CALIFICACIONES LEY MEDICA SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA UNIDAD
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CALIFICACIONES LEY MEDICA SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA UNIDAD CICLO DE VIDA LABORAL 2019
Marco Normativo Reglamento Ley N° 15. 076, que fija el estatuto para los Médico-Cirujanos, Farmacéuticos o Químico. Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujanos Dentistas
MARCO REGULATORIO Artículo 28 letra c) y Art. 36 y siguientes de la Ley Nº 19. 664, de 2000. Título IV, Arts. 18 al 21 del DFL Nº 1, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15. 076. Título V, Arts. 44 al 75, del Decreto Nº 110, de 1963, que reglamenta el proceso calificatorio para los profesionales funcionarios. Decreto Nº 848, de 2000, que aprueba el reglamento para el pago de la bonificación por desempeño individual a que se refiere el artículo 36 y siguientes de la Ley Nº 19. 664.
OBJETIVO Y DESAFÍO DEL PROCESO El objetivo del proceso es evaluar el desempeño, aptitudes y actitudes, en el periodo atendidas las exigencias y características de su cargo. El desafío es que nuestra Evaluación de Desempeño y Calificación se constituyan en un proceso de diálogo formalmente establecido, un proceso de retroalimentación permanente al funcionario que potencie sus fortalezas, le permita superar sus deficiencias, y contribuya al desarrollo de la organización y su desarrollo profesional.
Antecedentes Generales Los Servicios Públicos calificarán anualmente a sus profesionales Se exceptuarán de la calificación los profesionales que tengan menos de seis meses
Antecedentes Generales El Jefe Superior del Servicio, los miembros titulares y suplentes no serán calificados y mantendrán sus calificaciones anteriores La calificación abarcará el período comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre
Integrantes Junta Calificadora 1. - El Subrogante del Jefe Superior del Servicio, quien la preside. ¡ 2. - Los cuatro profesionales de más alto nivel jerárquico. ¡ 3. - Un funcionario de la misma profesión. Ø Delegado Médico Ø Delegado Dental Ø Delegado Farmacéutico Ø Delegado Bioquímico ¡
DE LAS JEFATURAS Precalificar con objetividad, imparcialidad y en conocimiento de la normativa relativa al proceso calificatorio. En caso de ser de la Ley N° 18. 834, debe contar con el cupo de función directiva correspondiente. En cualquiera de los casos si el jefe directo no cuenta con la facultad para pre calificar, el jefe superior en la línea jerárquica debe asumir la función de precalificador.
COBERTURA Y EXCEPCIONES Todos los profesionales funcionarios SE CALIFICAN Titulares, contratas, reemplazos, suplentes jornadas de 11, 22, 28, 33 o 44
COBERTURA Y EXCEPCIONES Director de Servicio de Salud Funcionarios con menos de 6 meses de desempeño EXCEPCIONES Representante del Personal y dirigentes Miembros titulares de JCC
La Junta Calificadora se constituirá de la siguiente forma: Para sesionar y adoptar acuerdos la Junta Calificadora deberá estar integrada por la totalidad de sus componentes CONSTITUCION Los acuerdos de la Junta Calificadora serán siempre fundados y se adoptarán por mayoría de votos; los empates serán dirimidos por el Presidente
PROCESOS Proceso de Calificación comprende tres etapas Precalificación Calificación Apelación
PRECALIFICACION La Precalificación la realiza el Jefe directo El precalificador deberá aplicar las notas 1, 2 y hasta 7 cuando… La nota seis en puntualidad y asistencia sólo podrá aplicarse cuando… Estén respaldadas y justificadas Registradas en el informe de calificación Registren menos de veinte atrasos No hayan incurrido en ausencias injustificadas
PRECALIFICACION Antes del 10 de abril, el profesional podrá agregar los antecedentes que, en su opinión, puedan hacer que la Junta Calificadora modifique la precalificación La Junta Calificadora recibe documentación antes del 15 de abril N DE ER CU RE El Jefe directo deberá poner la precalificación en conocimiento del interesado antes del 5 de abril
FACTORES DE CALIFICACION Y COEFICIENTES Factores 1. 2. 3. 4. 5. Eficiencia…………………. . Cooperación e iniciativa………………. Conducta…………………. . Preparación y conocimientos………… Puntualidad, asistencia y presentación personal………… 5 4 3 2 1 Artículo 55° al 59°: Describe los elementos que mide cada factor.
FACTORES Y SUBFACTORES DE MEDICION EFICIENCIA (NOTA x 5) Cantidad y calidad del trabajo ejecutado, así como la habilidad y oportunidad demostrada, por el profesional funcionario en el desempeño de sus tareas específicas. ¡ a) b) c) COOPERACION E INICIATIVA (NOTA x 4) Interés y eficacia demostrada por el profesional funcionario en el desempeño de su cargo Aptitud organizadora en beneficio de los objetivos de la institución y; La mejor utilización de su jornada de trabajo.
FACTORES Y SUBFACTORES DE MEDICION ¡ ¡ CONDUCTA (NOTA x 3) a) La responsabilidad, lealtad, discreción y honestidad del profesional funcionario en su comportamiento y frente a las normas legales, reglamentarias y demás que gobiernan la institución. b) La solicitud demostrada en la atención habitual de los pacientes, así como la oportunidad y prontitud en el diagnóstico y tratamiento aplicado, que permita una reintegración rápida del paciente a sus ocupaciones, sin dispendio innecesario para éste y la Institución c) El trato demostrado con sus compañeros de trabajo, superiores, subalternos y, además, su conducta fuera de la Institución, cuando ella comprometa el prestigio y los intereses de ésta.
FACTORES Y SUBFACTORES DE MEDICION PREPARACION Y CONOCIMIENTOS (NOTA x 2) La capacitación adquirida para el ejercicio de las labores que efectúa de acuerdo a su especialidad, y los estudios o cursos que haya realizado, ya sea como alumno, ayudante o profesor, así como los trabajos de investigación publicados, siempre que, en ambos casos, correspondan a las funciones propias del cargo y hayan sido desarrollados en el periodo calificatorio. ¡ PUNTUALIDAD, ASISTENCIA Y PRESENTACION PERSONAL (NOTA x 1) ¡ Exactitud y regularidad con que el profesional funcionario ha cumplido su jornada y/o turnos de trabajo y la pulcritud manifestada en su apariencia personal.
NOTAS Y SIGNIFICADO Notas de uno a siete 1. Malo 2. Deficiente 3. Regular 4. Satisfactorio 5. Bueno 6. Muy Bueno 7. Distinguido
LISTAS DE CALIFICACIONES La suma de los puntajes asignados a los factores, constituirá la calificación y determinará una de las siguientes listas: De 105 a 89 puntos, Lista N° 1 de Mérito. De 88 a 60 puntos, Lista N° 2, Buena. De 59 a 45 puntos, Lista N° 3, regular. Menos de 45 puntos, Lista N° 4, Mala v .
LISTAS CALIFICATORIAS Y EFECTOS Lista 1 De Mérito (89 a 105 pts, sin notas <4. 0) Lista 2 Buena (60 a 88 pts, sin notas <3. 0) BONO INDIVI DUAL Lista 3 Regular (45 a 59 pts, sin notas <2. 0) 2 AÑOS ELIMIN ACIÓN Lista 4 Mala (menos de 45 pts) 1 AÑO ELIMIN ACIÓN
APELACIONES El profesional que no estuviere conforme con su calificación podrá apelar ante el Jefe Superior del Servicio, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de la notificación Notificado el fallo de la apelación, el funcionario podrá reclamar directamente a la Contraloría Regional, dentro de 15 días
FORMULARIOS Formularios del Sistema de Plantas y Calificaciones que entrega el SIRH
A TENER EN CONSIDERACION ¡ PROMEDIO PARA PROFESIONALES FUNCIONARIOS CON MÁS DE UN CARGO
EFECTOS DE LAS CALIFICACIONES El funcionario calificado en Lista N° 4, o por dos años consecutivos en Lista N° 3, deberá retirarse del Servicio Requisito para la postulación a proceso de Acreditación por Excelencia Haber sido calificado en Lista 1, durante los cinco últimos años, con 97 puntos como mínimo.
EFECTOS DE LAS CALIFICACIONES Otorgamiento de la Bonificación por Desempeño Individual. Procesos de Concurso Ingreso a la Planta. Concursos para postular a Sistema de Acreditación Funcionaria.
DECRETO N° 848 DE 2000 (BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) ¡ Beneficiará al 30% de los profesionales funcionarios de cada establecimiento, considerando a los titulares y contratas mejor evaluados en el año inmediatamente anterior a aquel en que se efectúa el pago, siempre y cuando hayan sido calificados en Lista 1 o 2. ¡ El reconocimiento de la bonificación se distribuirá de la siguiente forma: • 10% para el 15% de los profesionales funcionarios mejor evaluados. 5% para el 15% restante. •
BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) ¡ • • • NO TIENEN DERECHO Aquellos que no hayan sido calificados por cualquier motivo, en el respectivo período. Los cargos adscritos a la Ley N° 15. 076. Los que hayan sido sancionados con alguna de las medidas disciplinarias del Art. 121 del DFL N° 29, de 2004, Los que tengan ausencias injustificadas conforme al Art. 72 del DFL N° 29, de 2004 Profesionales contratados bajo la modalidad de Honorarios. Becarios, no son considerados funcionarios según su modalidad de estudio.
(BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) ¡ • • A TENER EN CONSIDERACIÓN Los profesionales afectos a la ley que formen parte de la Junta Calificadora, tendrán derecho, por concepto a este beneficio, al 5% de sus remuneraciones. Los delegados del personal y los Directores de las Asociaciones de Funcionarios que opten por ser calificados se sujetaran a las normas generales de este beneficio.
(BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) ¡ CONFORMACIÓN DE LAS LISTAS DE BENEFICIADOS ¡ El personal de planta y a contrata de un mismo establecimiento, será ubicado en orden decreciente de acuerdo al puntaje obtenido en su calificación. Para esto, la secretaria de la Junta Calificadora tendrá un plazo de 2 días hábiles después de finalizado el proceso. ¡ Quienes tengan más de un cargo, serán ubicados de acuerdo al procedimiento de promedio señalado anteriormente.
(BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) ¡ ¡ ¡ PROCEDIMIENTO DE DESEMPATE 1. Notas asignadas a cada rubro en el siguiente orden de relevancia: Eficiencia / Cooperación e Iniciativa /Preparación y Conocimiento / Conducta. 2. Inasistencias injustificadas medidas en días de trabajo. 3. Nota asignada al factor de Puntualidad, Asistencia y Presentación Personal. 4. Promedio de las dos últimas calificaciones inmediatamente anteriores al periodo que se evalúa. 5. De persistir el empate, el Presidente de la Junta dirimirá a través de un Sorteo que se llevará a cabo con todos los integrantes de la Junta Calificadora presentes.
(BONIFICACION POR DESEMPEÑO INDIVIDUAL) PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Los listados en orden decreciente, deben ser publicados a través de Resolución fundada del Director del Servicio, reconociendo el porcentaje de bonificación que corresponde a cada profesional. ¡ BASE DE CÁLCULO: ¡ La bonificación se constituirá por el total anual de remuneraciones percibidas durante el año evaluado, por concepto de sueldo base, asignación de antigüedad y asignación de experiencia calificada, según corresponda. ¡ PAGO: ¡ La bonificación debe ser pagada en dos cuotas iguales en los meses de Julio y Diciembre.
OPORTUNIDADES DE MEJORAS Incentivar el registro de anotaciones en las 48 horas siguientes de ocurrido el hecho meritorio. Cumplir con las fechas estipuladas en el Reglamento para la recepción de precalificacion es. Entregar los informes de precalificación completos, con el producto de notas multiplicadas por los coeficientes respectivos. Respaldar las notas siete, dos y uno con anotaciones registradas en el informe de calificación.
OPORTUNIDADES DE MEJORAS Capacitar a los precalificadores en el sistema de calificaciones. Aplicar normativa para evaluar el criterio de: Preparación y Conocimientos, en base a Capacitación , Cursos y Trabajos de Investigación realizadas en el período calificatorio. En factor asistencia, puntualidad y presentación personal, aplicar según antecedentes de atrasos , apariencia personal.
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