Direccin General de Recaudacin IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS

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Dirección General de Recaudación IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA 2018 Secretaría

Dirección General de Recaudación IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Derechos por suministro de agua: Impuesto predial: • Es un impuesto que cobran los

Derechos por suministro de agua: Impuesto predial: • Es un impuesto que cobran los municipios y que debe pagar cualquier persona que sea dueña de una propiedad, sin importar el uso que se le dé, ya sea habitacional, comercial, industrial, ejidal o agrícola. • Es un derecho que cobran los municipios y que debe pagar toda persona que tiene derecho al acceso, la disposición y el saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Marco legal: Impuesto predial: • • • Ley de Hacienda para los Municipios. Actas

Marco legal: Impuesto predial: • • • Ley de Hacienda para los Municipios. Actas de cabildo. Ley de Ingresos de los municipios. Derechos por suministro de agua: • Actas de asamblea. • Ley de Ingresos de los municipios. • Ley Estatal de Agua y Alcantarillado del Estado de Hidalgo. • Ley de Hacienda para los Municipios.

Ingresos Municipales Propios

Ingresos Municipales Propios

Recaudación Impuesto Predial 2012 -2017 2012 RECAUDADO PREDIAL 2013 2014 Incremento 81 % $

Recaudación Impuesto Predial 2012 -2017 2012 RECAUDADO PREDIAL 2013 2014 Incremento 81 % $ 238, 631, 643. 49 2015 2016 2017 2012 2013 2014 2015 2016 2017 $ 295, 889, 991. 51 $ 365, 240, 214. 96 $ 407, 336, 165. 11 $ 434, 931, 584. 37 $ 470, 225, 290. 58 $ 534, 521, 635. 00

Derechos por Suministro de Agua 2012 -2017 2012 DERECHOS POR AGUA 2013 2012 $

Derechos por Suministro de Agua 2012 -2017 2012 DERECHOS POR AGUA 2013 2012 $ 617, 411, 979. 00 2014 2013 $ 641, 163, 877. 59 2015 2014 $ 676, 782, 231. 80 Incremento 53 % $326, 264, 213. 64 2016 2015 $ 747, 889, 350. 30 2016 $ 807, 759, 898. 90 2017 $ 943, 676, 192. 64

El gran reto de la Recaudación Municipal 2018 =2017 +15 %

El gran reto de la Recaudación Municipal 2018 =2017 +15 %

¿Por qué es importante la recaudación de agua y predial? üFONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES

¿Por qué es importante la recaudación de agua y predial? üFONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES (FGP) PIBE y número de habitantes (INEGI); recaudación de Impuestos y Derechos Locales (Cuenta Pública Estatal, formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas) y; recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos por Suministro de Agua (formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas); üFONDO DE FOMENTO MUNICIPAL (FFM) Recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos por Suministro de Agua (formatos y cuestionarios proporcionados por las entidades federativas) y; el número de habitantes (INEGI). üFONDO DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS MUNICIPIOS (FOFIR) Recaudación de Impuestos y Derechos Locales (incluyendo Predial y Agua) (Cuenta Pública Estatal e información proporcionada por las entidades federativas); Cifras Virtuales (SAT); Valor de la Mercancía Embargada (SAT); Participaciones Federales (SHCP); número de habitantes y PIBE (INEGI).

Proceso de validación de cifras del Impuesto Predial y Derechos de Agua: Entrega a

Proceso de validación de cifras del Impuesto Predial y Derechos de Agua: Entrega a la UCEF - SHCP de las cifras de recaudación de impuesto predial y derechos de agua, con evidencias respectivas. Solicitud de información adicional a las entidades federativas. (15 días hábiles posteriores a que se le notifique) Revisión y validación de cifras de recaudación del impuesto predial y derechos de agua. (1ª Etapa) (Diez días posteriores a la entrega) Comparecencia del Titular del Órgano Hacendario de la Entidad o el funcionario público designado, para aclaraciones respecto a la recaudación de predial y agua. (Fecha que se le convoque) or el p a d a liz l ón rea igilancia de s i v e R é de V acione Comit de Particip a ón Sistem e la Comisi e d ente d les. n a m r ca pe ios Fis r a n o i Func Consolidación de Cifras de Recaudación del Impuesto Predial y Derechos por Suministro de Agua. (Junio de 2018)

¿Qué se considera en Agua? Los derechos por el suministro de agua serán los

¿Qué se considera en Agua? Los derechos por el suministro de agua serán los efectivamente pagados, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan causado por su consumo, drenaje, alcantarillado, recargos, multas, gastos de ejecución, conexiones, reconexiones, intereses no bancarios e indemnizaciones. Se excluyen: ü Las contribuciones adicionales o cualquier otro concepto distinto que recaigan sobre el mismo. ü A la cantidad pagada se descontarán las devoluciones que se hayan efectuado por cualquier título o motivo. Regla 12, fracción II de las Reglas de Validación

¿Qué se considera en Predial? El impuesto predial será la cantidad efectivamente pagada en

¿Qué se considera en Predial? El impuesto predial será la cantidad efectivamente pagada en la entidad en el año de calendario de que se trate, independientemente del ejercicio fiscal en que se haya causado, así como los recargos, multas, gastos de ejecución, intereses no bancarios e indemnizaciones que se apliquen en relación con este impuesto. Se excluyen: ü Las contribuciones adicionales o cualquier otro concepto distinto que recaigan sobre el mismo. ü A la cantidad pagada se descontarán las devoluciones que se hayan efectuado por cualquier título o motivo. Regla 12, fracción I de las Reglas de Validación

¿Qué justifica el incremento en la recaudación? 1) Modificaciones a la Normatividad Aplicable 2)

¿Qué justifica el incremento en la recaudación? 1) Modificaciones a la Normatividad Aplicable 2) Esfuerzos Administrativos 3) Incremento en el Universo de Contribuyentes

Problemática • Cifras reportadas no cuadran con • El sistema que operan no les

Problemática • Cifras reportadas no cuadran con • El sistema que operan no les permite exportar la información. • En • Tablas de valores desactualizadas o Inexistentes balanza engloban la recaudación de varios conceptos en uno solo. • No hay como identificar los importes de descuentos. • Los cobras no corresponden a lo publicado en Ley de Ingresos. • Se aplican descuentos sin acta de cabildo. • No se implementan mecanismos de cobro coactivo. ?

Problemática • No hay clasificación de tomas (Domésticas, comerciales, industriales y públicas), ni de

Problemática • No hay clasificación de tomas (Domésticas, comerciales, industriales y públicas), ni de cuentas (Urbano, rústico, ejidal, agrícola e industrial). • Falta de recibos del año actual y anterior, así como evidencia fotográfica de las acciones. • Los recibos no desglosan los descuentos aplicados. • No existen penalización por ausencia servicios. de pago de los • No conocen sus cifras del año anterior, cuando se debe de integrar información de 5 años a la fecha. • No saben si lo que están reportando es el importe neto o el importe bruto. ?

IMPORTE NETO de la recaudación es: • Únicamente flujo de efectivo percibido, excluyendo los

IMPORTE NETO de la recaudación es: • Únicamente flujo de efectivo percibido, excluyendo los descuentos, subsidios, subvenciones o bonificaciones.

Justificar los descuentos para el incremento obtenido con: • Recibos donde se reflejen cada

Justificar los descuentos para el incremento obtenido con: • Recibos donde se reflejen cada uno de los descuentos aplicados. • Evidencia de campañas de descuentos. • Actas de cabildo. • Copias de credencial de elector para adultos mayores (INSEN).

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: • Padrón de contribuyentes clasificado por

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: • Padrón de contribuyentes clasificado por cuenta (urbanos, rústicos, ejidales e industriales). • Integración de pagos recibidos en el año, desglosados por impuesto predial, descuentos, recargos, rezagos, etc. • Recibos de pago del año actual y anterior (en caso de incremento en cuota o actualización de valores catastrales). • Cuantificación de predios nuevos y su impacto en la recaudación. • Creación de fraccionamientos. nuevos • Recibos de montos significativos.

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: • Publicidad (lonas, trípticos, perifoneo, audios,

Información que deberán integrar y cuantificar en predial: • Publicidad (lonas, trípticos, perifoneo, audios, publicación en revistas, periódicos y/o redes sociales, etc. ) • Facturas de pago por concepto de publicidad. • Licencias de construcción, avalúos, traslados de dominio, dictámenes de uso de suelo, inspecciones, regularización de construcciones, unificación de predios y actualización de valores fiscales. • Notificaciones, cartas invitación, oficios a delegados y convenios de pago.

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: • Padrón de usuarios clasificando las

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: • Padrón de usuarios clasificando las tomas por cuenta y monto recaudado, con medidor y sin medidor (uso domestico, comercial e industrial). • Cuantificación de tomas nuevas y su impacto en la recaudación. • Relación completa de pagos recibidos en el año, y desglosados en consumo de agua, descuentos, recargos, rezagos, multas, etc. • Recibos de pago del año actual y anterior (en caso de incremento en cuota). • Recibos con montos significativos.

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: • Publicidad (lonas, trípticos, audios, revistas,

Información que deberán integrar y cuantificar en agua: • Publicidad (lonas, trípticos, audios, revistas, etc. ) • Notificaciones, convenios de pago, oficios a delegados, relación de bajas, conexiones y reconexiones. • Tomas nuevas, ampliación en redes de conducción. • Detección de tomas clandestinas, actas circunstanciadas, orden de Inspección, visitas domiciliarias para detección de irregularidades (fugas de agua, reubicación de medidores, desazolves de drenaje, roturas, reposición de pavimento y rebacheo).

Sugerencias en caso de tener un software administrativo para el cobro: • Permitir exportar

Sugerencias en caso de tener un software administrativo para el cobro: • Permitir exportar la información a Excel. • Conservar copia de recibos de cobro emitidos. • Desglosar en el recibo los descuentos aplicados en impuesto, recargos y rezagos.

Entrega de Información Se instrumentará una plataforma web, para que los Ayuntamientos y los

Entrega de Información Se instrumentará una plataforma web, para que los Ayuntamientos y los Organismos Operadores de suministro de Agua Potable, ingresen de manera ordenada y programada la información de su recaudación. - Oficio para solicitar la designación de un enlace conocimiento de la recaudación y con poder de decisión. - Asignación de Usuario y Contraseña. - Capacitación sobre la Plataforma. - Retroalimentación durante la Captura.

Entrega de Información

Entrega de Información

Entrega de Información

Entrega de Información

Entrega de Información

Entrega de Información

Dirección General de Recaudación RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría

Dirección General de Recaudación RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Históricos El desarrollo de actividades económicas en la informalidad representa una barrera importante para

Históricos El desarrollo de actividades económicas en la informalidad representa una barrera importante para el desarrollo de la sociedad y para el crecimiento de la productividad. El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), proporciona servicios de incorporación a la formalidad de aquellas unidades económicas que están en la informalidad fiscal, actualizar los datos del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de aquellas que ya son formales. El Programa Operativo Anual del Régimen de Incorporación Fiscal (POA RIF) 2018 en contexto de las atribuciones que se desprenden de los anexos 5 y 19 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Hidalgo. El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), en el ejercicio fiscal 2014 sustituyo al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS).

Subprogramas P O A R I F 2 0 1 8

Subprogramas P O A R I F 2 0 1 8

ü RFC Coordinación con Municipios Acción Beneficio Invitar a los Municipios del Estado, para

ü RFC Coordinación con Municipios Acción Beneficio Invitar a los Municipios del Estado, para que incluyan como requisito obligatorio la presentación de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para aquellos ciudadanos que soliciten trámites municipales relacionados con el desempeño de una actividad económica (Licencias de Funcionamiento). • Reducción de informalidad. • Control del padrón Municipal de contribuyentes. • Mayor recaudación.

Beneficios • Seguridad Social (IMSS). • Créditos para vivienda (INFONAVIT). • Créditos hasta de

Beneficios • Seguridad Social (IMSS). • Créditos para vivienda (INFONAVIT). • Créditos hasta de $300, 000. (NAFIN) (FONACOT). • Apoyos para emprendedores de $12, 000. (INADEM). • Seguros de vida. • No pagas el 100% de impuestos.

Dirección General de Recaudación ISR PARTICIPABLE Y TIMBRADO NÓMINA 2018 Secretaría de Finanzas Públicas

Dirección General de Recaudación ISR PARTICIPABLE Y TIMBRADO NÓMINA 2018 Secretaría de Finanzas Públicas Subsecretaría de Ingresos

Fundamento Legal Existe la obligación de efectuar retenciones y enteros mensuales por conceptos de

Fundamento Legal Existe la obligación de efectuar retenciones y enteros mensuales por conceptos de ingresos por salarios y en general por la prestación de servicio personal subordinado para todos los que realicen pagos por este concepto (Articulo 96 LISR). 2014 2015 Derivado de la Reforma Fiscal, se hace obligatoria la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales de Nómina CFDI (Artículo 99 fracción. III LISR y 29 CFF). Se integra al comprobante de nómina, la identificación del origen de los recursos con los que pagan los sueldos o salarios y se hace 100% participable la recaudación de este impuesto al Estado y sus Municipios, que efectivamenteren a la Federación con cargo a sus Recursos Propios (Artículo 3 -B de LCF y sus Reglas de Operación).

Sistema de Notificaciones ISR (SISR) Se creo con finalidad de acortar tiempos y simplificar

Sistema de Notificaciones ISR (SISR) Se creo con finalidad de acortar tiempos y simplificar el envío de la información conciliada y proporcionada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), relativa al Impuesto Sobre la Renta por Retenciones a Sueldos y Salarios o Asimilados. Mensualmente la información es cargada al sistema y se notifica a través de correo electrónico a los enlaces que fueron designados por los entes públicos en su debido tiempo. Para el acceso al sistema, se proporciono a los Municipios y sus Organismos una clave y contraseña. La liga para acceder al SISR es: sif. hidalgo. gob. mx

sif. hidalgo. gob. mx Resguardo de Usuario y Contraseña

sif. hidalgo. gob. mx Resguardo de Usuario y Contraseña

Criterios de validación Se consideran únicamente las cantidades efectivamente pagadas en la declaración. Los

Criterios de validación Se consideran únicamente las cantidades efectivamente pagadas en la declaración. Los importes pagados por conceptos de actualización y recargos, no se consideran participables. Si la suma del ISR retenido de los CFDI no debe ser mayor al “impuesto a cargo” manifestado en la declaración. La cantidad participable será hasta por el monto del ISR retenido de los pagos realizados con ingresos locales. Se descuenta del importe efectivamente pagado en la declaración, la cantidad pagada con recursos federales. En ningún caso será participable una cantidad mayor efectivamente pagada.

Datos de interés En caso de omitir la presentación del CFDI de nómina, o

Datos de interés En caso de omitir la presentación del CFDI de nómina, o de inconsistencia en los mismos, la liberación de las participaciones por parte de la UCEF, se efectuara hasta que se hayan corregido las inconsistencias o subsanado las omisiones. El enlace entre UCEF- SAT y Entes Públicos será la Entidad Federativa, a través de la Subsecretaría de Ingresos La Subsecretaría de Ingresos es enlace para entregar a los Entes la información Validada por SAT y en su caso apoyo para su interpretación La Subsecretaría de Egresos a través de su Dirección de Fortalecimiento Municipal es la encargada de la dispersión de los recursos validados por SAT

Contacto Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo Secretaria de Finanzas Públicas L. D. y M.

Contacto Dra. Delia Jessica Blancas Hidalgo Secretaria de Finanzas Públicas L. D. y M. D. F. Adalid Aldana Rodríguez Subsecretaria de Ingresos Lic. Jorge Daniel Escamilla Director General de Recaudación jorgedaniel@hidalgo. gob. mx Vicente Segura 206 Altos, Col. Periodistas Pachuca de Soto Hidalgo Tel. 771 713 31 66 771 717 60 600 Ext. 2409