Delegaciones del IMSS que tengan inscritos PC y

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Delegaciones del IMSS que tengan inscritos PC y que no cuente con las instalaciones

Delegaciones del IMSS que tengan inscritos PC y que no cuente con las instalaciones para prestar los servicios. PC que tengan instalaciones propias o de un tercer adecuadas para prestar el servicio de SEM. DERECHOS Y OBLIGACIONES Patrones Médicos y Enfermeras • Informar sobre sus derechos y obligaciones a los TEC • Conducirse con respeto, honradez, probidad y ética • Promover el registro de los TEC a la UMF más cercana • Abrir expediente clínicos • Proporcionar al IMSS informes y estadísticas de atención • Vigilar que los PSM cumplan con los horarios establecidos y la calidad de servicio necesaria • Reproducir y difundir material sobre la educación de la salud • Capacitar a los PSM • Pagar el costo de traslado de un paciente y de ser necesario de un acompañante. Apoyar con 1 SMVDF por día en caso de implique alojamiento y alimentos • Vigilar que se cumplan sus recomendaciones médicas • Visitar a los enfermos cuando estén imposibilitados • Elaborar la documentación para trasladar a un enfermo a un NAS • Actuar en casos de emergencia • Enviar a los pacientes a la UMF más cercana para la expedición del CI o RT. • Vigilar la salud de los niños adscritos a las guarderías • Facilitar las evaluaciones Trabajadores y Beneficiarios • Conservar en óptimas condiciones las instalaciones y equipo • Acudir al lugar que el PC designe para prestar el servicio • Mantener los registros y archivos que requiera el IMSS • Manifestar libremente sus inconformidades y quejas ante el IMSS • Autorizar la reversión de cuotas de acuerdo con su situación financiera • Determinar el NAM que puede prestar el PC • Quedará relevado de todas las obligaciones y responsabilidades del SEM el resto de los servicios los seguirá proporcionando PC: Patrones del Campo SEM: Seguro de Enfermedades y Maternidad TEC: Trabajadores Eventuales del Campo UMF: Unidad Médica Familiar CI: Certificado de incapacidad • Ejecutar acciones para corregir deficiencias en el SEM que preste el PC RT: Riesgo de Trabajo • No tendrá responsabilidad alguna sobre la negligencia del los PSM ni reparará el daño de alguna forma. NAS: Nivel de Atención Superior NAM: Nivel de Atención Médica • Evaluar la Atención Médica prestada por el PC Directa Indirecta Por los Informes que proporcione el PC Por visitas domiciliarias

NIVELES DE ATENCIÓN Autorizado por el IMSS Requisitos para la Reversión de Cuotas Certificado

NIVELES DE ATENCIÓN Autorizado por el IMSS Requisitos para la Reversión de Cuotas Certificado Vigente del Consejo de Salubridad Gral. Patrón PRIMER NIVEL MÍNIMO SEGUNDO NIVEL TERCER NIVEL • Los programas de PREVENIMSS y odontología preventiva. Hospitales con Capacidad Resolutiva • Atención integral en 68 especialidades y subespecialidades • Atención médica ambulatoria: Consulta externa familiar, urgencias. PRIMER NIVEL COMPLETO • Baja: 4 especialidades • Media: más 7 subespecialidades • Laboratorios clínicos especializados • Alta: a partir de 8 y hasta 28 subespecialidades. • Imagenología • Consulta de Estomatología. • Medicina nuclear • Nutrición y dietética • Radiocirugía • Laboratorio de Análisis Clínicos • Radiodiagnóstico. Horario Entre las 5: 30 y las 19: 00 los días que establezca el patrón • El PC pagará por medio del SUA personalizado que entregará el IMSS y que genera la cédula de comprobación de reembolso • El PC no podrá realizar deducciones por incapacidades y ausentismo Horario Las 24 Horas, todos los días del año • Banco de Sangre • Registrarse e inscribir a los TEC en el IMSS. • Comunicar altas y bajas en un plazo no mayor de 7 días • Proporcionar periodo y tipo de cultivo, superficie y estimación de jornadas. • Llevar registros de nóminas y listas de raya • Permitir las visitas que haga el IMSS. Convenio • Formato Autorizado • Indicar las partes que lo suscriben y sus declaraciones • La naturaleza y cuantía de los servicios a prestar • El monto y procedimiento para la reversión • Fecha de inicio y vigencia • Se cancela por falta de pago de dos periodos, si el patrón cae en incumplimiento, o por la inconformidad justificada de los TEC.