Fiscalizacin del impuesto a la renta Deduccin de

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Fiscalización del impuesto a la renta Deducción de gastos Principales áreas de atención y

Fiscalización del impuesto a la renta Deducción de gastos Principales áreas de atención y vulnerabilidad en la auditoría fiscal desarrollada por la Administración Tributaria. RUBÈN DEL ROSARIO MAYO 2014

Temario § § § Provisión y castigo de incobrables Cuentas por cobrar: Dividendos e

Temario § § § Provisión y castigo de incobrables Cuentas por cobrar: Dividendos e Intereses presuntos Mermas y Desmedros de existencia Depreciación de activos fijos Gastos inherentes a rentas exentas noviembre 20

Provisión y Castigo de Cobranza Dudosa LIR, 37°, i) RIR, 21°, f), g)

Provisión y Castigo de Cobranza Dudosa LIR, 37°, i) RIR, 21°, f), g)

Provisiones y castigos de Cobranza Dudosa LIR, 37°, i), p 1 Objetivo de auditoría

Provisiones y castigos de Cobranza Dudosa LIR, 37°, i), p 1 Objetivo de auditoría tributaria Técnica y/o procedimiento § Son deducibles los castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto, siempre que se determinen las cuentas a las que corresponden. (Volver a la Lámina 28) § Verificar que: • Las provisiones califican como equitativas ü Cumplimiento de los requisitos (RIR, 21º, f), 2, a) • Están determinadas las cuentas a las que corresponden 4 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Calificación de la “Provisión equitativa” RIR, 21°, f), 2, b) § La provisión, en

Calificación de la “Provisión equitativa” RIR, 21°, f), 2, b) § La provisión, en cuanto se refiere al monto, se considerará equitativa: • Si guarda relación con la parte o el total si fuere el caso, que con arreglo al literal a) de este numeral se estime de cobranza dudosa. 5 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Carácter de “deuda incobrable” LIR, 37°, i), p 2 (DL 945, 25° -23. 12.

Carácter de “deuda incobrable” LIR, 37°, i), p 2 (DL 945, 25° -23. 12. 2003) Objetivo de auditoría tributaria Técnica y/o Procedimiento § No se reconoce el carácter de deuda incobrable a: § Determinar la existencia de vinculación directa o indirecta con el deudor. • Las contraídas entre partes vinculadas. § Obtener información sobre • Las Afianzadas o Garantizadas. fianzas y garantías • Las renovadas o prorrogadas expresamente. § Obtener información sobre renovaciones de créditos y/o prórrogas de plazos y vencimientos. 6 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Verificación del “carácter” de deuda incobrable RIR, 21°, f), 1 Objetivo de auditoría tributaria

Verificación del “carácter” de deuda incobrable RIR, 21°, f), 1 Objetivo de auditoría tributaria Técnica y/o Procedimiento § El carácter de deuda incobrable o no, deberá verificarse en el momento en que se efectúa la provisión contable. ● § Calificación de incobrable: • Referida al riesgo: ü Dificultades financieras ü Morosidad • Referida al deudor: ü Vinculados • Referida a la deuda en sí: ü Garantías o Fianzas ü Renovadas o prorrogadas § Oportunidad: • Registro contable de la provisión 7 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Requisitos tributarios de la provisión RIR, 21°, f), 2 Objetivo de Auditoría Tributaria §

Requisitos tributarios de la provisión RIR, 21°, f), 2 Objetivo de Auditoría Tributaria § Deuda vencida § Demostración: • Dificultad financiera (Deudor): ü ü • Análisis periódico de los créditos, o Por otros medios, o Morosidad del deudor mediante: ü ü Gestiones de cobro luego del vencimiento de la deuda, o Protesto de documentos, o Inicio de procedimientos judiciales, o Más de 12 meses de antigüedad; § Provisión discriminada en el LIB al cierre de cada EG. Técnicas y Procedimientos § Evidencia de los plazos concedidos • Facturas, Letras y/o Contratos § Documentación relativa a: • • Dificultad financiera o Morosidad § Evidencia contable del detalle • LIB o sustituto “al cierre” 8 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Requisitos para el Castigo de incobrables RIR 21°, g) - (DS 134 -2004 -EF,

Requisitos para el Castigo de incobrables RIR 21°, g) - (DS 134 -2004 -EF, 13°, (05. 10. 2004) Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos § Deuda provisionada § Condiciones: § Verificar el registro contable de la provisión (asiento en LD y LIB) 1. Ejercicio de acciones judiciales hasta la imposibilidad de cobro § Obtener evidencia (Sentencia). documentaria sobre: ü Salvo demostración de la inutilidad judicial; ü Monto exigible a cada deudor no mayor a 3 UIT. Ø S/. 11, 100 (Para el 2013). • • • Acciones judiciales culminadas Demostración de inutilidad Importe menor a 3 UIT 9 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Castigo de incobrables: ¿NO DEDUCIBLE? Efectos económicos, contables y tributarios 1 2 12 PROVISIONES

Castigo de incobrables: ¿NO DEDUCIBLE? Efectos económicos, contables y tributarios 1 2 12 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Provisión y castigo: ¿Constituyen actos jurídicos independientes? SI NO § El gasto por la

Provisión y castigo: ¿Constituyen actos jurídicos independientes? SI NO § El gasto por la provisión no podría ser objetado (reparado) como consecuencia del incumplimiento de los requisitos para el castigo. § La unicidad de los actos (provisión y castigo) obligaría a reparar el gasto por la provisión, aunque ésta haya atendido sus requisitos, si el castigo no evidencia el cumplimiento de los suyos. (Ver lámina 4) 13 TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA TRIBUTARIA noviembre 20

Incumplimiento de los requisitos del castigo CT, 178°, 2 § Infracción: • Llevar los

Incumplimiento de los requisitos del castigo CT, 178°, 2 § Infracción: • Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por RS de la SUNAT, (…); sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. § Sanción: • • Multa = 0. 3% de los IN No menor al 10% de la UIT, ni mayor a 12 UIT. 14 PROVISIONES Y CASTIGOS DE COBRANZA DUDOSA noviembre 20

Cuentas por cobrar diversas Dividendos e intereses presuntos LIR, 24°-A, f) - RIR, 13°-A,

Cuentas por cobrar diversas Dividendos e intereses presuntos LIR, 24°-A, f) - RIR, 13°-A, a): Dividendos LIR, 26° - RIR, 15°, a) al e): Intereses

Dividendos presuntos: Calificación LIR, 24°-A, f) § Todo crédito § Hasta el límite de

Dividendos presuntos: Calificación LIR, 24°-A, f) § Todo crédito § Hasta el límite de las utilidades y reservas de libre disposición ● § Otorgados por las PJ en favor de sus socios, asociados, (…) ●; § En efectivo o en especie; § Con carácter general o particular; § Cualquiera sea la forma dada a la operación; 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de los dividendos presuntos RIR, 13°-A, a) § Las utilidades distribuidas se generarán

Límite de los dividendos presuntos RIR, 13°-A, a) § Las utilidades distribuidas se generarán únicamente respecto del monto que le corresponde al socio, asociado, titular o persona que integra la PJ en las utilidades o reservas de libre disposición. ● § En caso que el crédito o entrega exceda de tal monto, la diferencia se considerará como préstamo y se configurarán los intereses presuntos (LIR, 26º), salvo prueba en contrario. 17 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de la presunción de dividendos Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012

Límite de la presunción de dividendos Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012 UTILIDADES O RESERVAS DE LIBRE DISPOSICIÓN 18 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de la presunción de dividendos (2) Patrimonio neto al 31 de diciembre de

Límite de la presunción de dividendos (2) Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012 UTILIDADES O RESERVAS DE LIBRE DISPOSICIÓN 19 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de la presunción de dividendos (3) Patrimonio neto al 31 de diciembre de

Límite de la presunción de dividendos (3) Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012 UTILIDADES O RESERVAS DE LIBRE DISPOSICIÓN 20 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de la presunción de dividendos (4) Patrimonio neto al 31 de diciembre de

Límite de la presunción de dividendos (4) Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012 21 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Límite de la presunción de dividendos (5) Patrimonio neto al 31 de diciembre de

Límite de la presunción de dividendos (5) Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2012 22 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Dividendos presuntos (2) LIR, 24°-A, f) § Siempre que no exista obligación para devolver

Dividendos presuntos (2) LIR, 24°-A, f) § Siempre que no exista obligación para devolver o, • El plazo otorgado para su devolución exceda de 12 meses, • La devolución o pago no se produzca dentro de dicho plazo o, • No obstante los acuerdos, la renovación sucesiva o la repetición de operaciones similares permita inferir la existencia de una operación única, cuya duración total exceda de tal plazo. 23 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Dividendos por créditos otorgados RIR, 91° § Los créditos serán considerados como dividendos (…)

Dividendos por créditos otorgados RIR, 91° § Los créditos serán considerados como dividendos (…) desde el momento de su otorgamiento. § La PJ deberá cumplir con abonar al Fisco el monto que debió ser retenido, dentro del mes siguiente de producido cualquiera de los hechos establecidos (LIR, 24°-A, f) para que el crédito sea considerado dividendo. § Los créditos así otorgados deben constar en un contrato escrito. § En el caso de pago parciales, se considerará dividendos al saldo no pagado de la deuda. 24 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Intereses presuntos: Calificación LIR, 26° § Todo préstamo en dinero § Cualquiera que sea

Intereses presuntos: Calificación LIR, 26° § Todo préstamo en dinero § Cualquiera que sea su denominación, naturaleza o forma o razón § Esta presunción rige, aún cuando: • • • No se hubiera fijado el tipo de interés, Se hubiera estipulado que el préstamo no devengará intereses, o Se hubiera convenido en el pago de un interés menor. § Salvedad: Esta presunción admite prueba en contrario • Libros de contabilidad del deudor ● 25 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Intereses presuntos LIR, 26° Préstamos en MN Préstamos en ME § Interés no inferior

Intereses presuntos LIR, 26° Préstamos en MN Préstamos en ME § Interés no inferior a la TAMN § Interés no menor a la tasa promedio de depósitos a 6 meses del mercado intercambiario de Londres (LIBOR) del último semestre calendario del año anterior. • Publicado por la SBS. 26 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Intereses presuntos: Préstamos en MN http: //www. sbs. gob. pe/app/stats/Tasa. Diaria_1. asp 27 CUENTAS

Intereses presuntos: Préstamos en MN http: //www. sbs. gob. pe/app/stats/Tasa. Diaria_1. asp 27 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Intereses presuntos: Préstamos en MN 28 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Intereses presuntos: Préstamos en MN 28 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Presunción inaplicable: Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 26°, p 5 § PRÉSTAMOS a personal

Presunción inaplicable: Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 26°, p 5 § PRÉSTAMOS a personal de la empresa: • ADELANTO de sueldo ü Hasta 1 UIT Ø S/. 3, 700 para el 2013 y Ø S/. 3, 650 para el 2012 • ? Destino: Adquisición o construcción de viviendas de tipo económico ü Hasta 30 UIT Ø S/. 111, 000 para el 2013 Ø S/. 109, 500 para el 2012 29 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Presunción inaplicable: Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 26°, p 5 § Préstamos celebrados entre

Presunción inaplicable: Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 26°, p 5 § Préstamos celebrados entre los trabajadores y sus empleadores en virtud de convenios colectivos aprobados por la Autoridad Administrativa de Trabajo. § Préstamos del exterior otorgados por personas no domiciliadas a los sujetos previstos en el Artículo 18º ó en el inciso b) del Artículo 19º. 30 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS noviembre 20

Mermas y desmedros de Existencias LIR, 37°, f) RIR, 21°, c)

Mermas y desmedros de Existencias LIR, 37°, f) RIR, 21°, c)

Deducción de mermas y desmedros § Son deducibles: • Las (…) mermas y desmedros

Deducción de mermas y desmedros § Son deducibles: • Las (…) mermas y desmedros de existencias debidamente acreditados, (…). 32 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Mermas de existencias RLIR, 21°, c), 1 p PÉRDIDA FÍSICA ORÍGEN PESO NATURALEZA DEL

Mermas de existencias RLIR, 21°, c), 1 p PÉRDIDA FÍSICA ORÍGEN PESO NATURALEZA DEL BIEN VOLÚMEN CANTIDAD PROCESO DE PRODUCCIÓN 33 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Mermas de existencias RLIR, 21°, c), 2 p EMITIDO POR ¿Cuándo? REQUERIMIENTO INFORME TÉCNICO

Mermas de existencias RLIR, 21°, c), 2 p EMITIDO POR ¿Cuándo? REQUERIMIENTO INFORME TÉCNICO CONTENIDO MÉTODOS EMPLEADOS PROFESIONAL § INDEPENDIENTE § COMPETENTE § COLEGIADO ORGANISMO TÉCNICO COMPETENTE PRUEBAS REALIZADAS 34 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Desperdicio anormal: Exclusión del costo NIC 2, p 16 § Son ejemplos de costos

Desperdicio anormal: Exclusión del costo NIC 2, p 16 § Son ejemplos de costos excluidos del costo de los inventarios, y por tanto reconocidos como gastos del periodo en el que se incurren, los siguientes: • las cantidades anormales de desperdicio de: ü materiales, ü mano de obra u ü otros costos de producción; • (…) 35 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Mermas de existencias NIC 2, p. 16 (a) MERMAS NORMALES ANORMALES COSTO DE LAS

Mermas de existencias NIC 2, p. 16 (a) MERMAS NORMALES ANORMALES COSTO DE LAS EXISTENCIAS GASTO DEL PERIODO 36 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Costo: Aplicación supletoria de las NIIF RIR, 11°, g) § Para la determinación del

Costo: Aplicación supletoria de las NIIF RIR, 11°, g) § Para la determinación del costo computable de los bienes o servicios, se tendrán en cuenta supletoriamente: • • • las normas que regulan el ajuste por inflación con incidencia tributaria, las NIC (NIIF, CINIC, CINIIF) y los PCGA, § En tanto no se opongan a lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento. ● 37 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Autorización reglamentaria de la LIR RIR, 11º, g) § Objetivo de Auditoría Tributaria: •

Autorización reglamentaria de la LIR RIR, 11º, g) § Objetivo de Auditoría Tributaria: • Determinación del costo computable de los bienes o servicios • Técnica y/o Procedimiento: – Verificación de la aplicación de: • ACM • NIC • PCGA 38 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Aplicación Supletoria de las Normas Contables (2) § Objetivo de Auditoría Tributaria: • “…

Aplicación Supletoria de las Normas Contables (2) § Objetivo de Auditoría Tributaria: • “… en tanto no se opongan a lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento. ” § Técnicas y Procedimientos: • Verificación de la inexistencia de normas tributarias específicas 39 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Mermas de existencias (Ejemplo didáctico) NIC 2, p. 16 (a) Vs RLIR, 21°, c)

Mermas de existencias (Ejemplo didáctico) NIC 2, p. 16 (a) Vs RLIR, 21°, c) 40 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Mermas de existencias – Cálculo integral NIC 2, p. 16 (a) Vs RLIR, 21°,

Mermas de existencias – Cálculo integral NIC 2, p. 16 (a) Vs RLIR, 21°, c) 41 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Desmedro: Calificación tributaria RIR, 21°, c), 2 § Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable

Desmedro: Calificación tributaria RIR, 21°, c), 2 § Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados. 42 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Desmedros de existencias: Calificación contable DESVALORIZACIÓN: VALOR NETO REALIZABLE (VNR) NIC 2, p. 28

Desmedros de existencias: Calificación contable DESVALORIZACIÓN: VALOR NETO REALIZABLE (VNR) NIC 2, p. 28 «… los activos no deben registrarse en libros por encima de los importes que se espera obtener a través de su venta o uso…» 43 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Valor Neto Realizable (VNR) § Precio estimado de venta de un activo • NIC

Valor Neto Realizable (VNR) § Precio estimado de venta de un activo • NIC 2, p. 6 En el curso normal de la operación § Menos: • • Costos estimados para terminar su producción; y Los necesarios para llevar a cabo la venta. 44 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Acreditación tributaria del desmedro RIR, 21°, c), 3 p Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas

Acreditación tributaria del desmedro RIR, 21°, c), 3 p Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos § Destrucción de las existencias § Testimonio formal: § Obtención de evidencia del cumplimiento de los requisitos reglamentarios • • Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, § Previa comunicación a la SUNAT • En un plazo no menor de 6 días hábiles anteriores a la fecha en que llevará a cabo la destrucción. 45 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Deducción tributaria del desmedro ASPECTO CONTROVERSIAL § ¿En qué ejercicio gravable debe imputarse las

Deducción tributaria del desmedro ASPECTO CONTROVERSIAL § ¿En qué ejercicio gravable debe imputarse las pérdidas por desmedro? § ¿En el ejercicio en el que se devenga la pérdida? (LIR, 57º) • Conocimiento o realización § ¿En el ejercicio en el que ella es acreditada? RIR, 21º, c), 3 p) • Destrucción testimoniada y previamente comunicada 46 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Dos corrientes de opinión RESTRICTIVA EXTENSIVA REGLAMENTARIA: RIR, 21º, c), 3 p LEGAL: LIR,

Dos corrientes de opinión RESTRICTIVA EXTENSIVA REGLAMENTARIA: RIR, 21º, c), 3 p LEGAL: LIR, 57º, a) § La destrucción (testimoniada § Los efectos económicos determinantes de la y comunicada) constituye el obligación tributaria se acto que evidencia la imputan al EG en el que se pérdida y “la acredita devengan. debidamente”. § La LIR no define el devengo § En tal sentido su deducción ni precisa sus alcances, solo es imputable en el EG en el plantea algunas excepciones. que se cumple el requisito. § En consecuencia resulta aplicable el concepto contable del devengo. 47 MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIAS noviembre 20

Activo fijo y depreciación LIR, 38° a 43° RIR, 22°, 23° DS 194 -99

Activo fijo y depreciación LIR, 38° a 43° RIR, 22°, 23° DS 194 -99 -EF 2ª DFT DS 134 -2004 -EF, 3ª DF

Depreciaciones Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da

Depreciaciones Objetivo de Auditoría Tributaria LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194 -99 -EF • Cómputo Anual, sobre el valor de adquisición o producción de los bienes o sobre los valores que resulten del ACM del balance. • A partir del mes en que los AF son utilizados en la generación de RG. • Afectación parcial: Cuando los bienes sólo se afecten parcialmente a la producción de rentas, las depreciaciones se efectuarán en la proporción correspondiente. 50 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciaciones: Técnicas y Procedimientos LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT,

Depreciaciones: Técnicas y Procedimientos LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194 -99 -EF § Verificación de la base de cálculo de las depreciaciones (Costo de adquisición o ACM) § Verificación de la fecha de inicio del uso del bien (Depreciaciones en proporción al Nº de meses de uso en el año) § Verificación que los bienes hayan sido utilizados exclusivamente en la generación de rentas. En caso contrario, la afectación del gasto es proporcional 51 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACION ACUMULADA noviembre 20

Depreciaciones (2) LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194

Depreciaciones (2) LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194 -99 -EF § (…) § En ningún caso se admitirá la rectificación de las depreciaciones contabilizadas en un EG, una vez cerrado éste. • Sin perjuicio de la facultad del contribuyente de modificar el porcentaje de depreciación aplicable a EG futuros. § (…) 52 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciaciones (3) LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194

Depreciaciones (3) LIR, 38º- 43º - RIR, 22° y 2 da DFT, DS 194 -99 -EF § (…) § Informe 66 -2006 -SUNAT: • El contribuyente, en el curso del EG, puede rectificar el % de depreciación, sin que exceda el % máximo establecido en el RIR. 53 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación tributaria aceptada: ¿“contabilizada”? RIR, 22°, b), 2 p § La depreciación aceptada tributariamente

Depreciación tributaria aceptada: ¿“contabilizada”? RIR, 22°, b), 2 p § La depreciación aceptada tributariamente será aquélla que se encuentre contabilizada dentro del EG en los libros y registros contables, siempre que no exceda el % máximo establecido en la Tabla (RIR, 22º, A) para cada unidad del AF, sin tener en cuenta el método de depreciación aplicado por el contribuyente. • El subrayado es nuestro 55 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación contabilizada RTF 10498 -3 -2008 (02. 09. 2008) ¿Qué tipo de § contabilización?

Depreciación contabilizada RTF 10498 -3 -2008 (02. 09. 2008) ¿Qué tipo de § contabilización? La obligación de efectuar el registro contable de las depreciaciones condiciona la posibilidad de deducir este concepto para efecto de la determinación de la renta neta. 56 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación Contabilizada Formas del registro contable Contabilidad FINANCIERA Contabilidad ADMINISTRATIVA PCGE, ELEMENTO 0: CUENTAS

Depreciación Contabilizada Formas del registro contable Contabilidad FINANCIERA Contabilidad ADMINISTRATIVA PCGE, ELEMENTO 0: CUENTAS DE ORDEN, p. 217 § Reconocimiento, medición, § Registro y revelación de clasificación y registro de las compromisos y operaciones. contingencias, que originan una relación jurídica o no. § Preparación y presentación de los Estados Financieros § No afecta el patrimonio ni los resultados § Revelación de situaciones de importancia para los § Probable afectación futura usuarios de tales estados. de la situación financiera, resultados y flujos. 57 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Asientos contables de la Depreciación Formas del registro contable Contabilidad FINANCIERA Contabilidad ADMINISTRATIVA PCGE,

Asientos contables de la Depreciación Formas del registro contable Contabilidad FINANCIERA Contabilidad ADMINISTRATIVA PCGE, ELEMENTO 0: CUENTAS DE ORDEN, p. 217 § DEBE HABER Débito: § Débito: GASTO POR GASTO FISCAL DEPRECIACIÒN 750 P. DEPRECIACIÒN 250 § Crédito: DEPRECIACIÓN ACUMULADA 750 ACUMULADA PARA FINES FISCALES 250 Tasa Técnica: Valor Depreciable: 7. 5% S/. 10, 000 Tasa Técnica: 2. 5% (Adicional para alcanzar el % LIR) Valor Depreciable: S/. 10, 000 58 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación deducible: “Contabilizada” √ ? 59 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación deducible: “Contabilizada” √ ? 59 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Elemento 0: Cuentas de Orden PCGE § “… cuentas que representan compromisos y contingencias,

Elemento 0: Cuentas de Orden PCGE § “… cuentas que representan compromisos y contingencias, que dan origen a una relación jurídica o no con terceros, sin afectar el patrimonio neto ni los resultados de la empresa, hasta la fecha de los estados financieros que se presentan, pero cuyas consecuencias futuras pudieran tener efecto en su situación financiera, resultados y flujos de efectivo. ” 60 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Deducción: Formas del registro contable RIR, 33° § “La contabilización de operaciones bajo principios

Deducción: Formas del registro contable RIR, 33° § “La contabilización de operaciones bajo principios de contabilidad generalmente aceptados, puede determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. (…). ” 61 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Deducción: Formas del registro contable (2) RIR, 33° § “(…). En consecuencia, salvo que

Deducción: Formas del registro contable (2) RIR, 33° § “(…). En consecuencia, salvo que la Ley o el Reglamento condicione la deducción al registro contable, la forma de contabilización de Las operaciones no originará la pérdida de una deducción. ” • El subrayado es nuestro 62 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación de bienes revaluados LIR, 44°, l) § No es deducible: • • El

Depreciación de bienes revaluados LIR, 44°, l) § No es deducible: • • El monto de la depreciación correspondiente al mayor valor atribuido como consecuencia de revaluación voluntaria de los activos con motivo de reorganización de empresas o sociedades o fuera de estos actos. (…) 63 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Depreciación de bienes revaluados LIR, 20°, 38° al 43° § No es deducible: •

Depreciación de bienes revaluados LIR, 20°, 38° al 43° § No es deducible: • (…) • Salvedad: LIR, 104°, 1: OPCIÓN ü Si las sociedades o empresas acordaran la revaluación voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado y el costo computable (…) estará gravado con el IR. ● ü En este caso, los bienes transferidos, así como los del adquirente, tendrán como costo computable el valor al que fueron revaluados. 64 ACTIVO FIJO Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA noviembre 20

Gatos inherentes a rentas exentas (GIRE) LIR, 37° RIR, 21°, p)

Gatos inherentes a rentas exentas (GIRE) LIR, 37° RIR, 21°, p)

RN: Principio de Causalidad LIR, 37° Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos §

RN: Principio de Causalidad LIR, 37° Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos § Verificar que los gastos deducidos sean causales de la RN 3 § Análisis (selectivo) de las distintas clases de gastos incurridos por el contribuyente y determinación de su relación directa o indirecta con la generación de rentas gravadas o con el mantenimiento de su fuente • • “A fin de establecer la RN 3 (RNE) Se deducirá de la RB los gastos necesarios: para: ü Producirla y ü Mantener su fuente • (…) 66 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

RN: Principio de Causalidad (2) LIR, 37° Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos

RN: Principio de Causalidad (2) LIR, 37° Objetivo de Auditoría Tributaria Técnicas y Procedimientos § (…) § En tanto la deducción no esté expresamente prohibida por la Ley. § Verificar la aplicabilidad de las limitaciones. pe. : • Limitaciones expresas (LIR, 37º Y 44º): ü Materiales ü Condicionadas al CP ü Acreditaciones legales y reglamentarias ü CP idóneos • • Gastos de representación, recreativos, directorio, remuneraciones de accionistas y parientes, etc. Acreditaciones de mermas y desmedros, daños patrimoniales, etc 67 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos de utilización común: “prorrata” RIR, 21°, p) § Objetivo de Auditoría Tributaria •

Gastos de utilización común: “prorrata” RIR, 21°, p) § Objetivo de Auditoría Tributaria • • Cuando existan gastos que incidan conjuntamente en la generación de RG, exoneradas o inafectas, y Estos no sean imputables directamente a unas u otras de dichas rentas, Se deberá calcular los gastos inherentes a la renta gravada a fin de deducirlos para la determinación de la RN. (…) 68 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos de utilización común: “prorrata” (2) RIR, 21°, p) § Técnicas y Procedimientos de

Gastos de utilización común: “prorrata” (2) RIR, 21°, p) § Técnicas y Procedimientos de Auditoría • • (…) Procedimientos: 1. Gastos directamente imputables a rentas gravadas: Ø Deducción en forma proporcional a los gastos directos imputables a la renta gravada. 2. Proporcionalidad de las rentas gravadas Ø Deducción consistente en aplicar a los “gastos comunes” el porcentaje que se obtenga de dividir la RB gravada entre el total de RB gravadas, exoneradas e inafectas. 69 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos de utilización común (3) RIR, 21° - DS 8 -2011 -EF. § Técnicas

Gastos de utilización común (3) RIR, 21° - DS 8 -2011 -EF. § Técnicas y Procedimientos de Auditoría • Renta inafecta: ü Ingresos no comprendidos en el ámbito del IR. ü Incluye aquellos con dicho carácter por norma legal ü Excepción: Ajustes valorativos contables. Ø Reversión de provisiones = INGRESOS: o Incobrables o Desvalorización de existencias o Obsolescencia o Fluctuación de valores 70 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Procedimiento 1: Deducción % de los gastos directos imputables a la renta gravada. Fuente:

Procedimiento 1: Deducción % de los gastos directos imputables a la renta gravada. Fuente: CI-13 p 11 - PDT 684 71 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Reconocimiento del “COSTO” como “GASTO” GASTO que constituye COSTO MC, p 95 (3) §

Reconocimiento del “COSTO” como “GASTO” GASTO que constituye COSTO MC, p 95 (3) § (…) Por ejemplo, los diversos componentes de gasto que constituyen el costo de las mercancías vendidas se reconocen al mismo tiempo que el ingreso ordinario derivado de la venta de los bienes. (…) COSTO Reconocimiento del COTO como un GASTO - NIC 2, p 34 § Cuando las existencias sean enajenadas, el importe en libros de las mismas se reconocerá como un gasto del ejercicio en el que se reconozcan los correspondientes ingresos ordinarios. (…) GASTO 72 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO = GASTO 73 GASTOS

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO = GASTO 73 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 74 GASTOS

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 74 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Ajustes tributarios al resultado contable incorporados en la “prorrata” 75 GASTOS INHERENTES A RENTAS

Ajustes tributarios al resultado contable incorporados en la “prorrata” 75 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Procedimiento 2: Aplicación a los gastos comunes de % = RB gravada / Total.

Procedimiento 2: Aplicación a los gastos comunes de % = RB gravada / Total. Fuente: CI-13, p 11 - PDT 682 76 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos de utilización común (3) RIR, 21° - DS 8 -2011 -EF. § (…)

Gastos de utilización común (3) RIR, 21° - DS 8 -2011 -EF. § (…) § En el caso que la RB inafecta provenga de la enajenación de bienes: • • Se deducirá el costo computable de los bienes enajenados. Concordante con la definición de RB (LIR, 20°) 77 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 78 GASTOS

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 78 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 79 GASTOS

Gastos inherentes (…) : Método de los gastos Consideración: COSTO ≠ GASTO 79 GASTOS INHERENTES A RENTAS EXENTAS noviembre 20

Gracias por su atención

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