DECLARACION JUDICIAL DE AUSENCIA Prof Walter Rivera Vilchez

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DECLARACION JUDICIAL DE AUSENCIA Prof. Walter Rivera Vilchez

DECLARACION JUDICIAL DE AUSENCIA Prof. Walter Rivera Vilchez

Declaración Judicial de Ausencia n n La declaración judicial de ausencia no tiene como

Declaración Judicial de Ausencia n n La declaración judicial de ausencia no tiene como misión abrir la sucesión mortis causa del ausente, sino la protección y defensa de su patrimonio. Aunque la norma no lo indique de manera expresa, una de las obligaciones naturales del administrador judicial que se designe es la pesquisa de la persona del ausente además de las que la ley le impone.

Declaración Judicial de Ausencia n n n Requisitos o condiciones: Transcurran 2 años desde

Declaración Judicial de Ausencia n n n Requisitos o condiciones: Transcurran 2 años desde que se tuvo la última noticia del desaparecido. Están legitimados para solicitarla judicialmente cualquiera que tenga legítimo interés o el Ministerio Público

Declaración Judicial de Ausencia n n n Es una situación de derecho, pues hay

Declaración Judicial de Ausencia n n n Es una situación de derecho, pues hay un pronunciamiento judicial La consecuencia es otorgar la posesión temporal de los bienes del ausente a quienes serían sus herederos forzosos. Si no hay herederos forzosos continúa la curatela interina de bienes (art. 47 CC)

Declaración Judicial de Ausencia n n Es competente el Juez: a) del último domicilio

Declaración Judicial de Ausencia n n Es competente el Juez: a) del último domicilio que tuvo el desaparecido, o b) del lugar donde se encuentre la mayor parte de sus bienes Se debe efectuar un inventario valorizado de los bienes del ausente antes de iniciar la acción judicial

Declaración Judicial de Ausencia n n n La resolución judicial ordena dar la posesión

Declaración Judicial de Ausencia n n n La resolución judicial ordena dar la posesión temporal de los bienes del ausente a los hederos forzosos. El poseedor tiene los derechos y obligaciones inherentes a la posesión (uso y disfrute) y percibir frutos Tiene la obligación de reservar de los frutos que perciba una parte igual a la cuota de libre disposición

Declaración Judicial de Ausencia n Los poseedores temporales de bienes del ausente no pueden

Declaración Judicial de Ausencia n Los poseedores temporales de bienes del ausente no pueden enajenarlos ni gravarlos, salvo caso de necesidad o utilidad, previa autorización judicial y en la medida de lo indispensable (arts. 52 y 56 CC)

Declaración Judicial de Ausencia n La resolución que declara la Ausencia de una persona

Declaración Judicial de Ausencia n La resolución que declara la Ausencia de una persona debe ser inscrita en el Registro de mandatos y poderes de los Registros Públicos, extingue los otorgados (anteriormente) por el ausente

Declaración Judicial de Ausencia n n n A pedido de cualquiera que haya obtenido

Declaración Judicial de Ausencia n n n A pedido de cualquiera que haya obtenido la posesión temporal de los bienes del ausente, se procede a la designación de administrador judicial. Su nombramiento debe ser inscrito en registros Públicos El Juez puede establecer obligaciones al administrador judicial

Declaración Judicial de Ausencia n n n n Derechos y obligaciones del administ. Judicial:

Declaración Judicial de Ausencia n n n n Derechos y obligaciones del administ. Judicial: 1. - Percibir los frutos 2. - Pagar deudas y atender gastos del patrimonio que administra 3. - Reservar en cuenta bancaria la cuota de libre disposición de los frutos que perciba 4. - Distribuir los saldos disponible 5. - Ejercer la representación judicial del ausente 6. - Ejercer cualquiera atribución no prevista, previa autorización judicial 7. - Rendir cuenta de la administración

Declaración Judicial de Ausencia n n n Casos en que cesa la declaración judicial

Declaración Judicial de Ausencia n n n Casos en que cesa la declaración judicial de ausencia: 1. - Regreso del ausente 2. - Designación de apoderado con facultades suficientes, después de la declaración judicial 3. - Muerte del ausente 4. - Declaración de muerte presunta

Declaración Judicial de Ausencia n n Casos especiales: a) La cónyuge del ausente u

Declaración Judicial de Ausencia n n Casos especiales: a) La cónyuge del ausente u otros herederos económicamente dependientes del ausente, que no reciben rentas suficientes pueden pedir al Juez la asignación de una pensión alimenticia, según su condición y cuantía del patrimonio afectado. Esta pretensión se tramita conforme al proceso sumarísimo, en lo que fuera aplicable

Declaración Judicial de Ausencia n n b) En caso el ausente reaparezca o nombre

Declaración Judicial de Ausencia n n b) En caso el ausente reaparezca o nombre apoderado, se restituye al titular su patrimonio en el estado en que se encuentre. La petición se tramita como proceso no contencioso con citación de los que solicitaron la declaración de ausencia.

Declaración Judicial de Ausencia n c) En caso que el ausente haya muerto o

Declaración Judicial de Ausencia n c) En caso que el ausente haya muerto o se hata declarado su muerte presunta se procede a la apertura de la sucesión

Declaración Judicial de Ausencia n n En cualquier caso de terminación de la situación

Declaración Judicial de Ausencia n n En cualquier caso de terminación de la situación de ausencia legal, el administrador judicial está obligado a rendir cuenta documentada al Juez y a los demás coherederos de su gestión. El Juez, aprobará o desaprobará la rendición de cuentas.