FACULTAD DE DERECHO UBA CICLO PROFESIONAL ORIENTADO GOBIERNO
FACULTAD DE DERECHO - UBA CICLO PROFESIONAL ORIENTADO GOBIERNO DEL SECTOR ENERGÉTICO REGULADO. RÉGIMEN JURÍDICO E INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN TEORÍA DE LA REGULACION 1. FELIPE RODRIGUEZ
TEORÍA DE LA REGULACIÓN ASPECTOS PRELIMINARES Se procura establecer una metodología que permita conceptualizar la regulación de los servicios públicos como institución novedosa en nuestro derecho positivo. La regulación es, en primer lugar, heredera y tributaria de la regulation norteamericana. De allí se toma la idéa institucional de la regulación en nuestro país. Algunos sostienen que debemos remontarnos al control sobre las condiciones de los inmigrantes que efectuaba el Reino Unido a quienes provenían de América. En segundo término, se otorga el nombre Regulación a la actividad propiamente dicha y a los Organismos encargados de asumirla. Tercero, debe recordarse que la regulación de los mercados y de servicios existían en nuestro derecho en distintos campos. 2 Felipe Rodriguez
TEORÍA DE LA REGULACIÓN Continuación. ¿Cómo se Manifiesta la Regulación? I. Por la Actividad de: a) b) c) d) e) de Control; Sancionatoria; Normativa o Reglamentaria; Jurisdiccional; Regulatoria propiamente dicha. II. Por las Condiciones de Regulación a) Marco Regulatorio: 1. Ley Marco; 2. Normas complementarias; 3. Contrato de Concesión o Licencia. b) Organismo Regulador. 3 Felipe Rodriguez
INSTRUMENTOS REGULATORIOS Pagos al Estado Régimen Regulatorio Nivel de Tarifas Diseño y Nivel Tarifario Subsidios Estructura Tarifaria Reglas de Amortización Instrumentos Regulatorios Multas por incumplimientos Obligaciones de Nivel de Inversiones Obligaciones Contractuales Duración del Contrato Obligaciones de Calidad de servicio Timing de las Obligaciones 4 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ASPECTOS PRELIMINARES DE LA REGULACIÓN 1° Anterior a las Reformas de 1. 991 MOMENTOS 2° - a) Electricidad: partir de la ley 24065 y su decreto 1398/92 - b) Gas: con la ley 24076 y su decreto 1738. Se consolida en la Reforma Constitucional de 1. 994 3° Desde la crísis de fines de 2001 a nuestros días. Etapa signada por indefiniciones y cambios de normas. Nota: El proceso de transformación del sector energético argentino iniciado en 1. 991 tiene ciertos principios inmutables que persistirán a los cambios que se están produciendo Felipe Rodriguez 5
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. a) Electricidad 1° M O M E N T O a. 1. 958 LEY 14. 772. Segba. Sistema Eléctrico local. No existía un sistema interconectado. Tenía un anillo 500 k. V y D en Cap. Fed. y 16 partidos Bs. As. Loma de la Lata no existía. b. 1. 960/1962. LEY 15. 336. Ay. EE comienza a crecer. Se organiza el sistema. Se posibilita que la red se haga independiente de lo que decidan las provincias. Rige la cláusula del progreso de la CN: Comercio Provincial + progreso+ internacional. c. 1. 969 Aparece Hidronor. Se dedicaba a la G en bloque; T a los centros de distribución en el Comahue, aprovechamiento de la cuenca Río Negro - Limay Nota: Por la ley 15336 se pudo construir la red. 1° se organiza el sistema, 2° se le dá una red a Ay. EE y 3° se crean dos figuras: a) Regalía Eléctrica y b) CFEE. En 1967 se comenzó El Chocon que 5 años después es puesto en funciones. Felipe Rodriguez 6
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. a) Electricidad. Cont. 2° M O M E N T O Ley 23696 y anexos (en particular el IV), Decreto 1105/89 y Ley 23697. Decreto 634/91. Define objetivos y alcances de la reconversión eléctrica. Define el “período de transición hasta el 1° enero 1993”. Fecha entrada en vigencia del nuevo régimen. “La Reconversión del sector eléctrico”. Documento de trabajo, complemento y desarrollo del decreto 634/91. Ley 24. 065, 15. 336 y Decreto Reglamentario 1. 398/92 estructuran el MRE, se completa con Contratos de Concesión; Resolución 61/92 de la SE “Los Procedimientos” y el decreto 186/95. Ley 24. 309 convoca a reforma. Reforma Constitucional 1. 994. Artículo 42. Felipe Rodriguez 7
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. b) Gas. a. 1. 922 se crea YPF, no se distinguía todavía la cuestión de los hidrocarburos líquidos y gaseosos. 1. 932, Ley 11. 668 Orgánica de YPF. Organiza la sociedad e impulsa la explotación de yacimientos. b. 1. 946 se crea la Dirección General de Gas del Estado. 1. 958 sanción Ley 14. 773 se declara a los hidrocarburos un “bien imprescriptible e inalenable de la nación”. 1. 967, sanción Ley 17319 de Hidrocarburos. c. 1. 978, transformada la Dirección de Gas del Estado en Empresa del Estado, se organiza el transporte y distribución del gas en el país. Ley 21. 778, de Contratos de Riesgos 1° M O M E N T O 8
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. b) Gas. Cont. Ley 23696 y anexos (en particular el IV), Decreto 1105/89 y Ley 23697. 2° M O M E N T O Período de transformación. Se desregula y privatizan YPF y Gas del Estado S. E. En 1. 992 se promulga la Ley 24. 145 de Federalización de Hidrocarburos por lo que se transfieren a las provincias la titularidad del dominio de los yacimientos. Ley 24. 076 y Decreto Reglamentario 1738/92 Ley 24. 309. Convoca a la Reforma Constitucional. Artículos 42 y en particular en el caso del Gas interesa sea complementado con el 124: “Corresponde a las provincias el dominio de los recursos naturales existentes en su territorio. 9
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. Artículo 42: Constitución Nacional: Servicios Públicos. La incorporación de esta norma permitió “constitucionalizar” la noción de servicio público. Entonces: ¿cómo determinar cuando una actividad constituye S. P. ? Suele afirmarse con acierto que esta noción es imprecisa o que no existe una definición unívoca de S. P. ¿por qué? Es practicamente imposible dar una noción que abarque globalmente todas las situaciones y casos que podrían quedar comprendidos bajo la denominación “S. P. ” 10 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. (continuación) Esto obedece a que el S. P. : a) Es un instituto en continuo devenir (cambia con el tiempo) b) Su régimen jurídico ha sido contingente a las cambiantes políticas económicas de cada siglo. c) Se trata de una noción influida por el crecimiento de las necesidades sociales y también por las innovaciones tecnológicas Elementos del S. P. : a) La actividad siempre está destinada a satisfacer una “necesidad imprescindible” o de “interés general” (criterio funcional o material). b) El Estado conserva la titularidad de la actividad, aunque esta pueda ser ejercida por una persona pública o bajo el control de una persona pública (elemento orgánico o formal. c) algunos agregan la existencia de un régimen jurídico especial que regula el instituto, constituido por normas de derecho público. 11 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. a) b) c) Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. (continuación) d) EXÉGESIS es importante porque recepta la noción de S. P. Establece que la “legislación” determinará el MR de c/actividad. Refuerza su interpretación el art. 75, inciso 18 CN que establece que los privilegios-como sería el otorgamiento de un servicio en condiciones monopólicas – solo pueden ser concedidos válidamente por el Congreso. Gordillo señala: la competencia y la desregulación son las reglas por lo que el monopolio o la exclusividad solo pueden tener fundamento si existe régimen legislativo expreso 12 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. 1. 2. 3° párrafo Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. Elementos que participan 2° párrafo De la norma. Pacto San José de Costa Rica. Art. 75 inc. 22 No discriminación. Cuestiones de tarifas Protección de los derechos de los usuarios Libre elección y cond. de trato equitativo y digno. 3. Información adecuada y veráz 4. Educación para el consumo. 5. Control de los monopolios naturales y legales. 6. Calidad y eficiencia de los servicios públicos. 7. Defensa de la competencia en los mercados. 8. Constitución de asociaciones de consumidores y usuarios. 9. Procedimientos eficáces y solución y prevención de conflictos. 10. Marcos regulatorios de los S. P. Nacionales. 11. Organismos de Control. 12. Participación de Usuarios y Provincias interesadas. 1° párrafo 13 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. El criterio Constitucional contrastado con el MRE y el MRG exige efectuar algunas consideraciones. Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. Los Monopolios: Natural y Legal I. Naturaleza jurídica del privilegio en el Derecho Privado y en el Derecho Público. - II. Caracteres del Privilegio. - III. Objeto del privilegio en el Derecho Público. - IV. Los Privilegios en Particular: a) Exclusividad; b) Monopolio y c) exención impositiva Felipe Rodriguez 14
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. 1. PRINCIPIOS 2. BASICOS 3. 4. DE LA REGULACION 5. 6. 7. 8. 9. Ente Regulador (ER) para cada Servicio Público. Autarquía administrativa y financiera del ER. Alto nivel técnico interdisciplinario del ER Transparencia – Equidad – Fundamentación técnica en las decisiones. Protección del abuso monopólico. Promoción de Competencia efectiva. Amplio Control Interdisciplinario del ER Incorporación de nuevos usuarios. Reducción de la carga burocrática administrativa 15 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. Los Organismos Reguladores 1. Sus Orígenes. 2. Su carácter jurídico. 3. Organismo independiente. 4. Los Mandatos de sus Directores. 5. Perfil de gestión. 6. El organismo regulador y el interés público. 7. El organismo regulador y los Usuarios. Son el cuarto órden – Organismos Extra – Poder Poseen capacidad e independencia real en la ejecución De su propia tarea. Felipe Rodriguez 16
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONDICIONES DE LA REGULACION 1. MARCO REGULATORIO. Solo hay regulación cuando hay MR conforme la CN artículo 42. ORGANISMO REGULADOR. 3. LA REGULACIÓN Y LA SEGURIDAD JURÍDICA 17 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AMBITO DONDE ACTUA LA REGULACION Constitución Nacional Tratados Elec. Leyes 24. 065 y 15. 336. Gas Ley 24. 076 El Gobierno nada Puede alterar Decretos Reglamentarios Elec. 1. 398/92 etc Gas 1. 738/92 etc. Elec. Contrato de Concesión Gas Contrato de Licencia Aquí puede actuar Reglamento de Servicio Resoluciones y normas reguladoras Pueden ser Actos Administrativos De carácter Gral o particular Recurribles en Alzada ante la SE Base movible/cambiante. Son Resoluciones – Normas Que el regulador dicta en cumplimiento de sus Atribuciones y facultades 18 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR REQUISITOS I. Organismo Autarquico. Categoría dada por Ley o Decreto II. 1. 2. Autarquía Propia Autarquía Impropia Autarquía Funcional o Administrativa. Es solo una cuestión de cuadro de la Administ. III. Independencia Financiera Creación en el ámbito de: . . Son los medios, recursos del Ente para funcionar 19 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUTARQUÍA E INDEPENDENCIA ¿qué debe asegurar? La no concreción de dos vicios de la regulación CAPTURA Del ER por parte del Regulado o prestador. Situación que se ve facilitada por la asimetría informativa del regulador. COOPTACIÓN Del ER por parte del Poder Político Interfiere en sus decisiones con el riesgo de situarlas al márgen del MR. Se agrava cuando tiene carácter bifronte, es decir legislador y ejecutivo ejercen presiones contradictorias. Idem para el “activismo judicial”, entendido como sustitución por el juez de las decisiones que corresponden al 20 regulador. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONTROL SOBRE LA ACTIVIDAD DE LOS ENTES REGULADORES CONTROL JURISDICCIONAL 1. Control Administrativo: Recurso de Alzada. Art. 97 LNPA. Es formal. De legimidad del Acto y no sobre el fondo. 2. Revisión judicial suficiente. Controla la ilegalidad de la decisión del ER. 3. La ley 25. 344 modificó sustancialmente el art. 31 de la LNPA por lo que para impugnar un AA definitivo del ER debe Formularse reclamo administrativo previo ante el mismo. Producida la dene. Gatoria, expresa o tácita, la demanda judicial debe deducirse dentro de los plazos de caducidad del art. 25 LNPA. CONTROL NO JURISDICCIONAL 1. 2. 3. Defensor del Pueblo. CN art. 86 y 43. Ley 24. 284. Actuación de oficio o a petición de parte. Advertencias, recomendaciones y recordatorios de deberes legales y funcionales. Auditoría Gral de la Nación. CN. Art. 85. Ley 24. 156 Titulo VII. Legalidad, Gestión, Auditoría Sindicatura Gral de la nación. Ley 24. 156. Título VI. Principios de eficiencia y eficácia (Resolución Sigen 107/98. 21 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. BASES DE LA REGULACIÓN La Regulación está configurada por normas o leyes dictadas para controlar las decisiones de los regulados. 1. 2. 3. 4. 5. 6. La regulación es una acción distinta y externa de la actividad regulada. Es una limitación a la libertad del regulado. Es una política pública, debe responder al interés general. Presupone un patron: la conducta deseada del regulado. Tal conducta está contenida en la norma regulatoria. Su verificación es la taréa de control. El cometido regulatorio se desarrolla en un proceso permanente, dinámico, de ajuste. Regularidad y continuidad son los datos correlativos. LA REGULACIÓN COMPRENDE EL ESTABLECIMIENTO DE REGLAS DESTINADAS A DISCIPLINAR UNA ACTIVIDAD Y LA VERIFICACIÓN DE QUE ELLA SE DESENVUELVE DE ACUERDO A LAS REGLAS. Felipe Rodriguez 22
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. FUNCIONES DEL ENTE REGULATORIO I II REGULATORIA REGLAMENTARIA 1. Específica: aplica normas. Actúa como Poder ejecutivo. 2. Regulatoria: a) Propia. Fijan cuestiones de política regulatoria. b) Impropia o administrativa. Controla su personal etc. III Dicta normas. Reglamento Acto administrativo de Alcance general JURISDICCIONAL Resuelve conflictos entre Sujetos de la ley. Actúa como juez. Dicta Resolución materialmente Judicial. Aquí el juez si Puede revisar la cuestión De fondo. El Ente actuó Como juez IV SANCIONATORIAS. Función Regulada Aplica lo que está en la ley y con los límites que está en la ley. 23 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIOS 1 1° El ER NO ES REPRESENTANTE de los Usuarios, ni de los Sujetos regulados, ni de cualquier otra persona que tenga que ver con la electricidad. ACTUA COMO JUEZ DE 1° INSTANCIA. 2° La relación ER – Usuario se materializa por el objetivo, Ley 24065 artículo 2°, inciso “a” “Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios”. 3° Es una especie de contrapeso o sistema de equivalencia. A priori sería un usuario frente a una empresa. Esto es lo que hace la diferencia. 4° Los Representantes de los Usuarios pueden ser: a) Ellos mismos; b) los abogados; c) las Asociaciones de defensa de usuarios con base Constitucional, artículo 42; d) el Defensor del Pueblo de la Nación; e) el que designe el ER en las Audiencias Públicas. 24 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIOS 2 5° El ER protege los derechos del usuario de manera integral. La Ley no distingue entre Usuarios Residenciales y No Residenciales. Consecuentemente el ER defiende el interés de todos los usuarios más allá de que algunos sean empresas de mucho poder. 6° El ER defiende los interéses de Usuarios ACTUALES y Usuarios FUTUROS, FUTUROS aquellos que faltan conectarse a la red. La expansión de la red es lo que permite el acceso y el ER debe pensar en ello e intervenir porque el objetivo es que todos alcancen el bienestar que muestran otros. 25 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIO 3 PARTICIPACION DEL USUARIO CONSULTIVA La colegialidad de la conducción del ER tiene por objeto asegurar una visión interdisciplinaria de la regulación y la responsabilidad y acierto en las decisiones. El órgano de dirección no es ámbito de representación ni de composición directa de intereses. DECISORIA Los Usuarios participan de la conducción del ER. En ella se minimiza la debilidad de algúna clase de Usuario. Al formar parte de la decisión fortalecen su posición equilibrándo la relación con el concesionario. (Gordillo) 26 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ROL DEL ENTE REGULADOR Control del ER Poder Monopó Po lico Defensa del Usuario El ER no puede actuar como supuesto árbitro que dirime conflictos entre partes iguales. Tiene un deber Constitucional y Legal: Legal buscar el equilibrio de la desigualdad existente. El ER debe compensar el poder monopólico de los regulados con el peso del control que debe sobre ellos y una mayor defensa del usuario. La facultad “jurisdiccional” que la ley le reconoce es en realidad una facultad administrativa sujeta a revisión judicial plena y adecuada por ambas partes. (Gordillo) Felipe Rodriguez 27
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN ESQUEMA DE RELACIONES M. R. ENRE- ENARGAS MR+RS M. R. + CC/CL ESTADO NACIONAL C. N. Art. 42 M. R. Ley 24282 (DP) Asociac. etc USUARIO CONCESIONARIO M. R. + CS MR + CC + RS 28
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. EL EQUILIBRIO. ¿DONDE ESTÁ? 1°. En adicionar, a los elementos de control, Auditorías Cruzadas de carácter independiente. 2° En que la carga de la prueba recae desde luego sobre quienes invocan un monopolio o privilegio. 3° La CN de 1994 zanja la cuestión. Ha resuelto definitivamente: las autoridades públicas ( administrativas, legislativas o judiciales) deben controlar los monopolios naturales o legales, en defensa de los intereses económicos del usuario o consumidor. 4° El Fallo “Telintar S. A. Incidente –yotros c/ CNT-MEOy. SP s/ proceso de conocimiento”: El derecho de los usuarios a la elección de una tarifa más baja. . debería prevalecer por sobre el derecho de la licenciataria de obtener mayor ganancia. ” (Gordillo) 29 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA I CONCEPTO IV CLASIFICACIÓN II III PRINCIPIOS V REPRESENTACIÓN USUARIOS OBJETIVO VI BENEFICIOS 30 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. CONCEPTO Es parte del procedimiento administrativo o jurisdiccional del ENRE. Deviene de la interpretación del artículo 42 de la CN. El artículo 81 ley 24065 faculta al ENRE a dictar normas procedimentales de AP. ENARGAS también, LEY 24. 076 art. 73 Es una etapa dentro de la formación de la voluntad administrativa. Se rige por el sistema de la oralidad. No es el fin del procedimiento. Es una especie de Audiencia de Vista de Causa donde en un mismo momento se ve y trata todo. Se realiza en un solo acto, allí se dá el derecho de defensa, a ser oido etc. El Directorio del ER organiza la AP. Es una particularidad de comunicación muy especial. Es una manera de obtener pruebas y luego el directorio decide. Todo lo 31 que se dice es en un plano procesal, se grava y filma todo. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. PRINCIPIOS El procedimiento administrativo se rige por: 1) Debido proceso R 2) Publicidad E G 3) Oralidad L 4) Informalismo A 5) Contradicción M E 6) Participación N 7) Instrucción e impulsión de oficio T 8) Economía procesal O Artículo 1° Informalismo: no es escrito. Se arma en el momento y es oral. Inmediatez física: acerca a las partes, se ven cara a cara, influye sobre las actitudes y voluntades de negociación, no influye sobre los derechos. Participación Pública: se publica un 32 edicto donde se invita a participar. El objeto de discusión es limitado Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. OBJETIVO 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. RESOLVER CONFLICTOS. QUE EL USUARIO TENGA PROTECCIÓN. FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN POPULAR PROMOCIÓN DE FORMACIÓN DE ASOCIACIONES. REVALORIZACIÓN DE INTERESES REGIONALES. MAYOR CONCIENCIA SOLIDARIA EN LA POBLACIÓN. BÚSQUEDA DE LA VERDAD OBJETIVA, REAL NO PROCESAL O RITUAL 33 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. CLASIFICACIÓN OBLIGATORIA ABIERTA Artículo 11. Para otorgar Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, en ampliación (construcción) y/u operación instalaciones. Artículo 46. Tarifas. Solicitud de modificación por parte de un transportista o distribuidor. Artículo 73 Consecuencias presunción actos violatorio de la ley. Artículo 74. a) Conveniencia, necesidad y utilidad gral de los servicios públicos eléctricos. b) conductas contrarias a libre competencia o abuso monopolio o posición dominante. No Obligatorias. Se realizan a los fines del mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 56 incisos “p” y “s” Es en razón de la importancia institucional. Multiplicidad de partes. Complejidad Técnica. Significación Territorial. Conciliación entre partes 34 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. REPRESENTACIÓN DE USUARIOS 1° La Función del ER 2° Defensor del Usuario(art. 9) 3° Artículo 42 CN. 4° Legitimación de las Asociaciones 35 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. BENEFICIOS 1° Celeridad y Economía de Procedimientos 2° Inmediatez Física. 3° Amplia participación popular. 4° Control Social ( La gente no solo participa sino que la ve). Felipe Rodriguez 36
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA Anexo I: Reglamento Gral de AP para el PE nacional Anexo. II: Formulario de inscripción para AP del PE nacional Decreto 1172/03 NUEVO RÉGIMEN 1. 2. ENRE -ENARGAS Derogan sus Reglamentos. Adoptan el Reglamento y el Formulario aprobados en el Decreto 1172/03 37 Felipe Rodriguez
DE LOS ENTES REGULADORES EN PARTICULAR ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ORGANOS DE CONTROL DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS a) Composición del Directorio; b) Régimen de Audiencias Públicas( hoy Decreto 1172/2003); c) Facultades de uno y otro en la resolución de controversias. d) Otros aspectos de interés. 38
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONSTITUCIÓN ORGÁNICA DEL ENRE Analiza informe Emite el Acto Administrativo Audiencia Pública DIRECTORIO ORGANO COLEGIADO 5 DIRECTORES. PEN Se sustancia en la SE. Eleva una terna al Secretario que recomienda. Al Congreso con i proyecto de decreto. GERENCIAS TÉCNICAS EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS Informes interdisciplinarios Firmados por las tres ramas Se aparta del proced. tradicional TRES RAMAS: RAMAS Ingeniería. Derecho. Economía. Felipe Rodriguez 39
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ALCANCES DE LAS FACULTADES DEL ENRE I La Función Reglamentaria en el Mercado Electrico Mayorista se la reservó la Secretaría de Energía. Artículo 56 inciso “b”. El ENRE dicta reglamentos en materias de: seguridad; técnica; medición; interrupción y reconexión del SP; y, calidad del mismo. La Secretaría de Energía reglamenta el funcionamiento del mercado mediante procedimientos. (Decreto 1398/92). Fundamento: el hecho eléctrico es complejo. Ello obliga a regular la materia relativa al Despacho que lo dicta la SE y lo ejecuta CAMMESA II Actos Jurisdiccionales de alzada agota la vía administrativa en la SE y no en el Ministerio. Constituye una heterodoxia del Derecho Administrativo. Artículo 76 Decreto 1398/92 40 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ENRE MISIONES Y FUNCIONES DIRECTORIO SECRETARIA RELACIONES INSTITUCIONALES A R E A S D E P A R T PLANEAMIENTO ADMINISTRATIVO Y CONTROL DE GESTION SERVICIOS 0 LOGISTICA SISTEMAS ANALISIS REGULATORIOS Y ESTUDIOS ESPECIALES APLICACIÓN Y ADM. DE NORMAS REGULATORIAS DIST. Y COMERC. EE TPTE E. E TESORERIA PERSONAL UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA SUSTANTIVAS PRODUCC. Y ABASTEC. EE DEPARTAMENTO ADNINISTRATIVO CONTABILIDAD ASESORÍA JURÍDICA COMPRAS Y CONTRATAC. ATENCIÓN USUARIOS S E C T. 41 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. EL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP Ente Descentralizado. Ejerce el control de la seguridad de más de 30 aprovechamientos hidroeléctricos de jurisdicción nacional privatizados y bajo concesión. No tiene jurisdicción en presas de riego o bajo jurisdicción provincial. Puede celebrar convenios de asistencia técnica con entidades provinciales y binacionales. Precedente ORSEP COMAHUE (Decreto 2736/92). Organización de pequeñas dimensiones (36 personas) altamente capacitado técnicamente. Organización: Consejo Técnico y un Presidente con relevantes facultades. Cuatro (4) Unidades Regionales con fuerte delegación de facultades de decisión en las que participan representantes de las provincias: Norte; Cuyo – Centro; Comahue y Patagonia. Antes dependía de Recursos Hídricos hoy de 42 Infraestructura. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY Nº 24. 065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA ESTRUCTURA Sanción: 19 dic 1991 CAP. ART. 21 capítulos - 100 artículos TEMA DESCRIPCION Generación, transporte y distribución de electricidad I 1º OBJETO Transporte y Distribución Generación SERVICIO PUBLICO INTERES GENERAL II 2º POLITICA GRAL. Y AGENTES Derecho de usuarios, Competitividad de los mercados, inversiones para suministro, Largo plazo, Igualdad, libre acceso, no discriminación, Reg. Transporte y dist. c/tarifas justas y razonables, etc III 3º TRANSPORTE Y DISTRIBUCION Personas jurídicas privadas – concesión. PE s/ leyes 15336, 23696 y decretos reglamentarios. 43 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY Nº 24. 065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA ESTRUCTURA CAP. ART. TEMA DESCRIPCION Generación, transporte y distribución de electricidad GENERADOR: Arts. 5, 6, 8 - titular central eléctrica (adquirida o instalada – Ley 24065) - concesionario serv. Explot. (art. 14 Ley 15336) Coloca su producción total o parcial en el sist. de tpte y/o distrib. , sujeto a jurisd. Nacional Contratos de suministro Art. 39 autogeneradores IV 4º al 10º GENERADOR TRANSPORTISTA DISTRIBUIDOR y GRAN USUARIO TRANSPORTISTA: Arts. 3, 7, 29 -titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º) Responsable de la tranmisión y transformación desde el punto de entrega por el Generador hasta el de recepción por el Distribuidor ó G Usuario DISTRIBUIDOR: Arts. 3, 9 -titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º) Responsable de abastecer a aquellos USUARIOS FINALES (que no tengan facultad de contratar el suministro en forma independiente), que se encuentran dentro de su zona de concesión. GRAN USUARIO: Arts. 10, 9 Quien contrata en forma independiente y para consumo propio, su abastecimiento de EE con el GENERADOR y/o DISTRIBUIDOR. , reuniendo 44 Felipe Rodriguez los requisitos técnicos exigidos por la Ley.
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY 24. 065 CAPITULO ARTICULOS V VI 11º Aa 20 º 21º a 29º TEMA DISPOSICIONES COMUNES A TRANSPORT. Y DISTRIBUIDORES PROVISION DE SERVICIOS CAPITULO ARTICULOS XIV 71º a 76º TEMA PROCEDIMIENTO S Y CONTROL JURISDICCIONAL XV 77º a 81 º CONTRAVENCIO NES Y SANCIONES XVI 82º a 84º DISPOSICIONES VARIAS VII 30º a 33º LIMITACIONES VIII 34º EXP. E IMPORT. XVII 85º AMBITO DE APLICACION IX 35º a 39º DESPACHO DE CARGAS XVIII 86º a 88º DISPOSICIONES TRANSITORIAS X 40º a 49 º TARIFAS XIX 89º a 92º MODIF. A LA LEY 15336 XX 93º a 97º PRIVATIZACION XXI 98º a 100º ADHESION XI XIII 50º a 53º 54º a 69º 70º ADJUDICACIONE S ENTE NAC. REGULADOR EXP. E IMPORT. 45 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO HASTA 2002 Fuente: Informe del Año 2002. SECRETARIA DE ENERGIA - DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA 46 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONSTITUCIÓN ORGÁNICA DEL ENARGAS Analiza informe Emite el Acto Administrativo Audiencia Pública DIRECTORIO ORGANO COLEGIADO 5 DIRECTORES. PEN Se sustancia en la SE. Eleva una terna al Secretario que recomienda. Al Congreso con i proyecto de decreto. GERENCIAS TÉCNICAS EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS Informes interdisciplinarios Firmados por las tres ramas Se aparta del proced. tradicional TRES RAMAS: Ingeniería. Derecho. Economía. 47 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. APRECIACION PERSONAL DISEÑO el ER ha seguido el modelo norteamericano combinado con el instituto de la Autarquía. A su vez el Régimen Tarifario se ha orientado hacia el sistema inglés de “precios tope”. RIESGO RESULTADO Una institución vernácula. Perfil actual en proceso de maduración. En razón de los tiempos institucionales que vivimos está sometido a una altisima exposición de riesgo tal que podría quedar reducida al ejercicio de un mero papel de control de legalidad, incumpliendose de este modo el mandato supremo del artículo 42 de la CN. Felipe Rodriguez 48
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