Comprobantes de Pago Electrnicos y Notificacin Electrnica Conversatorio
Comprobantes de Pago Electrónicos y Notificación Electrónica Conversatorio – abril 2016
Agenda Sistema de Emisión Electrónica Factura y Boleta de Venta electrónica Comprobantes de Retención y Percepción Guía de Remisión Electrónica Proveedores Servicios electrónicos
Sistema de Emisión Electrónica Desde los Sistemas del Contribuyente Facturas Boletas de Venta Notas crédito Notas débito Desde el PORTAL SUNAT Facturas Boleta de Venta Notas crédito Notas débito Recibos por honorarios
Sistema de Emisión Electrónica SEE-SOL R. S. 182 -2008/SUNAT Recibos por Honorarios R. S. 188 -2010/SUNAT SEE Del Contribuyente R. S. 097 -2012/SUNAT Facturas Boletas de Venta Notas de crédito Notas de débito GRE CPE Recibos Servicios Públicos Facturas Boletas de Venta Notas de crédito Notas de débito GRE – modelo general CRE CPE Desde dispositivo móvil Recibo por honorarios Factura Electrónica Boleta de Venta electrónica
Factura y Boleta de Venta Electrónica
Desde los sistemas del contribuyente ¿ Qué es Factura electrónica ? Los datos de la factura papel estructurados en un formato digital según lo indicado por SUNAT Firma digital Factura electrónica
Desde los sistemas del contribuyente - Facturas - 1 Emite factura electrónica Formato digital Firmado digitalmente EMISOR ELECTRONICO 2 RECEPTOR (CLIENTE) Envía un ejemplar de la factura (Formato digital) ¿ Como funciona? SUNAT validaciones v Estándar UBL v Contenido v Consistencia v Firma digital. Otorgamiento (entrega) 4 3 Valida y emite constancia (CDR – Aceptado/Rechazado) Consulta
Desde los sistemas del contribuyente – Factura electrónica El envío a SUNAT es en la fecha de emisión o en un plazo máximo: 7 días calendarios. Transcurrido el plazo NO tendrá la calidad de “factura” “nota” electrónica, aunque haya sido entregada. Puede sustentar el traslado de los bienes, siempre que la factura electrónica haya sido remitida y aceptada por SUNAT de manera previa al traslado (Factura – Guía). Es decir No se exige GRR. La entrega es por medios electrónicos. Ejemplo: pagina web, correo electrónico, web service, etc. El tipo de medio es señalado por el emisor. Adicionalmente, podrá otorgarse una representación impresa. No tiene efecto tributario. Numeración Independiente de la numeración en papel: § Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “F” § Correlativo: debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres. Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización.
Desde los sistemas del contribuyente - Boletas de venta Emite y entrega boleta de venta electrónica 1 EMISOR ELECTRONICO 2 Representación impresa RECEPTOR Resumen Diario Boletas y notas 3 formato digital Valida y emite CDR Aceptado / Rechazado SUNAT
Desde los sistemas del contribuyente – Boleta Venta electrónica La entrega de las boletas de venta es a través de representación impresa o por medios electrónicos (si existe consentimiento del comprador) Numeración Independiente de la numeración en papel Serie alfanumérica de 4 posiciones. Debe iniciar con la letra “B” Correlativo: debe iniciar en 1. Puede tener hasta 8 caracteres. Es Gestionada por el emisor. No se solicita autorización. No se envían a SUNAT Se envía un Resumen Diario con la información de boletas y notas emitidas. El envío es en la fecha de emisión por la totalidad de las boletas de venta y notas de crédito y debito emitidas en un día determinado Plazo máximo: 7 días calendarios. Tiene carácter de declaración jurada. Hasta el 30. 06. 16, el Resumen Diario la información se comunica de forma agregada. A partir del 01. 07. 2016, la información será detallada.
Representaciones impresas
Otras disposiciones Envío de Resumen de comprobantes impresos Documento para comunicar la información de los comprobantes impresos y tickets, emitidos en situaciones de contingencia. Vigencia 1. 1. 2016 Se realiza a través de un archivo plano, en SUNAT Operaciones en Línea. Conservación El emisor electrónico debe conservar los documentos electrónicos, los resúmenes diarios, comunicaciones de baja El receptor debe conservar los comprobantes de pago electrónicos Pérdida y obtención de ejemplares En caso de pérdida, destrucción, etc, de los comprobantes de pago, notas electrónicas o representaciones impresas, el adquirente debe solicitar al emisor un nuevo ejemplar. Consulta El emisor debe poner a disposición opción de consulta de factura, boletas y notas electrónicas que emita. La SUNAT pone a disposición del emisor y receptor una consulta de validez y de la información tributaria contenida en las “Facturas” y sus notas electrónicas vinculadas.
Solicitud de Autorización
INGRESA A SUNAT OPERACIONES EN LINEA GENERA SOLICITUD CONTRIBUYENTE Proceso de homologación CONFIRMA CORREO ELECTRONICO REGISTRA CERTIFICADO DIGITAL SUNAT INICIA ENVÍO SET DE CASOS DE PRUEBA: 50 CASOS FACTURA Y NOTAS 48 CASOS BOLETA Y NOTAS COMUNICACIÓN DE BAJA RESUMEN DIARIO VALIDA CASO (Se valida, firma digital, estructura del formato , cálculos aritméticos, entre otros) Plazo 25 días calendarios SE EMITE INFORME DEL RESILTADO (PROCEDENTE / IMPROCEDENTE NOTIFICACION AL BUZON SOL VULVE A PRESENTAR SOLICITUD PROCEDENTE ES EMISOR ELECTRONICO 14 30 días calendarios
Desde el PORTAL SUNAT v. Aplicativo Gratuito Disponible 24 x 7 Accesible por internet desde cualquier punto del país o del exterior Almacena los documentos electrónicos v. Contribuyente CLAVE SOL RUC: ACTIVO Condición de domicilio: HABIDO Habilitado para emitir factura y notas v Documento Numeración generada y controlada por el aplicativo No hay perdida de documentos. No hay obligación de conservación Emisor/Receptor
Desde el PORTAL SUNAT
Desde el PORTAL SUNAT
Desde el PORTAL SUNAT
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Desde el PORTAL SUNAT mparede 3@sunat. gob. pe
Comprobantes de Retención y de Percepción electronicos
Sistema CRE - CPE — Vigente a partir del 1. 12. 2015. — Modelo obligatorio a partir del 1. 1. 2016, para todo Agente de Retención y/o Percepción — Se han virtualizado las mismas reglas que existían para el mundo físico. — Es posible emitir desde portal SUNAT o SEE del Contribuyente. — Entre el 1. 1. 2016 y el 30. 6. 2016 podrán seguir emitiendo formatos físicos, pero debe enviarse el Resumen Diario de Retención o Percepción según corresponda — Resumen diario: Documento donde se informa los documentos físicos emitidos en un día determinado. Su envío es a través de SUNAT Operaciones en Línea (Clave SOL). Plazo: 7 días calendarios
Sistema CRE - CPE — Ser emisor electrónico del Sistema CRE-CPE, no lo convierte u obliga a ser Emisor de los Comprobantes de Pago Electrónicos. — A partir del 1. 7. 2016 los agentes deberán emitir electrónicamente el Comprobante de percepción o retención. En casos de contingencia, podrá usar el esquema papel y deberá comunicar el “Resumen Diario“ — Reversión Es la anulación o baja de un CRE o CPE ya emitido (incluso entregado). Está a cargo del Agente (emisor electrónico), y será comunicada al Proveedor o Cliente, según corresponda. — Se elimina la obligación del llevado de los Registros del Régimen de Retención o Percepción a partir del 1. 7. 2016
Operatividad – SEE del Contribuyente 1 Emite comprobante electrónico EMISOR ELECTRONICO 2 formato digital RECEPTOR (CLIENTE) Envía un ejemplar formato digital 4 Consulta 3 Valida y emite constancia (CDR – Aceptado/Rechazado)
Operatividad – Portal
Operatividad – Portal
Operatividad – Portal
Nuevos Formularios declaración mensual de Retenciones y Percepciones IGV con percepción CUENTA SISTEMA COMPROBANTES Y LIBROS ELECTRÓNICOS 1 Graba información en SUNAT de Consulta la Saldo Comprobantes de pago electrónico CANAL VIRTUAL DE PAGOS 2 AGENTE Nuevos Formularios ü F. Virtual 626 Agentes Retención ü F. Virtual 633 Agentes Percepción ü F. Virtual 697 Agentes Percepción Ventas internas DJ S De omb ter r deu min a aci da ón AGENTE Agente Retención / Percepción NUEVO FORMULARIO ü Muestra información en las casillas de bases imponibles e impuesto ü Si requiere modificar las casillas debe modificar los comprobantes electrónicos. Otras funcionalidades del formulario: ü Valida por RUC que sea agente ü Graba conforme se va registrando ü Determina si es original o rectificatoria
Guía de Remisión Electrónica R. S. N. ° 255 -2015/SUNAT
Aspectos principales • • Es de uso opcional. Solo se ha regulado la GRE remitente. Otorgamiento: A través de medios electrónicos Sustento del traslado: Documento electrónico Previo al inicio del traslado la guía debe tener el ok de SUNAT Medios de emisión: Portal, desde los sistemas del contribuyente Opción de baja: por anulación del traslado o por cambio de destinatario.
Supuestos y reglas de emisión Modelo Físico Transporte Privado GRR Depende de la modalidad de transporte Hasta 4 documentos involucrados, salvo las excepciones previstas en el artículo 21° del RCP. Además del Cd. P entre el proveedor y cliente F UNIDAD DE TRANSPORTE Punto de partida Transporte Público GRR + GRT Además del Cd. P entre el proveedor y cliente Además del Cd. P entre el remitente y transportista F F Punto de llegada
Supuestos y reglas de emisión Modelo Electrónico Transporte Privado UNIDAD DE TRANSPORTE FE Remitente Punto de partida ó GRE Remitente Punto de llegada Transporte Público Eventualmente, un solo documento PUEDE sustentar el traslado, incluso tratándose de transporte público, siempre que el remitente consigne la información del transportista (identificación de la empresa de transportes, del vehículo y del conductor) en la FE Remitente. NO ES OBLIGATORIO
Supuestos y reglas de emisión De allí en adelante se han desarrollado todas las combinaciones posibles, de acuerdo a la naturaleza de la operación o la necesidad del contribuyente. UNIDAD DE TRANSPORTE Transporte Privado Punto de partida 1. FE - R 2. GRE 1. FE - R 2. GRE - R 3. Transporte Público FE - R 4. GRE - R 4. FE - R 5. GRE - R + + * FE - T* Punto de llegada FE – T GRE - T norma ha precisado que la FE – Transportista puede sustentar el traslado, siempre que el *La remitente sea el destinatario. Caso contrario, el remitente debe haber otorgado conformidad para que se sustente el traslado con la FE – Transportista.
Padrón de PSE autorizados http: //orientacion. sunat. gob. pe/index. php/empresas-menu/comprobantes-depago-empresas/comprobantes-de-pago-electronicos-empresas/see-desde-lossistemas-del-contribuyente/2 -comprobantes-que-se-pueden-emitir-desde-seesistemas-del-contribuyente/factura-electronica-desde-see-del-contribuyente/3550 padron-de-proveedores-de-servicios-electronicos-pse
Muchas Gracias!!
Formato Digital Firma Digital Certificado Digital / Firma Digital (Art. 2° ) — — A la firma electrónica referida en el Reglamento Firmas y Certificados Digitales (IOFE). Certificado Digital debe contener RUC, Razón social del emisor. Tener por lo menos nivel de seguridad medio.
Anexo 5 RESUMEN DIARIO BOLETAS VENTA 37
Consulta de FACTURAS y NOTAS CREDITO DEBITO
Consulta sin clave sol
Consulta con clave sol
Consulta con clave sol 41
Consulta con clave sol 42
Notificaciones Electrónicas
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