CICLO DE NMINA Y PERSONAL NMINA Todo ente

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CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL

CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL

NÓMINA: Todo ente público o privado para alcanzar sus objetivos, requiere de fuerza de

NÓMINA: Todo ente público o privado para alcanzar sus objetivos, requiere de fuerza de trabajo, a la cual se le retribuye su esfuerzo y dedicación con un salario por tanto la nómina constituye dentro de la estructura de gastos, una partida bien significativa.

CALCULO DE LA NÓMINA: El calculo de la nómina total es función del departamento

CALCULO DE LA NÓMINA: El calculo de la nómina total es función del departamento de nómina. Para facilitar su calculo se puede utilizar un documento o libro auxiliar que contenga por lo menos la siguiente información:

§ § § § § Número de la tarjeta del reloj asignada al trabajador.

§ § § § § Número de la tarjeta del reloj asignada al trabajador. Número del seguro social obligatorio Clase de trabajo que realiza el empleado. Apellidos y nombres. Número de la cédula de identidad. Horas de la jornada. Horas realmente trabajadas. Tarifa por hora. Salario diario, bonificaciones, deducciones, observaciones, y firmas autorizadas.

Salario normal Es la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente

Salario normal Es la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación del servicio. Quedan por lo tanto excluidos del mismo, las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las percepciones que no tienen carácter salarial. ( art. 133 parágrafo segundo L. O. T)

Beneficios que no tienen carácter remunerativo: § § § § El reintegro de gastos

Beneficios que no tienen carácter remunerativo: § § § § El reintegro de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos. La provisión de ropa de trabajo, El suministro de útiles escolares y de juguetes. El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación o de especialización. El pago de gastos funerarios. El servicio de comedor, provisión de comidas y de guarderías infantiles. Viáticos cuando se deba rendir cuentas (art. 133 parágrafo 3 L. O. T)

Fundamentación Legal § § § § Constitución de la republica bolivariana de Venezuela. Ley

Fundamentación Legal § § § § Constitución de la republica bolivariana de Venezuela. Ley orgánica del trabajo. Reglamento de la ley orgánica del trabajo. Ley del seguro social obligatorio y su reglamento. Subsistema de paro forzoso y de capacitación laboral. Ley del subsistema de vivienda y política habitacional. Ley del I. N. C. E. Ley de I. S. L. R.

OBLIGACIONES LEGALES, CONTRACTUALES Y VOLUNTARIAS Legales: Seguro social obligatorio, paro forzoso, política habitacional, I.

OBLIGACIONES LEGALES, CONTRACTUALES Y VOLUNTARIAS Legales: Seguro social obligatorio, paro forzoso, política habitacional, I. N. C. E, impuesto sobre la renta. Contractuales: Caja de ahorro, cuota sindical, entre otras. Voluntarias: Descuentos por préstamos, aportes a colegio de profesionales y otros de similar naturaleza.

TARIFAS DE COTIZACIONES S. S. O: Para cotizar al seguro las empresas se agrupan

TARIFAS DE COTIZACIONES S. S. O: Para cotizar al seguro las empresas se agrupan en tres categorías: Riesgo bajo (9%), Medio (10%), y alto (11%), por parte de la empresa y 4% el trabajador, pero cuando los beneficios se reciben parcialmente no importa el riesgo, se cotiza bajo una sola tasa 4% el patrono y el 2% el trabajador. Sólo para cubrir las prestaciones por invalidez o incapacidad parcial, vejez, muerte y la asignación por nupcias, independientemente del riesgo.

Seguro de paro forzoso: Ofrece protección temporal a lo obreros y empleados tanto en

Seguro de paro forzoso: Ofrece protección temporal a lo obreros y empleados tanto en el sector público como del privado, que terminen su relación laboral por cualquier causa a excepción del retiro voluntario. La cotización es de 2. 20% del salario utilizado para el cálculo de las cotizaciones del seguro social. El patrono aporta el 1. 70% y el trabajador el 0. 50% el limite del salario para cotizar es equivalente a 5 salarios mínimos.

Ahorro Habitacional: El decreto ley regula las bases de la política habitacional para que

Ahorro Habitacional: El decreto ley regula las bases de la política habitacional para que el Estado estimule, movilice y apoye las acciones del sector público y privado, a fin de satisfacer las necesidades de vivienda en el país, el único requisito que se exige para optar al programa es no devengar ingresos mensuales superiores a 110 U. T, el aporte de los empleados es del 1% de su remuneración mensual y el 2% para los patronos del monto erogado.

I. N. C. E De acuerdo a la Ley del I. N. C. E,

I. N. C. E De acuerdo a la Ley del I. N. C. E, los patronos y trabajadores están obligados a contribuir como aportantes al instituto de la manera siguiente: Empresas con 5 trabajadores 2% de los sueldos (todos). El aporte de los trabajadores será del 0. 50% de las utilidades anuales ( a partir de un trabajador la empresa retiene)

Registros contables: Pago de la nómina. -x. Gastos por sueldos xxx Gastos por horas

Registros contables: Pago de la nómina. -x. Gastos por sueldos xxx Gastos por horas extras xxx Gasto por bono compensatorio xxx Retenciones ISLR Retención de S. S. O Retención de S. P. F Retención de Fondo. A Adelantos de sueldos Préstamos a empleados Efectivo en bancos xxx xxx

Registro de gastos relacionados con la nomina por cuenta de la empresa -x. Gastos

Registro de gastos relacionados con la nomina por cuenta de la empresa -x. Gastos de S. S. O xxx Gastos de seguro de paro forzoso xxx Aportes patronales xxx Otorgamiento de un préstamo a empleados -x. Préstamos por cobrar a empleados xxx Efectivo en bancos xxx

Terminación de la relación laboral -x. Prestaciones sociales xxx Gastos de utilidad xxx Gastos

Terminación de la relación laboral -x. Prestaciones sociales xxx Gastos de utilidad xxx Gastos de vacaciones xxx Apartado de prestaciones sociales xxx Gastos acumulados xxx Préstamos a empleados Anticipo dados a empleados Retenciones laborales Efectivo en bancos xxx xxx Pago de retenciones y aportes laborales -x. Aportes patronales Retenciones laborales Efectivo en bancos xxx xxx

Pagos de retención y aportes laborales -x. Aportes patronales Retención laborales xxx xxx Otorgamiento

Pagos de retención y aportes laborales -x. Aportes patronales Retención laborales xxx xxx Otorgamiento de anticipo a cuenta de prestaciones sociales -x. Efectivo en bancos Anticipo sobre prestaciones sociales xxx Efectivo en bancos xxx Registro de la acumulaciones de prestaciones sociales -x. Prestaciones sociales, gastos xxx Prestaciones sociales por hogar xxx

Registro de la acumulaciones de utilidades -x. Gastos de utilidades xxx Utilidades acumuladas por

Registro de la acumulaciones de utilidades -x. Gastos de utilidades xxx Utilidades acumuladas por pagar xxx Pagos de las utilidades -x. Gastos de utilidades por pagar xxx Gastos de utilidades o xxx Gastos de utilidades xxx Retención del I. N. C. E xxx Efectivo en bancos xxx