Comercio electrnico El comercio electrnico Se concibe el

Comercio electrónico

El comercio electrónico. Se concibe el comercio electrónico a partir de la relación jurídica existente entre proveedores y consumidores, por las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

El comercio electrónico Obligaciones del proveedor Proveedor Internet I Comercio electrónico Derechos del consumidor Recurso administrativo o judicial ante incumplimiento

Principio básico del comercio electrónico • La real y efectiva protección al consumidor en las transacciones efectuadas a través del uso de medios convencionales, electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados.

Compraventa • Habrá compra-venta cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero. (Artículo 2248 CCDF) • Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho. (Artículo 2249 CCDF)

Derechos del consumidor El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información sobre los términos, condiciones, costos, cargos adicionales, en su caso, formas de pago de los bienes y servicios ofrecidos por el proveedor.

Seguridad en las transacciones El proveedor utilizará alguno de los elementos técnicos disponibles para brindar seguridad y confidencialidad a la información proporcionada por el consumidor e informará a éste, previamente a la celebración de la transacción, de las características generales de dichos elementos.

Datos del proveedor El proveedor deberá proporcionar al consumidor, antes de celebrar la transacción, su domicilio físico, números telefónicos y demás medios a los que pueda acudir el propio consumidor para presentarle sus reclamaciones o solicitarle aclaraciones.

El uso de publicidad engañosa El proveedor evitará las prácticas comerciales engañosas respecto de las características de los productos, por lo que deberá cumplir con las disposiciones relativas a la información y publicidad de los bienes y servicios que ofrezca, señaladas en esta Ley y demás disposiciones que se deriven de ella.

El tratamiento de datos personales El proveedor utilizará la información proporcionada por el consumidor en forma confidencial, por lo que no podrá difundirla o transmitirla a otros proveedores ajenos a la transacción, salvo autorización expresa del propio consumidor o por requerimiento de autoridad competente

Prescripción para reclamar El plazo de prescripción de los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Federal de Protección al Consumir será de un año. En caso de afectaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, el término de prescripción será de diez años

Conclusiones 1. El comercio electrónico es la relación jurídica entre proveedores y consumidores, por transacciones. 2. El principio básico es la real y efectiva protección al consumidor en las transacciones electrónicas. 3. La venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.

Conclusiones 4. El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información sobre el contrato y condiciones de la venta del producto. 5. El consumidor tiene derecho a no ser víctima de engaño para la compra de productos vía internet. 6. En caso de incumplimiento el consumidor cuenta con un año para presentar su queja ante la PROFECO en contra del proveedor.

Bibliografía. • Quintana Adriano, E. (2006). Panorama Internacional de Derecho Mercantil. México. UNAM. La contratación electrónica. Bibliotecas virtuales de acceso libre, UNAM. • Ley Federal de Protección al Consumidor. • Código Civil para el Distrito Federal.
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