CIUDADANA Y DERECHOS IGUALDAD NATURAL DE LAS PERSONAS











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CIUDADANÍA Y DERECHOS
IGUALDAD NATURAL DE LAS PERSONAS Y LA PROTECCIÓN DE LA VIDA FRENTE AL PODER
LA IGUALDAD: CONCEPTO Equivalencia entre dos o más elementos. En Derecho: principio que reconoce a TODOS los ciudadanos los MISMOS DERECHOS, sin discriminación alguna. Por él, hombres y mujeres debemos ser TRATADOS DE FORMA IGUAL por el ESTADO, para el ejercicio pleno de todos los derechos y deberes sin discriminación por su situación o condición.
LA IGUALDAD: ACEPCIONES Acepciones: 1. IGUALDAD DE GÉNERO: hombres y mujeres somos iguales en derechos y deberes; teniendo derecho a educación, al afecto, a tener una familia, al trabajo, y a acceder a cualquier cargo. 2. ‘IGUALDAD SOCIAL’: relacionada con la JUSTICIA SOCIAL. La Declaración Universal de Derechos Humanos afirma “que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” (ONU, 1948, Art. 1). Se relaciona con la NECESIDAD DE SUPERAR LAS BRECHAS SOCIALES QUE GENERAN DESIGUALDAD ENTRE GRUPOS , MARCANDO FUERTES DIFERENCIAS E INEQUIDADES.
LA IGUALDAD Y LA POLÍTICA A nivel POLÍTICO: LA DEMOCRACIA promueve la IGUALDAD SOCIAL, RECONOCIENDO DERECHOS A TODOS A TRAVÉS DE LA IGUALDAD ante la LEY. Principio jurídico que da derechos, responsabilidades, garantías comunes para lograr JUSTICIA SOCIAL, un Estado de bienestar con respeto a la dignidad, el desarrollo, el pleno empleo, el acceso a los recursos para superar la pobreza y lograr igualdad de oportunidades Por ello, es NECESARIO RECONOCER Y LUCHAR POR LA IGUALDAD NATURAL DE LOS SERES HUMANOS, y detener arbitrariedades en el uso del poder (Marx, 2004).
LA PROTECCIÓN DE LA VIDA FRENTE A LA ARBITRARIEDAD DEL PODER El DERECHO A LA VIDA es el más importante y debe ser protegido por el ESTADO; siendo el GOBIERNO de turno el responsable de RESPETARLO Y GARANTIZARLO. Por ello la LUCHA POR LA IGUALDAD DE LAS PERSONAS Y EL DERECHO A LA VIDA es básica para protegernos de las arbitrariedades del poder.
SIGNIFICADO JURÍDICO DE LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD NATURAL Y PROTECCIÓN A LAVIDA Igualdad natural es la condición que tenemos todos los seres humanos, por tanto nadie debe tener más derechos que otros; igual situación se estable en relación a la libertad. Son principios inherentes a la naturaleza humana y rigen para todas las personas. Las dos guerras mundiales y la muerte de millones de personas, hicieron que gobernantes retomen las tesis de la igualdad natural y de inviolabilidad de la vida, y plantearse la necesidad de proteger jurídicamente al ser humano.
SIGNIFICADO JURÍDICO DE LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD NATURAL Y PROTECCIÓN A LA VIDA Con la Segunda Guerra Mundial, la UNESCO promovió el reconocimiento de los derechos humanos inherentes a la naturaleza humana, que sobrepasan a toda ley para proteger al ser humano de actos contra su vida; además de reconocer su igualdad natural evitando factores de discriminación de cualquier tipo, posibilitando la justicia, la convivencia en paz y el desarrollo integral. La Declaración Universal de Derechos Humanos emitida por la ONU en 1948 es un documento jurídico internacional, aprobado por la mayoría de países del mundo, independientemente de su posición política. Allí se condena la opresión y la dominación de unos países o grupos humanos sobre otros, creando un compromiso sobre la OBLIGATORIEDAD DEL CUMPLIMIENTO DE ESOS DERECHOS Y DE ADECUACIÓN A SU MARCO JURÍDICO INTERNO PARA GARANTIZARLOS (ONU, 2008).
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES La declaración es la base de múltiples documentos internacionales y nacionales que han reconocido derechos humanos de grupos con necesidades de atención prioritaria como: niños, mujeres, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad, adultos mayores, migrantes, grupos GLBTI, pueblos tribales del mundo, entre otros. Aún con las leyes que garantizan el ejercicio de los derechos humanos, estos siguen siendo afectados, lo cual ha provocado sufrimiento y destrucción de sociedades enteras.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES La realización plena de los derechos humanos depende también de la adopción de responsabilidades y deberes políticos, sociales, morales y éticos implícitos, QUE DEBEN SER CUMPLIDOS POR TODOS: INDIVIDUOS, SOCIEDAD CIVIL, ESTADOS Y LA COMUNIDAD GLOBAL EN GENERAL (ONU, 1998). Así por ejemplo, si una persona se acoge al derecho a la vida, está obligado a ser respetuoso con el derecho a la vida de los demás; si una persona exige igualdad, debe evitar cualquier trato excluyente hacia otro ser humano.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES Para garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, se han generado nuevos documentos internacionales como: la Declaración Universal de Responsabilidades y Deberes Humanos que, NO DEBE ESTAR DIRIGIDA SOLO A LOS GOBIERNOS, SINO A LA SOCIEDAD E INDIVIDUOS QUE TIENEN LA OBLIGACIÓN DE HACERLA EFECTIVA (Bobbio, 1998 en ONU).