DERECHO LABORAL INDIVIDUAL notas de clase Universidad Mesoamericana
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL (notas de clase) Universidad Mesoamericana Lic. Ricardo Arriaga Mata
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL Ø TRABAJO: Proviene de “TRABS” viga. El trabajo es una trabajo o sujeción del hombre” v. Conceptos de Guillermo Cabanellas: ü“El esfuerzo humano, fisico o intelectual, aplicado a la obtención o producción de la riqueza. ” ü“Toda actividad susceptible de valoración económica. ”
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL Ø CLASES DE TRABAJO: v. Por su Naturaleza: üManual üIntelectual üMixto üSimple üCualificado Ø CLASES DE TRABAJO: v. Por su Índole: üAgrícola üNo agrícola üDomestico üA Domicilio üAprendizaje ü Vías Marítimas üTransporte
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • DENOMINACIONES: Ø Legislación Industrial: De la Escuela Inglesa, porque sus normas estaban dispersas. Ø Derecho Industrial: De la Escuela Belga. Ø Derecho Social: Destacando su importancia social. Ø Derecho Laboral: surge a finales del siglo XIX (utilizado por los patronos). Ø Derecho de Trabajo: surge a finales del siglo XIX como sinónimo del anterior (utilizado por los trabajadores). Ø Derecho Obrero: Surge en 1917 por la Revolución Agraria Mexicana que plasma por primer vez la Teoría del Derecho de Trabajo.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • DEFINICIONES DE DERECHO LABORAL: Ø DE TRUEBA URBINA: “es el conjunto de principios, norma e instituciones que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos materiales o intelctuales, para la relizacion de su destino histórico: SOCIALIZAR LA VIDA HUMANA. ” (Social) Ø DE MARIO DE LA CUEVA: “. . . el nuevo derecho es la norma que se propone realizar la justicia social en el equilibrio de las relaciones enter el trabajo y el capital. ” (Revolucionaria) Ø SANTIAGO LOPEZ AGUILAR: “. . . es el conjunto de principos y normas juridicas que garantizan la organización de los trabajadores, para una mejor canalizacion de su patircipacion en la direccion de la politica de gobierno y en particular la politica economica. ” (Sindical popular).
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • DEFINICIONES DE DERECHO LABORAL: Ø GUILLEMO CABANELLAS: “. . . es aquel que tiene por finalidad principal la regulación de las relacines jurídicas entre empresarios y trabajadores y de uno y otros con el Estado, en lo referente al trabajo subordinado, y en cuanto atañe a los profesionales y a la forma de prestación de los servicios, y tambien en lo relativo a las consecuencias juridicas mediatas o inmediatas de la actividad labortal. ” (Enciclopedia/patronal). Ø Cátedra: “. . . es el conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan las relaciones obrero-patronales, sindicales y el Estado como consecuencia de la prestación de los servicios y los derechos y obligaciones que se desprenden de la misma.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • RAMAS DEL DERECHO LABORAL: Ø Derecho Laboral Individual: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones obrero-patronales por la prestación del trabajo y pago del salario. Ø Derecho Laboral Colectivo: Conjunto de normas jurídicas que garantiza la organización de patronos y trabajadores y rige las relaciones sindicales y patronales y de estos con el Estado.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • RAMAS DEL DERECHO LABORAL: Ø Derecho Laboral Administrativo: Conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones de patronos, trabajadores, sindicatos y cámaras con las instituciones gubernamentales, así como las funciones y atribuciones que le corresponden a estas ultimas. Ø Derecho Procesal Laboral: Conjunto de normas jurídicas y procedimientos que tienden a la solución de los conflictos que surgen en las relaciones obrero patronales por medio de los órganos jurisdiccionales. También puede ser Individual, colectivo y administrativo.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • ü ü ü PRINCIPIOS: Tutelaridad Irrenunciabilidad Imperatividad Equidad Objetividad Estabilidad Demócrata Realidad Garantías Mínimas Conciliatorio Antiformalista In dubio pro operario • NATURALEZA JURIDICA: Ø DERECHO PUBLICO Ø DERECHO SOCIAL
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO: Ø Ley: ü ü Constitución Política de la Republica de Guatemala. Código de Trabajo. Convenios internacionales de trabajo (OIT). Reglamentos y normas de Trabajo y Previsión Social. Ø Costumbre: Ø Principios Del Derecho Laboral: ü In dubio pro operario. ü Principios de Justicia Social Ø Equidad Ø Principios del Derecho Común y las otras leyes.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • BASE CONSTITUCIONAL DERECHO LABORAL: ü Derecho al Trabajo: Ø Derecho de la persona Ø Obligación Social Constitución Política de la Republica de Guatemala. ü Libre elección del trabajo. ü Trabajo equitativamente remunerado. ü Igual salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad. ü Pago en moneda de curso legal. Excepción trabajadores del Campo. ü Inembargabilidad del salario, implementos personales.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • BASE CONSTITUCIONAL DERECHO LABORAL: ü Fijación periódica del salario mínimo. ü Jornadas de trabajo. ü Derecho a descansos semanales remunerados, días de asuetos y vacaciones ü Aguinaldo ü Protección de la mujer trabajadora: ü No distinguir entre solteras y casadas. ü Protección a la mujer embarazada ü Derecho a lactancia
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • BASE CONSTITUCIONAL DERECHO LABORAL: ü Prohibición de que menores de 14 años laboren en toda clase de trabajo. ü Protección y fomento al trabajo para minusválidos. ü Preferencia de trabajadores guatemaltecos sobre extranjeros. ü Fijación de normas de cumplimiento obligatorio para patronos y trabajadores ü Obligación de indemnización ü Indemnización post-mortem.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • BASE CONSTITUCIONAL DERECHO LABORAL: ü Derecho a sindicalización. ü Establecimiento de instituciones económicas y de previsión social en beneficio de los trabajadores. ü Daños y perjuicios (en juicio). ü Participación del Estado en convenios y tratados internacionales de trabajo.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • SUJETOS DEL DERECHO DE LABORAL: ü Trabajador: ü Nacionales ü Extranjeros ü Manuales ü Intelectuales ü Menores de edad ü Agrícolas ü No agrícolas ü Domésticos ü Aprendices ü Transportistas ü Del Estado
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • SUJETOS DEL DERECHO DE LABORAL: ü Patrono: ü Persona Natural o individual ü Persona Jurídica ü ü Representantes del patrono o cargos de representación. Intermediario Cargos de dirección Cargos de Confianza
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • SUJETOS DEL DERECHO DE LABORAL: • ESTADISTICAS 2004 –INAE MTPS-: üPoblación total 12. 390, 451 üTrabajadores formales 4. 990, 229 üDesempleo 3. 13% üSector Informal 10. 25%
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • HISTORIA DEL DERECHO LABORAL Ø Primeros trabajos: ü Recolector INDIVIDUAL: Ø Origen: Surgió de la necesidad de proteger a la clase trabajadora en vista de la inmisericorde explotación a fue sometida al presentarse el sistema capitalista. Lucha de los obreros (minas y canteras) en Inglaterra al ser sometidos a jornadas de trabajo de hasta de 18 horas, sin buena paga ni prestaciones, arriesgando inclusive su vida. ü Agricultor y cazador ü Gobernante ü Sacerdote ü Guerrero-Militar ü Esclavo ü Filosofo-educador ü Gladiador ü Consorte ü MINKA
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • HISTORIA DEL DERECHO LABORAL INDIVIDUAL: Ø Surge como denuncia de los Pontífices a través de Encíclicas. Ø Encíclicas: Cuerpo doctrinario que define la posición de la Iglesia Católica sobre asuntos clave se asemejan a cartas publicas del Papa dirigidas a los obispos y fieles. Versión oficial es en Latín. Ø Encíclicas con temas laborales: ü Rerun Novarum León XIII 15 -5 -1891 ü Cuadragésimo Ano Pió VI 15 -5 -1931 ü Mather et Magistra Juan XXIII 15 -51963 ü Populorum Progressio Pablo VI 26 -3 -1967 ü Veritatis Esplendor Juan Pablo II
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • DERECHO DE TRABAJO EN GUATEMALA: üLeyes Indias dictadas Corona Española Siglo XVI. üLeyes cafetaleras en el Gobierno de Jorge Ubico 1939 üDecreto 330 del Congreso 8 -2 -1947 Código de Trabajo Gobierno Juan José Arévalo cobro vigencia el 1 de mayo de 1947 hasta 1961 üDecreto 1441 del Congreso 5 -5 -1961 Código de Trabajo de la Contrarrevolución vigencia 5 -7 -1961.
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • Reformas al Código de Trabajo 1441: ü Decreto 1486 del Congreso 15 -9 -1961. ü Decreto Ley 1 del 2 -4 -1963 Coronel Peralta Azurdia. ü Decreto 88 -73 del Congreso 10 -10 -1973. ü Decreto Ley 55 -83 del 16 -5 -1983 ü Decreto 64 -92 del Congreso 10 -11 -1992 ü Decreto 19 -97 del Congreso 4 -3 -1997 ü Decreto 9 -98 del Congreso 20 -2 -1998 ü Decreto 35 -98 del Congreso 2 -6 -1998 ü Decretos 13 -2001 y 18 -2001 ambos del Congreso 23 -5 -2001
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL • Limitaciones al Derecho del Trabajo: ü ü ü Por discriminación. Solamente por disposición legal. Genero Edad: Permiso de Trabajo Nacionalidad: ü Permiso de Trabajo A) A favor de la entidad contratante. B) Por dependientes guatemaltecos ü Visa Migratoria A) Residencia Temporal B) Residencia Permanente C) Residencia por Matrimonio.
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