EFRAIN SALVADOR MIRAMON UMA NACIMIENTO Desindexar el Salario

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EFRAIN SALVADOR MIRAMON

EFRAIN SALVADOR MIRAMON

UMA – NACIMIENTO • Des-indexar el Salario Mínimo como medida. (Sep 2014 a Oct

UMA – NACIMIENTO • Des-indexar el Salario Mínimo como medida. (Sep 2014 a Oct 2015) “… el planteamiento tendiente a la recuperación del salario mínimo comprende distintas etapas, la primera es la denominada DEXINDEXACIÓN del salario mínimo, que no implica un aumento inmediato a los salarios, sino que busca revertir la distorsión que le ha dado a esta figura al contemplarla como un referente de valor de mercado y no como un derecho constitucional a favor de los trabajadores y cuyo aumento se ha fijado por Decreto a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami)…”

UMA – NACIMIENTO • Des-indexar el Salario Mínimo como medida. (Sep 2014 a Oct

UMA – NACIMIENTO • Des-indexar el Salario Mínimo como medida. (Sep 2014 a Oct 2015)

UMA vs SMG 2017 UMA 2017 9. 58% 3. 35% UMA 2016 SMG 2016

UMA vs SMG 2017 UMA 2017 9. 58% 3. 35% UMA 2016 SMG 2016

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): Artículo 26. A. … B. …

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): Artículo 26. A. … B. … El organismo calculará en los términos que señale la ley, el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Párrafo adicionado DOF 27 -01 -2016 Las obligaciones y supuestos denominados en Unidades de Medida y Actualización se considerarán de monto determinado y se solventarán entregando su equivalente en moneda nacional. Al efecto, deberá multiplicarse el monto de la obligación o supuesto, expresado en las citadas unidades, por el valor de dicha unidad a la fecha correspondiente. Párrafo adicionado DOF 27 -01 -2016

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Tercero. - A la fecha

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Tercero. - A la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como en cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización.

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Cuarto. - Sin perjuicio de

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Cuarto. - Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo transitorio anterior, el Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como las Administraciones Públicas Federal, Estatales, del Distrito Federal y Municipales deberán realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia, según sea el caso, en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización.

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Séptimo. - Los contratos y

UMA – NACIMIENTO • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Séptimo. - Los contratos y convenios de cualquier naturaleza, vigentes a la fecha de entrada en vigor de este Decreto que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto, no se modificarán por la Unidad de Medida y Actualización, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario. Lo anterior, sin perjuicio de que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, los contratantes puedan utilizar como índice o referencia a la Unidad de Medida y Actualización.

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Segundo. - El valor inicial

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Segundo. - El valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente diario para todo el país, al momento de la entrada en vigor del presente Decreto y hasta que se actualice dicho valor conforme al procedimiento previsto en el artículo quinto transitorio. El valor inicial mensual de la Unidad de Medida y Actualización a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, será producto de multiplicar el valor inicial referido en el párrafo anterior por 30. 4. Por su parte, el valor inicial anual será el producto de multiplicar el valor inicial mensual por 12.

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS:

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS:

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Quinto. - El Congreso de

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Quinto. - El Congreso de la Unión deberá emitir la legislación reglamentaria para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización, dentro de un plazo que no excederá de 120 días naturales siguientes a la fecha de publicación del presente Decreto.

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Minuta Senado de la Republica

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Minuta Senado de la Republica (Expedición Ley Determinar el VUma)

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: DOF 30/Dic/2016

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS:

UMA – VALOR • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS:

UMA – VALOR Valor de la UMA: del 28 de enero de 2016 al

UMA – VALOR Valor de la UMA: del 28 de enero de 2016 al 31 de enero de 2017 $ 73. 04 del 1º de febrero de 2017 al 31 de enero de 2018. $ 75. 49 Fecha máxima publicación del nuevo valor de la UMA 10/Ene/2018

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): Artículo 123. A. … VI.

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): Artículo 123. A. … VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Párrafo reformado DOF 27 -01 -2016 Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas. Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones. Fracción reformada DOF 21 -11 -1962, 23 -12 -1986

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016):

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016):

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): UMA: Unidad de medida, referencia

UMA vs SM (Naturaleza) • Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): UMA: Unidad de medida, referencia o índice para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes. Valor a partir de Febrero 2017 $ 75. 49 SALARIO MÍNIMO: Cantidad mínima que puede recibir un trabajador, pero que es suficiente para sufragar las necesidades de una familia. Cantidad menor $ 80. 04

UMA – ENTORNO LABORAL • Principios Laborales: • Los derechos de los trabajadores no

UMA – ENTORNO LABORAL • Principios Laborales: • Los derechos de los trabajadores no son renunciables. • Estabilidad en el empleo. • No disminución del salario. • Interpretación de las normas laborales. Artículo 18. - En la interpretación de las normas de trabajo se tomarán en consideración sus finalidades señaladas en los artículos 2 o. y 3 o. En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador.

UMA – ENTORNO LABORAL • Obligaciones económicas: • • • Salario. Vacaciones y prima

UMA – ENTORNO LABORAL • Obligaciones económicas: • • • Salario. Vacaciones y prima vacacional. Aguinaldo. Días de descanso. Horas extras. Indemnizaciones En general su base es la cuota diaria que se paga al trabajador. • Prima de antigüedad. Artículo 485. - La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo. Artículo 486. - Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este título, si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo será el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos.

UMA – ENTORNO LABORAL • Obligaciones económicas: • • • Salario. Vacaciones y prima

UMA – ENTORNO LABORAL • Obligaciones económicas: • • • Salario. Vacaciones y prima vacacional. Aguinaldo. Días de descanso. Horas extras. Indemnizaciones En general su base es la cuota diaria que se paga al trabajador. • Prima de antigüedad. Salario nominal (cuota diaria) Limite de 2 SMG ( 80. 04 x 2) . $ 400. 00 $ 160. 08

UMA – ENTORNO LABORAL • Infracciones y Sanciones Artículo 994. Se impondrá multa, por

UMA – ENTORNO LABORAL • Infracciones y Sanciones Artículo 994. Se impondrá multa, por el equivalente a: I. De 50 a 250 veces el salario mínimo general, al patrón que no cumpla las disposiciones contenidas en los artículos 61, 69, 76 y 77; Salario mínimo utilizado para medir o cuantificar las multas. Sustituir por UMA

UMA – ENTORNO LABORAL • BENEFICIOS DIRECTOS A LOS TRABAJADORES = SALARIO MíNIMO. (Favorable

UMA – ENTORNO LABORAL • BENEFICIOS DIRECTOS A LOS TRABAJADORES = SALARIO MíNIMO. (Favorable al trabajador) • PAGOS NO REALIZADOS A LOS TRABAJADORES = UMA

UMA – ENTORNO FISCAL Fines de las contribuciones: Fiscales: Recaudar (Art. 31 Fr. IV

UMA – ENTORNO FISCAL Fines de las contribuciones: Fiscales: Recaudar (Art. 31 Fr. IV de la CPEUM) Extra-fiscales: Aspecto de control (LIEPS) Elementos del impuesto: a) Sujeto. b) Objeto c) Base d) Tasa o Tarifa

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Personas morales: CAPÍTULO VIII RÉGIMEN

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Personas morales: CAPÍTULO VIII RÉGIMEN DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS, SILVÍCOLAS Y PESQUERAS Artículo 74. Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente Capítulo, los siguientes contribuyentes: … Las personas morales que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de 20 veces el salario mínimo general elevado al año, por cada uno de sus socios o asociados siempre que no exceda, en su totalidad, de 200 veces el salario mínimo general elevado al año. El límite de 200 veces el salario mínimo, no será aplicable a ejidos y comunidades. En el caso de las personas físicas, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de 40 veces el salario mínimo general elevado al año. Las personas morales a que se refiere este párrafo, podrán adicionar al saldo de su cuenta de utilidad fiscal neta del ejercicio de que se trate, la utilidad que corresponda a los ingresos exentos; para determinar dicha utilidad se multiplicará el ingreso exento que corresponda al contribuyente por el coeficiente de utilidad del ejercicio, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de esta Ley

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Personas físicas: Artículo 93. No

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Personas físicas: Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: … XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: El salario mínimo se utiliza

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: El salario mínimo se utiliza PARA MEDIR o CUANTIFICAR EL MONTO DE LOS INGRESOS EXENTOS ¿esa es su naturaleza? Veamos la siguiente redacción

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Artículo 96. Quienes hagan pagos

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Ingresos: Artículo 96. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente. ¿Se refiere a? Ingreso mensual de $ 80. 04 $ 2, 401. 00 Se refiere al ingreso que PERCIBE el trabajador, y no como una unidad de medida.

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones: Artículo 27. Las deducciones autorizadas

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones: Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: XI. … … En el caso de las aportaciones a los fondos de ahorro, éstas sólo serán deducibles cuando, además de ser generales en los términos de los párrafos anteriores, el monto de las aportaciones efectuadas por el contribuyente sea igual al monto aportado por los trabajadores, la aportación del contribuyente no exceda del trece por ciento del salario del trabajador, sin que en ningún caso dicha aportación exceda del monto equivalente de 1. 3 veces el salario mínimo general elevado al año y siempre que se cumplan los requisitos de permanencia que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. … El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR una deducción. ¿esa es su naturaleza?

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones: Artículo 27. Las deducciones autorizadas

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones: Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: XV. Que en el caso de pérdidas por créditos incobrables… … a) Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversión, cuando en el plazo de un año contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se considerarán incobrables en el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora. La UDI se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR una deducción. ¿se aplica UMA?

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios. ¿Se aplicara UMA o SM? Se refiere al ingreso que PERCIBEN las personas, y no como una unidad de medida.

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios. II. Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas señaladas en la fracción que antecede. El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR una deducción personal. ¿esa es su naturaleza?

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto sobre la Renta Deducciones personales: Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: V. Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año. El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR una deducción personal. ¿esa es su naturaleza? .

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto al Valor Agregado Pagos Trimestrales Artículo 5 o. -F.

UMA – ENTORNO FISCAL Impuesto al Valor Agregado Pagos Trimestrales Artículo 5 o. -F. Los contribuyentes personas físicas que únicamente obtengan ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales del área geográfica del Distrito Federal, elevados al mes, que ejerzan la opción a que se refiere el artículo 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de efectuar los pagos provisionales de forma trimestral para efectos de dicho impuesto, en lugar de presentar mensualmente la declaración a que se refiere el artículo 5 o. -D de esta Ley, deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma trimestral por los periodos comprendidos de enero, febrero y marzo; abril, mayo y junio; julio, agosto y septiembre, y octubre, noviembre y diciembre, de cada año, y efectuar el pago del impuesto mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al trimestre al que corresponda el pago. Los pagos trimestrales tendrán el carácter de definitivos. El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR un limite. ¿esa es su naturaleza? .

UMA – ENTORNO FISCAL Código Fiscal de la Federación. Durante el ejercicio 2017, existen

UMA – ENTORNO FISCAL Código Fiscal de la Federación. Durante el ejercicio 2017, existen dos valores UMA ¿cuál aplico? Artículo 5 o. - Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal. Artículo 6 o. - Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad. Corresponde a los contribuyentes la determinación de las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa en contrario. Si las autoridades fiscales deben hacer la determinación, los contribuyentes les proporcionarán la información necesaria dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su causación. ¿Cuál es el momento de causación del ISR?

UMA – ENTORNO FISCAL Código Fiscal de la Federación. Limite en salarios mínimos Artículo

UMA – ENTORNO FISCAL Código Fiscal de la Federación. Limite en salarios mínimos Artículo 157. - Quedan exceptuados de embargo: XIII. Los depósitos que una persona tenga en su cuenta individual de ahorro para el retiro, incluidas las aportaciones voluntarias y complementarias hasta por un monto de 20 salarios mínimos elevados al año, conforme a lo establecido en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR un limite. ¿esa es su naturaleza?

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Salario base de cotización. Elementos no integrantes: Artículo 27.

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Salario base de cotización. Elementos no integrantes: Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: … V. La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores; se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo, el veinte por ciento del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal; VI. Las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; … El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR un limite no integrable. ¿esa es su naturaleza?

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Salario base de cotización. Elementos no integrantes: Alimentación y

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Salario base de cotización. Elementos no integrantes: Alimentación y habitación. Concepto Enero Febrero Valor UMA diario 73. 04 75. 49 % de descuento 20% 14. 61 15. 10 Importe mínimo a descontar Despensa. Concepto Enero Febrero Valor UMA diario 73. 04 75. 49 % No Integrable 40% 29. 22 30. 20 Importe mínimo a descontar

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Mínimo y Máximo Artículo 28. Los

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Mínimo y Máximo Artículo 28. Los asegurados se inscribirán con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal y como límite inferior el salario mínimo general del área geográfica respectiva. El salario mínimo se utilizar para MEDIR o CUANTIFICAR un limite de cotización ¿esa es su naturaleza? ¿No se estaría en presencia de una discriminación o bien cual sería la razón para que en el límite inferior se aplique el SM y no así a los trabajadores del límite superior? .

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Mínimo y Máximo Artículo 2. La

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Mínimo y Máximo Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. ¿Protección del medio de subsistencia? Incapacidades – Pensiones

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Minuta Senado de la Republica (Expedición

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Minuta Senado de la Republica (Expedición Ley UMA)

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Ley Federal del Trabajo Salario Máximo

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Ley Federal del Trabajo Salario Máximo para el pago de aportaciones Artículo 144. - Se tendrá como salario máximo para el pago de las aportaciones el equivalente a diez veces el salario mínimo general del área geográfica de aplicación que corresponda. ¿Protección para el trabajador?

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Registro: 2009326. Junio de 2015 Rubro:

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Límites de cotización: Registro: 2009326. Junio de 2015 Rubro: Pensión vitalicia de viudez y asistencia médica de por vida para los beneficiarios de los trabajadores jubilados fallecidos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Al no estar previstas dichas prestaciones en los contratos colectivos de trabajo, éstos se encuentran por debajo de las garantías mínimas de subsistencia a que se refiere la Ley del Seguro Social y, en consecuencia, son nulos por vulnerar la fracción XXIX del apartado a del artículo 123 constitucional. Texto: Los contratos colectivos de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios no establecen a favor de los beneficiarios de los trabajadores jubilados fallecidos una pensión vitalicia de viudez, ni la prestación de asistencia médica de por vida; por tanto, se encuentran por debajo de las garantías mínimas de subsistencia a que se refiere la Ley del Seguro Social (artículo 2 de la vigente y 2 o. de la derogada), por ende, vulneran la fracción XXIX del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en esa medida, se encuentran afectados de nulidad. Conclusión a la que se arriba porque, aun cuando la jubilación es una prestación extralegal, al fallecer los jubilados, si éstos tienen beneficiarias (esposa o concubina), ese beneficio sufrirá un cambio de situación jurídica, pues muta en una pensión de viudez, ya que a pesar de que aquélla se encuentra plasmada en un contrato colectivo de trabajo, no puede considerarse como extralegal por el simple hecho de que estipula una obligación temporal para su otorgamiento, al término de la cual se suspende, pues ello dejaría en total desamparo a las beneficiarias de los extintos trabajadores, siendo que la referida ley sí establece una pensión vitalicia para la viuda o concubina y, además, la prestación de servicios médicos de por vida.

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Determinación de Cuotas: Cuota Fija s/SMG Excedente s/SBC –

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Determinación de Cuotas: Cuota Fija s/SMG Excedente s/SBC – 3 SMG El SM se utiliza para determinar el monto de una contribución. ¿Es su naturaleza?

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Infracciones y Sanciones De las sanciones Artículo 304 B.

UMA – ENTORNO SEGURO SOCIAL Infracciones y Sanciones De las sanciones Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente: I. Las previstas en las fracciones IV, V, VIII, XVI y XIX con multa equivalente al importe de veinte a setenta y cinco veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal; ¿Es su naturaleza, fijar el monto de una multa?

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto patronal: Descuentos: • Avisos de retención • Cédula de

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto patronal: Descuentos: • Avisos de retención • Cédula de emisión

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Sexto. - Los

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Sexto. - Los créditos vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto cuyos montos se actualicen con base al salario mínimo y que hayan sido otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado u otras instituciones del Estado dedicadas al otorgamiento de crédito para la vivienda, continuarán actualizándose bajo los términos y condiciones que hayan sido estipulados. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, en el evento de que el salario mínimo se incremente por encima de la inflación, las referidas instituciones no podrán actualizar el saldo en moneda nacional de este tipo de créditos a una tasa que supere el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización durante el mismo año.

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Sexto. - Las

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): TRANSITORIOS: Sexto. - Las instituciones a que se refiere el primer párrafo podrán, a partir de la entrada en vigor de este Decreto y hasta 720 días naturales posteriores a la entrada en vigor del mismo, seguir otorgando créditos a la vivienda que se referencien o actualicen con base al salario mínimo. En el evento de que el salario mínimo se incremente por encima de la inflación, las citadas instituciones no podrán actualizar el saldo en moneda nacional de este tipo de créditos a una tasa que supere el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización durante el mismo año. El órgano de gobierno de cada institución podrá determinar el mecanismo más adecuado para implementar lo dispuesto en el presente artículo transitorio. .

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): DECRETO por el que

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (DOF 27/Abr/2016): Artículo 44. - El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción II del artículo 42, se actualizará bajo los términos y condiciones que hayan sido estipulados. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, para el caso de los créditos otorgados en veces salario mínimo, en el evento de que el salario mínimo se incremente por encima de la Unidad de Medida y Actualización, el Instituto no podrá actualizar el saldo en moneda nacional de este tipo de créditos a una tasa que supere el crecimiento porcentual de dicha Unidad de Medida y Actualización durante el mismo año. Asimismo, los créditos citados devengarán intereses sobre el saldo ajustado de los mismos, a la tasa que determine el Consejo de Administración. Dicha tasa no será menor del cuatro por ciento anual sobre saldos insolutos. El Instituto también otorgará, a solicitud del trabajador, créditos, en pesos o Unidades de Medida y Actualización conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean más altas que las previstas en los párrafos anteriores y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos. Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de 30 años.

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): DECRETO por el que

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Modificaciones Constitucionales (DOF 27/Ene/2016): DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (DOF 27/Abr/2016): Tercero. Los contratos que tenga celebrado el Instituto, vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto, no se modificarán por la Unidad de Medida y Actualización, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario. Lo anterior, sin perjuicio de que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, los contratantes puedan utilizar como índice o referencia a la Unidad de Medida y Actualización.

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Reglas para el Otorgamiento de Crédito, (DOF 15

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Reglas para el Otorgamiento de Crédito, (DOF 15 de abril de 2016) CUOTA DE AMORTIZACIÓN DÉCIMA CUARTA. Al momento en que se formalice el crédito se establecerá el importe de la Cuota Mensual de Amortización en los términos establecidos en los ANEXOS 2 y 3 según corresponda. El Infonavit comunicará al patrón o persona a la cual le presta sus servicios el acreditado la Cuota Mensual de Amortización que le debe descontar de su salario, misma que se calculará de manera que se asegure la amortización completa del crédito en el plazo previsto, considerando la tasa de interés establecida y las aportaciones patronales del cinco por ciento que se aplicarán durante la vigencia del crédito para reducir el saldo insoluto a cargo del trabajador

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UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Reglas para el Otorgamiento de Crédito, (DOF 15 de abril de 2016) CUOTA DE AMORTIZACIÓN DÉCIMA CUARTA. …

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Reglas para el Otorgamiento de Crédito, (DOF 15

UMA – ENTORNO INFONAVIT Aspecto trabajador: Reglas para el Otorgamiento de Crédito, (DOF 15 de abril de 2016) Anexo 2, Términos y requisitos aplicables únicamente a los créditos indexados al salario mínimo lo relativo al otorgamiento del crédito. F. Cuota Mensual de Amortización. La Cuota Mensual de Amortización se establecerá en veces el Salario Mínimo, para lo cual se multiplicará el monto de crédito a otorgar en veces el salario mínimo, por el factor de descuento que le corresponda, considerando la edad y el ingreso del trabajador de acuerdo a la Tabla de Factores de descuento que se establece en el presente Anexo. El Instituto también incorporará en el importe de la Cuota Mensual de Amortización el importe correspondiente a la amortización del crédito otorgado para Ecotecnologías, según la cuota mensual que se establece en las Tablas para Ecotecnologías que se establecen en el presente Anexo

UMA – ENTORNO LFPIORPI (Antilavado) Uso de efectivo. Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento

UMA – ENTORNO LFPIORPI (Antilavado) Uso de efectivo. Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes: I. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación; ¿UMA o SMG?

AGRADECEMOS SU PARTICIPACIÓN. Correo: efrain_salmir@hotmail. com Facebook: Efraín_Sal. Mir

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