CLASIFICACION METODOLOGICA Derechos de Status Negativo Derechos de

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CLASIFICACION METODOLOGICA � Derechos de Status Negativo � Derechos de Status positivo( sociales, económicos,

CLASIFICACION METODOLOGICA � Derechos de Status Negativo � Derechos de Status positivo( sociales, económicos, culturales, colectivos y del medio ambiente) � Derechos de Status activo (Políticos) Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 1

Derechos de Status Negativo � � � Derecho a la vida: es el derecho

Derechos de Status Negativo � � � Derecho a la vida: es el derecho a la vida quizá el primer derecho a proteger y del cual parten los demás derechos Arts. 1 y 2 Cn El art. 1 : “Es cierto que nuestra Constitución reconoce expresamente el derecho inviolable a la vida a quienes son personas pertenecientes al genero humano. Derecho que se reconoce desde el momento de la concepción. Se prohíbe la pena de muerte. Art. 27 Cn Art. 3 Declaración Universal de los Derechos Humanos Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 2

1. Derecho a la integridad personal Íntimamente ligado al de la vida se encuentra

1. Derecho a la integridad personal Íntimamente ligado al de la vida se encuentra el derecho a la integridad personal, el cual consagra nuestra Constitución. � Art. 2 Cn. Estos derechos no solo son aplicados al inicio o del fin de la vida humana o de la integridad física en sentido material y corporal; además se dirigen asegurar la intangibilidad y su plenitud y comportan en todos los ámbitos de la vida social especiales consideraciones relacionadas fundamentalmente con los más altos valores sociales y con la dignidad plena de la persona natural sin distingo alguno. � Art. 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos � Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 3

2. Garantía de la personalidad jurídica � Toda persona tiene derecho al reconocimiento de

2. Garantía de la personalidad jurídica � Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. � Art. 26 Cn � Art. 6 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos � Art. 1 de la Ley del Nombre Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 4

3. Garantía de la libertad e igualdad Todas las personas nacen libres e iguales

3. Garantía de la libertad e igualdad Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. � La libertad e igualdad, son después de la vida derechos de singular importancia, y que al igual que aquella, sirven de presupuestos a otros derechos. � La libertad, la garantía de la libertad, se encuentra relacionada. Arts. 2 , 4 y 8 de la Cn � Art. 1, 2, 3, y 7, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. � Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 5

Libertad � Sobre la libertad como derecho, la Sala de lo Constitucional de la

Libertad � Sobre la libertad como derecho, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (en adelante, SCn/CSJ), en sentencia de las 12 horas del 14 de diciembre de 1994, en el proceso de inconstitucionalidad No. 17 -95, consignó: “Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, debe partirse del hecho que la constitución salvadoreña califica de derecho fundamental no sólo a determinadas libertades- verbigracia, libertad de expresión- sino la libertad, como se deduce tanto del artículo 2 como del artículo 8, ambos de la Constitución. --- A pesar de lo aseverado en infinidad de oportunidades acerca de la multiplicidad de los significados de “libertad” Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 6

Tarea � Investigar diferentes tipos de libertades que se encuentran consagradas en nuestra Constitución

Tarea � Investigar diferentes tipos de libertades que se encuentran consagradas en nuestra Constitución Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 7

La igualdad � El derecho que tiene todas las personas de recibir la misma

La igualdad � El derecho que tiene todas las personas de recibir la misma protección y trato de las autoridades, de gozar de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de credo, raza, sexo, ideología, lengua. Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 8

4. Derecho a la intimidad, privacidad, y a la honra Todas las personas tienen

4. Derecho a la intimidad, privacidad, y a la honra Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. � De estas garantías se deriva el derecho de que tiene toda persona de conocer, actualizar y rectificar las informaciones que sobre ella se han recogido en bancos de datos, y en archivos de entidades públicas. Derecho que se conoce como “Habeas data”. � Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 9

Continuación � Para efectos tributario o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia

Continuación � Para efectos tributario o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados. � Arts. 19, 20 y 24 Cn. Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 10

5. Derecho de petición y acceso a los documentos públicos. � Toda persona tiene

5. Derecho de petición y acceso a los documentos públicos. � Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener resolución. � Art. 18 Cn Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 11

6. Garantías procesales � Toda persona tiene derecho para acceder a la administración de

6. Garantías procesales � Toda persona tiene derecho para acceder a la administración de justicia, bien sea a través de abogado o directamente cuando la ley así lo señale. � Art. 11, 12, 13, 15, 181, 182 or. 5°, 185 Cn � Arts. 8, 9, 10, y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 12

7. Prohibición de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes � No puede haber

7. Prohibición de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes � No puede haber prisión por deudas, Art. 27 Cn. � Art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 13

8. Prohibición a la extradición � No aplicable en nuestra Constitución. Art. 28 Inc.

8. Prohibición a la extradición � No aplicable en nuestra Constitución. Art. 28 Inc. 2°. � Art. 14. 2 Declaración Universal de los Derechos Humanos Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 14

9. Derecho de asilo y de Asociación y de reunión � Art. 28 Cn

9. Derecho de asilo y de Asociación y de reunión � Art. 28 Cn � Art. 14. 1 Declaración Universal de los Derechos Humanos � Art. 47 Cn � Arts. 20 y 21 Declaración Universal de los Derechos Humanos Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 15

10. Derecho a la paz � Este derecho pertenece a los de tercera generación,

10. Derecho a la paz � Este derecho pertenece a los de tercera generación, requiere para su logro del concurso de los más variados factores sociales, políticos, económicos e ideológicos. Sobre este punto es preciso anotar que este derecho, más que a las relaciones internas, se refiere a las relaciones entre diferentes países y se expresa en el mandato de la convivencia pacifica. Art. 2 Cn. Y Art. 22 DUDH. Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 16

Derechos de Status positivo � Requieren de una prestación por parte del Estado. Para

Derechos de Status positivo � Requieren de una prestación por parte del Estado. Para graduar este deber de equipamento por parte del Estado, su alcance de ser determinado por parte por la Ley. � 1. Derechos sociales � 2. Derechos económicos � 3. Derechos culturales � 4. Derechos colectivos y del ambiente Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 17

1. Derechos Sociales � Protección a la familia y el matrimonio, Art. 32 Cn

1. Derechos Sociales � Protección a la familia y el matrimonio, Art. 32 Cn , Art. 17. 3. y 25 DUDH � Igualdad de la mujer y protección del embarazo, Arts. 1 y 6 literales 1 a)-c) y 2. a)-c) Declaración sobre Eliminación de la Discriminación de la mujer, Art. 16 a) – h). Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la mujer � Art. 36 CF Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 18

Derechos sociales � Derechos Fundamentales del Niño, Art. 34 , 35 y 36 Cn;

Derechos sociales � Derechos Fundamentales del Niño, Art. 34 , 35 y 36 Cn; Libro I y II LEPINA. Arts. 1 -10 Declaración de los Derechos del Niño, Arts. 344 - 388 (Libro V) CF. � Derechos de los adolescentes, 34 Cn, Art. 16 Declaración Universal de Derechos Humanos, Titulo II del Libro II LEPINA. Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 19

Derechos sociales � Protección y asistencia de la tercera edad, Libro V, Titulo III

Derechos sociales � Protección y asistencia de la tercera edad, Libro V, Titulo III del CF. � Protección de los inválidos, Parte segunda, Arts. 290 -298 CF Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 20

Derechos sociales � Seguridad social como servicio público, Art. , 22 y 25 DUDH

Derechos sociales � Seguridad social como servicio público, Art. , 22 y 25 DUDH y Arts. 37 -52 Cn. Libro Tercero de CT. � Salud y saneamiento ambiental, Arts. 65 -70 Cn, Art. 25 DUDH � Derecho a vivienda digna, Art. 119 Cn y Art. 25 DUDH � Derecho a recreación y deporte, Arts. 24 DUDH Licda. Morena Guadalupe Montoya P. 21