DERECHOS LABORES QU SON LOS DERECHOS LABORALES Los
DERECHOS LABORES
¿QUÉ SON LOS DERECHOS LABORALES? Los Derechos Laborales la rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo. El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia. Como hecho social, el trabajo contempla el establecimiento de relaciones que no son simétricas. El empleador (es decir, quien contrata a un trabajador) cuenta con una mayor fuerza y responsabilidad que el empleado. Por eso, el derecho laboral tiende a limitar la libertad de cada compañía a fin de proteger al involucrado más débil de esta estructura.
DERECHOS LABORALES • La duración de la jornada máxima será de ocho horas; • La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas; • Quedan prohibidas labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años; • Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas; • Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso cuando menos;
• Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; • Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la • • Toda empresa estará obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas;
• Las empresas estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo; • Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten. Esta responsabilidad subsistirá aun en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario; • El patrón estará obligado a observar los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento; • Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera; • Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronos las huelgas y los paros.
• Educación obligatoria de los hijos; • Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad; • El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento; • Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresa; • El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal; • Cuando deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un ciento por ciento más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos;
• Como se puede observar la cantidad de derechos que tiene cada persona es inmenso, por eso es importante hacer valer cada uno así como hacer que se respeten. Si alguien violenta tus derechos no te quedes callada, repórtalo a las autoridades correspondientes para de este modo evitar futuros problemas
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