Conjunto de rganos que ejercen el poder para

  • Slides: 91
Download presentation
Conjunto de órganos que ejercen el poder, para el cumplimiento de las funciones del

Conjunto de órganos que ejercen el poder, para el cumplimiento de las funciones del Estado. 3. 3 PODER INSTITUCIONAL

PODER LEGISLATIVO PODERES DEL ESTADO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO ORGANISMOS

PODER LEGISLATIVO PODERES DEL ESTADO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS ÓRGANOS DEL ÁMBITO DE LA JUSTICIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MP , LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO ÓRGANOS DEL ÁMBITO ELECTORAL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Y LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES ÓRGANOS DEL ÁMBITO ECONÓMICO BANCO CENTRAL DE RESERVAS DEL PERÚ Y LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

CONSTITUCIÓN 1993 GOBIERNO CENTRAL PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL Cámara Única 130 Congresis

CONSTITUCIÓN 1993 GOBIERNO CENTRAL PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL Cámara Única 130 Congresis tas PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Organismos Constitucionalmente Autónomos CNM Ministerio Público JNE Tribunal Constitucional PCM ONPE Ministerios BCR Organismos Públicos RENIEC Empresas Públicas SBS Defensoría del Pueblo Universidades Gobiernos Regionales 25 Gobiernos Regiones Gobiernos Locales Contraloría General Organización Territorial: 195 Gobiernos Locales Provincias Más de 1600 Gobiernos Distritos

GOBIERNO NACIONAL PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO GOBIERNO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE

GOBIERNO NACIONAL PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO GOBIERNO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE LA REPÚBLICA 1. CONSEJO DIRECTIVO. 2. PRESIDENCIA Y VICE PRESIDENCIA. COMISIÓN PERMANENTE COMISIÓN ORDINARIA PODER JUDICIAL PLENO: 130 CONGRESISTAS DE (18 §PRESIDENCIA CONSEJO MINISTROS. DEL DE § LOS MINISTERIOS. § ENTIDADES PÚBLICAS ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA §CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA. §CONSEJO MINISTROS MINISTERIOS). Tiene atribuciones para ejercer su jurisdicción en todo el territorio peruano. §JUZGADOS ESPECIALIZADOS Y MIXTOS (civiles, penales, de trabajo, agrarios y de familia). §JUZGADOS DE PAZ LETRADOS. §JUZGADOS DE PAZ NO LETRADOS ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

PODER LEGISLATIVO Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

PODER LEGISLATIVO Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

PODER LEGISLATIVO I. - Funciones del Congreso -Legislativa. - Da, modifica, deroga e interpreta

PODER LEGISLATIVO I. - Funciones del Congreso -Legislativa. - Da, modifica, deroga e interpreta leyes. - De control político. Investigar asuntos de interés público, a través de la interpelación de ministros. - Especiales. - Designar al contralor general, al defensor del pueblo, etc. II. - Estructura 130 -El Pleno. - Conformado 120 congresistas. - La Comisión Permanente. Funciona todo el año – 30 congresistas. - La Mesa Directiva. - Tiene a su cargo la dirección administrativa y los debates. Constitución Titulo IV, Capitulo I- III, Artículos 90 al 109. III. - Atribuciones del Congreso -Aprobar el presupuesto público y la cuenta general de la república. - Aprobar los tratados internacionales. -Ejercer el derecho amnistía. - Autorizar o aprobar los empréstitos.

PODER LEGISLATIVO Dar leyes y resoluciones, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.

PODER LEGISLATIVO Dar leyes y resoluciones, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. Velar por el respeto de la Constitución y las leyes. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General. Autorizar al Presidente para salir del País. Delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar. Iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público. Sancionar o destituir a funcionarios que han cometido delitos. Gobernar su economía y sancionar su presupuesto. Constitución Titulo IV, Capitulo I- III, Artículos 90, 93, 94, 102, 104.

QUÉ ES EL PODER LEGISLATIVO?

QUÉ ES EL PODER LEGISLATIVO?

PERO. . . ¿Qué es el Poder Legislativo? • El Poder Legislativo, es un

PERO. . . ¿Qué es el Poder Legislativo? • El Poder Legislativo, es un órgano colegiado de carácter representativo, en él recaen las funciones más elevadas de la Dirección del Estado y quien, además de la función creadora de leyes, ejerce -entre otras- la de controlar los actos de los gobernantes, de acuerdo con las constituciones y en el sistema político en el que actúa.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA El Art. 90° de la Constitución en el primer

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA El Art. 90° de la Constitución en el primer párrafo dice: Poder Legislativo reside en el Congreso…» . «El PERO. . . ¿ Qué es el Congreso. . . ? 14/12/2021 El Congreso de la República es el órgano representativo de la Nación, encargada de realizar las funciones LEGISLATIVAS, DEL CONTROL POLÍTICO Y LAS DEMÁS QUE ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO. es unicameral y está integrado por ciento treinta. Abog. congresistas elegidos en forma democrática, Claver H. Torres 11 de acuerdo a ley. (Reglamento Art. 2° del Congreso de la República).

Art. 90 de la Constitución CONGRESO, INTEGRANTES Y PERÍODO El Poder Legislativo reside en

Art. 90 de la Constitución CONGRESO, INTEGRANTES Y PERÍODO El Poder Legislativo reside en el CONGRESO Consta de CÁMARA ÚNICA - El N° de Congresistas es 130, - su período de 5 años, - Elegido mediante Proceso Electoral 14/12/2021 PARA SER ELEGIDO SE REQUIERE: 1. Ser Peruano de nacimiento. 2. Tener 25 años cumplidos. 3. Gozar de Derecho Sufragio. Pueden postular los candidatos a las Vicepresidencias. No así a la Presidencia Si desempeñan cargo público renuncian 6 meses antes de las elecciones. El Congreso, es un vínculo de la nación. El cargo no es revocable y gozan de inmunidad parlamentaria. Están sometidos a antejuicio Abog. Claver H. Torres 12

Art. 91 de la Constitución IMPEDIMENTO PARA SER CONGRESISTA No pueden ser Congresistas si

Art. 91 de la Constitución IMPEDIMENTO PARA SER CONGRESISTA No pueden ser Congresistas si no han renunciado 6 meses antes de la elecciones IMPEDIMIENTO PARA SER CONGRESISTA Si no han renunciado 6 meses. IMPEDI MIENTO PARA 14/12/2021 : 1. Los Ministros y Viceministros. 2. El Contralor General. 3. Las Autoridades Regionales. 4. Los Miembros del TC. 5. Los Miembros del CNM. 6. Los Miembros del PJ. 7. Los Miembros del MP. 8. Los Miembros del JNE. 9. El Defensor del Pueblo. 10. El Presidente del BCR. 11. El Superintendente de B y S. 12. El Superintendente de AT. 13. El Superintendente NAT. 14. El Superintendente de FPP. 15. Los Miembros de las FF. AA: 16. Los Miembros de la PNP. Abog. Claver H. Torres 13

FUNCIONES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 1. Legislativa LAS FUNCIONES DEL CONGRESO DE LA

FUNCIONES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 1. Legislativa LAS FUNCIONES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ La Constitución y el Reglamento del Congreso especifican algunas funciones. 14/12/2021 2. De Control Político 3. Funciones Especiales Abog. Claver H. Torres 14

1. FUNCION LEGISLATIVA Está referida a la creación del derecho, que «consiste en transformar

1. FUNCION LEGISLATIVA Está referida a la creación del derecho, que «consiste en transformar en textos breves, claros, precisos y coherentes aquello que se pretende instituir como norma para regir conductas o relaciones individuales o colectivas» Conforme al Art. 4 del Reglamento del Congreso LA FUNCIÓN LEGISLATIV A comprende: 14/12/2021 El debate y la aprobación de las reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como su interpretación y derogación, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Constitución y el Reglamento. Comprende, asimismo, el debate y aprobación H. Torres al Reglamento. de. Abog. las. Claver modificaciones 15

2. FUNCION DEL CONTROL POLÍTICO LA FUNCIÓN DEL CONTROL POLÍTICO se refiere a la

2. FUNCION DEL CONTROL POLÍTICO LA FUNCIÓN DEL CONTROL POLÍTICO se refiere a la «inspección, fiscalización, comprobación, revisión o examen que lleva a cabo el Parlamento sobre la actividad que realiza el Ejecutivo y sobre la estructura del Estado, con la finalidad de verificar que sus actos se ajustan a lo establecido en la ley» . 14/12/2021 Abog. Claver H. Torres 16

FUNCIONES ESPECIALES Conforme al Art. 6 del Reglamento LAS FUNCIONES ESPECIALES DEL CONGRESO 14/12/2021

FUNCIONES ESPECIALES Conforme al Art. 6 del Reglamento LAS FUNCIONES ESPECIALES DEL CONGRESO 14/12/2021 Designar al Contralor General de la República; Elegir al Defensor del Pueblo, así como a los miembros del T. C. , al Directorio del BCR y ratificar a su Presidente y al Superintendente de Banca y Seguros. Le corresponde también la remoción en los casos en la Constitución. Abog. Claver H. previstos Torres 17

EXCLUSIVIDAD DE LA FUNCIÓN DE LOS CONGRESISTAS Conforme al Art. 18 del • Reglamento

EXCLUSIVIDAD DE LA FUNCIÓN DE LOS CONGRESISTAS Conforme al Art. 18 del • Reglamento LA FUNCIÓN DE CONGRESISTA ES DE TIEMPO COMPLETO. 14/12/2021 Comprende: • Los trabajos en las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y de las Comisiones, así como en el Grupo Parlamentario y la atención a los ciudadanos y las organizaciones sociales, y cualquier otro trabajo parlamentario; Eventualmente, la asunción de algún cargo en la Mesa Directiva o en el Consejo Directivo del Abog. Claver H. Torres Congreso. 18

INCOMPATIBILIDAD DE LA FUNCIÓN DE LOS CONGRESISTAS El Art. 92° de la Constitución LA

INCOMPATIBILIDAD DE LA FUNCIÓN DE LOS CONGRESISTAS El Art. 92° de la Constitución LA FUNCIÓN DEL CONGRESISTA ES DE TIEMPO COMPLETO. Art. 19 y 20 del 14/12/2021 Reglamento Dedicación exclusiva Está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso. El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de MINISTRO DE ESTADO, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de COMISIONES EXTRAORDINARIAS DE CARÁCTER INTERNACIONAL Abog. Claver H. Torres 19

Art. 93 Const. Inmunidad de los Congresistas El Art. 93° de la Const. LOS

Art. 93 Const. Inmunidad de los Congresistas El Art. 93° de la Const. LOS CONGRESISTAS REPRESENTAN A LA NACIÓN No están sujetos a mandato imperativo 14/12/2021 ni a interpelación No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional de SUS OPINIONES Y VOTOS que emiten en el EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. No pueden ser procesados ni presos sin autorización previa del CONGRESO o de la Comisión Permanente desde que son elegidos hasta un mes después de cesado en sus funciones. Salvo flagrante delito. Abog. Claver H. Torres LA INMUNIDAD NO ES IMPUNIDAD 20

Art. 102 de la Constitución SON ATRIBUCIONES DEL CONGRESO El Reglamento tiene fuerza Ley

Art. 102 de la Constitución SON ATRIBUCIONES DEL CONGRESO El Reglamento tiene fuerza Ley Elabora y aprueba su reglamento 1. Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. 2. Velar por el Respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores. 3. Aprobar tratados de conformidad con la Const. 4. Aprobar los presupuestos y la cuenta general. 5. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución. 6. Ejercer el Derecho de Amnistía. 7. Aprobar la Demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo. Abog. Claver H. Torres 14/12/2021 8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional. 9. Autorizar el Presidente de la República para salir del país. 10. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la Función Legislativa. 21

PODER EJECUTIVO Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

PODER EJECUTIVO Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

INTRODUCCIÓN AL PODER EJECUTIVO

INTRODUCCIÓN AL PODER EJECUTIVO

PODER EJECUTIVO Constitución Titulo IV, Capitulo IV-VII, Artículos 110 al 137. Esquema El Poder

PODER EJECUTIVO Constitución Titulo IV, Capitulo IV-VII, Artículos 110 al 137. Esquema El Poder Ejecutivo es el órgano del Estado encargado de dirigir y ejecutar la marcha política del país. I. - Organización a) Presidente de la República Atribuciones - Cumplir y hacer cumplir las leyes. - Conceder indultos y conmutar penas. - Convocar a elecciones generales. - Autorizar a los peruanos a servir en un ejercito extranjero. - Negociar empréstitos y tratados internacionales. b) Consejo de Ministros Esta integrado por 18 ministros de Estado, nombrados por el Presidente de la República. Premier: Portavoz oficial del Gobierno, después del Presidente de la República.

Atribuciones del. PODER Presidente de la República EJECUTIVO Cumplir y hacer cumplir la Constitución.

Atribuciones del. PODER Presidente de la República EJECUTIVO Cumplir y hacer cumplir la Constitución. Representar al Estado dentro y fuera del país. Velar por el orden interno y la seguridad del exterior. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones del Poder Judicial. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales. Presidir el Sistema de Defensa Nacional. Administrar la hacienda pública. Declarar la guerra y firmar la paz con autorización del Congreso. Constitución Titulo IV, Capitulo IV-VII, Artículos 110, 112, 118, 119.

PODER EJECUTIVO EL Poder Ejecutivo está constituido por el Presidente de la República, quien

PODER EJECUTIVO EL Poder Ejecutivo está constituido por el Presidente de la República, quien desarrolla las funciones de Jefe de Estado. Él simboliza y representa los intereses permanentes del país. A su vez, como Jefe de Gobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la mayoría político. Electoral. 14/12/2021 Abog. Claver H. TORRES 26

PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo es el órgano del Estado encargado de dirigir y

PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo es el órgano del Estado encargado de dirigir y ejecutar la marcha política del país. El Poder Ejecutivo está integrado por: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Consejo de Ministros La Presidencia del Consejo de Ministros Los Ministerios Organismos Públicos 14/12/2021 Abog. Claver H. TORRES 27

Art. 110 Const. PRESIDENTE ES JEFE DEL ESTADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Jefe de

Art. 110 Const. PRESIDENTE ES JEFE DEL ESTADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Jefe de Estado y personifica a la Nación REQUISTOS PODER EJECUTIVO 14/12/2021 Para ser elegido Presidente de la República se requiere Ser peruano de nacimiento. Tener más de 35 años. Gozar de derecho de sufragio Abog. Claver H. TORRES 28

Art. 118 Const. RESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL DEL PRESIDENTE CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 1.

Art. 118 Const. RESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL DEL PRESIDENTE CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 1. Cumplir y hacer cumplirla Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales. 2. Representar al Estado, dentro, y fuera de la República. 3. Dirigir la política general del Gobierno. 4. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República. 5. Convocar a Elecciones para Presidente de la República y para sus representantes a Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley. 6. Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria. 7. Dirigir mensajes al Congreso. 8. Ejercer la Potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones. 9. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales. 10. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del JNE. 11. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; celebrar y ratificar tratados. 12. Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso.

Art. 118 Const. RESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL DEL PRESIDENTE CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 13.

Art. 118 Const. RESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL DEL PRESIDENTE CORRESPONDE AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 13. Recibir a los agentes Diplomáticos extranjeros, y autorizar a los cónsules el ejercicio de sus funciones. 14. Presidir el sistema de defensa civil ; organizar, distribuir y disponer el empleo de las FF. AA. Y de la PNP. 15. Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la integridad del territorio y de la soberanía del Estado 16. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso 17. Administrar la hacienda pública. 18. Negociar los Empréstitos. 19. Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley , en materia económica y financiera, cuando así lo requiera el interés nacional y con cargo a dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia. 20. Regular las tarifas arancelarias. 21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de Instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria. 22. Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del Consejo de Ministros. 23. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero. 24. Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las leyes encomiendan.

PODER EJECUTIVO 14/12/2021 31

PODER EJECUTIVO 14/12/2021 31

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA DE PRENSA Es un Órgano de Apoyo del Despacho

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA DE PRENSA Es un Órgano de Apoyo del Despacho Presidencial que tiene por misión la información y difusión de las actividades del Presidente de la República. 14/12/2021 32

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL GABINETE DE CONSEJEROS Es el órgano de asesoría del Presidente

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL GABINETE DE CONSEJEROS Es el órgano de asesoría del Presidente de la República, conformado por profesionales de alto nivel cuya misión es prestar asesoramiento permanente al Señor Presidente de la República en todos aquellos asuntos que lo solicite. 14/12/2021 33

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA Tiene como misión contribuir a

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA Tiene como misión contribuir a la lucha contra la extrema pobreza, particularmente, de los pueblos originarios y de la infancia; promoviendo políticas públicas, coordinando acciones multisectoriales y proyectos interinstitucionales de desarrollo sostenible y brindando ayuda asistencial a personas y grupos de escasos recursos. 14/12/2021 34

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Es un Órgano de Apoyo

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Es un Órgano de Apoyo integrante del Despacho Presidencial, que tiene la misión de prestar apoyo para la realización de las sesiones del Consejo de Ministros. 14/12/2021 35

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Tiene por

PODER EJECUTIVO DESPACHO PRESIDENCIAL SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Tiene por misión COORDINAR las actividades del Presidente de la República con los Poderes del Estado y las dependencias que componen la administración pública peruana, así como con las instituciones nacionales e internacionales. 14/12/2021 36

MINISTERIOS • Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno

MINISTERIOS • Son organismos centrales del Poder Ejecutivo con personería de derecho público interno a cargo de los Ministros de Estado que conducen la gestión de los asuntos públicos de su competencia de conformidad con la política general del gobierno central. 14/12/2021 Abog. Claver H. TORRES 37

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de RR. EE. Ministerio de

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de RR. EE. Ministerio de Defensa Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio del Interior 14/12/2021 38

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Justicia Ministerio de Salud

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Justicia Ministerio de Salud Ministerio de Educación Ministerio de Agricultura 14/12/2021 39

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Trabajo y Promoción del

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de la Producción 14/12/2021 40

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Energía y Minas Ministerio

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIOS Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Social Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento Medio Ambiente 14/12/2021 41

PODER EJECUTIVO PCM Agricultura Defensa Economía y Finanzas Educación Energía y Minas Com. Exterior

PODER EJECUTIVO PCM Agricultura Defensa Economía y Finanzas Educación Energía y Minas Com. Exterior y Turismo Interior Justicia Producción De la Mujer y Des. Social Relaciones Exteriores Salud Medio Ambiente Trabajo y Transporte y Vivienda y Prom. Empleo Comunicaciones Construcción

Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

PODER JUDICIAL El Poder Judicial es el órgano del Estado encargado de administrar justicia,

PODER JUDICIAL El Poder Judicial es el órgano del Estado encargado de administrar justicia, ejerce la función jurisdiccional del Estado. 44

PODER JUDICIAL Función : Administrar justicia. Tiene independencia política. Organización : Organismos Jurisdiccionales y

PODER JUDICIAL Función : Administrar justicia. Tiene independencia política. Organización : Organismos Jurisdiccionales y los Órganos de Gestión. Los Órganos Jurisdiccionales están integrados por : La Corte Suprema de Justicia, Las Cortes Superiores de Justicia, Los Juzgados Especializados y Mixtos, Los Juzgados de paz letrados y Los Juzgados de Paz. Los Órganos de gestión los integran: El Presidente de La Corte Suprema, La Sala Plena de La Corte Suprema y El Consejo Ejecutivo. 45

JERARQUIA DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPERIOR

JERARQUIA DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA El Poder Judicial es el órgano del Estado encargado de administrar justicia, ejerce la función jurisdiccional del Estado. JUZGADOS ESPECIALIZADOS Y MIXTOS JUZGADOS DE PAZ LETRADOS JUZGADOS DE PAZ 46

PODER JUDICIAL Constitución Titulo IV, Capitulo VIII, Artículos 138 al 147. ÓRGANOS JURISDICCIONALES Corte

PODER JUDICIAL Constitución Titulo IV, Capitulo VIII, Artículos 138 al 147. ÓRGANOS JURISDICCIONALES Corte Suprema ADMINISTRA JUSTICIA A NIVEL REPRESENTANTES Nacional, en última instancia Vocales Supremos (se encargan de elegir al Pdte. De la Corte Suprema) Cortes Superiores De distritos judiciales, en segunda instancia Vocales superiores Juzgados Especializados y Mixtos Provincial, en primera instancia Jueces especializados y mixtos Juzgados de Paz Letrados De distritos políticos Jueces de paz letrados Juzgados de Paz De centros poblados o caseríos Jueces de paz Nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura Elegidos por votación popular

- Art. 138 Const. PODER JUDICIAL La potestad de administrar justicia - Emana del

- Art. 138 Const. PODER JUDICIAL La potestad de administrar justicia - Emana del pueblo - Se ejerce por el PODER JUDICIAL - A través de sus Órganos Jerárquicos con arreglo a la ley y la Constitución. - En todo proceso de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y legal, los jueces prefieren la primera, igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior. 48

PODER JUDICIAL - Las resoluciones o sentencias que adquieren la calidad de cosa juzgada

PODER JUDICIAL - Las resoluciones o sentencias que adquieren la calidad de cosa juzgada deben ser ejecutadas y cumplidas sin demora ni modificaciones. - Los casos excepcionales en que el Poder Judicial no es la última instancia son las acciones de garantías constitucionales (Art. 200 Constitución), asuntos electorales (art. 142° y 181° Constitución), Fuero Militar, Fuero Arbitral. 49

- Art. 139 Const. PODER JUDICIAL FUNCIÓN JURISDICCIONAL - SON PRINCIPIOS JURISDICCIONAL - El

- Art. 139 Const. PODER JUDICIAL FUNCIÓN JURISDICCIONAL - SON PRINCIPIOS JURISDICCIONAL - El Art. 139 de la Constitución trata en sus 22 incisos. Y DERECHOS DE LA FUNCIÓN 50

51

51

Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

Abog. CLAVER H. TORRES torres_claver@hotmail. com

Órganos Constitucionales Autónomos Han sido creados para dinamizar el trabajo del Estado. Algunos de

Órganos Constitucionales Autónomos Han sido creados para dinamizar el trabajo del Estado. Algunos de ellos son: üTribunal Constitucional. üLa Contraloría. ü La Defensoría del Pueblo. ü Jurado Nacional de Elecciones. ü Oficina Nacional de Procesos Electorales. ü Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. ü Fiscalía de la Nación.

ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS ABREVIATURA INSTITUCIÓN PAGINA WEB BCR Banco Central de Reserva del Perú

ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS ABREVIATURA INSTITUCIÓN PAGINA WEB BCR Banco Central de Reserva del Perú www. bcrp. gob. pe CNM Consejo Nacional de la Magistratura www. cnm. gob. pe CGR Contraloría General de la República www. contraloria. gob. pe DP Defensoría del Pueblo www. defensoria. gob. pe JNE Jurado Nacional de Elecciones www. jne. gob. pe MPFN Ministerio Público de Fiscalía de la Nación www. mpfn. gob. pe ONPE Oficina Nacional de Procesos Electorales www. onpe. gob. pe RENIEC Registro Nacional de Identificación y Estado Civil www. reniec. gob. pe SBS Superintendencia de Banca y Seguros www. sbs. gob. pe TC Tribunal Constitucional www. tc. gob. pe

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA CONFORME AL Art. 150 Const. 55

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA CONFORME AL Art. 150 Const. 55 CLAVER H. TORRES

Art. 150 Const. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA SELECCIONA Jueces CNM NOMBRA SALVO QUE

Art. 150 Const. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA SELECCIONA Jueces CNM NOMBRA SALVO QUE PROVENGAN DE ELECCIÓN POPULAR Fiscales Es independiente Se rige por su ley orgánica 56

Art. 151 Const. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Organismo Público Descentralizado Academia de la Magistratura

Art. 151 Const. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Organismo Público Descentralizado Academia de la Magistratura Autónomo Parte del Poder Judicial Goza de Personería Jurídica de Derecho Público. 57

Art. 151 Const. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA FORMAR ACADÉMICAMENTE A LOS ASPIRANTES A CARGOS

Art. 151 Const. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA FORMAR ACADÉMICAMENTE A LOS ASPIRANTES A CARGOS DE MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PÚBLICO CAPACITAR ACADÉMICAMENTE PARA EL ASCENSO A MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PÚBLICO OBJETIVOS ACTUALIZAR Y PERFECCIONAR CONTINUAMENTE LA FORMACIÓN DE MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PÚBLICO SEDE LIMA (SEDE CENTRAL) CUSCO. LAMBAYEQUE AREQUIPA 58

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONFORME AL Art. 201 Const. 59 CLAVER H. TORRES

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONFORME AL Art. 201 Const. 59 CLAVER H. TORRES

PERO… Qué es el Tribunal Constitucional?

PERO… Qué es el Tribunal Constitucional?

El TC es el órgano supremo de Interpretación, Integración y Control de la Constitucionalidad.

El TC es el órgano supremo de Interpretación, Integración y Control de la Constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales. Sólo está sometido a la Constitución, a su Ley Orgánica y a su Reglamento. (Art. 201 Const. , Art. 1 LOTC y Art. 1 RNTC).

SEDE El TC tiene como sede la ciudad de Arequipa. Puede, por acuerdo mayoritario

SEDE El TC tiene como sede la ciudad de Arequipa. Puede, por acuerdo mayoritario de sus miembros, tener sesiones descentralizados en cualquier otro lugar de la República. (Art. 1, 2 do Párrafo LOTC y el Art. 3 RNTC).

COMPETENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FACULTADES Conocer, en instancia única, el Proceso de Inconstitucionalidad. Conocer,

COMPETENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FACULTADES Conocer, en instancia única, el Proceso de Inconstitucionalidad. Conocer, en última y definitiva instancia, las Resoluciones denegatorias de HC, A, HD y PC. Conocer los conflictos de Competencia o de atribuciones asignados por la Constitución, conforma a “Ley”. Resolver los Recursos de Quejas por denegatoria del RAC. (Art. 202 Const. , Art. 2 LOTC y Art. 5 RNTC. ).

COMPOSICIÓN Y REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO DEL TC El TC está compuesto por siete

COMPOSICIÓN Y REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO DEL TC El TC está compuesto por siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un periodo de cinco años. Con el Título de Magistrados del TC (Art. 201 Const. , Art. 8 LOTC y Art. 2 RNTC).

REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO TC (Art. 147 Const. , Art. 11 LOTC y Art.

REQUISITOS PARA SER MAGISTRADO TC (Art. 147 Const. , Art. 11 LOTC y Art. 15 RNTC). Para ser Magistrado del TC se requiere: los mismos requisitos que para ser Vocal de la Corte Suprema: 1. Ser peruano de nacimiento. 2. Ser ciudadano en ejercicio. 3. Ser mayor de cuarenta y cinco años de edad. 4. Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Supremo, o Magistrado Superior o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia Jurídica durante quince años.

ELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS Los miembros del TC son elegidos por el Congreso de

ELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS Los miembros del TC son elegidos por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. • No pueden ser elegidos Magistrados del TC los Jueces o Fiscales que no han dejado el cargo con un año de anticipación. • No hay reelección. Establecido en el último parágrafo del Art. 201 de la Constitución y en concordancia con el Art. 8 y 9 de la LOTC y el Art. 2 del RNTC. Señalan el procedimiento de elección de Magistrados del TC.

LÍMITES Y BENEFICIOS DE LOS MAGISTRADOS DEL TC LÍMITES Las limitaciones están establecidas en

LÍMITES Y BENEFICIOS DE LOS MAGISTRADOS DEL TC LÍMITES Las limitaciones están establecidas en el Art. 17 RNCT, Art. 13 LOTC y Art. 201 párrafo 2 do Const. Los Magistrados del TC: Sólo pueden ejercer las funciones que le son conferidas como Magistrados de manera exclusiva, y se les está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la Docencia Universitaria. Están impedidos de defender o asesorar pública o privadamente, salvo en su causa propia, de su cónyuge, ascendientes o descendientes. Y les alcanza, además, las mismas incompatibilidades de los Congresistas. (Art. 201 párrafo 2 do Const. ) Están prohibidos de afiliarse a organizaciones políticas.

BENEFICIOS Los beneficios están establecidos en el Art. 18 RNCT, Art. 14 y 15

BENEFICIOS Los beneficios están establecidos en el Art. 18 RNCT, Art. 14 y 15 LOTC y Art. 201 párrafo 2 do. Const. Gozan de inviolabilidad y no responden por los votos u opiniones emitidos en el ejercicio de su cargo (Art. 14 LOTC). También gozan de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas que los Congresistas (Art. 201 párrafo 2 do Const. , Art. 18 RNTC). No pueden ser detenidos ni procesados sin autorización del Pleno del Tribunal, salvo flagrante delito (Art. 14 LOTC y Art. 21 RNTC).

DEBERES DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 19 del RNTC, los

DEBERES DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 19 del RNTC, los deberes de los Magistrados del TC, son: 1. Cumplir y hacer cumplir el Principio de Primacía de la Constitución y la vigencia efectiva de los derechos constitucionales; 2. Cumplir y hacer cumplir su Ley Orgánica, el Código Procesal Constitucional, el ordenamiento jurídico de la nación y el presente Reglamento; 3. Resolver los asuntos de su competencia con sujeción a la garantía del debido proceso y dentro de los plazos legales; 4. Aplicar la norma constitucional correspondiente y los Principios del Derecho Constitucional, aunque no hubieran sido invocados en el proceso;

5. Guardar absoluta reserva respecto de los asuntos en que interviene; 6. Observar el

5. Guardar absoluta reserva respecto de los asuntos en que interviene; 6. Observar el horario de trabajo y en especial el que corresponde a las audiencias; 7. Denegar liminarmente las peticiones maliciosas y los escritos y exposiciones contrarias a la dignidad de las personas, y poner el hecho en conocimiento del respectivo Colegio de Abogados; 8. Tratar con respeto a los abogados y a las partes; 9. Denunciar ante el presidente los casos en que observen el ejercicio ilegal o indebido de la profesión; 10. Disponer la actuación de medios probatorios, siempre que sean indispensables para mejor resolver;

11. Formular declaración jurada de bienes y rentas, de acuerdo con la ley de

11. Formular declaración jurada de bienes y rentas, de acuerdo con la ley de la materia; 12. Mantener conducta personal ejemplar, de respeto mutuo y tolerancia, y observar las normas de cortesía de uso común; 13. Velar, a través de sus ponencias y la emisión de sus votos, por la correcta interpretación y el cabal cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; 14. Cuidar los bienes públicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional de los bienes de consumo que les provee el Estado. Esta obligación incluye el deber de dar cuenta documentada de los gastos que importen sus viajes oficiales o visitas al exterior con bolsa de viaje; y 15. Presentar, luego de realizado un viaje oficial, un informe al Pleno sobre todo aquello que pueda ser de utilidad para el Tribunal Constitucional.

DERECHOS DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 20 del RNTC, los

DERECHOS DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 20 del RNTC, los Magistrados del TC tienen derechos de: 1. Participar con voz y voto en las sesiones del Pleno; 2. Contar con los servicios de personal, asesoría y apoyo logístico para el desempeño de sus funciones; 3. Percibir un ingreso adecuado sujeto al pago de los tributos de Ley, que será del mismo monto y por los mismos o análogos criterios que el que reciben los Congresistas y que se publicará en el diario oficial El Peruano, al iniciar sus funciones; 4. Recibir el pago por gastos de instalación, por una sola vez; y, 5. Gozar del derecho vacacional durante treinta días al año, según el orden que, a propuesta del Presidente, apruebe el Pleno. En forma adicional a los servicios de seguridad social en materia de salud a cargo del Estado, los Magistrados tienen derecho a los beneficios de seguros privados que se contraten en su favor y de sus familiares dependientes (cónyuge e hijos menores); así como a los gastos de sepelio y a los honores inherentes a su cargo en caso de muerte.

VACANCIA DE CARGO DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 16 de

VACANCIA DE CARGO DE LOS MAGISTRADOS DEL TC De conformidad al Art. 16 de la LOTC, señala que el cargo de Magistrado del TC, puede ser declarado vacante por las siguientes causas: 1. Por muerte. 2. Por renuncia. 3. Por incapacidad moral o física permanente que inhabilite para el ejercicio de la función. 4. Por incurrir en culpa inexcusable en el cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo. 5. Por violar la reserva propia de la función. 6. Por haber sido condenado por la Comisión de un delito doloso. 7. Por incompatibilidad sobreviniente.

INTRODUCCIÓN El Ministerio Público es un órgano autónomo del Estado. Función : Tiene como

INTRODUCCIÓN El Ministerio Público es un órgano autónomo del Estado. Función : Tiene como función garantizar la legalidad de la vida en la sociedad. Dirección: Es conducido por el Fiscal de la Nación. 74

EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONFORME AL Art.

EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA CONSTITUCIÓN DEL PERÚ C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONFORME AL Art. 159 Const. 75 CLAVER H. TORRES

Art. 159 Const. FUNCIONES DE MINISTERIO PÚBLICO CORRESPONDE defensa de la legalidad Promover de

Art. 159 Const. FUNCIONES DE MINISTERIO PÚBLICO CORRESPONDE defensa de la legalidad Promover de oficio AL o a petición de parte en la Acción Judicial y los intereses públicos tutelados por el Derecho. los órganos jurisdiccionales Velar por la independencia AL de Y po r la recta administración de justicia.

Representar en los procesos judiciales a la sociedad. AL La investigación delito la conduce

Representar en los procesos judiciales a la sociedad. AL La investigación delito la conduce Obligada a obedecer desde su inicio de oficio Ejercitar AL la ACCIÓN PENAL o a petición de parte.

FUNCIONES DEL MISISTERIO PÚBLICO Emitir dictamen previo a las Resoluciones judiciales en los la

FUNCIONES DEL MISISTERIO PÚBLICO Emitir dictamen previo a las Resoluciones judiciales en los la ley contempla. casos que AL al Congreso Ejercer en la iniciativa formación de las leyes y dar cuenta o al Presidente de la República de los vacíos o defectos de la legislación.

Art. IV TP DEL NCPP EL TITULAR DE LA ACCIÓN PENAL ES EL MINISTERIO

Art. IV TP DEL NCPP EL TITULAR DE LA ACCIÓN PENAL ES EL MINISTERIO PÚBLICO CONFORME AL ART. IV TP DEL NCPP 79 CLAVER H. TORRES

FUNCIONES DE MINISTERIO PÚBLICO C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONFORME AL NCPP Art. 60. 81 CLAVER

FUNCIONES DE MINISTERIO PÚBLICO C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL CONFORME AL NCPP Art. 60. 81 CLAVER H. TORRES

Art. 60 del NCPP FUNCIONES es el titular del ejercicio de la. Acción Penal

Art. 60 del NCPP FUNCIONES es el titular del ejercicio de la. Acción Penal EL actúa De oficio A instancia de la víctima Por Acción Popular Por noticia policial Obligada a obedecer La conduce LA INVESTIGACIÓN DELITO desde su inicio EL FISCAL apoyado en

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL JERARQUÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO 83 CLAVER H. TORRES

C) MAGISTRATURA CONSTITUCIONAL JERARQUÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO 83 CLAVER H. TORRES

JERARQUIA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN FISCALES SUPREMOS FISCALES SUPERIORES FISCALES PROVINCIALES

JERARQUIA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN FISCALES SUPREMOS FISCALES SUPERIORES FISCALES PROVINCIALES FISCALES ADJUNTOS 84

85

85

Banco Central de Reserva del Perú BCRP Origen Creado el 9 de marzo de

Banco Central de Reserva del Perú BCRP Origen Creado el 9 de marzo de 1922, mediante Ley N° 4500, por iniciativa de los bancos privados, con el objetivo de regular el sistema crediticio y emitir en forma exclusiva los billetes. Misión Preservar la estabilidad monetaria. Visión Ser reconocidos como un Banco Central autónomo, moderno, modelo de institucionalidad en el país, de primer nivel internacional, con elevada credibilidad y que ha logrado recuperar la confianza de la población en la moneda nacional.

Contraloría General de la República CGR Órgano Superior del Sistema Nacional de Control Función

Contraloría General de la República CGR Órgano Superior del Sistema Nacional de Control Función Cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Estado, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control; colaborando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana”. “Promovemos mejoras en la gestión pública, la lucha contra la corrupción y la participación ciudadana”.

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNOS REGIONALES Las Regiones son instancias de gobierno que son reguladas por su Ley

GOBIERNOS REGIONALES Las Regiones son instancias de gobierno que son reguladas por su Ley Orgánica Su tratamiento se halla en los Arts. 188, 189, 190, 197 y 198 Presidente de la Región Consejeros Regionales 14/12/2021 Abog. Claver H. Torres 89

GOBIERNOS LOCALES

GOBIERNOS LOCALES

LAS MUNICIPALIDADES Son órganos de gobierno local 14/12/2021 Se establecen en las Provincias y

LAS MUNICIPALIDADES Son órganos de gobierno local 14/12/2021 Se establecen en las Provincias y en los Distritos del País, regulados en los Arts. 191 a 198. Sus organismos son el Concejo Municipal y la Alcaldía. Abog. Claver H. Torres 91