FUNCIN DE VIGILANCIA LIC SANDRA CAROLINA AGUILAR MARN

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FUNCIÓN DE VIGILANCIA LIC. SANDRA CAROLINA AGUILAR MARÍN J PENAS UEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA

FUNCIÓN DE VIGILANCIA LIC. SANDRA CAROLINA AGUILAR MARÍN J PENAS UEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL La administración penitenciaria al ser el garante de ejecutar la pena y

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL La administración penitenciaria al ser el garante de ejecutar la pena y los derechos de la población reclusa, debe sujetarse a lo establecido en la Constitución de la República y a los tratados internacionales; no obstante es a través del principio de Judicialización que se persigue el efectivo control judicial de los derechos y garantías de las personas detenidas en los diferentes centros penitenciarios a nivel nacional. El Art. 27 inc 3 Cnst establece: El Estado organizará los centros penitenciarios con objeto de corregir a los delincuentes, educarlos y formarle hábitos de trabajo, procurando su readaptación y la prevención de los delitos.

ANTECEDENTES ANTES DE LA REFORMA PENAL, EL CÓDIGO DE 1973, NO ESTABLECÍA DENTRO DEL

ANTECEDENTES ANTES DE LA REFORMA PENAL, EL CÓDIGO DE 1973, NO ESTABLECÍA DENTRO DEL SISTEMA PENITENCIARIO UNA FIGURA INDEPENDIENTE DE LA ADMINISTRACIÓN PENITENCIARIA PARA VIGILAR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y DE LA VIGILANCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD, ES ASÍ QUE EN 1989, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CREA LA FIGURA DELEGADO PENITENCIARIO, QUE SERVÍA DE ENLACE ENTRE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL Y LA ADMINISTRACIÓN PENITENCIARIA, MAS SIN EMBARGO DICHO FUNCIONARIO NO TENIA PODER DE DECISIÓN.

JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCION DE PENA Con la reforma penal en

JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCION DE PENA Con la reforma penal en 1998, también se crea la Ley Penitenciaria y su reglamento, con tendencia humanista la cual respondería a las prerrogativas establecidas en la Constitución, reconociéndose que el hombre que delinque por su sola condición de ser humano, merece ser tratado con dignidad, sin excluirse de los demás derechos fundamentales. En tal sentido es obvio que la finalidad de la ejecución de la pena, es proporcionar al condenado las condiciones favorables para su desarrollo personal, que le permitan integrarse a la vida en sociedad al momento de recobrar su libertad.

 Con la Ley Penitenciaria también nace la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria

Con la Ley Penitenciaria también nace la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la pena, con el propósito de salvaguardar los derechos fundamentales de los internos, con miras a ofrecer un mecanismo de control jurisdiccional de la actividad penitenciaria, en contra de la arbitrariedad

PRINCIPIO DE LEGALIDAD La etapa de ejecución de la pena posee características propias; las

PRINCIPIO DE LEGALIDAD La etapa de ejecución de la pena posee características propias; las penas y las medidas de seguridad solo pueden ejecutarse en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, dictada por la autoridad competente, de allí que es en base al principio de Legalidad que nace la figura del juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena como una autoridad independiente a la Administración Penitenciaria.

JUDICIALIZACION DE LA EJECUCION DE LA PENA Para que la judicialización de la ejecución

JUDICIALIZACION DE LA EJECUCION DE LA PENA Para que la judicialización de la ejecución de la pena privativa de libertad sea efectiva se requiere: De un proceso de individualización y un efectivo control jurisdiccional Garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de los internos en los centros penitenciarios Y un principio de subordinación de la administración penitenciaria con base a la legalidad y al control judicial.

NATURALEZA DEL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCION DE LA PENA La Naturaleza

NATURALEZA DEL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCION DE LA PENA La Naturaleza del juez de vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena, está definida por su cualidad de ser representante del órgano judicial, y por las funciones que están definidas en la ley ( Art 55 Pr. Pn en relación con los arts. 35 y 37 LP) que deja clara la diferencia entre la Administración Penitenciaria. No obstante la distinción existente entre juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de Pena, debe existir una estrecha relación de colaboración , vinculada por el principio de Legalidad

 Del Artículo 35 LP, se desprende una dualidad de funciones de la figura

Del Artículo 35 LP, se desprende una dualidad de funciones de la figura del juez penitenciario: Ejecutar Penas, cuya función se materializa al momento que el juez de VPEP, recibe certificación de la sentencia condenatoria. Verificar el estricto cumplimiento por parte de la administración penitenciaria en la garantía de los Derechos Fundamentales de los privados de Libertad. Esta función puede ser verificada por medio de las visitas de cárcel y a través de el llamado recurso de Queja Judicial.

DATOS DE IMPORTANCIA En El Salvador, la competencia del juez de vigilancia penitenciaria no

DATOS DE IMPORTANCIA En El Salvador, la competencia del juez de vigilancia penitenciaria no solo se limita a Ejecutar la pena privativa de libertad, ni solo vigilar el fiel cumplimiento de los derechos fundamentales de las y los privados de Libertad, también vigila el cumplimiento de las reglas de conducta en los casos de Suspensión Condicional del Procedimiento, y las condiciones impuestas en la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, así como el reemplazo de la Pena de Prisión en los casos de delitos que no sobrepasan los tres años. También vigila que la detención provisional no sobrepase los límites legales establecidos.

¿Cuántos jueces de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena hay en El

¿Cuántos jueces de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena hay en El Salvador? Actualmente solo existen 15 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena, distribuidos de la siguiente forma: 4 juzgados en Salvador 2 en Santa Ana 1 en Sonsonate, 2 en Santa Tecla 1 en Cojutepeque 1 en San Vicente 1 en Usulután 3 en San Miguel Y una sola Cámara Mixta, con competencia en todo el territorio en materia de Tránsito y Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena.

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