El Cdigo de Comercio El Cdigo de Comercio

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El Código de Comercio

El Código de Comercio

El Código de Comercio en General n El Código de Comercio de Puerto Rico

El Código de Comercio en General n El Código de Comercio de Puerto Rico proviene del Código de Comercio Español de 1885. Éste se hizo extensivo a Puerto Rico en 1886. Aunque muchas disposiciones del Código original han sido modificadas, revocadas y/o enmendadas, algunas de ellas permanecen inalteradas. n El Código de Comercio es de tradición civilista. n El Código de Comercio se compone de 4 libros: n n 1 – Sobre los Comerciantes y el Comercio 2 – Los Contratos del Comercio 3 – Comercio Marítimo (afectada por legislación federal) 4 – Quiebras y Prescripciones (solo queda vigente el tema de las prescripciones)

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Los Comerciantes

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Los Comerciantes n Son comerciantes los que teniendo la capacidad legal para ejercer el comercio se dedican a él habitualmente y en nombre propio; y las compañías, asociaciones y cooperativas mercantiles e industriales, que se constituyen con arreglo a este Código (Código de Comercio) o a leyes especiales.

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Elementos o

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Elementos o Requisitos para que una persona sea considerada comerciante: Tener capacidad legal para ejercer el comercio. n Dedicarse al comercio. n Que esa dedicación al comercio sea habitual. n Que ese ejercicio de actividad comercial sea a nombre propio. n

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre la

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre la Capacidad Legal -> n Para ello hay que reunir dos requisitos: Haber cumplido mayoría de edad n Tener la libre disposición de sus bienes n n El Código de Comercio permite además, por vía de excepción que ejerzan el comercio: Los menores de edad emancipados judicialmente n Los menores de edad y los incapacitados que continúen por medio de sus tutores el comercio que hubieren ejercido sus padres o causantes. n

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre Dedicarse

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre Dedicarse al Comercio -> n n Significa llevar a cabo actos de comercio (Efectuar negocios o contratos de los que se enumeran en el Código de Comercio y otros que se asemejen) Sobre la Habitualidad-> n Habitual significa repetición de actos. Para ser comerciante se requiere que la persona esté continuamente realizando o efectuando actos de comercio. n Existe una presunción de que una persona ejerce habitualmente el comercio cuando se anuncia por medio de rótulos, periódicos o cualquier otro modo un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil.

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre Ejercer

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n Sobre Ejercer el Comercio a Nombre Propio-> n Significa que la persona ha de asumir los derechos y obligaciones que emanan y se derivan de la actividad a la que se dedica; ya sea por que él personalmente la lleve a cabo o la realicen sus representantes (ej. Agentes o empleados)

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n n Acto

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n n Acto de Comercio –> aquel comprendido en el Código de Comercio y cualesquiera otro de naturaleza análoga. (según el C. de Comercio) Además de los que están comprendidos dentro del Código de Comercio y los de naturaleza análoga, son también actos de comercio aquellos regulados por otras leyes comerciales.

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n En el

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n En el Derecho Mercantil existen dos teorías en cuanto a los actos de comercio: Teoría subjetiva -> Mira a la persona (al sujeto) y expresa que los actos de comercio son los ejecutados por aquellas personas que son comerciantes. n Teoría Objetiva -> Mira al acto y no a quienes lo llevan a cabo. Así pues, personas que no son comerciantes pueden llevar actos de comercio, si al ejecutar el acto cumplen con los requisitos del Código de Comercio. n

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n n El

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n n El C. de Comercio en su articulo 3 acoge la teoría objetiva, toda vez que afirma que un acto de comercio puede materializarse sean o no comerciantes los que lo llevan a cabo. La teoría objetiva fue reafirmada por el Tribunal Supremo de PR en Rosaly v. Alvarado, en el que señaló que el C. de Comercio no fue aprobado para regir transacciones entre comerciantes, sino para regular negociaciones de comercio entre todas las personas.

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n En resumen:

El Código de Comercio (Los Comerciantes y los Actos de Comercio) n En resumen: n n El hecho de que en un acto haya 2 comerciantes envueltos no hace el mismo uno de comercio. (No todo lo que los comerciantes hacen es automáticamente un acto de comercio. Hay que considerar la naturaleza del acto. Dos personas que no son comerciantes podrían llevar a cabo un acto de comercio. (Aclaración: si bien lo anterior es cierto, 2 personas no comerciantes no podrían llevar a cabo todos los actos de comercio. PQ? – Porque en algunos casos el C. de Comercio exige que en algunos contratos mercantiles alguna de las partes contratantes sea comerciante.

El Código de Comercio (Los Usos del Comercio) n Cuando no existe una ley

El Código de Comercio (Los Usos del Comercio) n Cuando no existe una ley mercantil aplicable para resolver una controversia vamos a considerar los usos y costumbres en el comercio para resolver. n n Usos y Costumbres -> son las formas de funcionar o hacer las transacciones que los comerciantes siguen en un lugar determinado En Herrera v. First National City Bank (1975) El Tribunal Supremo expreso los 3 requisitos que debe satisfacer aquel acto que pretenda denominarse como un uso en el comercio: n Espontaneidad, Generalidad y Publicidad

El Código de Comercio (Los Usos del Comercio) n n n Espontaneidad – que

El Código de Comercio (Los Usos del Comercio) n n n Espontaneidad – que surja “instintivamente” en el momento en que se produce el hecho que requiere la regla. Generalidad – Se debe manifestar en un modo continuo y persistente, en momentos distintos y en ocasiones distintas. O sea, que la practica sea la misma en todo momento. Publicidad – Que sea una practica conocida por todos y que no la conozcan sólo algunos. Que no se oculte su conocimiento al pueblo de donde surge.

Las Obligaciones Mercantiles n Regla General - > Según el principio de libertad de

Las Obligaciones Mercantiles n Regla General - > Según el principio de libertad de forma, el cual es acogido por el C. de comercio, un contrato mercantil es válido : n n n Cualquiera que sea su forma o idioma Cualquiera que sea la clase a que corresponda Cualquiera que sea la cantidad que tiene por objeto. ** El propio C. de Comercio establece que la declaración de un testigo no será por sí sola bastante para probar la existencia de un contrato cuya cuantía exceda los $300. 00, a no concurrir otra prueba.

Las Obligaciones Mercantiles n Excepciones al principio de Libertad de Forma: n n Contratos

Las Obligaciones Mercantiles n Excepciones al principio de Libertad de Forma: n n Contratos que el propio C. de Comercio o Leyes especiales digan que deben ser por escrito o con alguna forma o solemnidad particular. Contratos celebrados en un país extranjero en que la ley exija escrituras o formas o solemnidades particulares para su validez, aunque la ley en PR no las exija. ** En ambos casos anteriores los contratos que no cumplan con lo así requerido NO producirán obligaciones. ** Al igual que en la esfera civil, en el mundo del comercio los pactos ilícitos NO generan obligaciones.

Las Obligaciones Mercantiles n Contratos hechos por correspondencia: n n n Mercantiles – se

Las Obligaciones Mercantiles n Contratos hechos por correspondencia: n n n Mercantiles – se perfeccionan desde que se contesta aceptando la oferta. Civiles – se perfecciona cuando el que hizo la oferta conoce de su aceptación. Principio de Buena Fe -> Otro de los principios importantes de las obligaciones mercantiles: n n n Los contratos se ejecutan y cumplen de buena fe, según los términos en que fueron hechos y redactados. No se deben tergiversar con interpretaciones arbitrarias el sentido recto, propio y usual de las palabras dichas y escritas. Las dudas se resuelven a favor del deudor.

Las Obligaciones Mercantiles n Cumplimiento de las Obligaciones Comerciales Si las partes pactan una

Las Obligaciones Mercantiles n Cumplimiento de las Obligaciones Comerciales Si las partes pactan una fecha, esa es la que aplica n Si las partes NO pactan una fecha, pero el C. de Comercio ofrece un término, será lo que disponga el Código. n Si NO se pacta una fecha y el C. de Comercio no dispone un término las obligaciones son exigibles a los 10 días de haberse contraído. n

Las Obligaciones Mercantiles n Mora -> en cuanto a mora se refiere, hay 2

Las Obligaciones Mercantiles n Mora -> en cuanto a mora se refiere, hay 2 posibilidades: n n Que el contrato tenga día señalado para su cumplimiento, por voluntad de las partes o por la ley. En ese caso la mora comienza al día siguiente de su vencimiento. Que el contrato NO tenga día señalado para su cumplimiento, ni por las partes, ni por la ley. En ese caso la mora comienza desde que el Acreedor interpela judicialmente al Deudor. ** Es importante saber si se está en mora por que, una vez la parte entra en mora (por lo general) tendrá que pagar intereses a la otra parte por su morosidad.

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n Compraventa -> Para que una compraventa sea considerada mercantil

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n Compraventa -> Para que una compraventa sea considerada mercantil debe satisfacer los siguientes tres requisitos: Que sea de cosa mueble. n Que el comprador tenga el propósito de revender lo que compró , ya sea en la misma forma en que lo compró o en forma distinta. n Que exista ánimo de lucro en la reventa. n

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n Por disposición expresa del C. de Comercio hay ciertas

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n Por disposición expresa del C. de Comercio hay ciertas transacciones de compraventa que NO podrán denominarse mercantiles: Cosas destinadas al consumo del comprador. n Ventas de propietarios labradores y ganaderos de los frutos o productos de sus cosechas o ganados. n Ventas que hagan artesanos en sus talleres de objetos construidos o fabricados por ellos. n Reventas que haga un no comerciante del sobrante de lo que reunió para su consumo. n

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n ¿Que ocurre cuando el comprador rehúsa recibir los bienes

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n ¿Que ocurre cuando el comprador rehúsa recibir los bienes comprados sin justa causa? n n n Puede darse el caso en que el comprador, en vez de rehusarse a recibir la mercancía, se demore en hacerse cargo de la misma. n n En ese caso el vendedor puede pedir el cumplimiento del contrato depositando judicialmente la mercancía + daños; o Puede pedir la rescisión del contrato + daños En ese caso, el vendedor puede depositar judicialmente la mercancía y así cumple con su responsabilidad de entrega. Los gastos del depósito en estos casos son de cuenta y cargo de quien hubiese dado el motivo para el depósito.

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n En cuanto a la entrega de lo vendido, el

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa) n En cuanto a la entrega de lo vendido, el C. de Comercio establece que si el vendedor no entrega en el plazo estipulado, el comprador puede pedir: n n n El cumplimiento específico + daños ; o La rescisión del contrato + daños ¿Cuando el vendedor no puede entregar la totalidad de lo pactado, puede éste exigirle al comprador que acepte sólo parte de lo que se obligó a entregar? n No, el comprador no está obligado a recibir parte , aún bajo promesa de que posteriormente le entregarán el resto. Sin embargo, el comprador puede, si así lo desea, recibir la entrega parcial. Si lo hace, queda consumada la venta en cuanto a lo recibido. En cuanto a lo que falta, el comprador tiene derecho a pedir: n n El cumplimiento específico + daños ; o La rescisión del contrato + daños

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa n Vicios Ocultos n El comprador tendrá 30 días para

Contratos Mercantiles Típicos (Compraventa n Vicios Ocultos n El comprador tendrá 30 días para presentar reclamaciones por vicios ocultos. Los 30 días se contarán a partir de la fecha de entrega de los bienes.

Contratos Mercantiles Típicos (Permuta) n Permuta n Establece el C. de Comercio que a

Contratos Mercantiles Típicos (Permuta) n Permuta n Establece el C. de Comercio que a la permuta le aplican las mismas disposiciones de la compraventa mercantil.

Contratos Mercantiles Típicos (Préstamo Mercantil) n Para que un préstamo sea considerado mercantil debe

Contratos Mercantiles Típicos (Préstamo Mercantil) n Para que un préstamo sea considerado mercantil debe cumplir con los siguientes requisitos: n n n Que alguno de los contratantes sea comerciante. Que el objeto del préstamo se dedique al comercio. En los prestamos mercantiles por tiempo indeterminado o sin plazo de vencimiento puede exigírsele el pago al deudor pasados 30 días, contados a partir de la fecha en que se hubiere hecho el requerimiento notarial de cumplimiento.

Contratos Mercantiles Típicos (Préstamo Mercantil) n n Al igual que en el préstamo civil,

Contratos Mercantiles Típicos (Préstamo Mercantil) n n Al igual que en el préstamo civil, el préstamo mercantil no devenga intereses a menos que se haya pactado por escrito. Sin embargo, proceden los intereses por mora. ** En un préstamo mercantil de dinero los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses por mora. n n Ej. Bea le toma prestado a Ana $10, 000 para comprar mercancía para su negocio. Pactan por escrito el pago de un 3% de interés por el préstamo. Al llegar el plazo pactado Bea deberá entregarle a Ana $10, 300. Si llegado el plazo Bea no le paga a Ana se activa la figura de intereses por mora. En este caso los intereses por mora se computan sobre los $10, 000, que es la cantidad principal de la deuda y no sobre los $10, 300. Los $300 de intereses pactados no generarán nuevos intereses. Sin embargo, los contratantes pueden capitalizar los intereses líquidos y no satisfechos y así devengaran nuevos créditos como aumento de capital. n Ej. En el caso anterior, si Bea no le paga a Ana la cantidad adeudada el día de su vencimiento, ambas pueden ponerse de acuerdo para establecer una nueva deuda por $10, 300 de principal, la cual generará intereses regulares.

Contratos Mercantiles Típicos (Depósito Mercantil) n Para que se configure el contrato de depósito

Contratos Mercantiles Típicos (Depósito Mercantil) n Para que se configure el contrato de depósito mercantil deben cumplirse los siguientes requisitos: n n n Que el depositario, al menos, sea comerciante. Si el único comerciante es el depositante, no hay depósito mercantil, sería entonces un depósito civil. Que las cosas depositadas sean objeto del comercio. Que el depósito satisfaga una de tres alternativas: n n Que sea por sí una operación mercantil. Que se haga como causa de una operación mercantil Que se haga como consecuencia de una operación mercantil. El depósito es una contrato remunerado, o sea, que el depositario tiene derecho a requerir retribución por el depósito, salvo pacto en contrario. Si no se pacta o se fija remuneración, se fijará entonces según los usos del lugar en que se constituyó el depósito.

Contratos Mercantiles Típicos (Depósito Mercantil) n Obligaciones del Depositario: n n n Conservar la

Contratos Mercantiles Típicos (Depósito Mercantil) n Obligaciones del Depositario: n n n Conservar la cosa según la reciba Devolverla con su aumento en valor (si lo tuviera) Responder por los menoscabos, daños y perjuicios que sufran las cosas depositadas por su culpa o negligencia. del préstamo. Si el depositario dispone de la cosa depositada (o sea, la traspasa o transfiere), termina el depósito y aplican las normas del préstamo. Por disposición expresa del Código de Comercio los depósitos en bancos se rigen por la Ley de Bancos, luego por el Código de Comercio y luego por las reglas del derecho común.

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n n Transporte Mercantil – se trata

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n n Transporte Mercantil – se trata de un contrato para transportar tanto personas como mercancías, ya sea por vías terrestres o vías fluviales (lagos, ríos, canales). Figuras en el contrato de transporte: n n Para que se configure debe cumplir los siguientes requisitos: n n n Cargador – el que solicita el servicio (el remitente) Porteador – el que lleva a cabo el servicio, o sea, la transportación Consignatario – aquel a quien va dirigida la mercancía, o sea, el destinatario Que el objeto del transporte sean mercaderías o cualquier otro objeto comercial. Que no importa lo que transporte, el porteador sea comerciante o se dedique habitualmente a realizar transportes para el público. La carta de porte -> es el título legal del contrato entre cargador y porteador. Es la evidencia del contrato de transporte.

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n Características Principales: n El porteador está

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n Características Principales: n El porteador está obligado a entregar la mercancía en el mismo estado en que los recibió, según la carta de porte. n El porteador debe entregar los bienes al consignatario sin demora, si no lo hace responde por los daños que ello ocasione. n n Cuando se pierde o daña la mercancía por caso fortuito o fuerza mayor el porteador no será responsable. En ese caso la pérdida la sufre el cargador. Sin embargo, para poder liberarse de responsabilidad en ese caso, el porteador deberá probar la fuerza mayor o el caso fortuito y además, que no fue negligente y que tomó las precauciones debidas. Si el daño es parcial (y atribuible al porteador), la obligación del porteador es abonar lo que el daño signifique en disminución de valor.

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n Características Principales (cont. ) n n

Contratos Mercantiles Típicos (Contrato de Transporte Mercantil) n Características Principales (cont. ) n n n El consignatario no está obligado a aceptar mercancías dañadas o averiadas. La reclamación de daños debe hacerse dentro de las 24 horas siguientes al recibo de las mercancías, si no se percibían exteriormente. Si se percibían exteriormente hay que hacer la reclamación al momento del recibo. Puede hacerse una consignación judicial de los bienes transportados si: n El consignatario no se encuentra en su domicilio n El consignatario se niega a pagar los portes y gastos n El consignatario rehúsa recibir los bienes

El Registro Mercantil n n n El Registro Mercantil está instalado en cada una

El Registro Mercantil n n n El Registro Mercantil está instalado en cada una de las secciones del Registro de la Propiedad. El propósito del Registro Mercantil es la inscripción o matrícula de los comerciantes. Así como aquellos actos o contratos que deben ser inscritos, ya sea por que la ley exige su inscripción o por conveniencia del comerciante. Para los comerciantes individuales la inscripción en el Registro Mercantil es potestativa (opcional), pero para las Sociedades o compañías la inscripción es mandatoria. Las corporaciones están excluidas del Registro Mercantil. Estas se registran o inscriben en la oficina de Corporaciones del Departamento de Estado. n Fuentes: n Código de Comercio de Puerto Rico (10 LPRA) n Derecho Mercantil y Principios Generales del Derecho Puertorriqueño (1997), Negron Portillo y Fabián Maldonado