IMPORTANTE MATERIAL DE CARCTER DIDACTICO NO IMPLICA PRONUNCIAMIENTO

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IMPORTANTE MATERIAL DE CARÁCTER DIDACTICO NO IMPLICA PRONUNCIAMIENTO SOBRE CASOS ESPECIFICOS UTILIZADOS COMO EJEMPLO

IMPORTANTE MATERIAL DE CARÁCTER DIDACTICO NO IMPLICA PRONUNCIAMIENTO SOBRE CASOS ESPECIFICOS UTILIZADOS COMO EJEMPLO

Concesiones Mineras y Protección del Patrimonio Nacional Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero

Concesiones Mineras y Protección del Patrimonio Nacional Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero

Misión del INACC • Otorgar títulos de concesión minera • Incorporalos al catastro, y

Misión del INACC • Otorgar títulos de concesión minera • Incorporalos al catastro, y • Administrar el Derecho de Vigencia y Penalidad Con plena seguridad jurídica, de manera eficiente y en armonía con el desarrollo sutentable de la minería en el país

El Catastro Minero Es el inventario de derechos mineros en el ámbito del territorio

El Catastro Minero Es el inventario de derechos mineros en el ámbito del territorio nacional que consta de información alfanumérica, numérica y geográfica. • Concesiones mineras • Concesiones de Beneficio • Concesiones de labor general • Concesiones de Transporte minero

El Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera Es el inventario de areas

El Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera Es el inventario de areas restringidas a la actividad minera en el ámbito del territorio nacional, conformado por aquellas áreas protegidas por el Estado mediante normas legales, y que consta de información legal y técnica de acuerdo a lo establecido en la Resolución Jefatural N° 1038 -2002 -INACC-J, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 14 de junio de 2002.

El Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera Esta conformado por las siguientes

El Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera Esta conformado por las siguientes áreas : • • • Areas Naturales Protegidas Zonas Arqueológicas Proyectos Especiales Zonas de Reserva Turística Zonas Urbanas y de Expansión Urbana Otros

Con quienes Coordinamos • Concejos Provinciales – Zonas urbanas y de expansión urbana •

Con quienes Coordinamos • Concejos Provinciales – Zonas urbanas y de expansión urbana • Instituto Nacional de Cultura – Zonas arqueológicas • INRENA – Áreas naturales protegidas • Ministerio de Agricultura – Zonas agrícolas • Ministerio de Defensa – Zonas de frontera • SUNARP – Titulares y gravámenes

Bienes Culturales • Son bienes de propiedad del Estado los inmuebles culturales pre-hispánicos de

Bienes Culturales • Son bienes de propiedad del Estado los inmuebles culturales pre-hispánicos de carácter arqueológico, descubiertos o por descubrir • El Instituto Nacional de Cultura está encargado de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico Artículos 4 y 6 de la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la nación

Áreas Naturales Protegidas “Son espacios protegidos legalmente por el Estado debido a su importancia

Áreas Naturales Protegidas “Son espacios protegidos legalmente por el Estado debido a su importancia para la conservación de la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del pais. ” Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas

Ingreso de Áreas Urbanas y de Expansión Urbana Requisitos: • Ordenanza Municipal Provincial publicada

Ingreso de Áreas Urbanas y de Expansión Urbana Requisitos: • Ordenanza Municipal Provincial publicada en “El Peruano” • Expediente técnico, memoria descriptiva y sustento de las Áreas Urbanas y de Expansión Urbana. • Planos, archivos digitales gráficos o coordenadas: - Sistema de coordenadas: Proyección UTM - Elipsoide: Hayford International. - Datum: PSAD 56 - Escala: Apropiada. - Zona de proyección: 17, 18 ó 19. - Demarcación de las Áreas Urbanas diferenciándola de las Áreas de Expansión Urbana.

Ingreso de Áreas Protegidas y/o Restringidas a la Actividad Minera Requisitos: • Dispositivo legal

Ingreso de Áreas Protegidas y/o Restringidas a la Actividad Minera Requisitos: • Dispositivo legal por autoridad competente publicado en “El Peruano” • Expediente técnico y memoria descriptiva • Planos, archivos digitales gráficos o coordenadas: - Sistema de coordenadas: Proyección U. T. M. - Elipsoide: Hayford International. - Datum : PSAD 56 - Escala: Apropiada. - Zona de proyección: 17, 18 ó 19.

Catastro de áreas Restringidas a la Actividad Minera 21 de abril de 2004

Catastro de áreas Restringidas a la Actividad Minera 21 de abril de 2004

El Procedimiento Ordinario para el Otorgamiento de Concesiones Mineras

El Procedimiento Ordinario para el Otorgamiento de Concesiones Mineras

El Procedimiento Ordinario Minero DICTAMEN TECNICO PETITORIO 1 DICTAMEN TECNICO PUBLICACIONES 3 2 DICTAMEN

El Procedimiento Ordinario Minero DICTAMEN TECNICO PETITORIO 1 DICTAMEN TECNICO PUBLICACIONES 3 2 DICTAMEN LEGAL TITULO CONCESION PUBLICACION 4 5 INSCRIPCION 6 DICTAMEN LEGAL 1. 7 días par revisar el petitorio y notificar carteles. 2. 30 días hábiles para publicar y 60 días naturales para presentar. 3. 30 días para estos informes y 5 para remitir al Jefe del INACC. 4. No menor de 30 días calendarios desde ultima publicación. 5. Primeros 15 días del mes siguiente. 6. Al quedar consentido el título (15 días de publicación)

Petitorio Minero ubicado parcialmente sobre una Zona Arqueológica

Petitorio Minero ubicado parcialmente sobre una Zona Arqueológica

El Informe Técnico

El Informe Técnico

De las Zonas de Amortiguamiento Para el caso de tramitación de petitorios mineros ubicados

De las Zonas de Amortiguamiento Para el caso de tramitación de petitorios mineros ubicados en Áreas Naturales Protegidas y sus Zonas de Amortiguamiento, la concesión respectiva sólo puede otorgarse previo informe técnico favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales. Artículo 116° del Decreto Supremo N° 038 -2001 -AG, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas

Petitorio Minero ubicado parcialmente sobre una Zona de Amortiguamiento

Petitorio Minero ubicado parcialmente sobre una Zona de Amortiguamiento

El Informe Técnico

El Informe Técnico

Cartel Publicado en “El Peruano”

Cartel Publicado en “El Peruano”

Cartel Publicado en Diario Local

Cartel Publicado en Diario Local

Del Título de CONCESION MINERA

Del Título de CONCESION MINERA

Obligación de Respetar • Monumentos arqueológicos o históricos • Red Vial Nacional • Oleoductos

Obligación de Respetar • Monumentos arqueológicos o históricos • Red Vial Nacional • Oleoductos • Cuarteles • Puertos • Obras de defensa nacional • Instituciones del Estado con fines de investigación científico-tecnológico Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 008 -97 -EM, que modifica al artículo 22 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018 -92 -EM, sustituido por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 22 -94 -EM.

Del Terreno Superficial El ejercicio de los derechos conferidos por el presente título de

Del Terreno Superficial El ejercicio de los derechos conferidos por el presente título de concesión minera se encuentra sujeto al acuerdo que debe llegar el concesionario con el propietario del terreno superficial. Ley Nº 26505, Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas, su modificatoria Ley Nº 26570 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017 -96 -AG.

De las Tierras Eriazas El uso de las tierras eriazas de dominio del Estado

De las Tierras Eriazas El uso de las tierras eriazas de dominio del Estado que se encuentren dentro de la cuadrícula o conjunto de cuadrículas otorgadas, se sujetará a lo dispuesto por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada – COPRI, que es la encargada de vender u otorgar en concesión las tierras eriazas para el incremento de la producción agraria. Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 011 -97 -AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 020 -98 -AG, sustituido por el Decreto Supremo Nº 027 -99 -AG.

Del Derecho a Explorar y Explotar El derecho a explorar y explotar los recursos

Del Derecho a Explorar y Explotar El derecho a explorar y explotar los recursos minerales una vez obtenido el título de la concesión, no es otorgado en forma automática. Las personas naturales o jurídicas que relicen o deseen realizar estas actividades, requieren de aprobación previa, por autoridad competente. Título XV del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, sus Reglamento, aprobado por D. S. N° 016 -93 -EM, y a su modificatoria, aprobada por D. S. N° 059 -93 -EM, para a protección del medio ambiente

De los Álveos o Cauces de los Ríos La Resolución de título que emite

De los Álveos o Cauces de los Ríos La Resolución de título que emite el INACC, no otorga derechos de explotación de los materiales que acarrean y depositen las aguas en sus álveos o cauces de ríos, que se ubiquen dentro del área de la concesión Ley Nº 26737 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013 -97 -AG.

Concesiones Mineras y Protección del Patrimonio Nacional

Concesiones Mineras y Protección del Patrimonio Nacional