EL VALOR DE LA FORMACIN ROMANSTICA DEL JURISTA

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EL VALOR DE LA FORMACIÓN ROMANÍSTICA DEL JURISTA DEL SIGLO XXI VI CONGRESO IBEROAMERICANO

EL VALOR DE LA FORMACIÓN ROMANÍSTICA DEL JURISTA DEL SIGLO XXI VI CONGRESO IBEROAMERICANO DE DOCENCIA UNIVERSITARIA 4, 5 Y 6 DE NOVIEMBRE DE 2010 CAMPUS PUCP-LIMA Rosario de la Fuente y Hontañón. Universidad de Piura (Perú)

1. Introducción • El presente trabajo pretende poner de relieve la importancia que tiene

1. Introducción • El presente trabajo pretende poner de relieve la importancia que tiene el estudio del Derecho romano en la formación de los juristas del siglo XXI • que se enfrentan a grandes cambios y a grandes retos en la sociedad en la que viven, en un mundo globalizado

 • Fundamento del incipiente Derecho global (ex Roma ius) • Es cuna de

• Fundamento del incipiente Derecho global (ex Roma ius) • Es cuna de la jurisprudencia occidental y modelo permanente de resolución de conflictos jurídicos. • Álvaro d’Ors: Humanidades del jurista

 • Se dicta en el 2°año de carrera • 5 créditos • 70

• Se dicta en el 2°año de carrera • 5 créditos • 70 horas lectivas • Con las clases magistrales y el desarrollo de los casos prácticos, el estudiante adquiere una terminología jurídica y conoce las instituciones del Derecho patrimonial o privado, • sobre las que se asientan en gran parte nuestra civilización occidental.

 • El estudio actual del Derecho romano constituye además la base de nuestro

• El estudio actual del Derecho romano constituye además la base de nuestro derecho moderno y está presente en nuestro ordenamiento jurídico peruano • Se pretende instruir al estudiante y futuro jurista en una experiencia jurídica ejemplar que le habilitará para superar en muchos aspectos las estrechas miras del positivismo • Espíritu crítico

 • Al jurista Celso se le debe la definición del Derecho: ius est

• Al jurista Celso se le debe la definición del Derecho: ius est ars boni et aequi, (D. 1. 1. 1. pr). • La conveniencia, la comprensión y la justicia de la solución en el caso concreto, son las que buscan el Pretor y los juristas, atentos siempre al bonum et aequum. • Es en el caso concreto donde es posible construir soluciones de justicia.

2. Descripción del curso de DR • A las Fuentes se dedica cinco horas

2. Descripción del curso de DR • A las Fuentes se dedica cinco horas (5) • A la explicación de las acciones procesales diez horas, (10), • Al tema de la propiedad quince horas (15), • la familia y la herencia diez horas (10),

 • A las fuentes de las obligaciones quince (15) • y por último

• A las fuentes de las obligaciones quince (15) • y por último a los contratos otras quince horas (15).

3. Casos prácticos • Mecánica y la dialéctica del Derecho • En grupos de

3. Casos prácticos • Mecánica y la dialéctica del Derecho • En grupos de trabajo, unas nueve o diez personas, atendiendo a razones de amistad, compañerismo, afinidad. • Dos evaluaciones de casos prácticos que suponen el 20 % de la nota definitiva. • Otro 30% corresponde al examen parcial y por último el 50 % se asigna al examen final (oral)

Algunos ejemplos • El caso del lanista: alquiler-venta de gladiadores (Gayo, 3. 146) •

Algunos ejemplos • El caso del lanista: alquiler-venta de gladiadores (Gayo, 3. 146) • El caso del usufructo: usucapión del ternero de la vaca hurtada. • Las tablas dejadas en la playa

4. Taller de Derecho romano, “Álvaro d’Ors”

4. Taller de Derecho romano, “Álvaro d’Ors”

 • La famosa Causa curiana (siglo I a. C) • Quinto Mucio Escévola,

• La famosa Causa curiana (siglo I a. C) • Quinto Mucio Escévola, jurista • Licinio Craso, retórico

Descripción del caso “El testador creyendo que su esposa estaba en cinta instituye heredero

Descripción del caso “El testador creyendo que su esposa estaba en cinta instituye heredero al nasciturus, y para el caso que este muriera antes de llegar a la pubertad, instituye como sustituto a Manlio Curio. Muerto el disponente, el hijo no nació y entra en posesión de la herencia el sustituto Curio, herencia que le viene disputada por los agnados del testador, de nombre Coponio, y por tanto herederos legítimos. ”

5. Conclusiones • Los juristas romanos fueron creadores de un orden jurídico singular y

5. Conclusiones • Los juristas romanos fueron creadores de un orden jurídico singular y ejemplar para todos los siglos • Vigente utilidad de su enseñanza: base romanística de nuestro derecho moderno • No reducir el estudio del derecho a las normas legales positivas

 • En el Derecho romano se encuentra la base de la terminología jurídica

• En el Derecho romano se encuentra la base de la terminología jurídica de la que todavía nos servimos: lenguaje jurídico común • El encuentro con el Derecho romano permite saber qué es el derecho y cómo es el derecho: derecho se descubre y comprueba la conexión estrecha entre desarrollo jurídico y desarrollo social

 • Contribución del Derecho romano a la conformación del peculiar estilo de pensar

• Contribución del Derecho romano a la conformación del peculiar estilo de pensar que caracteriza a los juristas: • la visión casuística propia de los juristas romanos • Interesa de modo directo a la formación técnico-profesional del jurista

Muchas Gracias. maria. delafuente@udep. pe

Muchas Gracias. maria. delafuente@udep. pe