Cross border enforcement of OSH sanctions Outline and
Cross border enforcement of OSH sanctions: Outline and explanation of the problem. Possible solutions Julio Pérez Gil University of Burgos
Sumario 1. 2. 3. 4. Asistencia judicial Reconocimiento mutuo. Problemas Toma de posición Propuestas
Asistencia judicial VS. Reconocimiento mutuo z Sistemas penales (o sancionadores) independientes que se auxilian z Horizontalidad x. Tratados internac. x. Actores independientes z Realización de actos procesales y en Estado requerido y para que surtan efectos en Estado requirente z Sistemas penales (o sancionadores) que funcionan coordinada y armónicamente z Verticalidad x. Decisión marco/ Directiva x. Actores comunes z Atribución de efectos a una situación jurídica existente y Voluntad de particulares y Ejercicio del poder público
Asistencia Judicial en materia penal z Convenios bilaterales / multilaterales z Consejo de Europa y. Convenio 1959 y 2º Protocolo Adicional (2001) z Unión Europea y. Convenio Aplicación Acuerdo Schengen (19. 06. 90) y. Convenio Asistencia Judicial en materia penal (Convenio UE AJMP 2000)
Convenio asistencia judicial en materia penal (1959) Convenio asistencia judicial en materia penal entre los Convenio aplicación Schengen (1990) Estados Miembros de la UE (2000)
En el ámbito de las resoluciones administrativas z CAAS 1990 (art. 49. a) / Convenio UE 2000 (art. 3. 1) Se prestará igualmente asistencia judicial en procedimientos incoados por autoridades administrativas por hechos que con arreglo al Derecho interno del Estado miembro requirente o del Estado miembro requerido, o de ambos, sean punibles como infracciones de disposiciones legales, cuando la decisión de dichas autoridades pueda ser recurrida ante un órgano jurisdiccional competente, en particular en materia penal z 2º protocolo Convenio 1959 (art. 1. 3) Mutual assistance may also be afforded in proceedings brought by the administrative authorities in respect of acts which are punishable under the national law of the requesting or the requested Party by virtue of being infringements of the rules of law, where the decision may give rise to proceedings before a court having jurisdiction in particular in criminal matters
Transmisión de solicitudes de asistencia judicial z. Comunicación directa entre las autoridades competentes z. Sanciones administrativas: se permite la comunicación directa entre autoridades judiciales (o autoridades centrales) y administrativas z. Art. 6. Convenio UE AJMP 2000 z. Art. 15. 3 protocolo Convenio 1959
Reconocimiento mutuo (resoluciones tramitación vs. definitivas) z Orden detención europea x DM 2002/584/JAI; Ley 3/2003; LO 2/2003 z Embargo preventivo y aseguramiento de prueba x DM 2003/577/JAI; Ley 18/2006; LO 5/2006 z Exhorto obtención de prueba x DM 2008/978/JAI; (hasta 19. 01. 2011) z Medidas de vigilancia para la sustitución de la prisión provisional x DM 2009/829/JAI): (hasta 01. 12. 2012) z Sanciones pecuniarias x DM 2005/214/JAI; Ley 1/2008; LO 2/2008 z Resoluciones de decomiso x DM 2006/783/JAI; Ley 4/2010; LO 3/2010 z Consideración resoluciones condenatorias x DM 2008/675/JAI; (hasta 15. 10. 2010) z Penas privativas de libertad x DM 2008/909/JAI; (hasta 05. 12. 2011) z Libertad vigilada y penas sustitutivas x DM 2008/947/JAI; (hasta 06. 12. 2011)
Reconocimiento mutuo (aspectos generales) z Intercambio de información e inteligencia x. DM 2009/829/JAI; L. 31/2010 z Protección de datos personales x. DM 2008/977/JAI (hasta 01. 12. 2012) z Registros de antecedentes penales x. DM 2008/315/JAI (deroga 2005/876/JAI); z Reforzar derechos y juicios en ausencia x. DM 2009/299/JAI; z Conflictos de jurisdicción x. DM 2009/948/JAI
Particularidades del reconocimiento mutuo z Basado en confianza mutua z Catálogo de conductas punibles z Ejecución inmediata z Papel residual de los Estados z Desconfianza z No se pueden incluir todas z Motivos de denegación y Respeto a derechos fundamentales y Doble incriminación y Non bis in idem y Identidad en la naturaleza de la infracción z Ampliación del marco estatal de intervención
“Circuitos” punitivos diferenciados z Seguir distinguiendo penal de administrativo z Comparten principios y garantías, pero: yindependencia ymodus operandi, actores, reproche social, consecuenc. z Revisión por órgano jurisdiccional no es criterio concluyente y. Se revisa, no se realiza el acto y. Todo es susceptible de control jurisdiccional… y. La norma piensa en casos muy concretos z Premisa: mantenerse en el mismo circuito punitivo
Balance z La asistencia judicial (pequeña asistencia) es útil y Particularmente en fase de tramitación y Permite: x. Relaciones autoridades de diferente naturaleza x. Cauces directos de comunicación y Forum regit actum z Respeto a derechos y garantías básicas z Reconocimiento mutuo como punto de llegada (art. 82 TFUE) z En el ámbito administrativo sancionador y Homogeneizar normas sancionadoras y Abrir un circuito específico para ejecución de sanciones administrativas
Ejecución: una nueva directiva z Plenamente justificada z Base jurídica y. Normativa de OSH y. Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia xart. 74 (cooperación administrativa) x. Vía para aplicar la normativa de carácter general z Solo aspectos de procedimiento y. Dejar los aspectos materiales (infracciones / sanciones) para otras normas y. Irrelevancia de x. Concreta autoridad de origen (estatal, regional, local) x. Tipo de sanción (no exigir identidad)
Ejecución: una nueva directiva II z Ejecución y. Resolución administrativa a modo de título ejecutivo y. Aplicación de normas ejecutivas del Estado requerido y. Notificación del resultado y. Considerar reparto de lo recaudado z Claúsulas de salvaguardia y. Respeto a las garantías del sancionado y. Causas tasadas de oposición a la ejecución y. Proporcionalidad en el resultado final z Acompañada de “soft law” (códigos de buenas prácticas, formación de profesionales, etc. )
Un modelo de referencia z. Reglamento (CE) 805/2004 (21. 04. 2004) por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados y. Certificado de título ejecutivo europeo y. Ejecución se rige por legislación del Estado de ejecución “Las resoluciones certificadas como títulos ejecutivos europeos se ejecutarán en las mismas condiciones que las resoluciones dictadas en el Estado miembro de ejecución”
Una sugerencia: equipos conjuntos de investigación z. Actualmente solo infracciones penales z. Soporte y. Decisión Marco 2002/465/JAI de 13. 06 y. LO 3/2003 + Ley 11/2003 yart. 20 2º Protocolo adicional al Convenio de 1959 z. Necesidad de acuerdo previo z. Ni asistencia ni reconocimiento mutuo z. Una idea a considerar: la Inspección de Trabajo como Policía Judicial y (Art. 87. 1 TFUE: otros servicios con funciones coercitivas especializados en la prevención y en la detección e investigación de infracciones penales)
¿Reforma de la DM de sanciones pecuniarias (2005/214)? z Las sanciones por infracciones de seguridad y salud laboral son ajenas a la norma ypodrían incluirse expresamente y. Encajar otras materias (por ejemplo tráfico) z Especificar y. Naturaleza de las autoridades de ejecución yvías de cooperación entre ellas z En España: reforma legal y. Acoger expresamente ejecución transfronteriza por órganos administrativos y. Coordinarlo con la nueva Oficina Judicial
Convenios z. Posición realista z. Marco bilateral / multilateral para la ejecución mutua de sanciones z. Modelos de acuerdo
- Slides: 18