CONSIDERACIONES SOBRE LA LEY Y SUS ALCANCES LOS
CONSIDERACIONES SOBRE LA LEY Y SUS ALCANCES. LOS SOFISTAS THOMAS HOBBES GIORGIO AGAMBEM WALTER BENJAMIN JACQUES DERRIDA.
LOS SOFISTAS, PROBLEMATIZAN LA LEY. Trasimaco Sofista que afirma, entre otras ideas, que lo “justo” (el cumplimiento de las leyes) es en realidad una imposición de los gobernantes en vistas de su propia conveniencia. Negando una concepción trascendente de justicia, considera que ésta es el medio del que se vale el que manda para obtener provecho del que obedece. En la concepción antropológica de Trasímaco, el hombre es interpretado como un ser esencialmente egoísta, poseído por una sed de poder. Admite que hay personas justas que se someten pasivamente a intereses ajenos, pero los considera los eternos perdedores de todas las interacciones humanas. . La famosa definición de la justicia dada por Trasímaco (“lo justo no es otra cosa que lo que conviene al más fuerte”) tiene en realidad un carácter metaético. Trasímaco no estaría diciendo que lo que beneficia al más fuerte es justo, sino que lo que suele considerarse “justo” no es otra cosa que lo que la autoridad instituida —es decir, el fuerte— declaró como tal, y en vistas de sus propios intereses. Esto ya no sería una definición de un valor, sino una afirmación fáctica sobre lo que socialmente suele considerarse ‘justo’. Calicles Las leyes y normas de conducta (los nomoi) son antinaturales. La auténtica justicia es la que procede de las leyes de la naturaleza y, como podemos ver en el mundo animal, es la ley del más fuerte. Por eso, para Calicles es justo que el más fuerte domine al más débil. Eso, que en la conducta entre los individuos no es aceptado por la moral de los débiles (que se imponen solamente por su número, por ser la mayoría), rige en cambio en las relaciones entre los Estados. El hombre mejor, el más fuerte, debe regirse solamente por sus propios planes y no debe preocuparse por las normas sociales de la mayoría. Por lo tanto, hay desigualdad. Antifonte Afirma que somos iguales por Naturaleza, Sin importar diferencia alguna. Sólo la naturaleza proporciona la verdad, mientras que las leyes humanas son fruto de una mera opinión (δόξα, doxa). Por ello postulaba la necesidad de seguir las leyes naturales y, en el caso que esto se pudiera hacer impunemente, transgredir las leyes humanas. Como norma moral, pues, se trata de no cometer ni padecer injusticias, pero, en cuanto que la justicia consiste, según Antifonte, en no transgredir las leyes del Estado, lo mejor es respetar las leyes cuando haya testigos, y, en caso contrario, seguir los preceptos de la naturaleza, ya que las leyes son acuerdos sin justificación natural. Por ello, quebrantar las leyes sin ser descubierto no comporta daños (pues las leyes sociales son cuestión de apariencia y de opinión), mientras que intentar violar las leyes de la naturaleza es perjudicial, aunque no haya testigos presenciales.
THOMAS HOBBES • Filósofo Inglés ( 1588 -1679) “ El hombre es un ser egoísta por Naturaleza”. Considera que el ser humano nace con características agresivas y egoístas, por ello al vivir en estado natural ses autodestruye. Desde este punto de vista hay que organizarlo para que viva en sociedad con la imposición de leyes, normas que lo regulen y resguardar la supervivencia. • según Hobbes, los individuos deben celebrar un pacto, donde le entreguen todo el poder a un soberano y este a su vez les garantice alcanzar la paz y la seguridad, dando origen de esta manera al Estado moderno. • El Leviathan, en inglés, o Leviatán, como se conoce popularmente, escrita en 1651, es una de sus obras más reconocidas. A modo muy resumido algunas ideas relacionadas con nuestro tema. v 1ª parte: estudia al ser humanno y señala que “la voluntad humana, así como su conducta, es movida por el deseo y la pasión. Y en esta búsqueda incesante consiste vivir. El problema surge, cuando son muchos los que desean la misma cosa. Es entonces cuando empieza la “Guerra de todos contra todos””. v 2ª parte: Desarrolla su idea del “Contrato Social” Esta es la garantía de la seguridad y la única manera de acabar con la guerra de todos contra todos. El Estado es la suma de las libertades individuales, que, llegan a un acuerdo, renunciando a ciertos derechos, por el bien común. Así, el individuo cede parte de su libertad, a cambio de seguridad. El poder del Estado es absoluto. Restringuiendo estas libertades si fuera necesario. v 3ª Parte: la dedica Hobbes a hacer un análisis de las relaciones entre al Iglesia y el Estado, entre el poder espiritual y el poder temporal, defendiendo la sumisión de la primera a la segunda, ya que el Estado, tiene un poder absoluto e indivisible.
GIORGIO AGAMBEM • Filósofo Italiano (1942) Si bien el filósofo trabaja variados temas abordaremos sólo algunos conceptos mencionados en el Video. v Estado de Excepción: señala "La tradición de los oprimidos nos enseña que el estado de excepción en el cual vivimos es la regla. Debemos adherir a un concepto de historia que se corresponda con este hecho". v Al incluir al viviente, en tanto vida desnuda, dentro del derecho mediante su exclusión (en la medida en que alguien es ciudadano, ya no es más mero viviente; pero al mismo tiempo, para ser ciudadano pone su vida natural, su nuda vida, a disposición del poder político), la política se vuelve bio-política. v El estado de excepción, en tanto crea las condiciones jurídicas para que el poder disponga de los ciudadanos en tanto vidas desnudas, es un dispositivo biopolítico de primer orden. v El totalitarismo moderno puede ser definido, en este sentido, como la instauración, a través del estado de excepción, de una guerra civil legal, que permite la eliminación física no sólo de los adversarios políticos sino de categorías enteras de ciudadanos que por cualquier razón resultan no integrables en el sistema político. Desde entonces, la creación voluntaria de un estado de emergencia permanente (aunque eventualmente no declarado en sentido técnico) devino una de las prácticas esenciales de los Estados contemporáneos, aun de aquellos así llamados democráticos.
HOMO SACER: Según el diccionario latinoespañol significa "sagrado, consagrado, sacro" considerado así en el antiguo mundo Romano a las diviniidades, por ello esta acepción, que es quizás la más antigua del término sacer, nos ofrece el enigma de una figura de lo sagrado que está más acá y más allá de lo religioso y que constituye el primer paradigma del espacio político de Occidente. • Por tanto aquel queda fuera de esta vida “sagrada” por tanto de la Ley , es vida desnuda, y como tal sacrificable
WALTER BENJAMIN (1892 -1940) Ø W. Benjamin. Filósofo Alemán. ( Judío) v Escribe de una manera muy particular, de manera metafórica y casi literaria. v Se refiere a la Historia criticamente ya que expone que esta ha sido escrita por los vencedores y debería ser al revés, desde los derrotados, los vencidos. v Sostiene que la violencia es el origen y la esencia de la ley. Habría dos tipos de violencia: una que funda la ley, otra que la conserva; la primera legitima al derecho, la segunda resguarda el orden. v La particularidad de la tesis benjaminiana es la de subrayar la posibilidad, de pensar la justicia tanto con relación al derecho, como infinitamente distinta a éste. v Presupone una doble tarea de la justicia, por un lado, criticar la violencia que ejerce el derecho y sobre la cual éste funda su autoridad. La segunda, poner en acción una violencia alterna, sin legitimidad ni legitimación, inversa al orden de lo jurídico. v Contraria a la concepción de la justicia como "idea" de la cual la ley participa, o fin hacia el que todo sistema político en principio tiende, le atribuye a la justicia una tarea dentro de la historia, una dimensión revolucionaria. JACQUES DERRIDA (1930 -2004) Ø J. Derrida. Filósofo Argelino. v En la línea de Benjamin, Derrida señala que el derecho es producto de un acto de fuerza, de una fuerza “performativa”(que se realiza) que posibilita la institución misma del ámbito jurídico. . De este modo, el origen de lo jurídico no es legal ni ilegal sino que, antes bien, responde a la fuerza misma. v Cuando se refiere a la fuerza es a la capacidad que tiene el la misma ley de ser aplicada, dada en su leitimidad en lo establecido y en quien jerce ese poder legalmente o que asume que lo tiene. v Afirma que todo sistema de derecho es provisorio, contingente y deconstruible, es decir que puede cambiar y es analizable para ser modificado y reconstruído. v Su aceptación depende de un conjunto de intereses, de distorsiones, exclusiones que sirven a un determinado orden, a un determinado dispositivo (modelo, paradigma) de poder. v En el fondo siempre puede reinventarse y siempre será el lugar donde la justicia podrá pelearse. Aunque el derecho no sea necesariamente justo. v Ejemplos tenemos varios: ley del aborto, ley indigena, , ley de educación etc.
ESO SERÍA TODO…. HASTA LA PRÓXIMA!
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