CONTRATACIONES DEL ESTADO COMIT ESPECIAL COMIT ESPECIAL v

  • Slides: 14
Download presentation
CONTRATACIONES DEL ESTADO COMITÉ ESPECIAL

CONTRATACIONES DEL ESTADO COMITÉ ESPECIAL

COMITÉ ESPECIAL v Definición. Designación y Conformación. v Organización. Impedimentos. Comité especial permanente. Competencias

COMITÉ ESPECIAL v Definición. Designación y Conformación. v Organización. Impedimentos. Comité especial permanente. Competencias v Responsabilidades, remoción e irrenunciabilidad de Funcionarios, Expertos Independientes.

COMITÉ ESPECIAL DEFINICIÓN Es el órgano colegiado designado para elaborar las bases administrativas del

COMITÉ ESPECIAL DEFINICIÓN Es el órgano colegiado designado para elaborar las bases administrativas del proceso de selección y conducir el desarrollo del mismo hasta quede consentido la buena pro o se cancele el proceso.

COMITÉ ESPECIAL DESIGNACIÓN 24º Ley y 27 del Reg. • La realiza el Titular

COMITÉ ESPECIAL DESIGNACIÓN 24º Ley y 27 del Reg. • La realiza el Titular de la Entidad (o por el órgano que éste delegue) • Por escrito • Se designan personas y no cargos • Titulares y sus respectivos suplentes

COMITÉ ESPECIAL CONFORMACIÓN 24º Ley. 03 MIEMBROS: • 01 del Órgano Encargado de las

COMITÉ ESPECIAL CONFORMACIÓN 24º Ley. 03 MIEMBROS: • 01 del Órgano Encargado de las Contrataciones (OEC) • 01 Área Usuaria • 01 Conocimiento técnico en el objeto de la contratación. 03 suplentes con las mismas condiciones.

COMITÉ ESPECIAL IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBRO 29º Rgto. • Titular de la Entidad •

COMITÉ ESPECIAL IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBRO 29º Rgto. • Titular de la Entidad • Funcionarios Contralores y Fiscalizadores • Funcionarios que aprueban expedientes de contratación o Bases. • Funcionario que designó Comité Especial • Funcionarios que resolverán las apelaciones • Miembros de Comité Especial con sanción vigente.

COMITÉ ESPECIAL CLASES Comité Especial ad hoc Licitaciones y Concursos Públicos, y cuando se

COMITÉ ESPECIAL CLASES Comité Especial ad hoc Licitaciones y Concursos Públicos, y cuando se considere conveniente para Adjudicaciones Directas y Menores Cuantía. Comité Especial Permanente Para Adjudicaciones Directas y Menores Cuantías. Pueden haber más de 01 comité. Sólo es exigible que 01 de los miembros sea representante del OEC.

COMITÉ ESPECIAL EXPERTOS INDEPENDIENTES Personas naturales o jurídicas del sector privado con giro del

COMITÉ ESPECIAL EXPERTOS INDEPENDIENTES Personas naturales o jurídicas del sector privado con giro del negocio vinculado al objeto de la convocatoria. Personas naturales de otras entidades para lo cual se necesita autorización del Titular de la Entidad.

COMITÉ ESPECIAL COMPETENCIAS Nuevo: Consultar los alcances de la información proporcionada en el expediente

COMITÉ ESPECIAL COMPETENCIAS Nuevo: Consultar los alcances de la información proporcionada en el expediente de contratación y sugerir, de ser el caso las modificaciones que considere pertinentes. La nueva modificación requerirá de la conformidad del área usuaria y/o OEC, y de nueva aprobación de expediente técnico.

COMITÉ ESPECIAL QUORUM Y ACUERDOS Quórum: presencia del número total de miembros del comité.

COMITÉ ESPECIAL QUORUM Y ACUERDOS Quórum: presencia del número total de miembros del comité. Acuerdo: Unanimidad o por mayoría, no hay abstención. No obstante se puede hacer constar en el acta el voto discordante.

COMITÉ ESPECIAL INTERVENCIÓN DE SUPLENTES En caso de ausencia de un miembro titular es

COMITÉ ESPECIAL INTERVENCIÓN DE SUPLENTES En caso de ausencia de un miembro titular es reemplazado por su respectivo suplente. Evaluación de la ausencia: • Responsabilidad • Reincorporación de miembro titular.

COMITÉ ESPECIAL PRINCIPIOS Y RESPONSABILIDAD • Colegialidad • Autonomía • Especialidad • Confidencialidad •

COMITÉ ESPECIAL PRINCIPIOS Y RESPONSABILIDAD • Colegialidad • Autonomía • Especialidad • Confidencialidad • Solidaridad, salvo voto discrepante.

COMITÉ ESPECIAL REMOSIÓN Y IRRENUNCIABILIDAD Los miembros del Comité podrán ser removidos por: •

COMITÉ ESPECIAL REMOSIÓN Y IRRENUNCIABILIDAD Los miembros del Comité podrán ser removidos por: • Caso fortuito o Fuerza Mayor • Cese del servicio Mediante documento escrito motivado, en el cual se designará a su reemplazo.

COMITÉ ESPECIAL CASOS PRACTICOS EXAMEN

COMITÉ ESPECIAL CASOS PRACTICOS EXAMEN