FORMACIN EN EMPRESARISMO ASESORES FORMACIN Y DESARROLLO MDULO

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FORMACIÓN EN EMPRESARISMO ASESORES FORMACIÓN Y DESARROLLO

FORMACIÓN EN EMPRESARISMO ASESORES FORMACIÓN Y DESARROLLO

MÓDULO IV ASPECTOS LEGALES, LABORALES Y ORGANIZACIONALES EMPRESARISMO SURA ASESORES FORMACIÓN Y DESARROLLO

MÓDULO IV ASPECTOS LEGALES, LABORALES Y ORGANIZACIONALES EMPRESARISMO SURA ASESORES FORMACIÓN Y DESARROLLO

INTERMEDIARIOS DE SEGUROS

INTERMEDIARIOS DE SEGUROS

Tipos de Intermediarios Agentes Independientes Agentes Dependientes Son las personas naturales que han celebrado

Tipos de Intermediarios Agentes Independientes Agentes Dependientes Son las personas naturales que han celebrado un contrato de trabajo con una compañía de seguros se rigen en su relación por las normas laborales ya que son empleados de la compañía y tienen un compromiso de exclusividad Son las personas naturales o jurídicas que desarrollan la actividad de intermediación por sus propios medios y sin vinculación laboral a ninguna empresa de seguros, pudiendo ejercer la actividad de intermediación para todas las compañías que los autoricen para ello. Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 4

Intermediarios Dependientes Contrato Laboral PERSONA NATURAL Registro Comerciante Independientes Contrato Comercial AGENCIA Sociedad de

Intermediarios Dependientes Contrato Laboral PERSONA NATURAL Registro Comerciante Independientes Contrato Comercial AGENCIA Sociedad de Responsabilidad Ltda. CORREDOR Sociedad Anónima Certificado de Cámara de Comercio Registro Único Tributario (RUT) Industria y Comercio Idoneidad Capacitación Experiencia Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 5

Intermediarios Asesores Dependientes Contrato Laboral Sujeto a Declaración de Renta por ingreso si excede

Intermediarios Asesores Dependientes Contrato Laboral Sujeto a Declaración de Renta por ingreso si excede los topes Sujeto de RETEFUENTE Idoneidad Capacitación Experiencia EXCLUSIVIDAD Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 6

Prohibiciones de los Intermediarios 1. Colocación de un seguro bajo un plan distinto al

Prohibiciones de los Intermediarios 1. Colocación de un seguro bajo un plan distinto al ofrecido con engaño para el asegurado 2. La cesión de comisiones a favor del asegurado 3. El ofrecimiento de beneficios que la póliza no garantiza o la exageración de estas. 4. La sugestión tendiente a dañar los negocios celebrados por otros. 5. Hacerse pasar por agente o representante de una compañía sin serlo. 6. Todo acto de competencia desleal. Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 7

Competencia Desleal Acto malicioso o contrario a la buena fe y buenas costumbres del

Competencia Desleal Acto malicioso o contrario a la buena fe y buenas costumbres del comerciante que tenga como finalidad causar daños a la competencia. Acto malicioso que tenga como finalidad desacreditar la labor de otro intermediario, sus productos o servicios Deber de los comerciantes: No ejecutar actos de competencia desleal Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 8

Efectos de la Competencia Desleal • Los actos de competencia desleal causan graves perjuicios

Efectos de la Competencia Desleal • Los actos de competencia desleal causan graves perjuicios tanto a las Compañías de Seguros, como a los productos que se ofrecen y a los asesores en particular y ponen en entredicho el prestigio de todo el sector asegurador. • El fundamento de la sana competencia está en ofrecer un excelente servicio a los clientes, promoviendo los productos de una Compañía demostrando que estos sobresalen en el mercado por su calidad, sin necesidad de desacreditar a ningún asesor, compañía o producto. • La buena calidad de los productos y servicios generan fidelidad en los clientes, en tanto que los actos de competencia desleal solo generan desconfianza por parte del cliente y evidencian la falta de profesionalismo del asesor. Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 9

Terminación de la Relación con el Agente Dependiente La Compañía Aseguradora puede dar por

Terminación de la Relación con el Agente Dependiente La Compañía Aseguradora puede dar por terminado el contrato de trabajo con un agente dependiente por las siguientes causas, entre otras: 1. Incumplimiento de la obligación especial de EXCLUSIVIDAD a cargo del agente. 2. El uso de medios o la ejecución de actos de competencia desleal. 3. La inhabilitación legal para ejercer la profesión por cualquier causa. 4. Las causales señaladas en los artículos 61 y 62 del Código Sustantivo de Trabajo. Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 10

Terminación de la Relación con el Agente Dependiente (Código Laboral) A. Haber sufrido engaño

Terminación de la Relación con el Agente Dependiente (Código Laboral) A. Haber sufrido engaño por parte del trabajador mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener provecho indebido. B. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamiento o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo (dentro o fuera del servicio). C. Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajado cometa en el establecimiento o lugar de trabajo D. El trabajador revele los secretos técnico o comerciales o de a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa. Elaborado por: Gerencia Asuntos Legales - Dirección de Asuntos Contractuales y Laborales Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 11

PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA EN COLOMBIA

PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA EN COLOMBIA

Procedimientos Legales para la Creación de Empresas 6. 1. Elaborar la minuta (acta de

Procedimientos Legales para la Creación de Empresas 6. 1. Elaborar la minuta (acta de constitución) de la constitución de la empresa. 7. 2. Tramitar el Certificado de Homonimia en la cámara de Comercio. 8. Inscripción de la sociedad en la DIAN (RUT) Registro de Libros en la Cámara de Comercio Registrar la empresa en el sistema de seguridad social 3. Elaboración de la Escritura Pública de Constitución en la Notaría 9. Afiliación de empleados a la Pública. seguridad social 4. Matricular la sociedad en la Cámara de Comercio 10. Registro de Industria y Comercio 5. Apertura de Cuenta Bancaria Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 13

PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA

PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA

PERSONA NATURAL Algunos de los conceptos y definiciones más comunes de persona natural: 1.

PERSONA NATURAL Algunos de los conceptos y definiciones más comunes de persona natural: 1. Es todo ser humano o individuo que hace y obtiene la capacidad legal en la sociedad si importar edad, sexo o religión (Sócrates). 2. Persona es todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. 3. Persona es todo ente susceptible de figurar como término subjetivo en una relación jurídica; 4. Persona es todo ente susceptible de ser sujeto. El Código civil Colombiano define la persona como: “Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición: . (Art. 74). http: // www. gerencie. co m/persona-natural. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 15

Persona Natural Registro como Comerciante Ante la Cámara de Comercio se registra la persona

Persona Natural Registro como Comerciante Ante la Cámara de Comercio se registra la persona como comerciante: § RUT § Actividad Económica § Certificado Existencia y Representación (persona natural como comerciante) § Régimen Simplificado § Registro de Industria y Comercio Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 16

PERSONA JURÍDICA “Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos

PERSONA JURÍDICA “Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente”. El representante de la persona jurídica, para que pueda obligarla debe actuar sin rebasar el nivel de sus facultades, debe moverse dentro del preciso marco de las potestades que se le hayan conferido, pues si al obrar en nombre de la persona moral que dice representar, desborda los límites de sus atribuciones, entonces ninguna obligación contrae el ente colectivo en este terreno, por la potísima razón de que el representante suyo sólo la obliga en cuanto actúa dentro del marco de las funciones que le han otorgado y no cuando obra fuera de éstas. ht t p: // www. gerencie. com/persona-juridica. html ht t p: // www. gerencie. com/difere ncia-o-distincio n-entre-perso na-natural-y-personajuridica. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 17

Sociedad Comercial Es un contrato, a través del cual dos o más personas se

Sociedad Comercial Es un contrato, a través del cual dos o más personas se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo de destinarlos a formar una persona jurídica diferente a cada uno de sus integrantes, cuyo fin es repartirse las utilidades obtenidas con la actividad de la empresa. Presentación de: FERNANDO SOLANO - Universidad del Norte - Instituto de estudios superiores en educación - Unidad de nuevas tecnologías aplicadas a la educación Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 18

AGENCIAS “DECRETO 663 DE 1993 Diario Oficial No. 40. 820, del 5 de abril

AGENCIAS “DECRETO 663 DE 1993 Diario Oficial No. 40. 820, del 5 de abril de 1993 "Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración" 3. Dirección. Las agencias de seguros solamente podrán ser dirigidas por personas naturales y por sociedades de comercio colectivas, en comandita simple o de responsabilidad limitada, conforme a las normas mercantiles vigentes sobre la materia. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 19

AGENCIAS Sociedad de Responsabilidad Limitada Socios: mínimo 2 máximo 25 (Art. 356 Código de

AGENCIAS Sociedad de Responsabilidad Limitada Socios: mínimo 2 máximo 25 (Art. 356 Código de Comercio) L o s s o c i o s r e s p o n d e n h a s t a e l m o n t o d e s u s aportes. No obstante, en los estatutos podrá estipularse para todos o algunos de los socios una mayor responsabilidad (Art. 353 del Código de Comercio). El capital debe pagarse en su totalidad al momento de constituirse, como también al solemnizarse un aumento (Art. 354 del Código de Comercio). El capital se divide en cuotas de igual valor. (Art 354 del C. de Co. ). La cesión de cuotas implica una reforma estatutaria (Art. 354 del C. de Co. ). En caso de muerte de uno de sus socios, la s o c i e d a d c o n t i n ú a c o n u n o o m á s h e r e d e r o s , s a l v o e s t i p u l a c i ó n e n c o n t r a r i o ( A r t. 3 6 8 d e l C. de Co. ). La representación de la sociedad está en cabeza de todos los socios, salvo que éstos la deleguen en un tercero. (Art. 358 del C. de Co). Es una sociedad en principio de personas, donde en efecto, los socios no desaparecen jurídicamente ante terceros, hecho que permite conocer quienes conforman el capital social. La sociedad gira bajo una denominación o razón social, seguida de la palabra "Limitada" o de la abreviatura "Ltda. " (Art. 357 del Código de Comercio). http: //www. supersociedades. gov. co/ss/drvisapi. dll? MIval=sec&dir=45&id=14374 Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 20

CORREDORES Sociedades Anónimas Mínimo 5 accionistas. La denominación social debe ir seguida de las

CORREDORES Sociedades Anónimas Mínimo 5 accionistas. La denominación social debe ir seguida de las palabras “sociedad anónima” o de las letras “S. A. ”. E l c a p i t a l s e e n c u e n t r a d i v i d o e n a c c i o n e s de igual valor que se representan en títulos negociables. En el momento en que se constituya la sociedad, debe suscribirse no menos del c i n c u e n t a p o r c i e n t o d e l c a p i t a l a u t o r i z a d o y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción de capital que se suscriba. Cada acción confiere a su propietario determinados derechos Las acciones son libremente negociables, salvo excepciones legales. El máximo órgano social lo constituye la Asamblea General de Accionistas reunido con el quórum y en las condiciones previstas en los estatutos. La sociedad deberá tener un Junta Directiva, constituida con no menos de tres miembros y cada uno de ellos tendrá u n s u p l e n t e , l o s c u a l e s s e a n e l e g i d o s p o r e l sistema del cociente electoral. La compañía tendrá por lo menos un Representante Legal con uno o más suplentes, nombrados por la Junta Directiva, salvo que se defiera ese nombramiento en el Máximo Órgano Social. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 21

Junta Directiva El papel del miembro de Junta Directiva Nombrar al gerente que ha

Junta Directiva El papel del miembro de Junta Directiva Nombrar al gerente que ha de llevar la representación legal de le empresa, que tiene la capacidad de comprometerla y por lo tanto arriesgar su capital financiero (la inversión de los dueños y el dinero tomado en préstamo ) y su imagen. Establecer límite a la capacidad del gerente para comprometer a la empresa con obligaciones financieras y de hacer y para disponer de sus activos. Orientar al gerente en el diseño de estrategias y actividades que contribuyan a que le empresa logre los objetivos que los dueños que lo han nombrado quieren cumplir con ella. Juzgar si las estrategias y actividades que la gerencia propone desarrollar, contribuyen a que le empresa cumpla los objetivos que los dueños que lo han nombrado quieren lograr con ella, para aprobarlas o improbarlas. Vigilar, a través del análisis de índices de proceso y resultado y de cronogramas y presupuestos, que una vez aprobado a la gerencia el desarrollo de estrategias y actividades, estas se adelanten dentro del marco establecido por la Junta Directiva, y orientarlo para ello http: //www. gerencie. com/la-responsabilidad-empresarial-y-legal-del-miembro-de-junta-directiva. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 22

Las Actas de Junta Directiva El contenido de ellas prima desde el punto de

Las Actas de Junta Directiva El contenido de ellas prima desde el punto de vista legal sobre cualquier otro documento interno y tienen valor probatorio frente a la Ley en los procesos judiciales, frente a las autoridades administrativas como DIAN, Supersociedades, Superindustria, y certifica a terceros como Bancos y contratistas privados y estatales, la existencia de situaciones y decisiones con base en las cuales ellos negocian con la Empresa. De ahí la necesidad de que los miembros de Junta le den una especial atención al contenido de estas y a su proceso de aprobación, así como a que especialmente sus constancias de desacuerdo o votos negativos, queden muy clara y oportunamente registrados. http: //www. gerencie. com/la-responsabilidad-empresarial-y-legal-del-miembro-de-junta-directiva. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 23

La Tipificación Legal y la Responsabilidad de los Miembros de la Junta Directiva La

La Tipificación Legal y la Responsabilidad de los Miembros de la Junta Directiva La Ley (222 de 1995 ) da a los miembros de la Junta Directiva, al igual que al gerente, la calidad de “administradores” y les impone desde el punto de vista legal unos deberes cuyo incumplimiento los puede afectar muy severamente. Si bien el gerente es quien tiene la capacidad de comprometer a la empresa con el cumplimiento de obligaciones, y responde ante la Ley por los perjuicios que por dolo o culpa le ocasionen sus decisiones, igual responsabilidad cabe a los miembros de Junta Directiva por las decisiones que tomen, o no tomen debiendo tomarlas. http: //www. gerencie. com/la-responsabilidad-empresarial-y-legal-del-miembro-de-junta-directiva. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 24

Representante Legal Sobre el respecto, ha dicho el artículo 24 de la ley 222

Representante Legal Sobre el respecto, ha dicho el artículo 24 de la ley 222 de 1995, modificatorio del artículo 200 del Código de Comercio : L o s a d m i n i s t r a d o r e s p o n d e r á n s o l i d a r i a e i l i m i t a d a m e n t e d e l o s p e r j u i c i o s q u e p o r d o l o o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros. No estarán sujetos a dicha responsabilidad, quienes no hayan tenido conocimiento de la acción u omisión o hayan votado en contra, siempre y cuando no la ejecuten. E n l o s c a s o s d e i n c u m p l i m i e n t o o e x t r a l i m i t a c i ó n d e s u s f u n c i o n e s , v i o l a c i ó n d e l a l e y o d e los estatutos, se presumirá la culpa del administrador. De igual manera se presumirá la culpa cuando los administradores hayan propuesto o ejecutado la decisión sobre distribución de utilidades en contravención a lo prescrito en el artículo 151 del Código de Comercio y demás normas sobre la materia. En estos casos el administrador responderá por las sumas dejadas de repartir o distribuidas en exceso y por los perjuicios a que haya lugar. http: //www. gerencie. com/representante-legal-es-responsable-por-irregularidades-en-la-administracionde-la-sociedad. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 25

Aspectos a considerar para pasar de Asesor Independiente-Persona Natural a Asesor Independiente-Persona Jurídica Solo

Aspectos a considerar para pasar de Asesor Independiente-Persona Natural a Asesor Independiente-Persona Jurídica Solo se ve reflejado un incremento en ventas si con el cambio se Ingresos modifica la estructura de ventas o se pueden acceder a mercados empresariales o estatales se puede conservar la misma estructura de costos y gastos o se puede Gastos de modificar si se conserva la proporción en el incremento de los Operación ingresos La responsabilidad legal se debe evaluar individualmente porque Responsabilidad como persona natural puede responder con el patrimonio personal y si se es persona jurídica, puede responder la sociedad de acuerdo con Legal su constitución. Responsabilidad la responsabilidad tributaria debe estudiarse individualmente y y Régimen evaluar como es el comportamiento fiscal como persona natural y Tributario como persona jurídica Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 26

REGISTRO DE MARCA REGISTRO MERCANTIL

REGISTRO DE MARCA REGISTRO MERCANTIL

REGISTRO DE MARCA ¿Qué es una marca? Una marca es una categoría de signo

REGISTRO DE MARCA ¿Qué es una marca? Una marca es una categoría de signo distintivo que identifica los productos o servicios de una empresa o empresario. ¿Cuáles son los beneficios de proteger una marca? La marca permite que los consumidores identifiquen el producto o servicio y lo recuerden, de forma que puedan diferenciarlo de uno igual o semejante ofrecido por otro empresario. ¿Quién puede ser titular de una marca? Cualquier persona natural o jurídica http: //www. sic. gov. co/registro-de-marca Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 28

REGISTRO MERCANTIL El registro mercantil es una función que la ley ha asignado a

REGISTRO MERCANTIL El registro mercantil es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio, consistente en llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala. Dicha publicidad supone que cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que se lleva el registro, tomar anotaciones y obtener copias de los mismos. Así mismo, cualquier persona puede obtener prueba de la inscripción de un acto en el Registro Mercantil, mediante la solicitud del respectivo certificado a la Cámara de Comercio. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 29

QUIENES SE DEBEN INSCRIBIR EN EL REGISTRO MERCANTIL De manera expresa, la ley señala

QUIENES SE DEBEN INSCRIBIR EN EL REGISTRO MERCANTIL De manera expresa, la ley señala que deben inscribirse en el registro mercantil las personas que ejerzan el comercio profesionalmente y sus auxiliares, tales como comisionistas, corredores y agentes. Las personas naturales deberán inscribirse dentro del mes siguiente a la fecha en que inicien actividades y las personas jurídicas, dentro del mes siguiente a su fecha de constitución. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 30

DIFERENCIAS ENTRE REGISTRO DE MARCA Y REGISTRO DE MARCA ¿Cuál es la diferencia entre

DIFERENCIAS ENTRE REGISTRO DE MARCA Y REGISTRO DE MARCA ¿Cuál es la diferencia entre el registro mercantil y el registro de marca? La Superintendencia de Industria y Comercio es la Oficina Nacional Competente para administrar el Sistema de Propiedad Industrial, en ese sentido, concede derechos sobre los bienes de propiedad Industrial: REGISTRO DE MARCA, mientras que la inscripción en el registro mercantil llevado por las cámaras de comercio constituye el cumplimiento de una de las obligaciones que debe cumplir el comerciante cuando realiza actos o actividades mercantiles: REGISTRO MERCANTIL. La función de este registro mercantil es de servir de medio publicitario sobre la existencia, constitución, representación y objeto social de una persona jurídica o natural que realiza actividades comerciales, de suerte que la razón o denominación social inscrita no es un bien de propiedad industrial como sí lo es la marca. http: //www. sic. gov. co/registro-de-marca Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 31

Registro Marca y Registro Mercantil REGISTRO DE MARCA REGISTRO DEL NOMBRE DE LA EMPRESA

Registro Marca y Registro Mercantil REGISTRO DE MARCA REGISTRO DEL NOMBRE DE LA EMPRESA Se debe registrar www. sic. gov. co Se debe registrar Cámara de Comercio Protección de la Marca en Industria y Comercio para evitar el uso de esta por terceros Registro Mercantil (nombre de la empresa) para que se pueda constituir otra empresa con el mismo nombre. MARCA Diferente NOMBRE DE LA EMPRESA Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 32

ASPECTOS TRIBUTARIOS

ASPECTOS TRIBUTARIOS

RÉGIMEN COMÚN RÉGIMEN SIMPLIFICADO

RÉGIMEN COMÚN RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Régimen Común Persona Jurídica Régimen Simplificado Persona Natural Resolución Facturación Topes de Anuales Factura

Régimen Común Persona Jurídica Régimen Simplificado Persona Natural Resolución Facturación Topes de Anuales Factura (Responsable de IVA) Cuenta de Cobro Declaración de Renta Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 35

Régimen Común y Simplificado Toda persona jurídica, por el sólo hecho de ser jurídica

Régimen Común y Simplificado Toda persona jurídica, por el sólo hecho de ser jurídica debe pertenecer al régimen común. Los topes de ingresos y demás requisitos sólo aplican para las personas naturales, puesto que las personas jurídicas serán siempre del régimen común sin importar sus ingresos. El régimen común está obligado a facturar, a cobrar IVA, a declarar y a llevar contabilidad. El régimen simplificado no está obligado a ninguna de ellas. http: //www. gerencie. com/diferencie-entre-regimen-comun-y-regimen-simplificado. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 36

Requisitos para Régimen Simplificado ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado en el 2014 ?

Requisitos para Régimen Simplificado ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado en el 2014 ? Cambia el año (2014) y se modifican los topes de los diferentes requisitos que se deben cumplir para pertenecer al régimen simplificado en el impuesto a las ventas, según el artículo 499 del estatuto tributario. En primer lugar hay que precisar que al régimen simplificado sólo pueden pertenecer las personas naturales que venden productos o prestan servicios gravados con el impuesto a las ventas. Los exentos clasifican como gravados, sólo que a la tarifa del 0%. Que los ingresos obtenidos en el 2013 hayan sido inferiores a $107. 364. 000. (Numeral 1 del artículo 499 del Estatuto tributario). Que no tenga más de un establecimiento de comercio u oficina. (Numeral 2 del artículo 499). Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. (Numeral 4) Que no sean usuarios aduaneros. (Numeral 5) Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 37

Requisitos para Régimen Simplificado ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado en el 2014 ?

Requisitos para Régimen Simplificado ¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado en el 2014 ? Que en el año gravable 2013 no haya celebrados contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual superior a 3. 300 Uvt ($88. 575. 000). (Numeral 6 artículo 499) Que durante el año 2014 no celebre contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor individual superior a 3. 300 Uvt, esto es $ 90. 701. 000. Se toma como referencia el Uvt del 2014. (Numeral 6 artículo 499) Que el monto de las consignaciones durante el 2013 no hayan superado la suma de $ 120. 785. 000 y durante el 2014 no superen la suma de $ 123. 683. 000. (Numeral 7 del artículo 499) Nota: Cuando la norma habla de año anterior, en este caso 2013, el Uvt que se toma es el del 2013, cuando se refiere “al respectivo año”, se toma el Uvt vigente en el 2014. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 38

Requisitos para Régimen Simplificado Uvt tomados como referencia: 2013: 26. 845 2014: 27. 485

Requisitos para Régimen Simplificado Uvt tomados como referencia: 2013: 26. 845 2014: 27. 485 Se reitera una vez más que la persona natural debe cumplir con cada uno de los requisitos, pues con uno que no se cumpla ya no se puede pertenecer al régimen simplificado en el Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 39

Registro Único Tributario (RUT) RUT: Registro Único Tributario NIT: Número de Identificación Tributaria §

Registro Único Tributario (RUT) RUT: Registro Único Tributario NIT: Número de Identificación Tributaria § El Rut contiene el NIT, que es el número único que identifica a cada contribuyente. § El Rut es el documento que contienen todos los datos que identifican plenamente al contribuyente, entre ellos el NIT. § Es como la cédula de ciudadanía, la cual contiene el número único que identifica al ciudadano junto con otros datos como el nombre, estatura, lugar de nacimiento, etc. § En resumen, el NIT es sólo una parte del RUT, y el RUT el cual es el documento completo que contiene toda la información del contribuyente. http: //www. gerencie. com/diferencia-entre-rut-y-nit. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 40

IMPUESTOS

IMPUESTOS

IVA Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el

IVA Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante. http: //www. gerencie. com/impuesto-a-las-ventas. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 42

Retención en la Fuente Es un mecanismo para recaudar impuestos (Renta, IVA, Timbre, entre

Retención en la Fuente Es un mecanismo para recaudar impuestos (Renta, IVA, Timbre, entre otros) anticipadamente. El efecto sobre los impuestos es que en el momento en el que se declara, estos valores podrán ser deducidos del valor total del impuesto. Para las personas no declarantes, la retención en la fuente será el impuesto. http: //www. eafit. edu. co/escuelas/administracion/consultoriocontable/Documents/boletines/fiscal/b 5. pdf Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 43

Impuesto de Renta El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que obtenga

Impuesto de Renta El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que obtenga un contribuyente en el año, que sean susceptibles de producir incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, siempre que no hayan sido expresamente exceptuados, y considerando los costos y gastos en que se incurre para producirlos http: //www. eafit. edu. co/escuelas/administracion/consultori o-contable/Documents/boletines/fiscal/b 4. pdf Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 44

Impuesto de Industria y Comercio Es el gravamen establecido sobre las actividades industriales, comerciales

Impuesto de Industria y Comercio Es el gravamen establecido sobre las actividades industriales, comerciales y de servicios, a favor de cada uno de los distritos y municipios donde ellas se desarrollan, según la liquidación privada (Diccionario Integrado Contable Fiscal. CIJUF. 2002) http: //www. eafit. edu. co/escuelas/administracion/consultoriocontable/Documents/boletines/fiscal/b 4. pdf Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 45

LICENCIAS DE SOFTWARE

LICENCIAS DE SOFTWARE

Licencia de Software El software está protegido por el Derecho de Autor y la

Licencia de Software El software está protegido por el Derecho de Autor y la Ley 603 de 2000 Muchas empresas desconocen los inconvenientes que pueden traer una inadecuada administración del software o el uso de programas ilegales en la compañía El software es un activo y como tal debe estar asentado en libros contables de la compañía. La Ley 603 de 2000 obliga a las empresas a declarar en los Informes de Gestión que los programas de computador cuentan con las respectivas licencias http: //www. colombiacumple. com/empresa. htm Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 47

Licencia de Software El uso ilegal de programas de software es un delito que

Licencia de Software El uso ilegal de programas de software es un delito que puede traer penas de prisión y multas, además de los riesgos asociados a la seguridad de la información para el negocio Business Software Alliance (BSA) Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Federación Colombiana de la Industria del Software y Tecnologías Relacionadas (FEDESOFT) Grupo de Delitos Informáticos de la Policía Nacional Unidad Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y las Telecomunicaciones de la Fiscalía General de la Nación http: //www. colombiacumple. com/empresa. htm Campaña informativa para las empresas en Colombia: “Colombia Cumple” Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 48

ASPECTOS ORGANIZACIONALES

ASPECTOS ORGANIZACIONALES

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Estructura Organizacional Proceso de creación de una estructura de relaciones que permita que los

Estructura Organizacional Proceso de creación de una estructura de relaciones que permita que los empleados realicen los planes de la gerencia y cumplan las metas de esta. PASOS: Definir el organigrama de la organización Delinear las relaciones, definir las líneas de enlace para facilitar la coordinación Configurar Métodos, Estructura Jerárquica, Definición actividades y Estructurar Procesos Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 51

Estructura Organizacional En una empresa cada empleado debe aportar su esfuerzo para lograr la

Estructura Organizacional En una empresa cada empleado debe aportar su esfuerzo para lograr la generación de riqueza y recibir en forma justa, lo que se merece de acuerdo con su trabajo. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 52

DISEÑO DE CARGOS

DISEÑO DE CARGOS

Diseño de Cargos § Un cargo "es la reunión de todas aquellas actividades realizada

Diseño de Cargos § Un cargo "es la reunión de todas aquellas actividades realizada por una sola persona, que pueden unificarse en un solo concepto y ocupa un lugar formal en el organigrama". § Descripción del cargo: tareas, deberes y responsabilidades del cargo § Perfil del cargo: se ocupa de los requisitos que el aspirante necesita cumplir. § La descripción y perfil de cargos son una fuente de información básica para toda organización ya que apoyan y complementan la estructura definida en el diseño organizacional § Insumo principal en la planeación de recursos humanos, ya que es necesario para el proceso de selección de nuevo personal, para la programación de planes de capacitación, determinar la carga de trabajo e incentivos y la administración de remuneraciones. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 54

CONTRATACIÓN DE PERSONAL

CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Contratación Contrato Laboral Qué es un contrato de trabajo? El Contrato es un acto

Contratación Contrato Laboral Qué es un contrato de trabajo? El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lícita, objeto lícito), concurran los elementos esenciales: http: //www. mintrabajo. gov. co/preguntas-frecuentes/contrato-de-trabajo. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 56

Contratación Contrato Laboral - 3 Elementos esenciales : 1. La actividad personal del trabajador,

Contratación Contrato Laboral - 3 Elementos esenciales : 1. La actividad personal del trabajador, (realizada por sí mismo) 2. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, (exigir el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato) 3. Un salario como retribución del servicio. Una vez reunidos los tres elementos, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen (artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo) http: //www. mintrabajo. gov. co/preguntas-frecuentes/contrato-de-trabajo. html Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 57

CONTRATO A TERMINO FIJO La señora Marta, vinculada mediante contrato de trabajo a término

CONTRATO A TERMINO FIJO La señora Marta, vinculada mediante contrato de trabajo a término fijo con duración de 2 años, con un sueldo de $1. 200. 000 termina su contrato el 31 de octubre de 2011. A 31 de diciembre de 2010 se le liquidaron correctamente todos los conceptos de nomina correspondientes, por lo que solo se le deben liquidar los correspondientes al año 2011. Desarrollo. Días a liquidar: 01 de enero de 2011 a 31 de octubre de 2011 = 300 días. Ø Prestaciones sociales. Prima de servicios: (1. 200. 000*120)/360 = 400. 000 Vacaciones: (1. 200. 000*300)/720 = 500. 000 Cesantías: (1. 200. 000*300)/360 = 1. 000 Intereses sobre cesantías. (1. 000*300*. 12)/360 = 100. 000 Nota. La prima de servicios corresponde a la prima de diciembre, puesto que la de junio ya debió haberse pagado. Ø Aportes parafiscales. Los aportes parafiscales se deben pagar mensualmente, por lo que solo es necesario calcular los del último mes. Cajas de compensación familiar. 1. 200. 000*0. 04 = 48. 000 I. C. B. F. 1. 200. 000*0. 03 = 36. 000 Sena. 1. 200. 000*0. 02 = 24. 000 Ø Seguridad social. La seguridad social, igual que los Aportes parafiscales se deben pagar cada mes, por lo que se asume que en este caso solo de adeuda el ultimo mes. Pensión. 1. 200. 000*0. 12 = 144. 000 Salud. 1. 200. 000*0. 085 = 102. 000 Nota. 1. Solo se ha calculado la parte que el corresponde al empleador, lo que le corresponde al empleado se le deduce de su salario. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 58

PORQUE SE PUEDE TERMINAR UN CONTRATO LABORAL El artículo 61 del código sustantivo del

PORQUE SE PUEDE TERMINAR UN CONTRATO LABORAL El artículo 61 del código sustantivo del trabajo establece las causas o situaciones que pueden desencadenar la terminación del contrato de trabajo por: Por muerte del trabajador; Por mutuo consentimiento; Por expiración del plazo fijo pactado; Por terminación de la obra o labor contratada; Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento; Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días; Por sentencia ejecutoriada; Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7 o. , del Decreto-ley 2351 de 1965, y 6 o. de esta ley; Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato. h t t p : / / w w w. g e r e n c i e. c o m / t e r m i n a c i o n - d e l - c o n t r a t o - d e - t r a b a j o. h t m l Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 59

INDEMNIZACIÓN CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO Ahora supongamos que el contrato vencía el 31 de

INDEMNIZACIÓN CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO Ahora supongamos que el contrato vencía el 31 de diciembre (contrato a término fijo), pero la empleada fue despedida sin justa causa el 31 de octubre. En este caso, como se trata de un contrato de a termino fijo, la indemnización corresponde a al valor de los salarios faltantes para la terminación del contrato. Despido del trabajador: 31 de octubre. Fecha de vencimiento del contrato: 31 de diciembre. Meses que faltan para finalizar el contrato: 2 Valor de la indemnización: 1. 200. 000*2 = 2. 400. 000 Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 60

TERMINACIÓN DE CONTRATO LABORAL Al momento de liquidar el Contrato de trabajo se deben

TERMINACIÓN DE CONTRATO LABORAL Al momento de liquidar el Contrato de trabajo se deben liquidar las respectivas prestaciones sociales, al igual que pagar todos conceptos relacionados con los aportes parafiscales y de seguridad social. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 61

INDEMNIZACIÓN CONTRATO A TERMINO FIJO (…) el valor de los salarios correspondientes al tiempo

INDEMNIZACIÓN CONTRATO A TERMINO FIJO (…) el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días. Como se observa, el procedimiento es muy sencillo, puesto que sólo hay que determinar el tiempo que falta para terminar el contrato de trabajo. Supongamos un trabajador con un sueldo de $1. 000 mensual, con un contrato de trabajo a tres años y que ha sido despedido cuando le faltaban 7 meses para terminar el contrato. Duración del contrato: 36 meses Tiempo de ejecución: 29 meses Tiempo faltante: 7 meses Indemnización: 7 x 1. 000 = $7. 0000 Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 62

CONTRATO A TERMINO FIJO CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO VENTAJAS DESVENTAJAS Terminación Unilateral por Justa

CONTRATO A TERMINO FIJO CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO VENTAJAS DESVENTAJAS Terminación Unilateral por Justa Causa sin Indemnización Terminación Unilateral sin Justa Causa con Indemnización Contrato para labores temporales por periodos de tiempo específicos Ambiente de Inestabilidad Laboral Indemnización y Prestaciones sociales proporcional al periodo de tiempo Ambiente de Estabilidad Laboral DIGITALIZACION ARCHIVO SECRETARIA ASISTENTE PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 63

CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS Contrato Prestación de Servicios La contratación personal de un trabajador

CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS Contrato Prestación de Servicios La contratación personal de un trabajador independiente bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios tendrá que ser de manera ocasional, de modo tal que no se cumpla con los requisitos contemplados en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, que no se genere una relación laboral. http: //www. aliadolaboral. com/personas/SE 4/Banco. Conocimiento/P/p-normas-contrato-prestacionservicios-colombia/p-normas-contrato-prestacion-servicios-colombia. aspx Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 64

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Las empresas pueden contratar personal mediante dos tipos de

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Las empresas pueden contratar personal mediante dos tipos de contrato: contrato de servicios y contrato de trabajo. El contrato de servicios es un tipo de contrato diferente al contrato laboral. El contrato de servicios está regulado por el código civil, entre tanto, el contrato de trabajo o contrato laboral está regulado por el código sustantivo del trabajo. Cuando hablamos de liquidación en un contrato, nos estamos refiriendo a la liquidación de algunos beneficios económicos que la legislación laboral otorga a los trabajadores, como son las prestaciones sociales que corresponden a la prima de servicios, cesantías, intereses sobre cesantías y a las vacaciones. Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 65

Prestaciones Sociales y Aportes parafiscales: Antes de la reforma Sena 2% ICBF 3% Cajas

Prestaciones Sociales y Aportes parafiscales: Antes de la reforma Sena 2% ICBF 3% Cajas de Compensación 4% Familiar Con la Reforma No aporta 4% http: //www. consultas-laborales. com. co/index. php? option=com_content&view=article&id=342: parafiscales-sena -icbf-salud-exoneracion&catid=1: laboral&Itemid=86 Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 66

Prestaciones Sociales y Aportes Prestacionales Sociales Cesantías Prima de servicios Vacaciones Intereses Cesantías Seguridad

Prestaciones Sociales y Aportes Prestacionales Sociales Cesantías Prima de servicios Vacaciones Intereses Cesantías Seguridad social Salud Pensión ARL 8. 33% 4. 17% 1. 00% mensual Empleador Empleado 8, 5 % 4, 0 % 12, 0 % 4, 0 % 1, 00 % Aprox. http: //www. consultaslaborales. com. co/index. php? option=com_content&view= article&id=342: parafiscales-sena-icbf-saludexoneracion&catid=1: laboral&Itemid=86 Empresarismo Sura Formación y Desarrollo Todos los derechos reservados 2014 67