Derecho bancario Organizaciones auxiliares del crdito Organizaciones auxiliares
Derecho bancario Organizaciones auxiliares del crédito
Organizaciones auxiliares del crédito Son instituciones que cuentan con las siguientes características comunes: • Para su constitución requieren autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB). • Se constituyen como sociedades anónimas, excepto las de ahorro y préstamo. • Tienen consejo de administración. • Su escritura constitutiva y cualquier modificación deben ser aprobadas por la SHCP y la CNVB.
Almacenes generales de depósito • Tienen como objeto almacenar, guardar o conservar, manejar, controlar y distribuir los bienes que están bajo su custodia, los cuales se encuentran amparados por certificados de depósito. (art. 11, LGOAAC *) • Transforman, reparan y ensamblan las mercancías depositadas. • Clases: a)reciben depósito de bienes o mercancías; b)reciben mercancías sujetas a depósito fiscal; c) otorgan financiamiento. * Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.
Almacenes generales de depósito • Expiden: certificados de depósito: título de crédito que representa las mercancías depositadas y que dan al comerciante titular el derecho de disponer de la mercancía y exigir su entrega. bonos de prenda: anexo del certificado de depósito para que el comerciante pueda obtener financiamiento del almacén o de terceros.
Arrendadoras financieras En virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora se obliga a adquirir bienes y a conceder su uso o goce temporal, con plazo forzoso, a una persona, quien paga una prestación por el arrendamiento, y al término del plazo tiene opciones para: a) comprar los bienes a precio inferior; b) prorrogar el plazo con precio inferior; c) participar en el precio de venta.
Sociedades de ahorro y préstamo Se trata de personas morales no lucrativas que deben destinar su remanente de utilidad en beneficio de sus asociados o de la sociedad. Son supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se regula por la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Uniones de crédito Las uniones se crearon en México para la población que tiene necesidades especiales o de crédito muy bajas y que a los bancos les resultaría incosteable cubrir. Actualmente, su regulación se encuentra derogada.
El factoraje financiero Se regulan en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Se entiende por factoraje financiero el que celebran las empresas con sus clientes a fin de que aquéllas obtengan derechos de rédito relacionados con la proveeduría de bienes o de servicios, o de ambos. Estas empresas ofrecen liquidez a sus clientes, es decir, que dispongan de efectivo para cumplir con sus obligaciones a corto plazo. A cambio, la empresa de factoraje adquiere las cuentas por cobrar de su cliente.
Compraventa habitual y profesional de divisas Dentro de esta clasificación encontramos los centros cambiarios y casas de cambio. Centros cambiarios: no requieren autorización ni estructura determinada, pero están restringidos al tipo y monto de operaciones que pueden realizar. Casas de cambio: requieren autorización de la Secretaría de Hacienda para funcionar y pueden realizar su objeto sin estar sujetas a límites por montos ni a tipo de operación.
Fuentes de consulta • Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito. Diario Oficial de la Federación. Estados Unidos Mexicanos. 14 de enero de 1985.
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