ESCUELA DE SALUD SAN PEDRO CLAVER Estudiantes Jess

















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ESCUELA DE SALUD SAN PEDRO CLAVER Estudiantes: ◘ Jesús David Gelves González ◘ Karen Tatiana Silva Ramírez ◘ Mónica Ortiz Díaz ◘ Andriana Roa Cárdenas

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

QUE ES EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO El régimen contributivo es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador. 3

CÓMO AFILIARSE AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO ◘ Diríjase a la EPS y diligencie el formulario de afiliación junto con su empleador. Incluya a todos los beneficiarios y anexe fotocopia de los documentos de identidad requeridos: documento de identidad, registro civil de matrimonio o certificado de convivencia. ◘ Se deben afiliar en el régimen contributivo, las personas que tienen una vinculación laboral, es decir, con capacidad de pago, como los trabajadores formales e independientes, los pensionados y sus familias. 4

Si es trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de pago: Diríjase a la EPS que elija y diligencie el formulario de afiliación, afilie a sus beneficiarios presentando fotocopia de los documentos de identidad.

Además, En forma periódica, la Secretaria Distrital de Salud convoca a diferentes jornadas para promover la afiliación de usuarios con capacidad de pago a una EPS-C. En estas actividades se busca la afiliación al SGSSS de Trabajadoras dependientes e independientes como: trabajadoras domésticas, taxistas tenderos, artistas, entre otros. “ Para tener derecho al POS, usted debe estar al día en sus aportes mensuales a la EPS. Si no paga cumplidamente puede ver afectado para recibir sus servicios adquiridos con la afiliación, es decir, no puede acceder a los servicios de salud. 6

Trabajador dependiente: Debe asistir acompañado por su empleador y presentar tres fotocopias de su documento de identidad y tres fotocopias del documento de identidad de su empleador, así como una fotocopia del documento de identificación de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía). 7

CÓMO SE DEBE COTIZAR AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO En el caso de un empleado, el valor de la cotización es de 12% del salario mensual, 8% le corresponde pagarlo al patrono y 4% al empleado; el trabajador independiente paga mensualmente 12% de sus ingresos como valor de la cotización y, el pensionado, paga 12% de su ingreso mensual. A quienes se les reconoció pensión de vejez o jubilación, invalidez o muerte antes de 1994 les fue hecho un ajuste en sus pensiones, para compensar el descuento por su cotización a una EPS. 8

CUÁLES SON LOS DERECHOS POR ESTAR AFILIADO Por el hecho de estar afiliado al Régimen Contributivo tiene derecho a cuatro grandes beneficios: “COTIZANTE” 3. A recibir un subsidio ○ 1. A recibir una amplia en dinero en caso de gama de servicios incapacidad por enfermedad ○ 2. A afiliar a su familia 4. A recibir un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad 9

A CUÁLES MIEMBROS DE LA FAMILIA PUEDE AFILIAR Si usted es casado o vive en unión libre, puede afiliar a su cónyuge o compañero(a) permanente y adicionalmente a sus hijos o los de su pareja (incluyendo a los adoptivos), que sean menores de 18 años. No importa el número de hijos menores que tenga. Puede afiliar también a los hijos (incluyendo a los adoptivos) menores de 25 años, si se dedican exclusivamente al estudio y dependen económicamente de usted, o si tienen incapacidad permanente, en cuyo caso no importa la edad que tengan. Si es soltero puede afiliar a sus padres si dependen económicamente de usted. 10

QUÉ PAGOS DEBEN REALIZAR LAS PERSONAS AFILIADAS AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO EN MATERIA DE SALUD ◘ Aportes obligatorios al sistema general de seguridad social (Salud, Pensión y riesgos laborales). ◘ Cuotas moderadoras ◘ Copagos si se perciben ingresos adicionales a la mesada pensional, o como trabajador dependiente y/o independiente. 11

¿Se deben realizar aportes al Sistema General de Seguridad Social sobre dichos valores? ○ Sí. Cuando una persona tiene varias fuentes de ingreso como trabajador dependiente y/o independiente deberá hacer los respectivos aportes en salud a la EPS a la cual se encuentre afiliado y en pensión al Fondo de Pensiones al que pertenezca, sobre la totalidad de los ingresos recibidos. Así mismo, los pensionados que reciban ingresos adicionales a su mesada pensional deberán hacer los respectivos aportes en salud a la EPS donde se encuentren afiliados, sobre el 12. 5% de la totalidad de ingresos percibidos. 12

CUOTAS MODERADORAS EN RÉGIMEN CONTRIBUTIVO ○ ○ El pago de este monto tiene un doble propósito: el primero es permitir la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y, el segundo, inculcar en los colombianos la necesidad de hacer uso pertinente y necesario de los servicios de salud. A continuación, presentamos los valores de Copagos, Cuotas Moderadoras y UPC adicional vigentes para el año 2020. Salario Mínimo Mensual Legal Vigente año 2020 según Decreto 2360 del 26 de diciembre de 2019: $877. 803 13

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Casos en los que se paga cuota moderadora al momento de la utilización del servicio (Art. 6 del Acuerdo 260 de 2004) 1 e ad n r cte ral e e a en ult s: g s a n ca i n o i d C dic é ram gía, me a lo as sp lta psico e otr u , tr ns Co rición ía en t etr nu m n o t 2 co a op n ter ex. a ult as ns alist o i C ec esp 3 4 ic lóg o t n do o lta nsu Co 5 a. en os d ta ce a. e r i os ator t l en u m mb io a ic a a or t d t ra Me sul bo os. . n a l i co e or s d lat e en mbu m a á Ex ico n clí 6 e ía ía. g lo og dio enol a R ag im 7 8 g Ur en s cia no a vit les . 16

BENEFICIOS DEL POS APENAS ME AFILIO EN RÉGIMEN CONTRIBUTIVO PARA GOZAR DE ALGUNOS SERVICIOS DEL POS SE NECESITA: ◘ Cumplir cierto periodo de cotización al SGSSS, por eso se hace necesario que siempre permanezca afiliado con su familia a una EPS, además que para algunas eventualidades el hecho de haber pertenecido más tiempo en una misma EPS puede ofrecerle mayores compensaciones ○ PERO EXISTEN DOS EXCEPCIONES: ◘ Aquellos servicios que pueden ser exigidos con la sola afiliación y los que pueden ser exigidos solamente después de cierto tiempo de cotización. ◘ El empleado, para tener derecho al acceso de los servicios del POS, requerirá de 4 semanas ◘ El conjunto de servicios del POS puede ser recibido por el empleado desde el primer día del segundo mes de la afiliación y por el trabajador independientemente desde el primer día de afiliación. 17