Corte Suprema de Justicia Direccin General de Recursos




















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Corte Suprema de Justicia Dirección General de Recursos Humanos Dirección de Administración de Personal División Control Informático De Marcaciones
“Disposiciones Disciplinarias”
ACORDADA Nº 252/02 Art. 12. Horario. Tolerancia Los funcionarios del Poder Judicial están obligados a concurrir a la oficina todos los días hábiles, observando el horario establecido, desde las 07. 00 hasta las 13. 00 horas, horas con un margen de quince minutos de tolerancia en el ingreso. 3
En caso de fuerza mayor que afecte a la generalidad de los funcionarios, la Dirección General de Recursos Humanos en la Capital o los Presidentes en las demás Circunscripciones Judiciales, la podrán ampliar hasta una hora. 4
ACORDADA Nº 709/11 Art. 6 inc. j Llegada Tardía: El registro de la entrada del funcionario nombrado o contratado a su lugar de trabajo después de vencido el tiempo de tolerancia establecido. 5
Art. 6 inc. q) Retiro Anticipado: El registro de la salida del funcionario nombrado o contratado de su lugar de trabajo, a partir de las doce horas, exceptuándose de ello a los Ujieres Notificadores en el ejercicio de sus funciones. Observación: Las Llegadas Tardías y los Retiros Anticipados deben sumar hasta 3 (tres) veces, independiente o conjuntamente en el mes. 6
RESOLUCIÓN N° 2744/12 La omisión de marcación injustificada, en el sistema automatizado de control de entrada o salida de funcionarios nombrados o contratados de la Corte Suprema de Justicia implementado por Resolución N° 521 del 31 de mayo de 2001, será registrado como AUSENCIA, y como tal deberá elevarse el informe correspondiente, conforme al procedimiento establecido en la Acordada N° 475/2007. 7
Resolución 521/01 Implementar el Sistema automatizado de control de entrada y salida de funcionarios de la Corte Suprema de Justicia para la Capital y todas las Circunscripciones Judiciales del Interior. 8
RESOLUCIÓN N° 2744/12 La marcación registrada a partir de las 12: 00 horas, injustificadamente, será registrado en el Sistema Informático como AUSENCIA, y como tal deberá elevarse el informe correspondiente, conforme al procedimiento establecido en la Acordada N° 475/ 2007. 9
Acordada N° 358/05 Art. 3°. Las atribuciones conferidas por la presente Acordada a los Secretarios de los Juzgados y Tribunales serán extensivas a los Directores, Jefes, Encargados de la Unidad y demás Funcionarios que ejercen cargos jerárquicos dentro del organigrama de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, respecto de los Funcionarios a su cargo y con similares alcances. 10
ACORDADA N° 709 Y 716/ 11 RESOLUCIÓN Nº 3534/11 Y 2744/12 CRITERIOS A TENER EN CUENTA REPORTES DE FALTAS MENSUALES PARA DESCUENTOS LLEGADAS TARDIAS O RETIROS ANTICIPADOS INJUSTIFICADOS Se informa el cómputo total de los minutos no trabajados pero a partir de la cuarta llegada tardía o salida anticipada, de cada funcionario. (Ejs. 7: 20, 7: 30, 7: 40 y 7: 50 equivalente a 140 minutos no trabajados). Los minutos de tolerancia siguen vigentes y no implican descuentos (hasta las 7: 15 hs). LAS LLEGADAS TARDÍAS son consideradas hasta las 11: 59 minutos. 11
ACORDADA N° 709 Y 716/ 11 RESOLUCIÓN Nº 3534/11 Y 2744/12 CRITERIOS A TENER EN CUENTA SALIDAS TEMPRANAS si las mismas se registran antes de las 12: 00, serán consideradas como ausencia, según Resolución No 3534/11. AUSENCIAS INJUSTIFICADAS Se informa a partir de 1 (un) día de falta. 12
ACORDADA N° 709 Y 716/ 11 RESOLUCIÓN Nº 3534/11 Y 2744/12 REPORTES QUE AMERITAN INVESTIGACIÓN PARA SUMARIO LLEGADAS TARDIAS O RETIROS ANTICIPADOS INJUSTIFICADOS. Se informa a partir de la 4 (cuarta) falta. AUSENCIAS INJUSTIFICADAS Se informa teniendo en cuenta la Acordada Nº 961/15 en su Art. 21 inciso b, Faltar a su lugar de trabajo injustificadamente hasta (3) tres días consecutivos o (4) cuatro días en forma alternada, en el mismo año. A partir de Mayo de 2015. 13
Faltas Leves Acordada 709/11 Art. 21 Serán faltas leves de funcionarios nombrados y contratados las siguientes: Llegar tardíamente a su lugar de trabajo o retirarse anticipadamente, en más de tres ocasiones en el mismo mes, INJUSTIFICADAMENTE Faltar a su lugar de trabajo injustificadamente hasta (3) tres días consecutivos o (4) cuatro días en forma alternada, en el mismo año. Acordada N° 961/15. 14
Competencia de Faltas Leves En la capital el Consejo de Superintendencia de la C. S. J y en el interior los Consejos de Administración de las Circunscripciones Judiciales, los cuales aplicarán las medidas disciplinarias por delegación POR UNICA VEZ a cada funcionario, el Articulo 20 inc. l) Incurrir en reincidencia o reiteración en la comisión de faltas de carácter leve. 15
Faltas Graves Acordada 709/11 Art. 20 Serán faltas graves de funcionarios nombrados y contratados las siguientes: a)Abandono de cargo. b) Faltar a su lugar de trabajo injustificadamente más de tres días continuos y hasta cuatro días en forma alternada en el mismo año. c)Incurrir en reincidencia o reiteración en la comisión de faltas de carácter leve. 16
Competencia de Faltas Graves En la capital el Consejo de Superintendencia de la C. S. J y en el interior los Consejos de Administración de las Circunscripciones Judiciales, cuando verifiquen que los hechos investigados en el sumario se configuren como faltas graves, deberán remitir a la Oficina de Quejas y Denuncias de la Capital a los efectos del trámite correspondiente, a través del nexo de la O. Q. D. de cada Circunscripción. 17
ART. 76 DE LA ACORDADA NO 716/11 Del Descuento por la No prestación de servicio. Las llegadas tardías, las salidas anticipadas y las ausencias, cuando fueren injustificadas, producirán, un DESCUENTO en el salario de los funcionarios nombrados o contratados que incurran en ellas, proporcional al tiempo de no prestación de servicio. La proporcionalidad se aplicará por la hora o fracción menor. En ningún caso este descuento será considerado sanción disciplinaria. 18
Forma de Cálculo del Descuento *Salario presupuestado ÷ 30 días = monto por día. *Monto por día dividido 6 = monto por hora. *Monto por hora dividido 60 = monto por minuto. Ejemplo: Salario presupuestado ÷ 30 ÷ 60 = Gs. el minuto. 19
R O P S A I C GRA SU ! ! ! N Ó I C N E AT 20