GRANDES JUICIOS DE LA HISTORIA BREVES 2000 AOS
GRANDES JUICIOS DE LA HISTORIA
BREVES 2000 AÑOS DE HISTORIA Prestige Miranda Sullivan Nuremberg INCENDIO DEL REICHSTAG DREYFFUS Abrams vs. E. E. U. U. OSCAR WILDE M´culloch vs. Maryland MARIA ANTONIETA CRISTOBAL COLON GALILEO GALILEI TEMPLARIOS JESUS TOMAS MORO SUSAN B. ANTHONY AMISTAD Brujas de Salem BONHAM
LOS GRANDES JUICIOS QUE MARCARON LA EPOCA ANTIGUA El juicio a Jesús: Muerte al mensaje de la Igualdad. Los templarios: El Estado como única forma de poder. Tomas Moro: Una cabeza por la era del debido proceso. Galileo Galilei: El comienzo del fin del poder de la Iglesia.
JUICIO A JESÚS DE NAZARETH. Judea era una provincia imperial que gozaba de autonomía frente al imperio Romano lo que significaba la conservación de sus leyes, sus costumbres y la jurisdicción de sus tribunales. El Sanhedrín abrió juicio contra Jesús siendo la acusación principal el delito de Blasfemia, aun así no tenía el poder para ejecutar una pena capital.
REGLAS DE LA EPOCA: • A los jueces se les concedía el poder contender a favor del acusado, pero nunca en su contra. • Obligación de los jueces hacer todo cuanto estuviera en sus manos por evitar la pena de muerte al acusado. • Los interrogatorios debían hacerse por separado. • Debían de ser juzgados de día y concluir de día. • El juicio el cual fuese a resultar en pena capital no se podía celebrar en víspera de sábado o en víspera de una fiesta. • El tribunal estaba compuesto como mínimo por veintitrés jueces, cuando se atendían juicios que podía llevar a pena capital. • Para la absolución del acusado era necesario un voto de diferencia, pero por contra eran necesarios dos votos para condenarlo. • El veredicto que fuera unánime de condena sería considerado como indicio de conspiración y nulo.
LA CONDENA. No se configuró blasfemia. La Misná establecía que “el blasfemo” no es culpable en tanto no mencione explícitamente el Nombre de Dios, Jehová. Se cambio el cargo a “sedición contra el imperio”. Jesús acepta morir por su mensaje
LA IDEA DE QUE TODOS SOMOS IGUALES ANTES DIOS (LA LEY) La moral de Jesús el antecedente remoto del Estado de Derecho. Separación de la iglesia y el Estado. La idea de Dios como sustento social o “constitución”. El mensaje se pierde = triunfo de la religión basada en el poder versus la religión del mensaje.
LOS TEMPLARIOS… O LA MALDICIÓN DEL VIERNES 13 ¿QUIENES FUERON? ¿QUE REPRESENTABAN PARA EL DERECHO ? VIERNES 13 DEOCTUBRE DE 1307…
LOS TEMPLARIOS Y EL PRIMER INTENTO DE CUESTIONAR LA SOCIEDAD BASADA EN LA RELIGIÓN DEL PODER. La aparición del instrumentos del comercio y el comercio internacional. Europa se vuelve rica, la clase de los comerciantes reclama su lugar sobre la idea del derecho independiente de la religión. El Juez civil hace su entrada en la mundo. Resurgimiento del Derecho.
Processus contra Templarios • • • 15. 000 hombres (sólo en Francia fueron 4. 000). La mayoría de ellos ni siquiera sabían de lo que se les acusaba, y muchos fueron asesinados. No hubo registros en las actas del proceso con nombre y apellido. Conocemos el nombre de apenas 1. 000. Los otros fueron torturados, vejados y asesinados en forma anónima. Son los primeros "desaparecidos" de la historia. El 18 de marzo de 1314 sería quemado en la hoguera. frente a Notre Dame el último gran maestre Jacques de Molay.
TOMAS MORO (1535) RAZÓN JURÍDICA VS. RAZÓN POLÍTICA SIN DEBIDO PROCESO AUN EL MEJOR PUEDE PERDER LA CABEZA
LA ACUSACION Negativa maliciosa de Moro a reconocer al rey como Suprema Cabeza de la Iglesia de Inglaterra. Conspiración con el obispo John Fisher, declarado y condenado por traición. Descripción de la Ley como una espada de doble filo, coincidiendo en esta expresión con las respuestas de Fisher. Testigo falso = Moro Declaró que el Parlamento no debe ser obedecido si declara al rey Suprema Cabeza de la Iglesia (Richard Rich quien fue el único testigo en su contra)
RESUMEN DEL CASO La acusación en el fondo pasaba de imputar como maliciosa la resistencia a declarar que el rey era suprema cabeza de la Iglesia (silencio malicioso), a la realización de actos para conspirar y ayudar a otros a resistirse (complot con Fisher), hasta terminar alegando la negación con palabras del nuevo título del rey (conversación con Rich). De acuerdo al procedimiento, el documento de la acusación no era proporcionado al reo y éste no lo conocía hasta que era leído en voz alta en la sesión del juicio ante los jueces y el jurado.
SU DEFENSA Inconstitucionalidad de la ley, invoca la Carta Magna. La necesidad de un dolo específico para el delito de traición, “maliciously”. “Qui tacet, consentire videtur. ” El silencio como defensa. La obligación a no de tener por buenas las decisiones consentidas por la mayoría de un Parlamento. La plena prueba por uno o dos testigos.
SU LEGADO. LA REGLA JURIDICA DEBE SER ESTRICTA Y SOMETER AUN AL REY. Creía que un rey legitimo, debía ser pastor para su rebaño y no un tirano para su pueblo. ¿Solución? Separación de poderes. Cristiandad ideal que mantuviera el equilibrio entre las monarquías individuales. Hoy, hubiera estado de acuerdo con la separación de poderes de la constitución EEUU. No creía en el poder superior de un estado o imperio. No desafió a la persona
GALILEO GALILEI 1564 -1642 RELIGIÓN VS. CIENCIA. EL COMIENZO DEL FIN DE LA INQUISICIÓN Y EL REINADO DEL DEBIDO PROCESO. Astrónomo Filósofo Matemático Físico Hombre del Renacimiento E pur si muove….
TRIBUNAL DEL SANTO OFICIO, ES DECIR, LA IGLESIA….
SU POSTULADO (YA CONOCIDO DESDE HIPATIA) 12 de abril de 1633, a causa del libro, el Diálogo sobre los dos máximos sistemas del mundo, defiende el modelo heliocéntrico propuesto por Copérnico, en el cual la Tierra y los planetas giran alrededor del Sol, y ridiculiza el geocentrismo, que coloca a la Tierra en el centro fijo del universo y que está basado en la física aristotélica.
ABJURACION 1616, el cardenal Belarmino, inquisidor del Santo Oficio, el mismo que había dirigido el proceso contra el filósofo Giordano Bruno, que fue quemado vivo en la hoguera, ya había amonestado a Galileo por tratar de defender el copernicanismo y por poner en duda la representación tradicional del mundo. 22 de junio de 1633, Galileo fue obligado a pronunciar de rodillas la abjuración de su doctrina ante la comisión de inquisidores, bajo las órdenes del papa Urbano VIII, que había sido su amigo. Considerado un enfrentamiento entre la ciencia y la religión. La Inquisición quería que Galileo se retractara y considerara su modelo una simple hipótesis matemática. La pena fue conmutada y condenado a vivir bajo arresto domiciliario, pero Galileo permaneció fiel a su método hasta su
LOS JUICIOS DEL NUEVO MUNDO Una vez afirmado (aun con derrotas) los principios básicos que darán forma a lo que hoy conocemos como “Estado de Derecho”, comienza la lucha por el derecho individual.
COLON Y LA CORONA ESPAÑOLA. EL PRIMER GRAN JUICIO CONTRA UN ESTADO
PROCESO DE TRES PREGUNTAS Hasta hoy, el proceso era conocido de oídas por los cronistas de Indias, principalmente Bartolomé de las Casas, El documento de 35 folios escritos por ambas caras, descubierto y estudiado contiene tres preguntas que Bobadilla les hiciera a 23 testigos. Si Colon intentó rebelarse contra la Corona a la llegada de Bobadilla. Algunos acusaron a Colón de querer entregar los nuevos territorios descubiertos a una potencia extranjera. “Sin embargo nada de eso quedó reflejado en el proceso”. Cuestión religiosa. Nunca se puso en duda la religiosidad del Virrey, pero todos declararon que se opuso a bautizar a los indios. “¿Por qué ese cambio de opinión? Tal vez al no encontrar el oro que esperaba, decidió que los indios podían ser vendidos si no eran cristianos”. La forma que Colón administraba justicia es la más extensa.
FINAL DE CRISTOBAL COLON El 1º de octubre de 1500 Colón y sus hermanos abandonaban Santo Domingo, enviados por Bobadilla, encadenados, rumbo a España. En el viaje el custodio quiso liberar de sus cadenas a Colón, a lo cual se negó, deseaba ser visto por los reyes para que supieran cómo le pagaban sus servicios. Los Reyes Católicos, debido al abuso de Bobadilla, dieron buena acogida al Almirante arrodillado a sus pies. Le devolvieron sus derechos, que no volvió a gozar, y sabiendo los nuevos descubrimientos de los portugueses, le autorizaron un cuarto viaje. En éste exploró tierra firme y descubrió Nicaragua. Pero el regreso fue un desastre y muere sin gozar de sus derechos.
PLEITOS COLOMBINOS (1508 -1536) Pleitos colombinos fueron una larga serie de disputas judiciales que los herederos de Colón, entablaron contra la Corona de Castilla y León en defensa de los privilegios obtenidos por el descubridor de las Indias En 1511 reconocían a los Colón el cargo de virreyes a perpetuidad y el derecho al 10% de los beneficios obtenidos de las Indias. La Corona recibía, entre otras cosas, el derecho a nombrar jueces de apelación. Ninguna de las dos partes quedó satisfecha, por lo que ambas apelaron la sentencia. 1 En 1512 se agregó la cuestión de la extensión de la jurisdicción de la familia Colón a tierra firme, en el llamado "pleito del Darién". En 1524 Diego Colón fue depuesto de su cargo de gobernador, por lo cual interpuso una nueva demanda contra la Corona. Murió dos años más tarde pero su viuda continuó el pleito en nombre de su hijo Luis menor de edad. El que realmente representó a la familia fue el hermano de Diego, Hernando Colón. Se llegó así a la sentencia de Valladolid el 25 de junio de 1527, que declaró nulas dos anteriores y mandó recomenzar todo el proceso. 1 El nuevo fiscal de la Corona trató de demostrar que el descubrimiento de las Indias se había realizado principalmente gracias a Martín Alonso Pinzón y no a Colón. Acudió para ello a testigos del Primer Viaje a las Indias. Hubo dos sentencias: la de Dueñas (1534) y la de Madrid (1535) pero ambas fueron apeladas. 1
LAUDO ARBITRAL, 28 DE JUNIO DE 1536. Confirma el cargo de Almirante de las Indias a perpetuidad para los Colon. Suprime los cargos de virrey y gobernador general de las Indias Confirma a los Colón la posesión de sus tierras en la Española y a perpetuidad los cargos de alguacil mayor de Santo Domingo y de la Audiencia de la isla. Otorga rentas de 10. 000 ducados anuales a los Colón así como 500. 000 maravedíes anuales a cada una de las hermanas de Luis
EL TRIUNFO DE MORO: BONHAM CASE, INGLATERRA 1610 Médico de Cambridge que ejerció la medicina sin licencia del Royal College, condenado a prisión por éste.
ROYAL COLLEGE OF PHISICIANS Colegio de médicos creado por Lord Wolsey en 1518, bajo el reinado de Enrique VIII. Durante el caso Bonham solo existían 24 licencias concedidas Tres requisitos; ser británico, tener estudios de medicina (M. D. ), superar un examen en latín de teoría medica ante un grupo de Censores del Colegio. Si el numero de fellows estaba completo, el
LA SENTENCIA. FUNDACIÓN DEL DERECHO PENAL MODERNO Y LAS GARANTIAS DEL DEBIDO PROCESO. Sentencia de Coke; la ley permitía que el colegio sancione la practica ilícita y la mala praxis, en el primer caso la multa era suficiente sanción y en el segundo, la prisión, Bonham, fue condenado a 40 libras y así se liberó de la cárcel.
CONSTITUCIONALISMO INGLES • Repugnancy (contradictorio), concepto utilizado para describir la ley del Colegio, pues al imponer prisión, era juez y parte a la vez violando principios del Common Law. • Principio de legalidad penal • Derecho penal, ultima ratio para el Estado. • Proporcionalidad de las penas • Coke, es considerado como juez garante de la libertad frente a las privaciones arbitrarias de la libertad.
LAS BRUJAS DE SALEM 1692 - 1693. EL DEBIDO PROCESO JAMAS DEBE RELAJARSE. EL PELIGRO DE LOS INDIGNADOS Procesos judiciales formales realizados por las autoridades con el objetivo de procesar y después, en caso de culpabilidad, castigar delitos de brujería en los condados de Essex, Suffolk y Middlesex en Massachusetts, E. E. U. U. Los juicios más conocidos fueron en Salem.
EL CASO… La hija de Samuel Parris, Elizabeth Parris y su sobrina Abigail Williams, decayeron con un malestar extraño entre fines de 1691 y principios de 1692. Como el doctor no podía encontrar un problema físico en las niñas atribuyó su padecimiento a un hechizo o rito de brujería. Las niñas pronto indicaron a la esclava antillana de los Parris, Tituba, como la persona que las había afligido. Tituba fue encarcelada y después vendida para poder pagar sus cargos de cárcel. La niñas también acusaron a Sarah Good, una mujer indigente y una señora mayor, Sarah Osborne. Ninguna de las dos mujeres habían asistido a misa por más de un año, lo cual para los puritanos era considerado como un pecado. Aunque Tituba si acabó admitiendo su participación en la brujería, tanto Sarah Osborne como Sarah Good se declararon inocentes hasta el día en el que enfrentaron la muerte.
LA MÁXIMA CONDENA ERA LA HORCA… Más de 150 personas fueron detenidas y encarceladas, solo con acusaciones, sin proceso formal. 5 de los acusados fallecieron en prisión. 26 personas que fueron a juicio, fueron condenadas. Un rasgo particular de estos juicios fue que las denuncias de alucinaciones y contactos demoníacos se basaban en rumores. Los propios jueces se dejaron llevar por la histeria religiosa de la comunidad de Salem, formada mayormente por puritanos, que exigía frenéticamente condenas a las presuntas brujas.
CONSECUENCIAS Este acontecimiento ha sido usado retóricamente en la política y la literatura popular como una advertencia real sobre: I. los peligros del extremismo religioso, II. acusaciones falsas, III. fallos en el proceso, IV. la intromisión gubernamental en las libertades individuales.
EL PROCESO A MARÍA ANTONIETA. EL REY SE SOMETE A LA LEY 12 octubre, 1792, primer interrogatorio a María Antonieta. El Juicio Político y el debido Proceso 13, octubre, Fouquier Tinville y Hebert entregan el acta de acusación a los abogados defensores, a pedido de ellos, M. A. , solicita tres días de aplazamiento para preparar la defensa. Negada. La Vista del Proceso se inicia el 15 para dictar sentencia en la madrugada del 16 de octubre, día de su ejecución….
LA ACUSACIÓN El Presidente del Tribunal, Herman lee: 1. Está probado que ha existido contacto con potencias extranjeras para facilitar el avance en territorio francés? 2. Está probado que M. A. haya cooperado ? 3. Existe constancia que haya habido un complot e incitación a la guerra civil? 4. Está probada su participación?
¿FUNDAMENTO JURÍDICO O SIMPLES INTRIGAS REVOLUCIONARIAS? SI. Tenia fundamento jurídico, delito de alta traición, los documentos encuentran culpable a María Antonieta, hoy se encuentran conservados en el Archivo del Estado de Viena. PERO, pequeño gran detalle, el 14 de octubre de 1792 ni uno de estos documentos era accesible a Fouquier- Tinville. Punto débil del proceso, ninguna acusación fue probada.
GUILLOTINA , CÁRCEL Y DESTIERRO El final de María Antonieta era sabido por todos, pero y su abogado defensor quien fue encarcelado inmediatamente después del proceso? Chaveu-Largarde 1756 -1841, abogado de oficio, defendió a Madame Elisabeth, hermana del Rey, Charlotte Corday y salvó a Francisco de Miranda de la guillotina. Durante el Terror, se retiró de la profesión, al prohibirse el rol del abogado defensor. Desterrado, encarcelado Sobrevivió y fue miembro del Tribunal de Casación durante la Restauración.
EL ROL SECUNDARIO DEL PODER JUDICIAL Ley de 1790 castiga con cárcel al Juez que pretende conocer de un acto administrativo. El caso de “Laffite”. El Consejo de Estado el control de legalidad en el poder administrador. Napoleón III 1875 se acepta al fin del “abuso de poder”. El caso “Lebeast”.
EL DERECHO A LA LIBERTAD. EL BUQUE AMISTAD O EL DERECHO NATURAL DE RESISTIR LA ESCLAVITUD
1839… La Amistad era un buque mercante español en la que se llevó a cabo una rebelión de esclavos. El teniente Gedney, que comandaba el buque, ayudado por sus oficiales y tripulación, tomaron la Amistad y a los esclavos bajo custodia, conduciéndolos al estado de Connecticut. Luego presentaría un libelo por escrito bajo la ley de almirantazgo, por el salvamento del barco, la carga, y los africanos. Gedney eligió Connecticut porque la esclavitud era técnicamente legal ahí (aunque extremadamente rara), y esperaba sacar provecho de los esclavos.
JUICIO DEL AMISTAD. . Acusados de asesinato y piratería. Abolicionistas apoyaron la causa. Un grupo llamado “Comité Amistad, ” organizó un equipo legal, incluía al ex-presidente John Quincy Adams. Una Corte del Circuito de Hartford dictaminara que no tenían jurisdicción, una corte de un distrito de Connecticut determinó en 1840 que los esclavos habían sido vendidos ilegalmente.
VEREDICTO DE LA CORTE SUPREMA Justice Story declaró: que los africanos habían ejercido su ‘derecho de cualquier ser humano en un caso extremo a resistirse a la opresión, y a aplicar la fuerza contra la injusticia ruinosa. Los hombres libres tienen un derecho natural de resistir la esclavitud. Por otro lado, declaró que si los negros hubieran sido reconocidos como esclavos legales de los ciudadanos españoles, habrían sido considerado propiedad, según explicaba el tratado de
EL JUEZ PUEDE Y DEBE DEFENDER LA CONSTITUCIPÓN M´CULLOCH VS. MARYLAND 1819 Se discutió si un banco nacional que acababa de crearse podía o no fiscalizar la emisión de moneda por los Estados, entre ellos el estado de Maryland. El fallo unánime estableció que el congreso no sólo tiene las atribuciones que expresamente le confiere la constitución, sino también la autoridad necesaria para su adecuado ejercicio, en este caso la creación de dicho banco. Esta doctrina, extraída de la "cláusula elástica del artículo primero, fue elemento importante para el aumento sostenido de los poderes federales. Además reforzó la facultad de control de la constitucionalidad establecida en el caso Marbury v. Madison (1803).
VOTO DE JOHN MARSHALL EN LA SENTENCIA MCCULLOCH VS. MARYLAND “El poder de crear impuestos es el poder de destruir…” “No olvidemos nunca que es una Constitución lo que estamos interpretando…”
SUSAN B. ANTHONY O EL DERECHO AL SUFRAGIO 1820 -1906 Susan Brownell Anthony creció en un clima de igualdad y justicia. Hija de una cuáquero abolicionista y dio la misma educación a sus hijas que a sus hijos. A los 15 años, Anthony comenzó a trabajar como maestra en una zona rural del estado de Nueva York. Poco después inició su lucha por la igualdad de salario para la mujer y por su derecho a la
¿VOTAR ES DELITO? En 1872, Susan B. Anthony fue arrestada por votar en las elecciones presidenciales estadounidenses. El motivo de su arresto fue que había infringido la ley, pues las mujeres no tenían el derecho al voto. No obstante, Susan B. Anthony aseguraba acogerse a la 14º Enmienda de la Constitución, que dice que “todas las personas nacidas en EEUU son ciudadanas y no se les pueden negar los privilegios de la ciudadanía. ” ¿No somos las mujeres, pues, personas? En el juicio fue condenada a pagar una multa de $100, que nunca llegó a pagar por negarse tajantemente al considerarla injusta. El Gobierno de los Estados Unidos, nunca se atrevió a iniciar ningún proceso legal para cobrar la multa.
DEFENSA DE ANTHONY “…Y es una burla descarada hablarle a las mujeres del placer de los beneficios de esa libertad cuando se les niega ejercer el único recurso que los garantiza y que este gobierno democrático ofrece: el voto” “Para cualquier estado el convertir el sexo en un requisito que siempre debe resultar en privar de derecho al voto a la mitad de la población, es como promulgar una ley ex post facto y, por lo tanto, es una violación de la ley suprema de la tierra…”
OSCAR WILDE O EL DELITO DE HOMOSEXUALIDAD Old Bailey, el juzgado principal de Londres, nunca había presenciado un espectáculo como el de los tres procesos que cautivaron a Inglaterra y a gran parte del mundo literario en 1895. Celebridad, sexo, ingeniosos diálogos, intriga
¿QUIEN ES OSCAR WILDE? Escritor, nacido en Dublín, tuvo una infancia tranquila y sin sobresaltos. Estudió en la Portora Royal School de Euniskillen, en el Trinity College de Dublín y, posteriormente, en el Magdalen College de Oxford. Filosofía estética, que defendía la idea del «arte por el arte» y en la cual sentaba las bases de lo que posteriormente dio en llamarse dandismo. En 1884 se casó con Constance Lloyd, que le dio dos hijos, quienes rechazaron el apellido paterno tras los juicios de 1895. Condenado a la cárcel por dos años, libre, cambio de nombre y murió indigente en Paris en 1900.
SUS OBRAS MAS FAMOSAS…. El retrato de Dorian Grey Salomé La importancia de llamarse Ernesto La balada de la cárcel de Reading
LOS HECHOS Wilde, de 38 años, conoció a Lord Alfred Douglas ("Bosie") de 22 años, se hicieron muy buenos amigos. Douglas se sintió muy bien por el interés que Wilde veía en Douglas no sólo un vivo intelecto sino también un joven de un gran atractivo. No escondía su interés. Douglas dijo más tarde: "Estaba continuamente pidiendo que comiera y cenara con él y enviándome cartas, notas y telegramas. ” Estuvieron juntos en sus respectivas casas, en hoteles y viajaron juntos. El primer problema serio para Wilde en su relación con Douglas vino cuando éste, todavía estudiante en Oxford, regaló un viejo abrigo a un amigo muy pobre llamado Wood. Este descubrió en un bolsillo cartas de Wilde a su amigo. Wood chantajeó a Wilde por 35 libras a cambio de las cartas. La perdición de Wilde no fue el chantaje, sino el padre de Bosie, John Sholto Douglas, el Marqués de Queensberry. Hombre victoriano, arrogante, malhumorado, excéntrico y quizás incluso desequilibrado mental, noble escocés cuyo mayor logro había sido desarrollar y promover reglas para el boxeo amateur (Normas Queensberry). Queensberry estaba preocupado por la relación de su hijo con "ese Wilde".
1894, Queensberry llegó a la conclusión que Wilde era homosexual y empezó a exigir a su hijo que dejara de verle. En abril escribió: "Tú intimidad con este Wilde debe cesar o te repudiaré y dejaré de darte dinero". "No voy a entrar a analizar esas relaciones íntimas, y no haré cargos sobre ella; pero para mí hacerse pasar por algo es tan malo como serlo". Queensberry, amenazó con palizas a gerentes de restaurantes y hoteles si descubría a Wilde y a su hijo en sus locales. Queensberry, acompañado por un campeón de boxeo, apareció sin avisar en la casa de Wilde, se produjo una fuerte discusión que finalizó cuando Wilde ordenó a Queensberry que se fuera diciendo: "No conozco las normas Queensberry, pero la norma de Oscar Wilde es disparar a matar". La importancia de llamarse Ernesto, iba a ser estrenada, Wilde supo que Queensberry planeaba interrumpir la noche del estreno y arengar al público sobre el presunto decadente estilo de vida de Wilde. Logró rodear el teatro de policías y evitar el escándalo. En el club al que pertenecían Wilde, Queensberry dio una carta a uno de los porteros, en el sobre había escrito: "Para Oscar Wilde interpretando a un sodomita“. “No veo ahora más opción que un juicio criminal", escribió Wilde a Bossie.
PRIMER JUICIO POR DIFAMACIÓN WILDE VS. QUEENSBERRY Wilde denuncia a Queensberry su defensa estuvo dividida en dos partes: la literaria y los hechos, centrándose en las pasadas relaciones de Wilde defendió sus trabajos ante las insinuaciones de sobre su inmoralidad y homosexualidad. "No hay ningún tipo de obra inmoral", afirmaba Wilde de Dorian Gray, simplemente "los libros están bien o mal escritos". "¿Eso expresa su punto de vista? " preguntó el abogado de Queensberry, "¿una novela pervertida puede ser un buen libro? “ Frente a los hechos, Wilde, por consejo de su abogado, retiró la denuncia.
SEGUNDO JUICIO QUEENSBERRY VS. WILDE, ABSUELTO El 26 de abril de 1895, inmediatamente después del juicio anterior es arrestado. Wilde y Alfred Taylor, su presunto proxeneta, hicieron frente a 25 cargos de graves indecencias y de conspiración para cometerlas. Sir Edward Clarke, abogado de Wilde pidió al jurado que "satisficieran las miles de esperanzas que dependían de su decisión" y "limpiaran de esas imputaciones a uno de los más renombrados y expertos hombres de letras de nuestro tiempo”. El jurado concluyó que no podían dictaminar un veredicto de la mayoría de los cargos absolviéndolo de los cargos relacionados con Frederick Atkins, uno de los jóvenes con quien se le acusaba de haber estado involucrado en graves
TERCER JUICIO WILDE CONDENADO POR HOMOSEXUAL El gobierno liberal determinó hacer todo lo posible para asegurar una condena en el segundo juicio de Wilde. El P. M. Rosebery había tenido relaciones homosexuales, con Francis Douglas, otro de los atractivos hijos de Queensberry. La acusación estuvo a cargo de un fiscal de la Corona. Una ley de 1895, convertía en criminal a cualquier persona que hubiera cometido un acto de "flagrante indecencia". La ley había sido interpretada para criminalizar cualquier forma de actividad sexual entre personas del mismo sexo. La sentencia, culpable de todos los cargos. Dos años de prisión y trabajos forzados.
CONSECUENCIAS. . Juicio de Moral más que de Derecho, juicio a la calidad de su arte, condicionado por su condición sexual. Se juzgó su conducta individual y moral. Asociación de arte y erotismo homosexual “Escribí cuando no conocía la vida. Ahora que entiendo su significado, ya no tengo que escribir. La vida no puede escribirse; sólo puede vivirse. » Oscar Wilde
ABRAMS VS. E. E. U. U. (1917) HECHOS: En tiempos de guerra, la ley de espionaje de 1917 enmendada en 1918, consideraba felony (crimen) castigada con 20 años de cárcel; toda instigación a dejar de fabricar algún producto necesario para seguir con la guerra, si tal acto se llevaba a cabo con la intención de obstaculizar el conflicto.
Abrams y cuatro ayudantes fueron denunciados de conspirar contra EEUU y de violar la ley por haber impreso y distribuido volantes que atacaban con vehemencia el envío de fuerzas estadounidenses a Rusia en 1918 y de haber incitado a los trabajadores a la huelga antes de producir armas que se emplearían contra el pueblo soviético. Los acusados eran inmigrantes rusos que trabajaban en una fábrica de sombreros de NY.
CONDENA Y LIBERTAD DE EXPRESION Juez Clayton de Alabama, pero asignado especialmente a una tarea en NY los sentenció a 20 años de cárcel. Se apeló a la Suprema Corte, confirmó la condena en un fallo de 7 a 2, la disidencia de Holmes se acerca al punto central de la democracia: ¿Cuando se justifica la censura por parte del Estado? Aquí se establece el limite constitucional a la libertad de expresión.
DISIDENCIA DE OLIVER W. HOLMES “Debe existir un peligro inminente, claro y actual…. ” “Solo una emergencia en la que dejar que el tiempo corrija los malos consejos se convierte en peligro inminente, garantiza que se hagan excepciones a la regla general “el congreso no hará ley que coarte la libertad de expresión…”
LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACION DREYFUS Caso Dreyfus tuvo como origen un error judicial, sobre un trasfondo espionaje y antisemi tismo, en el que la víctima fue el capitán Alfred Dreyfus (1859 -1935), de origen judío-alsaciano, y que duró doce años, de 1894 a 1906, marcando un hito en la historia del antisemitismo
CRONOLOGÍA DEL CASO 1894, el Capitán Alfred Dreyfus, acusado de haber entregado a los alemanes documentos secretos. Enjuiciado por un tribunal militar, condenado a prisión perpetua y desterrado en la Colonia penal de la Isla del Diablo situada en la Guayana francesa por alta traición. La opinión pública y la clase política francesas adoptaron una posición en su contra por ser judío. Su familia intentó probar su inocencia. Simultáneamente, el coronel Georges Picquart, jefe del servicio de contraespionaje, comprobó, en marzo de 1896, que el verdadero traidor había sido el comandante Ferdinand Walsin Esterhazy.
YO ACUSO
Esterházy, el verdadero traidor, fue absuelto y recibido con aclamaciones y aplausos por los sectores conservadores y nacionalistas. El escritor Émile Zola publicó J'Accuse, un alegato en favor de Dreyfus que llevó al cambio de opinión de muchos intelectuales. A pesar de las intrigas del ejército para evitar la revisión, en 1898 el Tribunal Supremo reabrió el caso y al año siguiente anuló la sentencia pero fue condenado otra vez, a diez años de trabajos forzados, aunque en este fallo el tribunal mencionó que existían «circunstancias atenuantes» .
Diez días después, agotado y con su salud quebrantada por cuatro largos años de prisión en condiciones inhumanas, Dreyfus aceptó el indulto que le concedió el presidente francés. 1906 su inocencia fue reconocida oficialmente por la Corte de Casación a través de una sentencia que anuló el juicio de 1899, sin reenvío para realizar un nuevo juicio, y decidió la rehabilitación del Capitán Dreyfus, decisión inédita y única en la historia del derecho francés. Rehabilitado, peleo en la guerra y murió en 1935.
EL FIN DE LA ERA DEL DERECHO LEY Y EL NACIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS INDIVIDUALES. La segunda guerra mundial y los juicios de Nuremberg
REPUBLICA DE WEIMAR DEMOCRACIA POST I GUERRA MUNDIAL K A I S E R C O M U N I S M O NACIONAL SOCIALISMO J U D I O S MINORIAS NO ARIAS socialismo
EVOLUCIÓN PARLAMENTARIA WEIMAR NSDAP: NACIONAL SOCIALISMO ( PARTIDO NAZI) SPD: SOCIAL DEMOCRACIA
INCENDIO DEL REICHSTAG El incendio del Reichstag en 1933 es un hecho fundamental en el establecimiento de la Alemania nazi. La investigación inicial y los nazis acusaron al comunista neerlandés Marinus van der Lubbe de haberlo perpetrado, pero póstumamente la justicia alemana conmutó la sentencia por 8 años de prisión y posteriormente la misma fue derogada por el gobierno democrático alemán en el año 2008. Al día de hoy, la cuestión de la autoría no ha podido ser totalmente esclarecida por los historiadores pero, políticamente, los grandes beneficiados del suceso fueron los propios nazis.
HECHOS…. El incendio comenzó a las 21: 14 horas en la noche del 27 de febrero de 1933, cuando una estación de bomberos de Berlín recibió la alarma de que el edificio del Reichstag, sede oficial del parlamento alemán, estaba ardiendo. El fuego pareció haber sido iniciado en varios lugares, y en el momento en que llegaron la policía y los bomberos, se produjo un enorme incendio en la Cámara de Diputados. Buscando pistas, la policía rápidamente encontró a Marinus van der Lubbe, medio desnudo, agachándose tras el edificio. Van der Lubbe era un ex comunista holandés y albañil desempleado que había estado rondando por Europa en los últimos dos años antes de 1933. Adolf Hitler y Hermann Göering, líderes del partido nazi llegaron poco después al lugar y cuando vieron a Van der Lubbe, un supuesto agitador comunista, Göring declaró inmediatamente que el fuego fue iniciado por los comunistas y mandó arrestar a los líderes del partido en la ciudad de Berlín.
CONSECUENCIAS…. Hitler había jurado como Canciller y jefe de la coalición de gobierno el 30 de enero de 1933. Su primer acto fue pedirle al Presidente Hindenburg que disolviera el Reichstag, de manera que pudiera aumentar el número de escaños nazis tanto en el parlamento como en el gobierno. La petición de Hitler fue aceptada y se fijaron elecciones para el 5 de marzo de 1933. El objetivo de Hitler fue abolir la democracia de una forma más o menos legal al activar la Ley Habilitante, ésta se trataba de un poder especial permitido por la Constitución de Weimar para darle al Canciller el poder de pasar leyes a decretos, sin la intervención del Reichstag. Se suponía que el Acta Permisiva era usada solamente en tiempos de extrema emergencia, y de hecho, había sido usada solamente una vez antes, en 1923– 1924, cuando el gobierno usó la Ley Habilitante para rescatar a Alemania de la hiper-inflación. Requería mayoría de dos tercios en el Reichstag. En enero de 1933, los nazis solamente tenían el 32% de los escaños y aun así no estaban en posición de activar la Ley Habilitante.
PROCESOS DE NUREMBERG Fueron un conjunto de procesos jurisdiccionales emprendidos por iniciativa de las naciones aliadas vencedoras al final de la II Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Adolf Hitler en los diferentes crímenes y abusos contra la Humanidad cometidos en nombre del III Reich alemán del 39 al 45. Tuvo inicio el 20 de noviembre de 1945 por el Tribunal Militar Internacional (TMI), en contra de 24 de los principales dirigentes supervivientes del gobierno nazi capturados, y de varias de sus principales organizaciones.
PRINCIPALES ACUSADOS De izquierda a derecha: Hermann Goering, Rudolf Hess, Joachim von Ribbentrop, Wilhelm Keitel. Detrás, de izquierda a derecha: Karl Doenitz, Erich Raeder, Baldur von Schirach y Fritz Sauckel
SUSTENTO JURÍDICO La Carta de Londres o Estatuto de Londres del Tribunal Militar Internacional firmado en 1945 entre Francia, Estados Unidos, Reino Unido y la Unión Soviética, es el documento que fijó los principios y procedimientos por los cuales se rigieron los Juicios de Núremberg. Publicada el 8 de agosto de 1945. Jurídicamente, los procedimientos establecidos en este texto son más cercanos al Derecho continental europeo que al Common Law en cuanto a la producción de la prueba, el juicio ante un tribunal compuesto por jueces y no por jurado y la generación de contraevidencia. Apelación ante el Alto Consejo Aliado de Control de la Alemania ocupada. Contenido material, la Carta de Londres estableció que el Tribunal sería competente para conocer de los crímenes de guerra, contra la humanidad y contra la paz. Aunque las reglas contenidas estaban previstas inicialmente sólo para los procesos contra los líderes de la Alemania nazi, fueron aplicadas en el enjuiciamiento de crímenes internacionales en Asia, en el ex Yugoslavia y en Ruanda. La Carta sirvió también como base para la creación del Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional.
PRINCIPIOS DE NUREMBERG Principio I Cualquier persona que cometa actos que constituyan un crimen bajo las leyes internacionales será responsable y por consiguiente sujeto a castigo. Principio II El hecho de que las leyes internas no impongan castigo por un acto que constituya un crimen bajo las leyes internacionales no exime a la persona que cometió el acto de su responsabilidad bajo las leyes internacionales. Principio III El hecho de que una persona que ha cometido un acto que constituye un crimen bajo las leyes internacionales sea Jefe del Estado o un oficial responsable del Gobierno no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales.
Principio IV El hecho de que una persona actúe bajo las órdenes de su Gobierno o de un superior no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales, siempre que se demuestre que tenía posibilidad de actuar de otra forma. Principio VI Cualquier persona acusada de un crimen bajo las leyes internacionales tiene el derecho de un juicio justo ante la ley. Principio VII Los crímenes que se enumeran a partir de aquí son castigables como crímenes bajo las leyes internacionales: (a) Guerra de agresión (b) Crímenes de Guerra (c) Crímenes contra la humanidad Principio VIII La complicidad en la comisión de un crimen contra la paz, un crimen de guerra o un crimen contra la humanidad tal y como fueron expuestos en los Principios VI, es un crimen bajo las leyes internacionales.
CONSECUENCIAS DIRECTAS La tipificación de los crímenes y abusos realizada por los tribunales y los fundamentos de su constitución (representaron un avance jurídico que sería aprovechado posteriormente por las Naciones Unidas para el desarrollo de una jurisprudencia específica internacional en materia de guerra de agresión, crímenes de guerra y crímenes en contra de la humanidad. Asi también para la constitución del Tribunal Penal Internacional permanente. Fue de vital importancia, también, al redactarse: La Convención contra el Genocidio de 1948 Declaración Universal de Derechos Humanos 1948 Convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocolos de 1977.
CONTROVERSIA JUSTICIA VS. DERECHO. ADÍOS A KELSEN “Ya lo veréis. Dentro de unos años los abogados de todo el mundo condenarán este juicio. No se puede hacer un juicio sin ley. ” Joachim von Ribbentrop
EL PRIMER TRIUNFO DE LA CONSTITUCIÓN SOBRE EL DERECHO CIVIL VALVERDE O EL AMOR MAS ALLÁ DE LA MUERTE COLOMBIA 1906 -1922. .
LA LIBERTAD DE PRENSA Y LA INTIMIDAD NEW YORK VS. SULLIVAN 1964 Se trata de información y no de opinión (John Milton siglo XVII -1644) El mercado abierto de las ideas y la auto-regulación de los medios. “New York Times vs. Sullivan”, 1964 el debate acerca de los temas públicos debe ser abierto, desinhibido, robusto y ampliamente abierto y que por tanto puede justificarse vehementes y nada agradables ataques contra el Gobierno y sus funcionarios. Para que un funcionario publico pueda alegar daños y perjuicios debe probar la real malicia (“actual malice”)
PARAGUAY “En la consideración de los derechos fundamentales, y específicamente en relación con la llamada "libertad de prensa" no existe ni se da ningún derecho absoluto. Esta libertad no configura sino un valor instrumental para la concreción de otros derechos fundamentales: la libertad de expresión (que para ser tal necesita de un medio de difusión) y el derecho a la información (que también requiere de un soporte en el que se contenga la información). Pero ninguno de estos derechos es absoluto: son amparados y protegidos en la medida en que no colisionen con otros derechos, prerrogativas o libertades”. Corte Suprema de Justicia del Paraguay, Sala Constitucional Teledifusora Paraguaya S. A. (Ac. t Sent. N° 98) • 05/05/1998.
MIRANDA VS. ARIZONA (1966) Decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos que sostuvo que tanto las declaraciones inculpatorias como las exculpatorias realizadas en respuesta a un interrogatorio por un acusado en custodia policiaca es admisible en un juicio sólo si la fiscalía puede demostrar que el acusado fue informado antes de ser interrogado de lo que hoy en día se conoce como advertencia Miranda: su derecho a consultar a un abogado defensor antes y durante el interrogatorio, y el derecho a no autoincriminarse. Tuvo un impacto significativo en las fuerzas de la ley en Estados Unidos, convirtiendo la advertencia Miranda en una parte rutinaria de los procedimientos policiales para asegurar que los sospechosos son informados sobre sus derechos
HECHOS: El 3 de marzo de 1963 una mujer de 18 años de Phoenix Arizona fue secuestrada y violada en el trayecto de su casa hasta un cine. Diez días después la policía apareció en la casa de Ernesto Miranda. . . Ernesto Arturo Miranda fue arrestado en base a evidencias circunstanciales que le relacionaban con la escena del crimen. Posteriormente confesó que había violado a una mujer de 18 años días antes. En el juicio, los fiscales ofrecieron no sólo la confesión como evidencia (con objeciones de la defensa), sino también la identificación positiva de parte de la víctima de Miranda como su asaltante. Miranda fue condenado por robo y secuestro y sentenciado a entre 20 y 30 años de encarcelamiento por cada cargo. El defensor público de Miranda, Alvin Moore, apeló a la Corte Suprema de Arizona que ratificó la decisión de la corte en el estado contra Miranda, 401 P. 2 d 721 (Ariz. 1965). Al afirmarlo, esa corte enfatizó el hecho de que Miranda no solicitó específicamente un abogado defensor.
DECISION DE LA CORTE El Jefe de justicia Earl Warren, un ex fiscal, envió su opinión a la Corte, indicando que dada la naturaleza coercitiva de los interrogatorios en custodia de la policía (Warren citó diversos manuales de entrenamiento de la policía que no fueron provistos en los argumentos originales), ninguna confesión puede ser admisible bajo la clásula contra la autoincriminación de la quinta enmienda, y el derecho de la sexta enmienda a un abogado, a menos que el sospechoso haya sido advertido y lo haya rechazado. Entonces, la condena de Miranda fue anulada. La persona en custodia debe, antes del interrogatorio, ser claramente informada de su derecho a permanecer en silencio, y que cualquier cosa que diga será usada en su contra en un juicio; debe estar claramente informado del derecho a consultar con un abogado y a tenerlo durante el interrogatorio, y que, si es indigente, será designado un abogado para representarlo.
ACCIDENTE DEL PRESTIGE El 13 de noviembre de 2002 a las 14. 15 horas, el petrolero Prestige, un monocasco con bandera de Bahamas cargado con 77. 033 toneladas de fueloil, lanzó una llamada de socorro cuando navegaba frente a las costas gallegas debido a la ruptura de uno de los tanques durante una tormenta. El buque, procedente de San Petersburgo (Rusia) y que se dirigía a Gibraltar, fue remolcado tras el accidente lejos de la costa gallega, por decisión de las autoridades, y finalmente el 19 de noviembre de 2002 se partió en dos a unas 150 millas. Dadas sus dimensiones, con 2. 128 partes personadas, 133 testigos, 98 peritos, 51 abogados y 21 procuradores, el macrojuicio por la mayor catástrofe medioambiental de la historia de España
- Slides: 86