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FCEFy. N - UNC LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL ESTUDIO DEL DERECHO Y LA ETICA

FCEFy. N - UNC LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL ESTUDIO DEL DERECHO Y LA ETICA EN LAS CARRERAS DE INGENIERIA. FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, FISICAS Y NATURALES. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA FELIPE RODRIGUEZ

LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL CONFORMACION DE LA CATEDRA TITULAR: ASOCIADO: ADJUNTOS: JEFE T. P.

LEGISLACION Y ETICA PROFESIONAL CONFORMACION DE LA CATEDRA TITULAR: ASOCIADO: ADJUNTOS: JEFE T. P. : Prof. Dr. Ing. Felipe RODRÍGUEZ Prof. Ing. Jorge BOIOLA Prof. Ing. Civil Adriana CERATO Prof. Ing. Civil Elisa GARELLA Prof. Ing. Civil Patricia MALDONADO Prof. Ing. Civil Héctor MARTINEZ Prof. Ing. Civil Rogelio MORONI Abogada Elena BALDI Ing. Civil Elena STRAHMAN Ing. Civil Ana María PALAZON Ing. Civil Fernando CORNEJO 2

CONTENIDOS DE LA MATERIA TRES PARTES. PRIMERA PARTE: las herramientas. Los Principios generales del

CONTENIDOS DE LA MATERIA TRES PARTES. PRIMERA PARTE: las herramientas. Los Principios generales del derecho. SEGUNDA PARTE: Aplicación del derecho: a) las cuestiones profesionales. b) la responsabilidad profesional c) el ejercicio profesional EL ORDENAMIENTO LEGAL EN LA INGENIERÍA. Según la especialidad. TERCERA PARTE: ETICA PROFESIONAL. Cuestiones Éticas que deben observarse en el ejercicio profesional. Libertad profesional FELIPE RODRIGUEZ 3

CONTENIDO DE LA MATERIA • EN GENERAL PARA TODAS LAS DISCIPLINAS DE LA INGENIERIA:

CONTENIDO DE LA MATERIA • EN GENERAL PARA TODAS LAS DISCIPLINAS DE LA INGENIERIA: Se trata de organizar un escenario con los principios del derecho, su aplicación y efectos sobre el ejercicio profesional realizado en un marco de libertad profesional y de principios éticos a partir de un esquema formal relativamente simple que sirva como partida a la profundización de cuestiones concretas de cada especialidad de la Ingeniería. FELIPE RODRIGUEZ 4

ACTIVIDADES DEL CURSO ESTRUCTURA 1. - Clases teórico – prácticas. 2. - Los trabajos

ACTIVIDADES DEL CURSO ESTRUCTURA 1. - Clases teórico – prácticas. 2. - Los trabajos prácticos podrán realizarse de manera individual o grupal. En el segundo caso los grupos se integran por dos o tres alumnos, cuatro es el número máximo aceptado excepcionalmente. 3. - Consultas: a) Box de la cátedra: Los docentes exponen en el transparente de la cátedra los horarios en el que cada uno de ellos atenderá los requerimientos de los cursantes; b) vía electrónica: Chat - e-mail. FELIPE RODRIGUEZ 5

REGLAMENTO I. - SOLO CURSAN QUIENES TIENEN APROBADA LA MATERIA CORRELATIVA Y ADMINISTRATIVAMENTE SE

REGLAMENTO I. - SOLO CURSAN QUIENES TIENEN APROBADA LA MATERIA CORRELATIVA Y ADMINISTRATIVAMENTE SE ENCUENTRA HABILITADO A CURSARLA. II. - Régimen de cursado: II. 1. Promocional: 100% T. P. Aprobados con entregas en las fechas establecidas por el Jefe T. P. Correspondiente. Incumplimiento: deja libre al alumno. Se puede recuperar un solo T. P. II. 1. 1. Parciales: 2 (dos) y 1 (uno) recuperatorio. Nota mínima 4(CUATRO) y Promedio: 6(SEIS). Constan de dos partes: Teórica y Práctica. Para rendirlos deben tener cumplimentada la entrega y aprobación de los T. P. que comprenden. II. 1. 2. Asistencia: a clases teóricas 80(OCHENTA)% FELIPE RODRIGUEZ 6

REGLAMENTO. (Continuación) Régimen de cursado (cont. ): II. 1. 3. Coloquio de Integración: el

REGLAMENTO. (Continuación) Régimen de cursado (cont. ): II. 1. 3. Coloquio de Integración: el alumno que cumplimento los requisitos anteriores al tiempo del coloquio integrativo deberá asistir al mismo MUNIDO de su carpeta de T. P. Autorizada por su Jefe de T. P. Y tener además aprobados los parciales de acuerdo a la norma II. 1. 1. II. 2. Regular: 100% de los T. P. Aprobados con entregas en las fechas establecidas por el Jefe de T. P. Correspondiente. El incumplimiento deja al alumno en condición de libre. Se pueden recuperar dos T. P. II. 2. 1. Parciales: 2(dos) y 1(uno) recuperatorio. Nota mínima 4(cuatro) y promedio: 4(cuatro). Constan de dos partes ídem al promocional. II. 3. Reválida, reparcialización: teóricos y prácticos FELIPE RODRIGUEZ 7

FR PODRAN REPARCIALIZA SOLO AQUELLOS ALUMNOS QUE: quedaron en condición de REGULAR (regularidad vigente

FR PODRAN REPARCIALIZA SOLO AQUELLOS ALUMNOS QUE: quedaron en condición de REGULAR (regularidad vigente o vencida) habiendo cursado en el ciclo lectivo 2014 que deseen reparcializar para alcanzar la promoción PARA SU INSCRIPCION LOS ALUMNOS DEBEN COMPLETAR LA FICHA DE INSCRIPCION CON SUS DATOS, DECLARACION JURADA Y PRESENTAR CARPETA DE TRABAJOS PRACTICOS APROBADA FIRMADA POR EL DOCENTE CUANDO CURSÓ LA MATERIA Entregar firmada Ficha Individual – Declaración Jurada Disponible en Fotocopiadora Facultad y en cuenta correo electrónico para alumnos Usuario: legislación etica@yahoo. com. ar Contraseña: ingeniería Carpeta de trabajos prácticos aprobada Inscripción en Guaraní (casos regularidad vencida) Carrera Ingeniería Civil Constructor Ingeniería Aeronáutica Asignatura Legislación y Ética Profesional Ingeniera Electrónica Gestión de las Organizaciones Industriales Ingeniería En Computación Gestión de las Organizaciones Industriales Ingeniería Biomédica Gestión de las Organizaciones Industriales 8

INSCRIPCION 2. 015 REPARCIALIZADO – 1° y 2 do Cuatrimestre 2014 CARRERA PLAN Año

INSCRIPCION 2. 015 REPARCIALIZADO – 1° y 2 do Cuatrimestre 2014 CARRERA PLAN Año que cursó Cuatrimestr e que cursó APELLIDO: . . . NOMBRES: . . . MATRICULA: . . . D. N. I Nº: . . DOMICILIO: . . . . . . T. E. : . . . . E – mail: . . Con carácter de “DECLARACION JURADA”, por la presente afirmo encontrarme en condiciones de cursar la materia según las reglamentaciones de esta facultad y régimen de correlatividades. Materias Correlativas MATERIA CALIFICACION FECHA DE EXAMEN 9 FELIPE RODRIGUEZ

REDICTADO Turno Mañana: LUNES 8. 30 a 13. 00 – AULA: ESTRUCTURA Entregar firmada

REDICTADO Turno Mañana: LUNES 8. 30 a 13. 00 – AULA: ESTRUCTURA Entregar firmada FICHA INDIVIDUAL. DECLARACIÓN JURADA Enviar Ficha Grupal (archivo Excel) a catedralegal@efn. uncor. edu Disponibles en: * PC fotocopiadora Facultad * cuenta para alumnos USUARIO: catedralegal@efn. uncor. edu. Contraseña: ingeniería Inscripción Sistema GUARANI 10 FELIPE RODRIGUEZ

1° PARTE. LAS HERRAMIENTAS JURÍDICAS. LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO FELIPE RODRIGUEZ 11

1° PARTE. LAS HERRAMIENTAS JURÍDICAS. LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO FELIPE RODRIGUEZ 11

12 FELIPE RODRIGUEZ

12 FELIPE RODRIGUEZ

VOLVER A LAS HUMANIDADES 1. Es una ampliación del conocimiento devenido en avance tecnológico

VOLVER A LAS HUMANIDADES 1. Es una ampliación del conocimiento devenido en avance tecnológico y científico. 2. Se trata de una instrucción sinóptica y precisa que procura desplazar la natural tendenciosidad a la mera divulgación, a la falta de precisión y rigor conceptual. 3. ¿Para que? : Para fijar y establecer un marco conceptual. Restablecer una unidad de las ciencias y la voluntad de discutir los grandes temas del saber. Recuperar la excelencia y familiarizarnos con las grandes cuestiones. FELIPE RODRIGUEZ 13

VOLVER A LAS HUMANIDADES ALAN BLOOM (Ex - Profesor de Pensamiento Social. Universidad de

VOLVER A LAS HUMANIDADES ALAN BLOOM (Ex - Profesor de Pensamiento Social. Universidad de Chicago - EUA): “El joven que ingresa a la universidad tiene Seis años de libertad para descubrirse a si mismo”. Este tiempo (6 años) media entre dos momentos: a) el Yermo (latín eremos: desierto) intelectual que dejó al finalizar la secundaria; y, b) el adiestramiento profesional, fatigoso, inevitable que aguarda a posteriori de la graduación. FELIPE RODRIGUEZ 14

VOLVER A LAS HUMANIDADES SIGNIFICADO: a) Planteo de un método y de modelos de

VOLVER A LAS HUMANIDADES SIGNIFICADO: a) Planteo de un método y de modelos de cómo dar repuestas a cuestiones profesionales, con el hombre en el centro de su actividad de ingeniero; b) Desarrollar un fondo (bagaje), no económico sino técnico, jurídico y ético-filosófico de experiencias y pensamientos compartidos; c) Estudiar los problemas jurídicos y éticos a partir de los contenidos; d) Determinar técnicas de comunicación y análisis. FELIPE RODRIGUEZ 15

VOLVER A LAS HUMANIDADES EN GENERAL PARA TODAS LAS INGENIERÍAS: ORGANIZAR UN ESCENARIO CON

VOLVER A LAS HUMANIDADES EN GENERAL PARA TODAS LAS INGENIERÍAS: ORGANIZAR UN ESCENARIO CON LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO – APLICACIÓN Y EFECTOS – CON EL COMPORTAMIENTO Y LA LIBERTAD PROFESIONAL EN UN MARCO DE PRECEPTOS ÉTICOS PROPIOS DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO, A PARTIR DE UN ESQUEMA FORMAL RELATIVAMENTE SIMPLE QUE SIRVA DE ORÍGEN A LA PROFUNDIZACIÓN DE CUESTIONES CONCRETAS DEL EJERCICIO PROFESIONAL FELIPE RODRIGUEZ 16

INTRODUCCION AL DERECHO El hombre desarrolla toda su actividad dentro del marco de un

INTRODUCCION AL DERECHO El hombre desarrolla toda su actividad dentro del marco de un mundo integrado. En el pueden distinguirse: MUNDO DEL SER Y MUNDO DEL DEBER SER. MUNDO DEL SER: Entre los siglos XIX y la mitad del XX: MUNDO ESTABLE: Establecidas las condiciones iníciales todo está determinado. Leyes de Newton F = m. a Es determinista. Reversible en el tiempo. Simétrico Describe trayectorias a partir de un sistema de coordenadas. FELIPE RODRIGUEZ 17

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) Siglo XX (1 ra mitad): Aparecen: 1) Planck con la

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) Siglo XX (1 ra mitad): Aparecen: 1) Planck con la ley de radiación. 2) Schrödinger con la mecánica cuántica. Describe funciones de onda. 3) Einstein y su teoría de la Relatividad. E = m. c 2. Equivalencia entre energía y masa. En todo persiste lo determinístico, reversible y simétrico. FELIPE RODRIGUEZ 18

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. 1. De Certidumbre. PRINCIPIOS 2. De Causalidad.

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. 1. De Certidumbre. PRINCIPIOS 2. De Causalidad. FELIPE RODRIGUEZ 19

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. Continuación. Siglo XX. 2 da mitaddel siglo

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. Continuación. Siglo XX. 2 da mitaddel siglo XX: Incorporación de la dimensión evolutiva, el indeterminismo y la asimetría del tiempo. MUNDO INESTABLE. Boltzmann – Gell Mann : ENTROPIA: ciencia de los procesos irreversibles orientados en el tiempo. ( lo facilita la termodinámica) CRISTHOFER - EL ENIAC LOS CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA GEOMETRÍA EUCLIDIANA PIERDEN SIGNIFICACIÓN PRECISA EN FÍSICA. NO CONCUERDAN CON LAS LEYES ESPACIALES. EJEMPLO: LA CURVATURA DEL ESPACIO NO COINCIDE CON EL DE LA RECTA – PLANO. FELIPE RODRIGUEZ 20

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. ESTABLE Es determinista. Reversible en el tiempo.

INTRODUCCION AL DERECHO. (Continuación) MUNDO DEL SER. ESTABLE Es determinista. Reversible en el tiempo. Simétrico Describe trayectorias a partir de un sistema de coordenadas. - INESTABLE Procesos irreversibles en lo macro. Entropía variable (crece y eso da la dirección del futuro). Excepción: son idealizaciones: procesos reversibles. Entropía constante. FELIPE RODRIGUEZ 21

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. LA NATURALEZA se manifiesta conforme a una regla: Procesos irreversibles

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. LA NATURALEZA se manifiesta conforme a una regla: Procesos irreversibles en lo macro. Entropía variable (crece y eso da la dirección del futuro). Excepción: son idealizaciones: procesos reversibles. Entropía constante. Siglo XXI. 1ª mitad: Globalización. Virtualización de la realidad. Clonación. FELIPE RODRIGUEZ 22

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. De la Naturaleza Inexorabilidad; Enunciatividad; Implican relaciones de necesidad. SER

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. De la Naturaleza Inexorabilidad; Enunciatividad; Implican relaciones de necesidad. SER MUNDOS SER Producto de la Actividad Humana. Productos Culturales De la Cultura DEBER SER Conducta humana. La propia actividad humana. Es lo único que puede ser reglado, normado. TELEOLÓGICO: De Fines CONDUCTIVO: De Medios FELIPE RODRIGUEZ 23

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. MUNDO DEL DEBER SER. Del comportamiento humano. Conducta humana. El

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. MUNDO DEL DEBER SER. Del comportamiento humano. Conducta humana. El orden de las conductas es el de los comportamientos humanos, se integra en el MUNDO JURÍDICO, en la realidad humana y social y se compone en base a tres ámbitos: a) de las conductas; b) de las normas y c) del valor. Dado “A” DEBE SER “B” (Principio de Imputación) EN LA MULTITUD EL SENTIMIENTO SE SUMA Y EL PENSAMIENTO SE RESTA. - FELIPE RODRIGUEZ 24

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. MUNDOS De la Naturaleza Del Ser De la Cultura Del

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. MUNDOS De la Naturaleza Del Ser De la Cultura Del Deber Ser Inexorabilidad La conducta humana Enunciatividad La propia actividad humana Relaciones de Necesidad Contradictorio FELIPE RODRIGUEZ 25

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. 1. El Deber Ser es lo único que puede ser

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. 1. El Deber Ser es lo único que puede ser reglado, normado. Ello en razón de que el hombre es contradictorio. Son juicios hipotéticos. 2. Es el mundo de las posibilidades del para que suceda o no suceda algo DEBE SER tal conducta. El Mundo del Ser es el de cómo SON las cosas, del como se comportan FELIPE RODRIGUEZ 26

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. El DEBER SER puede estudiarse desde dos puntos de vista:

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. El DEBER SER puede estudiarse desde dos puntos de vista: A) Teleológico: Deber Ser de los fines B) Conductivo: Deber Ser de los medios. El primer problema: comprender la distinción entre: 1. Penetrar la realidad: conocerla tal COMO ES. 2. Enfrentarse a tal realidad: conocerla tal COMO DEBE SER Es una distinción entre lo que es la realidad y lo que yo conozco de ella. FELIPE RODRIGUEZ 27

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. CAUSALIDAD IMPUTACIÓN No tiene punto final en ninguna conducta. Tiene

INTRODUCCION AL DERECHO. Continuación. CAUSALIDAD IMPUTACIÓN No tiene punto final en ninguna conducta. Tiene punto final en una conducta. Pertenece al dominio de la necesidad. Pertenece al dominio de la Libertad. Sus reglas son juicios Hipotéticos. Está referido a objetos naturales que son reales, neutros al valor y están en la experiencia. Están referidos a objetos culturales, culturale están en la experiencia y tienen sentido valioso o disvalioso. No actúa según valoraciones humanas. Se refiere a hechos del hombre actuando según valoraciones. FELIPE RODRIGUEZ 28

DERECHO COMO OBJETO 1 ra DISTINCION: 1º. que exista. 2º. Que sea conocido (está

DERECHO COMO OBJETO 1 ra DISTINCION: 1º. que exista. 2º. Que sea conocido (está en el sujeto) Lo que existe en cuanto existe es lo real (1º) Lo que existe en cuanto es conocido y tenemos conocimiento de ello, es lo cultural. 2 da DISTINCION: 1º. sustancial. 2º. Accidental (cualitativo o cuantitativo) FELIPE RODRIGUEZ 29

DERECHO COMO OBJETO. Continuación. 3º DISTINCIÓN: 1º. Individual: ejemplo la silla 2º. Típico: ejemplo

DERECHO COMO OBJETO. Continuación. 3º DISTINCIÓN: 1º. Individual: ejemplo la silla 2º. Típico: ejemplo un número: 5 sillas. En síntesis el objeto puede ser: Individual Típico Concreto Abstracto Real: existe en el tiempo y en el espacio. Natural y cultural (El Derecho). FELIPE RODRIGUEZ 30

EL DERECHO COMO OBJETO. Continuación Ideal: Universal. General. Típico. Aristóteles: “En el derecho pueden

EL DERECHO COMO OBJETO. Continuación Ideal: Universal. General. Típico. Aristóteles: “En el derecho pueden encontrarse cinco causas: I. Causa Eficiente o eficaz. Ej. : Una Obra de Ingeniería II. Causa Ejemplar: es el modelo mental. III. Causa Material: el material usado. IV. Causa Formal: la forma, el diseño. V. Causa Final: la finalidad para la que fue construida FELIPE RODRIGUEZ 31

DERECHO - MORAL DERECHO MORAL HETERÓNOMO AUTÓNOMA BILATERAL UNILATERAL COACTIVO NO COACTIVA FELIPE RODRIGUEZ

DERECHO - MORAL DERECHO MORAL HETERÓNOMO AUTÓNOMA BILATERAL UNILATERAL COACTIVO NO COACTIVA FELIPE RODRIGUEZ 32

PIRÁMIDE JURÍDICA C. N. Tratados con rango de norma constitucional Tratados Leyes generales Leyes

PIRÁMIDE JURÍDICA C. N. Tratados con rango de norma constitucional Tratados Leyes generales Leyes Especiales Decretos - Reglamentos Disposiciones Normas particulares FELIPE RODRIGUEZ 33

Derecho No escrito COSTUMBRE 1. 2. 3. Según la Ley Contra de la Ley

Derecho No escrito COSTUMBRE 1. 2. 3. Según la Ley Contra de la Ley Fuera de la Ley FORMACIÓN LENTA AUTOR DESCONOCIDO CONCIENCIA DE SER RESPETADA ( Elemento inmaterial – Subjetivo) REPETICION CONSTANTE (Elemento Material- Objetivo) Art. 17 C. C Los Usos y Costumbre no pueden crear derechos sino cuando las leyes se refieran a ellos o en situaciones no regladas legalmente. 34 FELIPE RODRIGUEZ

COSTUMBRE SURGE ESPONTÁNEAMENTE FORMACIÓN LENTA CARACTERES AUTOR DESCONOCIDO INCIERTA O IMPRECISA PARTICULARISTA FELIPE RODRIGUEZ

COSTUMBRE SURGE ESPONTÁNEAMENTE FORMACIÓN LENTA CARACTERES AUTOR DESCONOCIDO INCIERTA O IMPRECISA PARTICULARISTA FELIPE RODRIGUEZ 35

USOS SOCIALES UNILATERAL HETERÓNOMO INCOERCIBLE REPETICION CONSTANTE FELIPE RODRIGUEZ 36

USOS SOCIALES UNILATERAL HETERÓNOMO INCOERCIBLE REPETICION CONSTANTE FELIPE RODRIGUEZ 36

DERECHO OBJETIVO Se confunde e identifica con la ley misma, la norma de conducta

DERECHO OBJETIVO Se confunde e identifica con la ley misma, la norma de conducta que manda, prohíbe o permite. Derecho – Ley Derecho – Norma agendi SUBJETIVO Derecho – Facultad Derecho – Poder Atribución de que goza la persona para obrar. Es la facultad de obrar y de exigir con miras a la satisfacción de un interés honesto y justo, digno de la tutela jurídica. Encierra tres categorías ínsitas: a) El Sujeto (persona); b) el objeto y c) el Título o Causa eficiente FELIPE RODRIGUEZ 37

DERECHOS SUBJETIVOS CLASIFICACIÓN I. Derechos que importan directa o inmediatamente a la persona: a)

DERECHOS SUBJETIVOS CLASIFICACIÓN I. Derechos que importan directa o inmediatamente a la persona: a) inherentes a la persona: DERECHOS DE LA PERSONALIDAD, innatos y personalísimos. b) en persona ajena: derechos potestativos, DERECHOS DE FAMILIA. DERECHOS INTELECTUALES: categoría intermedia entre I. y II. Derechos que importan directa o inmediatamente sobre los bienes, el el patrimonio. a) derechos de crédito o personales: OBLIGAC. / PERSONALES b) derechos sobre la cosa: REALES FELIPE RODRIGUEZ 38

DERECHO CLASIFICACIÓN 1. ABSOLUTOS : DERECHOS REALES FREITAS 2. RELATIVOS: DERECHOS PERSONALES (OBLIGACIONES) CÓDIGO

DERECHO CLASIFICACIÓN 1. ABSOLUTOS : DERECHOS REALES FREITAS 2. RELATIVOS: DERECHOS PERSONALES (OBLIGACIONES) CÓDIGO CIVIL TÍTULOS: 1. Preliminares: a) de las leyes en Gral. ; b) de los modos de contar los intervalos del derecho 2. Complementarios: aplicación de la Ley. LIBRO I. De las personas LIBRO II. De los derechos personales en las relaciones civiles LIBRO III. De los derechos reales LIBRO IV. De los derechos reales y personales. Disposiciones comunes. FELIPE RODRIGUEZ 39

DERECHO CONCEPTOS FACULTAD: Consiste en un poder. Es un acto posible sin riesgo jurídico

DERECHO CONCEPTOS FACULTAD: Consiste en un poder. Es un acto posible sin riesgo jurídico de sanción. SE CONCEDEN. Actos que SE PUEDEN REALIZAR. DEBER: Es una necesidad de actuar de una manera para no correr el riesgo de una sanción jurídica. SE IMPONEN. SON ACTOS QUE SE DEBEN REALIZAR. No es algo que ocurre sino algo que debe ocurrir. DERECHO: da idea de lo recto. ES una regla que une a los seres humanos. Significados: a) ciencia jurídica; b) Normatividad jurídica; Facultad jurídica; Deber jurídico. FELIPE RODRIGUEZ 40

DERECHO CONSTITUCIONAL ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN. PARTES: 1. PREAMBULO. Condensa las decisiones Políticas, fines

DERECHO CONSTITUCIONAL ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN. PARTES: 1. PREAMBULO. Condensa las decisiones Políticas, fines y objetivos La ideología que Alumbra el texto 2. DOGMÁTICA Derechos y garantías nuevos Derechos 3. ORGANIZATIVA Organiza el Poder Tres Poderes y su equilibrio funcional. Relaciones Nación – Pcias. - Es una Constitución Escrita o Codificada del tipo Racional – normativo, con raíces históricas y establece: a) criterios de reparto; b) principios de normas y c) normas propiamente dichas (Normas Operativas y Normas Pragmáticas – requieren de otras normas ulteriores que la determinen. ) 41

DERECHO CONSTITUCIONAL ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN CUESTIONES PREVIAS. SU CONTENIDO: a) El Orden Constitucional:

DERECHO CONSTITUCIONAL ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN CUESTIONES PREVIAS. SU CONTENIDO: a) El Orden Constitucional: 1. Los Actos de Fuerza 2. El Derecho de Resistencia 3. Delitos contra el Estado 4. Ética Pública b) Derechos Políticos: art. 37 y 38 – Soberanía Popular sufragio – votos – Partidos Políticos c) Derechos Civiles: art. 41 y 42 - Pueblos Indígenas etc. d) Garantías: Amparo – Hábeas Data – Hábeas Corpus etc. 42

DERECHO CONSTITUCIONAL ARTICULO 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,

DERECHO CONSTITUCIONAL ARTICULO 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”. “Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. ” “Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que ellas alteren las jurisdicciones locales. ” “Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos. ” 43

DERECHO CONSTITUCIONAL Artículo 42 C. N. “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios

DERECHO CONSTITUCIONAL Artículo 42 C. N. “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su. . seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos. . , al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos. . . La legislación establecerá. . los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios. . . ”. 44

DERECHO CONSTITUCIONAL ARTICULO 75 Asigna jerarquía constitucional a ciertos Tratados Internacionales sobre derechos humanos

DERECHO CONSTITUCIONAL ARTICULO 75 Asigna jerarquía constitucional a ciertos Tratados Internacionales sobre derechos humanos bajo la condición de que ellos no derogan artículo alguno de la Primera Parte de la Ley Fundamental. Estos Tratados Internacionales de Rango Constitucional deben ser entendidos como complementarios de los Derechos y garantías que la CN reconoce. ARTÍCULO 124 Reconoce la titularidad de los recursos naturales a las Provincias. - 45

DERECHO CUESTIONES QUE INCUMBEN CONOCER PREVIO A SU APLICACION PERSONAS. COSAS y BIENES. HECHOS

DERECHO CUESTIONES QUE INCUMBEN CONOCER PREVIO A SU APLICACION PERSONAS. COSAS y BIENES. HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. DERECHOS REALES Y PERSONALES Felipe Rodríguez 46

CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (1) Los casos deben ser resueltos

CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (1) Los casos deben ser resueltos según: a) Las LEYES que resulten aplicables b) De acuerdo con la CN c) los TRATADOS de Derechos Humanos d) La FINALIDAD de la Norma e) Los USOS, PRÁCTICAS y COSTUMBRES, siempre que no sean contrarios a Derecho. - Felipe Rodríguez 47

CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (14) Se reconocen: a) DERECHOS INDIVIDUALES

CODIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO. FUENTES Y APLICACIÓN (14) Se reconocen: a) DERECHOS INDIVIDUALES (DI); b) DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA (DIC). No se ampara El EJERCICIO ABUSIVO de los DI y los DIC cuando afecten el Ambiente Felipe Rodríguez 48

PERSONAS PERSONA SEGÚN EL CC: Es la Investidura jurídica de que goza el sujeto

PERSONAS PERSONA SEGÚN EL CC: Es la Investidura jurídica de que goza el sujeto de derecho. Es el sujeto de las relaciones jurídicas o sujeto de derechos y deberes jurídicos. C. C Artículo 30 “Todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Clasificación: C. C. artículo 51, caracteriza a la persona física: “signos característicos de humanidad”. C. C. artículo 32, tipifica a la persona de existencia ideal o persona jurídica: “los que no son de existencia visible”(Contrario sensu) Felipe Rodríguez 49

PERSONA SEGÚN EL CU PERSONA: El nuevo Código Unificado (CU) refiere solo en 3

PERSONA SEGÚN EL CU PERSONA: El nuevo Código Unificado (CU) refiere solo en 3 art. A PERSONA (15 16 -17). El CC anterior lo hacía en 16. No contiene una definición de persona sea física, tampoco caracteriza a la persona física o de existencia visible a la que llama PERSONA HUMANA. «LA EXISTENCIA DE LA PERSONA HUMANA COMIENZA CON LA CONCEPCIÓN» (19) Incorpora los DERECHOS DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS les confiere: A) Derecho a la POSESIÓN Y PROPIEDAD COMUNITARIA de las tierras que tradicionalmente ocupan y B) de aquellas otras aptas y suficientes para el Desarrollo Humano Felipe Rodríguez 50

PERSONA HUMANA. ES UNA REALIDAD ONTOLÓGICA Y METAFÍSICA. ATRIBUTOS: son las calidades inherentes al

PERSONA HUMANA. ES UNA REALIDAD ONTOLÓGICA Y METAFÍSICA. ATRIBUTOS: son las calidades inherentes al sujeto y que resultan inseparables. NOMBRE: (Ley 18248). Elementos: a) individual: Apelativo. b) Familiar: Apellido. Naturaleza Jurídica del Nombre: Derecho - Deber. CARACTERES: Necesario / Único / Inmutable / Fuera del comercio; inalienable; inejecutable; imprescriptible; inembargable. Felipe Rodríguez 51

PERSONA HUMANA (CU). «La PH tiene el derecho y el deber de usar el

PERSONA HUMANA (CU). «La PH tiene el derecho y el deber de usar el prenombre y el apellido que le corresponden» (62) El CC en su texto originario no contenía una regulación integral y sistemática en materia de nombre de las personas. Este se encontraba regulado en la Ley 18. 248 de 1969, luego modificada por diversas leyes. El CU contempla en 11 artículos las normas sustantivas concernientes al nombre y apellido, el cambio de ellos y el proceso a seguir en cada caso y se prevén las acciones para la protección del nombre. El CU deroga aquella Ley y la actualiza. Felipe Rodríguez 52

PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CC CAPACIDAD: C. C. artículo 944: “Aptitud o

PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CC CAPACIDAD: C. C. artículo 944: “Aptitud o grado de aptitud para adquirir derechos y posibilidad de administrar y disponer por si. ” a) Capacidad de Hecho: C. C. artículos 52 - 53 aptitud o grado de aptitud para ejercer por sí actos de la vida civil. Es la capacidad de obrar y presupone la voluntad del agente. b) Capacidad de derecho: Grado de aptitud para adquirir derechos o para ejercer por sí o por otros actos que no le son prohibidos. Jamás puede faltar. 3. ESTADO: Es la situación jurídica que detenta una persona física en un momento de su vida. Felipe Rodríguez 53

PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CU CAPACIDAD de DERECHO: (22) : «Toda persona

PERSONA HUMANA. Atributos. Continuación: SEGÚN EL CU CAPACIDAD de DERECHO: (22) : «Toda persona Humana goza de la Aptitud para ser Titular de Derechos y Deberes Jurídicos. La Ley puede privar o limitar esta Capacidad respecto de Hechos, Simples Actos, o Actos Jurídicos» CAPACIDAD de EJERCICIO: (23) «Toda Persona Humana puede Ejercer por si misma sus Derechos, excepto las limitaciones expresamente previstas en este Código y en una Sentencia judicial. -» Felipe Rodríguez 54

PERSONA HUMANA. ATRIBUTOS. Continuación. DOMICILIO: Asiento jurídico o lugar donde el derecho considera que

PERSONA HUMANA. ATRIBUTOS. Continuación. DOMICILIO: Asiento jurídico o lugar donde el derecho considera que la persona tiene el centro de sus relaciones. Es la sede legal de la Persona Humana o Persona Ideal. TIPOS: a) Legal. Artículo 90 ley 18248 b) Real o voluntario. artículos 89/92. c) De origen. Artículo 89 2 da. d) Especial. Artículo 102 C. C. significa una extensión de la jurisdicción. Felipe Rodríguez 55

PERSONA HUMANA (CU). DOMICILIO: Distingue: 1. - Domicilio Real (73) lugar de su residencia

PERSONA HUMANA (CU). DOMICILIO: Distingue: 1. - Domicilio Real (73) lugar de su residencia habitual o donde desempeña su actividad o profesión. 2. - Domicilio Legal (74) lugar donde la ley presume sin admitir prueba en contrario que reside de manera permanente. 3. - Domicilio Especial (75) las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de el emanan. 4. - Domicilio Ignorado (76) la persona cuyo domicilio no es conocido lo tiene en el lugar donde se encuentra, y si este también se ignora en el último domicilio conocido. EFECTO DEL DOMICILIO (78) determina la competencia de las autoridades en las relaciones jurídicas. La elección de un domicilio produce la prorroga de la competencia. Felipe Rodríguez 56

PERSONA HUMANA (PH) CU. CU: INVIOLAVILIDAD DE LA PH «La PH es INVIOLABLE y

PERSONA HUMANA (PH) CU. CU: INVIOLAVILIDAD DE LA PH «La PH es INVIOLABLE y EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA tiene derecho al RECONOCIMIENTO y RESPETO DE SU DIGNIDAD» (51). Se incorpora una Regulación Integral y Sistemática de los derechos personalísimos. Es consecuencia del proceso de constitucionalización del derecho privado CSJUN: «El Hombre es el EJE y CENTRO DE TODO SISTEMA JURÍDICO Y, UN FIN EN SI MISMO – más allá de su naturaleza trascendente – su persona es inviolable» NATURALEZA JURÍDICA: los derechos de la personalidad son: subjetivos – innatos – vitalicios – necesarios – esenciales – inherentes – extrapatrimoniales – relativamente indisponibles – oponibles erga omnes Felipe Rodríguez 57

PERSONA IDEAL O JURÍDICA. Artículo 32 del C. C. define a contrario sensu. Naturaleza

PERSONA IDEAL O JURÍDICA. Artículo 32 del C. C. define a contrario sensu. Naturaleza jurídica: ES UNA REALIDAD DEL PENSAMIENTO JURÍDICO. Presupuestos: se trata de: GRUPO HUMANO ORGANIZADO, Objeto: FIN DETERMINADO, PATRIMONIO PROPIO, REPRESENTACIÓN. Clasificación: Artículo 33° nuevo: de caracter 1° Público Estado (Nacional; Provincial; Municipal) Entidades Autárquicas Iglesia Católica Felipe Rodríguez 58

PERSONA IDEAL O JURÍDICA. 2. Privado Asociaciones y Fundaciones Sociedades Civiles Simples Asociaciones Civiles

PERSONA IDEAL O JURÍDICA. 2. Privado Asociaciones y Fundaciones Sociedades Civiles Simples Asociaciones Civiles o Religiosas C. C. Artículo 46 nuevo: Son sujetos de derecho Responsabilidad de la persona jurídica: artículo 43 nuevo: RESPONDEN POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR SUS REPRESENTANTES O SUS DEPENDIENTES O LAS COSAS. Felipe Rodríguez 59

PERSONA JURÍDICA. CU (PJ). «Son PJ todos los ENTES a los cuales el ordenamiento

PERSONA JURÍDICA. CU (PJ). «Son PJ todos los ENTES a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación» (141) Existencia (142) comienza desde su constitución. No necesita autorización legal para funcionar, excepto disposición legal en contrario. En los casos que se requiere autorización estatal, la PJ no puede funcionar antes de obtenerla. ATRIBUTOS Y EFECTOS DE LA PJ (151): a) NOMBRE, con aditamento indicativo de la forma jurídica adoptada ( caracteres: veracidad – novedad y aptitud distintiva) b) DOMICILIO Y SEDE SOCIAL (152): es el fijado en sus estatutos o en la autorización que se le dio para funcionar. Cambio de Domicilio necesita modificación del Estatuto Cambio de Sede puede ser resuelto por el órgano de Administración. c) PATRIMONIO (154): la PJ debe tener un patrimonio. La PJ en formación puede inscribir a su nombre los bienes registrables. DURACIÓN (155): Ilimitada en el tiempo, excepto que la ley o el estatuto disponga lo contrario OBJETO: (156) debe Ser Preciso y Determinado. Felipe Rodríguez 60

PERSONA JURÍDICA. CU (PJ). a) El Estado Nacional – las Provincias – La CABA

PERSONA JURÍDICA. CU (PJ). a) El Estado Nacional – las Provincias – La CABA Los Municipios – Las Entidades Autárquicas y Demás organizaciones a las que el ordenamiento Jurídico les confiera ese carácter. b) Los Estados Extranjeros, las organizaciones Que el derecho internacional reconoce y toda persona Constituida en el extranjero cuyo carácter público Resulte de su derecho aplicable. c) La Iglesia Católica PÚBLICAS (146) CLASIFICACIÓN (145) PRIVADAS (148) a) b) c) d) e) Las Sociedades; La Asociaciones Civiles; Las Simples Asociaciones Las Fundaciones Las Iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas. f) las Mutuales; g) Las cooperativas; h) El Consorcio de Propiedad Horizontal i) Toda otra contemplada en este CU o en otras leyes Felipe Rodríguez 61

¡¡¡MUCHAS GRACIAS!!! ¡¡SUERTE EN EL CURSADO!! SIEMPRE ANTE LA DUDA: ¡¡RECURRAN A SU PROFESOR!!.

¡¡¡MUCHAS GRACIAS!!! ¡¡SUERTE EN EL CURSADO!! SIEMPRE ANTE LA DUDA: ¡¡RECURRAN A SU PROFESOR!!. - FELIPE RODRIGUEZ 62