INDEPORTES CUNDINAMARCA PROYECTO DEPORTE FORMATIVO ESCUELAS DEPORTIVAS 2019
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INDEPORTES CUNDINAMARCA PROYECTO: DEPORTE FORMATIVO “ESCUELAS DEPORTIVAS” 2019
MARCO NORMATIVO • • CONSTITUCIÓN Art. 52º (Acto Leg. 002/2000) LEY 181 de 1995 Arts. 14º Y 16º DECRETO 2845 de 1984 DECRETO 2225 de 1984 RESOLUCIÓN 1909 de 1991 (Aval los Departamentos) Decreto 00241 de 2009 (Delegación a Indeportes del aval) RESOLUCIÓN 043 de 2010 (Requisitos x Indeportes) RESOLUCIÓN INDEPORTES Nº 026/2011, (x 5 años).
EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR: “Es la que utiliza el tiempo libre, la recreación y el deporte como instrumentos fundamentales para la formación integral de la niñez y de los jóvenes y para la transformación del mundo juvenil con el propósito de que éste incorpore sus ideas, valores y su propio dinamismo interno al proceso de desarrollo de la Nación. Esta educación complementa la brindada por la familia y la escuela y se realiza por medio de organizaciones, asociaciones o movimientos para la niñez o de la juventud e instituciones sin ánimo de lucro que tengan como objetivo prestar éste servicio a las nuevas generaciones”. (Art. 5° Ley 181/95).
DEPORTE FORMATIVO: “Es aquel que tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivo. Tiene lugar en los programas del sector educativo formal y no formal, como en los programas desescolarizados de las Escuelas de Formación Deportiva y semejantes”. (Art. 16° Ley 181/95).
ESCUELA DEPORTIVA «Es una estructura pedagógica que incluye programas educativos extracurriculares, implementados como estrategia para la enseñanza del deporte en la población inscrita en ellas, principalmente el niño, la niña y la juventud, buscando su desarrollo motriz, cognitivo, sicológico y social, mediante procesos metodológicos, que les permitan su incorporación a la práctica del deporte de manera progresiva”. (Resol. Nº 001909/91/Coldeportes)
QUIÉN PUEDE CONSTITUIR UNA ESCUELA DEPORTIVA? Resolución 001909 de agosto de 1991: En virtud del derecho de asociación, las Escuelas Deportivas podrán ser constituidas por: Personas Naturales y/o Jurídicas (Públicas o Privadas). Que previamente hayan cumplido los requisitos establecidos, en la Resolución Nacional, y obtener el Aval Deportivo.
QUIÉN PUEDE CONSTITUIR UNA ESCUELA DEPORTIVA? BENEFICIOS: • • • Cofinanciación de Monitores Recibir implementación deportiva Asignación de espacios y escenarios Participación en eventos y festivales oficiales Recibir capacitación para sus monitores Visión y desarrollo comercial como una empresa, registrada en la Cámara de Comercio de su jurisdicción.
REQUISITOS PARA OBTENER EL AVAL DEPORTIVO: Oficio de solicitud a INDEPORTES, adjuntando los siguientes documentos: • Copia del acta de reunión de constitución. • Copia del acta de aprobación del manual de convivencia y elección de los directivos. • Ficha administrativa de la escuela (directorio). • Fotocopia C. C. director (a) de la escuela. • Copia del manual de convivencia. • Listado actualizado de alumnos. • Plan pedagógico y técnico por deporte y por nivel. • Hoja de vida de cada uno de los instructores. • Consignaciones. • Certificación de existencia expedida por el municipio sede.
SITUACIONES DEL AVAL DEPORTIVO • Otorgado por Ente Territorial • Renovado • Actualizado • Suspendido • Revocado o cancelado
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE UNA ESCUELA DEPORTIVA • Órgano de Dirección – Asamblea de padres o de socios. • Órgano de Administración: Junta Directiva mínimo 3 o 1 Director. • Órgano de Control – Revisor Fiscal ( Decreto 1529/90) (o Fiscal)? El período en el Comité Ejecutivo es de CINCO (5) años.
LA ESCUELA DEPORTIVA COMO PROYECTO COMUNITARIO • Debe responder a una necesidad o interés individual o colectivo. • Debe ser sostenible : En lo administrativo y financiero. • Permite formar y sobresalir a los niños y niñas deportistas destacados del municipio. • Beneficia la integración de la familia, mejora la calidad de vida. • Forma buenos ciudadanos, modelos a imitar.
ACCIONES Y OBLIGACIONES DESDE EL MUNICIPIO CON LAS ESCUELAS DEPORTIVAS: • Verificar y certificar que las escuelas cumplan con los requisitos de funcionamiento para inicio de labores. • Liderar la constitución de la escuela institucional en su municipio. • Gestionar y programar cursos de capacitación para los monitores de su municipio. • Hacer seguimiento y control a los procesos de las escuelas de su municipio, verificar su real funcionamiento. • Reglamentar uso de escenarios deportivos (tarifas y horarios).
ACCIONES Y OBLIGACIONES DESDE EL MUNICIPIO CON LAS ESCUELAS DEPORTIVAS: • Orientar y asesorar en lo administrativo y en lo normativo. • Gestionar los apoyos a los deportistas de sus clubes, según presupuesto. • Gestionar sede de eventos deportivos para su municipio y participar en festivales de escuelas deportivas.
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