EL DERECHO DEL TRABAJO Concepto de Derecho l
EL DERECHO DEL TRABAJO
Concepto de Derecho l ¿Cómo lo definirías tú? l Conjunto de normas jurídicas que regulan los interese contrapuestos que se dan en en el seno de una sociedad
Concepto de Derecho del trabajo l El derecho del trabajo es la rama del ordenamiento jurídico que regula las relaciones laborales que se establecen entre empresarios y trabajadores, así como los aspectos sociales como la seguridad social, la sindicación, etc
El Derecho del trabajo l l l El derecho del trabajo es la rama del ordenamiento jurídico que regula los contratos de trabajo. ¿Por qué surge el derecho del trabajo? ¿Por qué se separa del derecho civil?
1. 1 Evolución del Derecho del trabajo El Derecho del Trabajo surge para compensar la desigualdad existente en la relación laboral, limitando los entonces poderes del empresario, y siendo su finalidad la tutela del trabajador como parte más débil en la relación contractual. Su aparición obedece, a la confluencia histórica de tres causas: a) La revolución industrial (Inglaterra 1760) b) La reacción obrera frente a la misma. Mecanoclastas. c) La intervención del Estado en las relaciones laborales, como mecanismo de autodefensa. No se puede evitar el conflicto social pero el Estado procura canalizarlo, suavizarlo
1. 1 Evolución del Derecho del trabajo El conflicto social entre trabajadores y empresarios no es patológico es fisiológico cumple el fin de la racionalización económica. En principio no es un Derecho del Trabajo sino distintos parches que se van poniendo para ir solucionando los problemas más importantes. Las primeras normas estatales son para proteger a los grupos sociales más débiles: las mujeres y los menores en los aspectos que más se había abusado: la jornada laboral y los trabajos penosos y peligrosos.
El Derecho del trabajo l l l En Inglaterra en 1802, se promulgó la "Ley de Salud y Moral de los aprendices" Esta ley limitaba la jornada laboral de los niños a 12 horas diarias, … … prohibía los trabajos nocturnos a los menores y obligaba a los empresarios a lavar las paredes de las fábricas dos veces al año. Hubo grandes protestas de los patronos para su aplicación. En 1833 se aprobó la "Ley de las Fábricas", reducía la jornada de trabajo de los niños menores de 13 años a 9 horas diarias.
1. 1. Evolución del Derecho del Trabajo en España En 1873, 1ª República, se prohíbe el trabajo de los menores de 10 años y se establece la jornada de 8 horas para los trabajadores entre 13 y 15 años (14 a 17 mujeres); 5 horas para los menores de 13 años (14 años mujeres). Esta norma es considerada como la primera norma laboral española. En 1900 la ley sobre accidentes de trabajo responsabiliza a los patronos de los accidentes ocurridos a sus operarios. Ley Dato: En el año 2000 se celebraron los 100 años de la Seguridad Social. En 1904 se establece el descanso dominical. En 1912 "Ley de la Silla" por la que se establece el derecho de las empleadas en centros no fabriles a utilizar asiento y se prohíbe el trabajo nocturno a las mujeres.
El Derecho del trabajo (D. Laboral) en España En 1919 se fija la jornada en 8 horas al día o 48 semanales En 1920 se crea el Ministerio de Trabajo
El Derecho del Trabajo en España l l l En la época de Franco, las tablas salariales son elaboradas por el Ministerio de Trabajo y se elimina la negociación colectiva. Se prohíben los sindicatos, se confiscan sus bienes, estableciéndose un sindicato único, la Central Nacional Sindicalista (CNS), el llamado sindicato vertical, al que obligatoriamente tenían que estar afiliados todos los trabajadores y empresarios. Con el franquismo el Derecho del Trabajo era muy protector porque no existía la negociación colectiva.
El Derecho del Trabajo (D. Laboral) en España La Constitución Española de 1978, terminó con el modelo laboral anterior. En 1980 se promulga el Estatuto de los Trabajadores En 1995 se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Los Trabajadores (TRET)
1. 2. División del Derecho público: El Estado actúa desde una situación de superioridad, tiene más poder. D. PENAL, D. ADMINISTRATIVO, ETC. l Derecho privado: Regula las relaciones entre l particulares. D. CIVIL, D. MERCANTIL. Posición intermedia entre el derecho público y privado : DERECHO DEL TRABAJO
1. 3. El trabajo y el Derecho Laboral l El Derecho del Trabajo o (laboral) regula los contratos de trabajo l CONTRATO. Acuerdo de voluntades con intención de obligarse
CONTRATO DE TRABAJO: l Prestación de servicios – Voluntaria – Por cuenta ajena – Dependencia – Retribuida
1. 3. El trabajo y el Derecho laboral l ¡Siempre que se de una prestación de servicios con esas cuatro características: voluntaria, dependencia, por cuenta ajena, retribuida, será una relación laboral, CONTRATO DE TRABAJO, con independencia de lo que digan las partes o el contrato firmado!
1. 4 Las fuentes del Derecho del Trabajo l l l Origen de las normas jurídicas A qué normas tengo que ir para ver como se regula una cuestión determinada El Derecho del Trabajo tiene una fuente que no tienen los otros derechos: Los convenios colectivos
1. 4. Las fuentes del Derecho del trabajo l INTERNAS: – – l LEY (sentido amplio): Constitución, leyes, reglamentos, convenios colectivos COSTUMBRE PRINCIPIOS GENERALES (JURISPRUDENCIA) INTERNACIONALES
1. 4. Las fuentes del Derecho del Trabajo l INTERNACIONALES – – Reglamentos y directivas de la U. E Los convenios y recomendaciones de la OIT Los tratados y convenios internacionales (La jurisprudencia internacional)
FUENTES INTERNAS l LA LEY: en sentido estricto (riguroso) – – l Norma que emana del Poder Legislativo En España el poder legislativo está constituido por LAS CORTES: CONGRESO Y SENADO Art. 1. 3 de la CE – – “La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria” El poder no reside en el Rey sino en el PARLAMENTO
I N I C Anteproyecto Ley Proyecto de Ley I Gobierno Consejo A (Ministro) Ministros T I V A Congreso L E G I S L A T I V A Senado CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Admisión Automática Ponencia Comisión Legislativa ¿Se admite? C. A A P P R U E B A SENADO Aprueba Sanciona (15 días) I. L. P. Proposición de ley ELABORACION DE LAS LEYES Congreso: 350 Diputados Senado: 259 Senadores Promulga Publica Art. 87 a 91 CE Rey
I N I C I A T I V A L E G I S L A T I V A CONGRESO DE LOS DIPUTADOS R A T I F I C A Mayoría SENADO ABSOLUTA DOS MESES VETA por mayoría ABSOLUTA Mayoría SIMPLE Sanciona (15 días) Promulga Rey Publica ELABORACION DE LAS LEYES Congreso: 350 Diputados Senado: 259 Senadores Art. 87 a 91 CE
Jerarquía de las normas Emanan del Poder EJECUTIVO Emanan del Poder LEGISTATIVO CORTES: CONGRESO Y SENADO 1 GOBIERNO ADMINISTRACIÓN CONSTITUCIÓN 2 LEY ORGÁNICA 3 LEY ORDINARIA Decreto legislativo Rango de ley Decreto ley REGLAMENTOS
Constitución Española l l Aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978 Ratificada por el pueblo español en referéndum el 6 de diciembre de 1978 Sancionada por S. M. el Rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978 Publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978
Constitución Española l El contenido laboral se puede clasificar en tres grandes bloques: – – – DERECHOS FUNDAMENTALES DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS CIUDADANOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA SOCIAL Y ECONÓMICA
Constitución Española l DERECHOS FUNDAMENTALES – – Artículos 14 a 29. Si son violados o no nos permiten ejercitarlos podemos ir directamente ante los tribunales Libre sindicación, no discriminación, derecho a la huelga, libertad religiosa.
Constitución Española l Derechos y libertades de los ciudadanos – – l Artículos 30 a 38 Derecho al trabajo, derecho a un salario adecuado Principios rectores de la política social y económica – – Artículos 39 a 52 Mantener un régimen público de SS, vivienda
Leyes orgánicas l l l Son leyes orgánicas las que regulan las materias relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía, y la Ley General Electoral Para la aprobación modificación o derogación se exige mayoría absoluta del Congreso La LOLS, el CP, la LOE son leyes orgánicas
Leyes ordinarias l l Son leyes ordinarias las que no son orgánicas. El Estatuto de los Trabajadores en su redacción original de 1980, la LPRL, la LPGE, la LGP
Decretos Leyes l l l En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de DECRETOS – LEYES. No podrán afectar a materias propias de leyes orgánicas Tiene que someterse a votación en le Congreso en el plazo de 30 días
Jerarquía de las normas Emanan del Poder LEGISTATIVO CORTES: CONGRESO Y SENADO 1 CONSTITUCIÓN 2 LEY ORGÁNICA 3 LEY ORDINARIA Emanan del Poder EJECUTIVO De leg ac Co ión nv pre ali da via ció np os ter i Rango de ley GOBIERNO ADMINISTRACIÓN or Decreto legislativo Decreto ley REGLAMENTOS
Decretos legislativos l l l Las Cortes Generales pueden delegar en el Gobierno la facultad de dictar normas jurídicas con rango del ley mediante una LEY DE BASES texto articulado: CC LEY ORDINARIA texto refundido: TRLET
Reglamentos l l l Normas jurídicas CON RANGO INFERIOR A LA LEY Dictadas por los órganos del Estado (Administración) que tienen la POTESTAD REGLAMENTARIA Jerarquía de los reglamentos – – – DECRETOS ORDENES RESOLUCIONES
Convenios colectivos l Es una fuente especial derecho laboral que no existe en otros sectores del ordenamiento jurídico l CONCEPTO: Art. 82. 1 y 2 del (TRET) ET l Acuerdo entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios para regular las condiciones de trabajo y productividad y las normas de convivencia laboral
Convenios colectivos l l l El derecho a la negociación colectiva viene recogido en el art. 37 de la CE Las condiciones establecidas en los convenios colectivos marcan los mínimos que han de ser respetados en los contratos individuales Los convenios colectivos obligan como si se tratase de una ley, a todos los empresarios y trabajadores sometidos a su ámbito de aplicación
El contrato de trabajo l l l CONCEPTO. Da tu definición Acuerdo entre empresario y trabajador, teniendo en cuenta que no se pueden establecer peores condiciones de las establecidas en los convenios colectivos o en otras normas jurídicas
Usos y costumbres l l CONCEPTO. Norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social y considerada como obligatoria por la sociedad EJEMPLOS: art. 20. 2 y 29. 1 del ET En el art. 3. 1. d. se recoge como fuente del derecho En el 3. 4. se establece. “solo se aplicaran en defecto de disposiciones legales, convencionales o contractuales
Usos y costumbres l l l Los usos y costumbres han de ser locales y profesionales (art. 3. 1. d) Tarta del Álamo, maquila La costumbre ha de ser alegada y probada por quién la invoque.
Principios generales del derecho l l l Un serie de ideas o principios sobre los que se asientan las leyes y en el caso de existir lagunas legales, en ausencia de costumbre, podrá regular directamente la cuestión. DERECHO LABORAL: Norma más favorable para el trabajador, buena fe DERECHO PENAL: Presunción de inocencia
La jurisprudencia l l Criterio que de forma reiterada utiliza el Tribunal Supremo en sus sentencias Reiterado: dos sentencias en el mismo sentido Para algunos autores no es fuente de Derecho Aunque no sea fuente de derecho es muy importante.
B. Fuentes externas l Tratados internacionales – Los tratados internacionales válidamente celebrados por España pasan a formar del ordenamiento jurídico español una vez aprobados y publicados en el BOE
La OIT l l l La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de la ONU. Fue creada tras la Primera Guerra Mundial, Tratado de Versalles (1919) España fue expulsada en 1941 y readmitida en 1956 La Conferencia General (ÓRGANO LEGISLATIVO) tiene carácter tripartito, con representantes de los gobiernos, sindicatos y empresarios. Aprueba convenios y recomendaciones
La OIT l l Convenios de la OIT: Una vez que son aprobadas por las Cortes y publicadas en el BOE pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español con rango superior a la Ley e inferior a la Constitución. Las Recomendaciones carecen de valor normativo, tienen importancia para servir de aclaración e interpretación de los convenios. Habitualmente se utiliza la técnica de la Recomendación para llegar a un posterior Convenio.
Instituciones de la UE: l l l El Consejo de la UE: ejerce el poder legislativo generalmente en codecisión con el Parlamento Europeo. Representa a los estados miembros y a sus reuniones asiste el ministro correspondiente de los gobiernos de la Unión Cuando se deciden cuestiones importantes acuden los jefes de Estado o Gobierno con sus ministros de Asuntos Exteriores: CUMBRE DE JEFES DE ESTADO
Instituciones de la UE: l La Comisión, asegura la aplicación, desarrollo y cumplimiento de los Tratados y del conjunto de las normas comunitarias (Órgano Ejecutivo). Tiene la exclusividad de la iniciativa legislativa. A partir del 1 de noviembre de 2004 todos los países tienen un comisario. Las decisiones son colegiadas, expresan la voluntad global de la institución, aunque son aprobadas por mayoría simple.
Instituciones de la UE: l El Parlamento Europeo compuesto por 732 eurodiputados (España 54) elegidos por sufragio universal directo cada cinco años. Los Eurodiputados no se agrupan dentro del Parlamento por Estados sino por grupos políticos. La sede se encuentra en Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo.
Normas de la UE l l En la UE existe un derecho primario, o marco constitucional de la Unión, integrado por todos los Tratados que la instituyeron, así como por los sucesivos Acuerdos de Adhesión de los Estados miembros. El 1 de noviembre de 2006, tendría que haber entrado en vigor la Constitución Europea, tras el rechazo de algunos países, se firmó el tratado de Lisboa el 13. 12. 07 que sustituye a la Constitución y está pendiente de ratificar
Normas de la UE l l De otra parte, un derecho derivado formado por todas las normas adoptadas por las instituciones para el desarrollo de los Tratados. Las más importantes son los Reglamentos y las Directivas. Los Reglamentos, auténtica ley de carácter general, una vez aprobados por los órganos de la UE y publicados en el DOUE, deben aplicarse directamente en los estados miembros con rango superior a la Constitución.
Normas de la UE l Las Directivas, no son obligatorias de forma inmediata, pero en un determinado plazo de tiempo exigen a cada estado la adaptación de su legislación a lo establecido en ellas. La Directiva no implica un derecho idéntico en todos los Estados miembros, sino la garantía de unos mínimos comunes, que respeten las diferencias internas, no se trata de copiar la Directiva sino de concretarla y adaptarla a un determinado país.
JERARQUÍA DE LAS NORMAS (Internas y externas) Tabla 1. 3, pág. 9 l l l 1. Reglamento de la UE 2. Constitución Española 3. Convenio de la OIT 4. Ley Orgánica 5. Ley ordinaria = Decreto ley = Decreto legislativo
JERARQUÍA DE LAS NORMAS (Internas y externas) Tabla 1. 3, pág. 9 l l l REGLAMENTOS 6. Decreto 7. Orden 8. Resolución Convenios colectivos: norma específica del derecho del trabajo: En el Derecho del trabajo no existe el principio de JERARQUÍA NORMATIVA
Principios para la aplicación de las normas laborales l l l PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA Las normas de rango inferior no pueden contradecir las de rango superior En el Derecho del trabajo existen unos principios propios a la hora de aplicar e interpretar correctamente las normas
Principios para la aplicación de las normas laborales l l l NORMA MÍNIMA NORMA MÁS FAVORABLE IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHO CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA IN DUBIO PRO OPERARIO
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