Decreto 2784 de 2012 Grupo 1 Esta conformado

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Decreto 2784 de 2012 Grupo 1 Esta conformado por Emisores de bolsa de Valores

Decreto 2784 de 2012 Grupo 1 Esta conformado por Emisores de bolsa de Valores Entidades de Interés público • Deben preparar: • estados financieros consolidados separados • Estados financieros Individuales • Captan manejan recursos del público Decreto 1851 de 2013 Establecimientos Bancarios Corporaciones financieras Compañías financieras Sociedades de capitalización § Comisionistas de bolsas § Fondos y pensiones § § § Que no cumplan los dos anteriores • Entidades que tengan más de 200 trabajadores • Activos superiores a 30000 smmlv • Cumplir con los siguientes requisitos ü Nic 39 y NIIF 9 únicamente respecto al tratamiento de cartera de crédito y deterioro ü NIIF 4 Reservas técnicas catastróficas § § § Subordinada o sucursal de una extranjera que aplique NIIF plenas Subordinada o matriz de una compañía que deba aplicar NIIF plenas Matriz asociada o conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas Que realicen impo o expo que representen más del 50% de las compras o ventas

Cronograma de aplicación Periodo de preparación obligatoria 1 ° de enero de 2013 y

Cronograma de aplicación Periodo de preparación obligatoria 1 ° de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013 Fecha de transición 1 ° de enero de 2014 Estado de situación financiera de apertura 1 ° de enero de 2014 Periodo de transición 1° de enero de 2014 y 31 de diciembre de 2014 Últimos estados financieros conforme a los decretos 2649 y 2650 de 1993 31 de diciembre de 2014 Fecha de aplicación 1 ° de enero de 2015 Primer periodo de aplicación Entre el 1° de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015 Fecha de reporte 31 de diciembre de 2015

Modificaciones Decreto 3023 de 2013 Modifica parcialmente marco Técnico normativo anexo 2784 NIIF 1

Modificaciones Decreto 3023 de 2013 Modifica parcialmente marco Técnico normativo anexo 2784 NIIF 1 Aplicación de la NIIF 1 Costos por préstamos y préstamos del gobierno NIC 1 Información comparativa Nic 32 Efecto Fiscal de Distribución Nic 16 Clasificación grupo auxiliar NIC 34 Información financiera Intermediaria segmento de activos y pasivos totales NIIF 10 Estados Financieros consolidados, acuerdos conjuntos o información a revelar

Decreto 2267 de 2014 Modifica art 2 Decreto 1851 Modificaciones Decreto 3024 de 2013

Decreto 2267 de 2014 Modifica art 2 Decreto 1851 Modificaciones Decreto 3024 de 2013 Modifica art 1 del 2784 Precisa ámbito de aplicación, establece periodo de permanecía el calculo del número de trabajadores Calculo de los activos totales Se dejará de aplicar NIIF 9 hasta que se incorpore el Marco Regulatorio colombiano Son aquellas personas que presten de manera personal y directa servicios, sin importar la naturaleza del contrato La base del promedio será de doce meses correspondientes al año anterior de aplicación. que incluye 3 categorías de las inversiones

Decreto 2615 de 2014 Deroga anexo Decreto 2784 de 2012 y decreto 3023 de

Decreto 2615 de 2014 Deroga anexo Decreto 2784 de 2012 y decreto 3023 de 2013 Modificaciones Información a revelar sobre Importe recuperable activos no financieros de Nic 36 Deterioro del activo CINIIF 21 Nueva interpretación Sustitución de derivados y continuación de la contabilidad de coberturas Que modifica La NIC 39 Instrumentos Financieros, reconocimiento y medición Mejoras Anuales NIIF 2 Pagos basados en acciones NIIF 3 3 Combinaciones de Negocios NIIF 8 Segmentos de operación NIC 16 Nic 24 Propiedad planta y equipo Información a revelar de las partes relacionadas

Decreto 2548 Incidencias fiscales Art 1 decreto 2548 de 2014 Las remisiones contenidas en

Decreto 2548 Incidencias fiscales Art 1 decreto 2548 de 2014 Las remisiones contenidas en las normas tributarias continuaran vigentes durante 4 años para el grupo 1 comienza a partir del primero de enero de 2015 y culmina el 31 de diciembre de 2018, �Art 2 decreto 2548 de 2014 Bases fiscales: Determinadas con base a las disposiciones fiscales y todas las remisiones contables decreto 2649 y 2650 de 1993, Puc de superintendencias, contaduría general de la Nación y Normas técnicas del patrimonio, los valores patrimoniales no tendrán efectos fiscales �Art 3 y 4 decreto 2548 de 2014. Los contribuyentes determinarán la forma de administrar las diferencias que surjan de los hechos económicos y los nuevos marcos normativos �Art 5 Decreto 2548 de 2014 Soportes de las declaraciones tributarias. Deben ser sistema de registro o el libro tributario, mas todos los documentos internos y externos y comprobantes que evidencie la realidad de las transacciones �Art 6 y 7 Decreto 2548 de 2014 Otros requisitos. No exime al contribuyente la suministración de información exigidas en el Estatuto Tributario, no debe llevarse doble contabilidad y un pleno valor probatorio entre el sistema de diferencias y el Libro tributario �Art 7 y 8 Decreto 2548 de 2014. Quienes opten por llevar contabilidad deberán dar cumplimiento a ese decreto

Decreto 2548 Incidencias fiscales Incidencias Fiscales Art 1 las normas tributarias continuaran vigentes durante

Decreto 2548 Incidencias fiscales Incidencias Fiscales Art 1 las normas tributarias continuaran vigentes durante 4 años Art 2 Bases fiscales: Art 3 y 4 comienza a partir del primero de enero de 2015 y culmina el 31 de diciembre de 2018 todas las remisiones contables decreto 2649 y 2650 de 1993, Puc de superintendencias, contaduría general de la Nación y Normas técnicas del patrimonio, los valores patrimoniales no tendrán efectos fiscales Los contribuyentes determinarán la forma de administrar las diferencias que surjan de los hechos económicos Art 5 Soportes de las declaraciones tributarias Deben ser sistema de registro o el libro tributario, mas todos los documentos internos y externos y comprobantes que evidencie la realidad de las transacciones Art 6 y 7 Decreto 2548 de 2014 Otros requisito No exime al contribuyente la suministración de información exigidas en el Estatuto Tributario, no debe llevarse doble contabilidad y un pleno valor probatorio entre el sistema de diferencias y el Libro tributario Art 7 y 8 Quienes opten por llevar contabilidad deberán dar cumplimiento a ese decreto