Informacin Reservada Informacin Confidencial y Proteccin de Datos

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Información Reservada, Información Confidencial y Protección de Datos Personales Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso

Información Reservada, Información Confidencial y Protección de Datos Personales Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Fundamento Legal PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD La Ley 848 de Transparencia y Acceso a

Fundamento Legal PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD La Ley 848 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Los Lineamientos Generales emitidos por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la Universidad Veracruzana. ________________________ PRINCIPIO DE PROTECCIÓN v La Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. v Lineamientos Generales emitidos por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Información Reservada Informació n Reservad a Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información

Información Reservada Informació n Reservad a Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué es la Información Reservada? Es aquella que se encuentra temporalmente fuera del acceso

¿Qué es la Información Reservada? Es aquella que se encuentra temporalmente fuera del acceso público. x No se puede hacer pública en la página electrónica de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales Ni puede entregarse como respuesta a una solicitud de información Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Dónde encontramos las hipótesis de la Información Reservada? TÍTULO CUARTO DE LA INFORMACIÓN RESERVADA

¿Dónde encontramos las hipótesis de la Información Reservada? TÍTULO CUARTO DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL Y DE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES. CAPITULO I De la Información Reservada. Artículo 40. El Comité clasificará como información reservada la siguiente: http: //www. uv. mx/transparencia/files /2012/10/Reglamento-de. Transparencia-y-Acceso-a-la. Informacion. pdf Página 26, 27 y 28 Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 I. II. IV. V. VI.

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 I. II. IV. V. VI. Aquella que ponga en riesgo la vida, la seguridad, la salud o la integridad de alguno de los miembros de la comunidad universitaria o de cualquier persona. La que comprometa el patrimonio de la Universidad, pudiendo afectar su integridad, su estabilidad o permanencia. Aquella cuya difusión ponga en peligro o dañe la estabilidad financiera o económica de la Universidad. La correspondiente a procedimientos de evaluación académica, administrativa o laboral cuando estén en trámite. La correspondiente a procedimientos de evaluación de propuestas técnicas y económicas y sus procedimientos de evaluación en los procesos de licitación para la adjudicación de pedidos y contratos de adquisiciones o de obra pública, cuando estén en trámite. Los expedientes o procedimientos en trámite ante las Comisiones del H. Consejo Universitario General. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 VII. Los documentos o datos

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 VII. Los documentos o datos que integran los expedientes de los juicios y procedimientos que se radiquen ante la Oficina del Abogado General de la Universidad, ante la Defensoría de Derechos Universitarios, y ante autoridades administrativas y jurisdiccionales en donde la Universidad sea parte o Tercero perjudicado; salvo cuando exista resolución definitiva y ésta haya causado estado; VIII. La que contenga opiniones, recomendaciones, dictámenes o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los diversos cuerpos colegiados universitarios en tanto no se haya dictado resolución definitiva. IX. El contenido y desarrollo de los proyectos y de las investigaciones que se realizan en la Universidad, o en aquellas en que la Universidad colabore, antes de su conclusión. No debe publicarse dicha información si su publicación es susceptible de causar algún daño. X. Los resultados de trabajos de investigación o de servicios profesionales realizados por la Universidad y contratados por terceros. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 XI. La contenida en las

¿En qué casos se Reserva la Información? Artículo 40 XI. La contenida en las revisiones y auditorias realizadas directa o indirectamente por la Contraloría General de la Universidad o por órganos de fiscalización federales y estatales, hasta en tanto se presenten las conclusiones respectivas, y hayan sido concluidas todas y cada una de las acciones de carácter administrativo, como judicial, que se hayan desprendido como consecuencia de las conclusiones. XII. La entregada con carácter confidencial por la Federación, otros Estados u Organismos Internacionales. XIII. La que por disposición legal se considere propiedad intelectual, comercial reservada, secreto comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario, bursátil o cualquier otro. XIV. La que pueda generar una ventaja indebida en perjuicio de un tercero; y XV. La que por disposición expresa de un ordenamiento universitario o por Ley, sea considerada como tal. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Quién la reserva? El Comité de Información de Acceso Restringido Rectora Coordinador Abogado General

¿Quién la reserva? El Comité de Información de Acceso Restringido Rectora Coordinador Abogado General Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué hace el Comité de Información de Acceso Restringido? Después de efectuar un análisis

¿Qué hace el Comité de Información de Acceso Restringido? Después de efectuar un análisis detallado de las propuestas remitidas por las diversas áreas de la UV, clasifica y desclasifica la información reservada y confidencial, emitiendo el Acuerdo correspondiente. Tiene la responsabilidad de emitir un acuerdo que clasifique la información reservada y confidencial . Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué hace el Comité de Información de Acceso Restringido? Los acuerdos del Comité se

¿Qué hace el Comité de Información de Acceso Restringido? Los acuerdos del Comité se deben hacer públicos en la página de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Por cuánto tiempo puede estar Reservada la Información? El periodo de reserva podrá ser

¿Por cuánto tiempo puede estar Reservada la Información? El periodo de reserva podrá ser : Por tiempo determinado o por Evento El periodo de reserva permanecerá con tal carácter, mientras subsistan las causas que hayan motivado su clasificación, debiendo desclasificarse una vez que las mismas desaparezcan, se determine que ya no ponen en peligro el bien público tutelado o medie una resolución del Instituto que declare infundada la reserva. Requiriendo siempre el pronunciamiento del Sujeto Obligado o del Instituto en este sentido. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Información Confidencial ¿Datos Personales Confidenciales? ¿Datos Personales? ¿Cuáles? Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a

Información Confidencial ¿Datos Personales Confidenciales? ¿Datos Personales? ¿Cuáles? Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿ Qué es la Información Confidencial ? Es aquella que se refiere a Datos

¿ Qué es la Información Confidencial ? Es aquella que se refiere a Datos Personales Confidenciales. No puede divulgarse sin el consentimiento expreso de su titular. Información Confidencial El carácter de Información Confidencial es PERMANENTE, no está condicionado o limitado a un plazo o término. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Cuáles son los Datos Personales Confidenciales ? Identificación ( fotografía, domicilio, teléfono, correo electrónico,

¿Cuáles son los Datos Personales Confidenciales ? Identificación ( fotografía, domicilio, teléfono, correo electrónico, firma, RFC, CURP, fecha de nacimiento, acta de nacimiento, edad, nacionalidad, estado civil, etc. ); Patrimoniales (información fiscal, historial crediticio, cuentas bancarias, egresos, etc. ); Salud (estado de salud, historial clínico, enfermedades, información relacionada con cuestiones de carácter psicológico y/o psiquiátrico, etc. ); Ideológicos (creencias religiosas, afiliación política y/o sindical, pertenencia a organizaciones de la sociedad civil y/o asociaciones religiosas; Características personales (tipo de sangre, ADN, huella digital, etc. ); El carácter de información confidencial es permanente y sólo podrán divulgarse si tú das tu consentimiento expreso. Características físicas (color de piel, iris y cabellos, señales particulares, etc. ); vida y hábitos sexuales, origen (étnico y racial. ); entre otros. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Dónde encontramos las hipótesis de la Información Confidencial? TÍTULO CUARTO DE LA INFORMACIÓN RESERVADA

¿Dónde encontramos las hipótesis de la Información Confidencial? TÍTULO CUARTO DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL Y DE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES. CAPITULO II De la Información Confidencial. Artículo 51. Se considera información confidencial aquellos datos personales referentes a: http: //www. uv. mx/transparencia/files/2012/10/R eglamento-de-Transparencia-y-Acceso-a-la. Informacion. pdf Páginas 29 y 30 Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Datos Personales Confidenciales Artículo 51. Se considera información confidencial aquellos datos personales referentes a:

Datos Personales Confidenciales Artículo 51. Se considera información confidencial aquellos datos personales referentes a: I. El origen étnico o racial; II. Las características físicas, morales o emocionales; III. La vida íntima, afectiva y familiar; IV. Las actividades maritales u orientación sexual; V. Los antecedentes penales; VI. El domicilio y el número telefónico; VII. El patrimonio; VIII. La ideología, opiniones políticas, creencias religiosas o filosóficas; IX. Los datos médicos, estado de salud físico o mental; X. La correspondencia y conversaciones telefónicas, o aquellas mantenidas por cualquier otro medio audiovisual o electrónico; Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Datos Personales Confidenciales XI. La información referente a los menores de edad; XII. Las

Datos Personales Confidenciales XI. La información referente a los menores de edad; XII. Las calificaciones y demás información relacionada con la trayectoria escolar de los alumnos; XIII. Claves informáticas o cibernéticas, códigos personales u otros datos análogos de identificación cuya divulgación pueda afectar su intimidad; XIV. Todos aquellos que puedan poner en riesgo la vida, la intimidad, la seguridad, el honor o la salud de algún integrante de la comunidad universitaria o cualquier particular; y XV. La que por mandato expreso de otra ley, deba ser considerada como tal. No podrá considerarse como información de carácter personal y por tanto confidencial, la relativa a los sueldos, salarios o remuneraciones de cualquier otra naturaleza que sean percibidos con motivo del ejercicio de cargos, empleos o comisiones en el servicio a la Universidad. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Quién está obligado a proteger los Datos Personales? En un esfuerzo conjunto: TODOS Debemos

¿Quién está obligado a proteger los Datos Personales? En un esfuerzo conjunto: TODOS Debemos proteger los Datos Personales TÚ exigiendo tus Derechos La Universidad Veracruzana evitando la alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado de los Datos Personales que estén bajo su resguardo; y El IVAI garantizando que no se divulguen los Datos Confidenciales. Datos Personales Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Cuenta con

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Cuenta con un Área Responsable, única instancia facultada para dar trámite: Solicitudes de Acceso a la Información Pública; y Solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición del titular de los Datos Personales. “La Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales”. http: //www. uv. mx/transparencia/ Calle Veracruz No. 46 Depto. 5 Fraccionamiento Pomona Xalapa, Veracruz, México Teléfono: (228)841 -59 -20 Conmutador: (228) 842 -17 -00, 842 -27 -00 Extensión: 10500 Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Lleva un

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Lleva un registro del personal que por la naturaleza de sus atribuciones tenga acceso a archivos que contengan datos personales, así también se asegura de que dichos empleados tengan conocimiento de la responsabilidad y sanciones por el manejo inadecuado de la información. http: //www. uv. mx/transparencia/calidad/formatos/ Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Cuenta con

¿Qué hace la UV para garantizar la protección de mis Datos Personales? Cuenta con un capítulo de sanciones en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información, que serán aplicadas a quienes incurran en faltas graves y violen lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Artículo 109. Se consideran faltas graves además de las señaladas en la Ley Orgánica, para efectos de este Reglamento las siguientes: I. Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar o alterar, total o parcialmente y de manera indebida información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tenga acceso o conocimiento con motivo de su cargo o comisión; II. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; de acceso a datos personales, de rectificación, cancelación y oposición de los mismos; en la difusión de la información pública a que se está obligado conforme a la Ley y este Reglamento; Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿En qué casos no se requerirá el consentimiento de los titulares, para tratar sus

¿En qué casos no se requerirá el consentimiento de los titulares, para tratar sus Datos Personales? I. Se recaben para el ejercicio de las atribuciones legales conferidas a la Universidad; II. Exista una orden judicial; III. Se refieran a las partes de un convenio o contrato, se deriven de una relación laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento; IV. Cuando peligre la vida o la integridad personal y se requiera la información para prevenir algún daño o darle atención médica; o cuando el titular no esté en posibilidad de otorgar su consentimiento por motivos de salud y el tratamiento de sus datos resulte necesario para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación o gestión de asistencia o tratamientos médicos, siempre que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente; V. La transmisión se encuentre expresamente prevista en una ley que la regule; VI. La transmisión se produzca entre sujetos obligados, en términos de las leyes aplicables siempre y cuando los datos se utilicen para el ejercicio de facultades propias de los mismos; o con entes públicos nacionales o internacionales cuando tenga por objeto el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos; VII. Se den a conocer a terceros para la prestación de un servicio que responda al tratamiento de datos personales, mediante la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente que la comunicación de los datos será legítima en cuanto se limite a la finalidad que la justifique; VIII. Se trate de datos personales relativos a la salud y sea necesario por razones de salud pública, de emergencia o para la realización de estudios epidemiológicos; y IX. Los datos figuren en registros públicos en general y su tratamiento sea necesario siempre que no se vulneren los derechos y libertades fundamentales del titular. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES “LEY 581 PARA LA TUTELA DE LOS DATOS PERSONALES PARA

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES “LEY 581 PARA LA TUTELA DE LOS DATOS PERSONALES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ” DECLARATIVA DE PRIVACIDAD EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales ¿Qué es la Protección de

Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales ¿Qué es la Protección de Datos Personales? Es el Derecho que cada Persona tiene a que se protejan los datos que entrega y es la Obligación que la Universidad tiene de resguardar adecuadamente los Datos Personales que tiene bajo su custodia. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿En qué consiste el Derecho de Protección de Datos Personales? Es un Derecho Constitucional,

¿En qué consiste el Derecho de Protección de Datos Personales? Es un Derecho Constitucional, un Derecho Humano consagrado en el Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es la facultad que otorga la Ley para que TÚ, como DUEÑO de los Datos Personales, decidas a quién proporcionas tu información, cómo y para qué. También tienes otros Derechos como son los Derechos Arco: Acceso a tu información personal, Rectificación de tus datos, Cancelación y Oposición a su tratamiento o conservación. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 DECLARATIVA DE PRIVACIDAD OBLIGATORIA Cada vez que

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 DECLARATIVA DE PRIVACIDAD OBLIGATORIA Cada vez que se recaben Datos Personales Deberán poner a disposición del Titular de los Datos el documento denominado “Declarativa de Privacidad” en el que se le informe cuales son las finalidades para las cuales serán utilizados los datos que entrega. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 Informar al Titular sobre la existencia de

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 Informar al Titular sobre la existencia de un sistema (Todo conjunto organizado de archivos, registros, ficheros, bases o banco de datos personales de los entes públicos, cualquiera de datos personales, de la finalidad de su obtención y de los destinatarios de la información; El carácter obligatorio o facultativo de responder a las preguntas planteadas; De las consecuencias de su obtención, de la negativa a suministrarlos o de las consecuencias en la inexactitud de los mismos; De la posibilidad de que éstos sean difundidos, en cuyo caso deberá constar el consentimiento expreso del titular; salvo cuando se trate de datos personales que por disposición de una Ley sean considerados públicos; que sea la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso) Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 De la posibilidad de ejercitar los Derechos

PRINCIPALES OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA LEY 581 De la posibilidad de ejercitar los Derechos ARCO en cualquier momento y ante que instancia puede ejercerlos: “Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales” Del nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico, nombre y cargo del responsable del sistema de datos personales y en su caso de los destinatarios de la información que el titular entrega; y Del nivel de las medidas de seguridad adoptadas. Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos, figurarán en los mismos en forma claramente legible, las advertencias y/o requisitos que indica el artículo 14 de la Ley 581. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Modelo de Declarativa de Privacidad http: //www. uv. mx/transparencia/datospersonales/aviso-privacidad/ MODELO DECLARATIVA DE PRIVACIDAD De

Modelo de Declarativa de Privacidad http: //www. uv. mx/transparencia/datospersonales/aviso-privacidad/ MODELO DECLARATIVA DE PRIVACIDAD De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz y demás disposiciones aplicables, le comunicamos que los Datos Personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema denominado“(NOMBRE DEL SISTEMA)” de la (Dependencia o Entidad Académica), Campus (XXX) de la UNIVERSIDAD VERACRUZANA. Así mismo, se le informa que la finalidad de recabarlos es para: a). ; b). ; c). ; etc Y podrán ser transmitidos a: ____________, con la finalidad de_________. Además de otras transmisiones previstas en la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz. Para la realización de algunos trámites, existen campos que son considerados como obligatorios y que sin ellos no se podrá acceder al servicio o completar el trámite_________ ; por lo anterior, y a fin de evitar contratiempos le solicitamos los atienda de manera correcta. Así mismo, se le informa que sus datos son resguardados con las medidas de seguridad de NIVEL _______ y no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley. Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Modelo de Declarativa de Privacidad http: //www. uv. mx/transparencia/datospersonales/aviso-privacidad/ El responsable del Sistema de

Modelo de Declarativa de Privacidad http: //www. uv. mx/transparencia/datospersonales/aviso-privacidad/ El responsable del Sistema de Datos Personales es_______________cargo____________________, quien está obligado o facultado para responder a las preguntas que le sean planteadas por el titular de los datos personales. La Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la UNIVERSIDAD VERACRUZANA, es la única instancia facultada para dar trámite a las solicitudes de: Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales; así como la revocación del consentimiento; que desee formular el titular o su representante legal previa acreditación de su personalidad; Por lo anterior, ponemos a su disposición su domicilio en la calle Veracruz número 46 Interior 5 Fraccionamiento Pomona de la ciudad de Xalapa, Veracruz, Código Postal 91040, teléfono 8 -41 -59 -20, y correo electrónico transparencia@uv. mx También se le informa en términos de lo que establece el Dispositivo 26 de los Lineamientos para la Tutela de los Datos Personales, que dispone de un plazo de 15 días hábiles a partir de esta fecha para manifestar su negativa al tratamiento, con el apercibimiento de que de no pronunciarse al respecto se entenderá que lo consiente. El interesado podrá dirigirse al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (http: //www. ivai. org. mx), donde recibirá asesoría sobre los derechos que regula la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz al teléfono (228) 8420270 ext. 406; correo electrónico: contacto@verivai. org. mx o contactodatospersonales@verivai. org. mx _________________________________________________ Nota Para el caso que exista una cesión de datos a terceros con una finalidad distinta con la cual se recabaron deberá obtenerse el consentimiento inequívoco, expreso y por escrito del titular, en la forma siguiente: Yo____________________________________autorizo expresamente que mis datos personales sean cedidos a______________, con la finalidad de ______________. Quedo plenamente informado de la presente Declarativa de Privacidad en los términos del artículo 14 y 35 de la ley de la materia. En la ciudad de ______, Veracruz a los _____días del mes de _____de ____. Autorizo Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué debo hacer si quiero tener Acceso a mis Datos Personales, Rectificarlos, Cancelarlos y

¿Qué debo hacer si quiero tener Acceso a mis Datos Personales, Rectificarlos, Cancelarlos y Oponerme al tratamiento de los mismos? Debes solicitarlo por escrito Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Ruta de Acceso a los Formatos http: //www. uv. mx/transparencia/calidad/formatos/ Coordinación Universitaria de Transparencia,

Ruta de Acceso a los Formatos http: //www. uv. mx/transparencia/calidad/formatos/ Coordinación Universitaria de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

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