fin de lograr una eficaz coordinación y asegurar el flujo oportuno de información.

EN EL SISTEMA NACIONAL SE DEBERÁ… • Establecer la obligación de diseñar metodologías e

EN EL SISTEMA NACIONAL SE DEBERÁ… • Establecer la obligación de diseñar metodologías e indicadores para la evaluación del cumplimiento de la normatividad por parte de los sujetos obligados. • Impulsar métricas de protección de datos a nivel nacional. • Asesorar a los sujetos obligados en la difusión de la información pública con una estructura y formato que faciliten su comprensión y permitan su aprovechamiento y explotación. • Crear una plataforma común de indicadores de gestión a nivel nacional, para evaluar el desempeño de los gobiernos de las entidades federativas y de la propia federación. • Explotar la información estadística para identificar patrones de comportamiento en los sujetos obligados, usuarios y demás actores involucrados, para la toma de decisiones y la creación de estrategias. • Generar un esquema de sana competencia e incentivos para los sujetos obligados a través de certámenes de innovaciones y de premios a las mejores prácticas en materia protección de datos personales.

EL SECTOR PÚBLICO ES DISTINTO DEL PRIVADO • Marco normativo específico y público que

EL SECTOR PÚBLICO ES DISTINTO DEL PRIVADO • Marco normativo específico y público que define los márgenes de actuación de los servidores públicos. • En el sector público se deben tomar en consideración otros derechos, por ejemplo, el derecho de acceso a la información, derecho al debido proceso, a la imagen, etc. • Por lo tanto, deben considerarse figuras como la prueba de interés público.