AYUDAS ESPECIALES PARA LA PROMOCIN EMPRESARIAL EN BARRIOS
AYUDAS ESPECIALES PARA LA PROMOCIÓN EMPRESARIAL EN BARRIOS DEL MUNICIPIO 2011
INDICE /// OBJETO /// ENTIDADES DESTINATARIAS /// REQUISITOS /// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES /// MÁXIMO DE AYUDAS /// PAGO DE LAS AYUDAS /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA /// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS /// CONFIDENCIALIDAD /// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
OBJETO Apoyar la promoción empresarial en barrios con el objetivo de impulsar la mejora en áreas estratégicas de la empresa que incidan en el incremento de la productividad y la competitividad de los comercios y empresas de los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala, Otxarkoaga y Zorrozaurre (consultar Anexo II en el documento completo). Este apoyo se estructura en torno a tres fases: Primera fase. Diagnóstico Segunda fase. Asesoramiento Tercera Fase. Puesta en Marcha del Proyecto + AMPLIAR INFORMACIÓN DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
OBJETO // INFORMACIÓN ADICIONAL Lan Ekintza-Bilbao a través de este programa, pretende apoyar la promoción empresarial en barrios con el objetivo de impulsar y apoyar la mejora en áreas estratégicas de la empresa que incidan en el incremento de la productividad y la competitividad de los comercios y empresas de los barrios definidos en el Anexo II del documento completo. Con ánimo de conseguir el objeto descrito, se establece un apoyo personalizado a cada comercio o empresa a lo largo de todo el proceso, a través de ayudas económicas de carácter no reintegrable y de asesoramiento individualizado para los comercios y empresas. Los plazos señalados sólo podrán ser ampliados por Lan Ekintza-Bilbao en atención a las circunstancias que concurran, tanto en el propio proyecto como en el comercio o empresa beneficiaria. Este apoyo se estructura en torno a tres fases, diferenciadas por el momento de desarrollo: Primera fase. Diagnóstico La realización de un diagnóstico de las diferentes áreas estratégicas del comercio o empresa constituye la primera fase por la que transitan las entidades beneficiarias del presente programa de ayudas. El objetivo es identificar aquellos aspectos que inciden en la competitividad del negocio y que se encuentran insuficientemente atendidos por parte de éste. El diagnóstico, asimismo, apuntará posibles líneas de actuación para el negocio dirigidas a lograr un mejor posicionamiento del mismo. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
OBJETO // INFORMACIÓN ADICIONAL Segunda fase. Asesoramiento El objetivo de esta fase es ayudar a analizar y desarrollar las oportunidades de refuerzo de la competitividad de los comercios y empresas detectados, así como realizar estudios de viabilidad económico-financiera, comercial, tecnológica, productiva, etc. de proyectos empresariales que hayan sido detectados y recogidos previamente en el documento de Diagnóstico. Esta fase se desarrollará con el asesoramiento a comercios y empresas a través de los servicios ofrecidos por Lan Ekintza. Bilbao y finalizará con la elaboración de un Informe Final del Plan de Mejora que recogerá los resultados del asesoramiento prestado. Con carácter general, a la conclusión del asesoramiento, la empresa dispondrá de tres meses para solicitar las ayudas económicas no reintegrables. Tercera Fase. Puesta en Marcha del Proyecto Esta fase se podrá extender en un plazo máximo de seis meses, a contar desde la Resolución que acepte la solicitud de participación en ella, y tendrá lugar cuando el Plan de Mejora y demás información contenida en el informe así lo aconseje. Las personas interesadas que deseen recibir información sobre el funcionamiento de las ayudas podrán ponerse en contacto con Lan Ekintza-Bilbao en el número de teléfono 94 420 53 77, así como a través del envío de un correo electrónico a la > dirección que figura en el Anexo II del documento completo, en función del barrio donde esté ubicado el comercio o empresa. // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
ENTIDADES DESTINATARIAS Microempresas, PYMES y Comercios, según definición recogida en el Anexo I del documento completo o en “Ampliar información”. + AMPLIAR INFORMACIÓN DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
ANEXO I – DEFINICIÓN DE PYME Anexo I – Definición de PYME: según Anexo I, del Reglamento 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado: Artículo 1 Empresa Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular. Artículo 2 Efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y uyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. En la categoría de las PYME, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. En la categoría de las PYME, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros. // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
REQUISITOS + • No tener como actividad principal alguna de las incluidas en los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en la Agrupación 81 como Instituciones Financieras. • Tener la ubicación del local de negocio y/o el ejercicio efectivo de su actividad en alguno de los barrios de de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala, Otxarkoaga y Zorrozaurre. Asimismo, podrán ser beneficiarios aquellos comercios y empresas ya existentes en otros barrios de Bilbao o en otros municipios pero cuyo proyecto de desarrollo conlleve la implantación de un nuevo establecimiento en alguno de los barrios citados. No obstante, en aquellos casos en que el comercio o empresa beneficiaria cuente con establecimientos fuera del municipio de Bilbao, los gastos e inversiones del proyecto por el que accediesen a las ayudas contempladas en las presentes Bases deberán repercutir de manera significativa en el local o locales existentes en alguno de los barrios objeto de intervención. • Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La situación tributaria respecto del Ayuntamiento de Bilbao será comprobada de oficio por Lan Ekintza-Bilbao. • Los comercios deberán tener su actividad principal encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el Anexo III (consultar “Ampliar información”). Además, el local deberá estar situado a nivel de rasante; también se podrán considerar incluidos los establecimientos integrados en centros AMPLIAR INFORMACIÓN comerciales o en mercados municipales. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
REQUISITOS • No haber sido excluidas del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones. • Podrán acceder a este Plan de Ayudas aquellas entidades beneficiarias que hayan participado en otros Planes de Ayudas de Lan Ekintza-Bilbao siempre y cuando las cuestiones objeto de apoyo no sean idénticas o semejantes a las que motivaron el apoyo en el pasado. • Para optar a estas ayudas, las PYMES y los comercios que deseen mejorar la competitividad e incrementar el valor añadido de su negocio deberán disponer de un Plan de Mejora de la Competitividad, Desarrollo o Innovación Empresarial, o deberán contar con un documento de Diagnóstico, o encontrarse en proceso de acompañamiento por parte de algún otro servicio de Lan Ekintza-Bilbao, en los que se recomiende apoyar económicamente de forma inmediata las acciones derivadas del desarrollo del proyecto asesorado. Estos documentos podrán ser elaborados con la asistencia y apoyo de los servicios técnicos de Lan Ekintza-Bilbao o conforme a la metodología empleada por éstos. • Así mismo, también podrán acceder a estas ayudas económicas aquellas empresas que hayan realizado diagnósticos, planes de mejora o reflexiones similares, en el marco de programas desarrollados por otras entidades públicas, y tras la comprobación y validación por parte de los servicios técnicos de Lan Ekintza-Bilbao del resultado de los mismos. • Podrán acceder a este Plan de Ayudas quienes hayan participado en otros Planes de Ayudas de otras entidades, siempre y cuando las cuestiones objeto de apoyo no superen el 50% de la inversión total. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // > DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
REQUISITOS • Podrán acceder a las ayudas a la puesta en marcha empresas de nueva creación, entendiendo por éstas aquellas que tengan una antigüedad igual o inferior a tres meses en el momento de solicitar la ayuda, tomando como fecha inicial la del alta en el Impuesto de Actividades Económicas. En el supuesto de que el alta haya sido anterior a la aprobación de las presentes bases, pero con posterioridad al 1 de octubre de 2010, se utilizará como fecha de referencia para el cómputo de los tres meses referidos, el de la fecha de aprobación por el Consejo de Administración de las presentes bases. • La participación en esta tercera fase de Ayudas (Puesta en marcha del Proyecto) es asimismo incompatible con la solicitud de las ayudas previstas en las Bases Reguladoras de las Ayudas a Pymes y Comercios de Bilbao 2011. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // > DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
REQUISITOS Nota • El cumplimiento de estas condiciones deberá mantenerse durante todo el tiempo en el que el comercio/empresa se encuentre participando en las ayudas que regulan estas Bases. • Se considerarán entidades excluidas a los Entes y Sociedades Públicas y/o entidades pertenecientes a las Administraciones. • Quedan incluidas las asociaciones, fundaciones, agrupaciones siempre que ejerzan una actividad económica, entendiendo por tal que estén dadas de alta en el I. A. E. , que generen empleo y que la actividad principal se ejerza de forma regular y sea la producción y/o el intercambio de bienes y servicios dirigidos a su comercialización en el mercado. • Siguiendo las indicaciones recogidas en el Reglamento (CE) 1083/2006, en su Titulo I, Capítulo IV, a través de los diferentes instrumentos de apoyo que Lan Ekintza-Bilbao dispone para las empresas y proyectos de creación de empresas, se sensibilizará en torno a las buenas prácticas relacionadas con el desarrollo sostenible y fomento de la protección y mejora del medio ambiente, así como en acciones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral dentro de las empresas. Asimismo se velará por la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación basada en sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, minusvalías, edad u orientación sexual. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
ANEXO III – PRIORIZACIÓN DEL SECTOR DEL COMERCIO MINORISTA Se priorizarán aquellas empresas cuya actividad principal se encuentre encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se recogen a continuación correspondientes a actividades empresariales y profesionales: a) ACTIVIDADES EMPRESARIALES Agrupación 64, “Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes” Agrupación 65, “Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente” Agrupación 67, “Servicio de alimentación” Agrupación 68, “Servicio de hostelería” Grupo 755, “Agencias de viaje” Grupo 932, “Enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior” Grupo 943, “Consultas y clínicas de estomatología y odontología” Grupo 944, “Servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios” Grupo 945, “Consultas y clínicas veterinarias” Grupo 967, “Instalaciones deportivas y escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte” Agrupación 97, “Servicios personales” // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // >
ANEXO III – PRIORIZACIÓN DEL SECTOR DEL COMERCIO MINORISTA b) ACTIVIDADES PROFESIONALES Agrupación 83, “Profesionales de la sanidad. Agrupación 84, “Profesionales relacionados con actividades parasanitarias” Agrupación 86, “Profesiones liberales, artísticas y literarias” Agrupación 88 “Profesionales diversos” En cualquier caso, quedan excluidos de esta priorización los siguientes grupos y/o epígrafes correspondientes a actividades empresariales: Subepígrafe 655 “comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes”. Agrupación 69, “Reparaciones” División 8, además de “Instituciones Financieras (ya excluidas como entidades beneficiarias en los requisitos de las presentes bases reguladoras), Seguros, Servicios prestados a las Empresas y Alquileres”, salvo la agrupación 84, “Servicios prestados a las empresas”. Agrupación 91, “Servicios agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros” Agrupación 92, “”Servicios de saneamiento, limpieza y similares. Servicios contra incendios y similares” // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // > Agrupación 98, “Servicios recreativos y culturales”
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Se consideran conceptos subvencionables aquellos gastos que, además de encontrarse individualmente adscritos a algunos de los conceptos contemplados en las presentes Bases, se correspondan con actuaciones recomendadas o propuestas en el proceso de asesoramiento de cada proyecto de desarrollo; esto es, debe tratarse de gastos que respondan a una estrategia concreta de actuación del comercio/empresa en su proceso de desarrollo empresarial. + AMPLIAR INFORMACIÓN DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES // INFORMACIÓN ADICIONAL En concreto, tienen la consideración de gastos subvencionables los siguientes: • • • Rehabilitaciones y obras de mejora en el interior de locales comerciales. Compras de equipamiento, mobiliario y maquinaria relacionada con la actividad en locales comerciales. Gastos derivados de las labores de prospección y estudios de mercado. Gastos en comunicación, publicidad, promoción comercial, etc. Formación específica. Gastos relacionados con la puesta en marcha del proyecto. Gastos e inversiones derivados de la informatización y desarrollo tecnológico. Gastos derivados de la adecuación del establecimiento a la normativa municipal en materia de accesibilidad. Otros gastos o inversiones directamente relacionados con el asesoramiento o la puesta en marcha del proyecto, según el criterio técnico de Lan Ekintza-Bilbao y siempre que se considere que representan una mejora clara del posicionamiento competitivo del establecimiento comercial. • No se incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido como concepto subvencionable, salvo en los supuestos en los que el mismo no sea deducible por la empresa solicitante. // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // // Dossier de Ayudas Lan Ekintza 2010
BENEFICIOS Y CUANTÍAS Asesoramiento El comercio o empresa participante en este Plan de Mejora Empresarial tendrá derecho a un asesoramiento individualizado para la realización del diagnóstico, diseño conjunto de un Plan de Mejora de su Negocio y un acompañamiento en el desarrollo del Plan propuesto con el objetivo de optimizar las inversiones o gastos a realizar. Ayudas económicas Se subvencionará el 50% de los gastos y/o inversiones inherentes a la puesta en marcha del Plan de Mejora hasta un máximo de 6. 000 € en el caso de comercios y un máximo de 4. 500 € en el caso de PYMES. En el caso de nuevas empresas, la ayuda económica establecida se verá incrementada en 500 €, excepto los proyectos que hayan recibido la ayuda al estudio de viabilidad conforme a bases de ejercicios anteriores. Para los comercios ubicados en el barrio de Otxarkoaga y en el área de Zorrozaurre, la ayuda económica establecida se verá incrementada en la cantidad máxima de 4. 000 € para la realización de gastos relativos a rehabilitaciones y obras de mejora en el interior de locales comerciales. Estas ayudas económicas tienen carácter de subvención no reintegrable. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación exigida, se presentarán, concertando cita previa, en las direcciones indicadas para los diferentes barrios en el Anexo II del documento completo. La presentación de solicitud implica la aceptación del contenido de las presentes Bases. Los comercios y empresas podrán presentar más de una solicitud de ayuda con cargo a este Programa Anual, teniendo como límite el de que la suma de las cantidades solicitadas no supere los máximos establecidos en el apartado anterior; así mismo, tampoco se podrá sobrepasar la suma máxima de ayudas que Lan Ekintza-Bilbao puede conceder por cualquier concepto, en períodos trienales, de acuerdo con los establecido en estas Bases. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA – Solicitud debidamente cumplimentada, que habrá sido facilitada por Lan Ekintza-Bilbao. – Declaración jurada relativa al cumplimiento de los requisitos que definen a la microempresa, pequeña y mediana empresa, tal como se contempla en el punto primero del apartado tercero de estas Bases (ver documento completo). – Certificado original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativo de encontrarse al corriente en el pago de las cuotas derivadas del Régimen General o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. – Certificados originales expedidos por todas las Administraciones Públicas con las que la empresa tenga obligaciones de carácter tributario, en el que se acredite que la misma está al corriente de dichas obligaciones. – Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, posteriores modificaciones y de la inscripción en el Registro Mercantil en el caso de Sociedades. – Copia del alta en Impuesto sobre de Actividades Económicas y/o en los registros correspondientes en función de la forma jurídica. – Fotocopia del documento que acredite la representación que ostenta la persona solicitante, en el caso de Sociedades, así como fotocopia del C. I. F. de la Sociedad y del D. N. I. o permiso de trabajo de la persona física. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA – Ficha de datos bancarios de Lan Ekintza-Bilbao o Documento acreditativo equivalente expedido por entidad financiera. – Presupuesto de las inversiones que se van a realizar. – Declaración sobre otras solicitudes de financiación que haya realizado la empresa o tenga intención de realizar para sufragar los costes de los conceptos considerados como subvencionables en estas Bases. Nota: En el caso de que no se presente toda la documentación en los plazos estipulados, o la solicitud tenga una situación deudora con respecto a las entidades que figuran en este apartado sexto, Lan Ekintza-Bilbao le requerirá para su subsanación, concediéndole un plazo máximo de 10 días para la misma; la no regularización de esta situación podrá dar lugar al archivo de la solicitud, teniéndola por desistida de su petición, archivándose sin más trámites el expediente, no estando obligada Lan Ekintza-Bilbao a dictar resolución expresa sobre esta solicitud. Así mismo, Lan Ekintza-Bilbao podrá solicitar la documentación adicional que considere necesaria para comprobar que el comercio o empresa solicitante cumple las condiciones exigidas para tomar parte en el presente Plan de Ayudas. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
VALORACIÓN DE SOLICITUDES Teniendo en consideración que los recursos económicos disponibles para el presente Programa son limitados, las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán de conformidad con su orden de entrada en Lan Ekintza-Bilbao. No obstante, este criterio se podrá alterar si el personal técnico de la Sociedad considera que existen motivos justificados para ello. Para la valoración de las solicitudes se tomará en consideración el grado de consolidación del comercio o empresa. Así mismo, se tendrá en cuenta la coherencia de la solicitud con los objetivos definidos en el Plan Estratégico de Lan Ekintza. Bilbao, así como, en su caso, los criterios de actuación que se apliquen por parte del Ayuntamiento de Bilbao. Las solicitudes serán valoradas y tramitadas por el personal técnico de Lan Ekintza-Bilbao y resueltas mediante Resolución expresa e individualizada de la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao, que será notificada por escrito a la persona solicitante. Considerando el volumen total de ayudas a conceder con cargo a este Programa de Ayudas, el agotamiento de las cantidades consignadas será causa de denegación de nuevas ayudas. No obstante, las ayudas denegadas por este motivo se podrán imputar a los créditos presupuestarios de ejercicios posteriores. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención que no haya sido aprobada por Lan Ekintza-Bilbao podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
MÁXIMO DE AYUDAS Con carácter general, la cantidad máxima que los comercios o empresas beneficiarias de estas Bases pueden recibir en ayudas económicas directas por cualquier concepto de Lan Ekintza-Bilbao, se cifra en 15. 000 euros, dentro de un periodo de tres años. En el caso de comercios o empresas ubicadas en los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala, se computarán a estos efectos las cantidades recibidas a través del Programa de Rehabilitación de Locales Comerciales, gestionado en colaboración con Surbisa. Las solicitudes que se presenten una vez superada esta cifra podrán ser desestimadas por este motivo; únicamente en supuestos excepcionales, en los que se acredite un especial grado de afinidad del motivo de la ayuda con los objetivos del Plan Estratégico de Lan Ekintza-Bilbao 2008 -2011, podrán aceptarse solicitudes por encima de dicho tope. + AMPLIAR INFORMACIÓN DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
MÁXIMO DE AYUDAS // INFORMACIÓN ADICIONAL Con carácter general, la cantidad máxima que los comercios o empresas beneficiarias de estas Bases pueden recibir en ayudas económicas directas, por cualquier concepto, de Lan Ekintza-Bilbao se cifra en 15. 000 euros, dentro de un periodo de tres años. En el caso de comercios o empresas ubicadas en los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala, se computará a estos efectos, las cantidades recibidas a través de Programa de Rehabilitación de Locales Comerciales, gestionado en colaboración con Surbisa. Las solicitudes que se presenten una vez superada esta cifra podrán ser desestimadas por este motivo; únicamente en supuestos excepcionales, en los que se acredite un especial grado de afinidad del motivo de la ayuda con los objetivos del Plan Estratégico de Lan Ekintza-Bilbao 2008 -2011, podrán aceptarse solicitudes por encima de dicho tope. El otorgamiento de estas ayudas es conforme al Reglamento (CE) n. º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 (DOUE 379 de 28 -12 -2006), relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a los apoyos de minimis, o normativa que lo sustituya, actualmente la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200. 000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales (100. 000 en el caso de una empresa que opere en el sector del transporte por carretera). Cuando un importe global de ayuda concedido con arreglo a una medida de ayuda supere este límite máximo, dicho importe de ayuda no podrá acogerse ni siquiera para una fracción que supere el citado límite máximo. Los proyectos incentivables de las empresas que se acojan a las presentes bases no podrán recibir otras ayudas, cualesquiera que sea su naturaleza y el órgano o Administración que las conceda, que acumuladas a las derivadas de las presentes bases, sobrepasen los límites sobre acumulación de ayudas previstos en la normativa comunitaria, y en ningún caso podrán superar el coste del proyecto de inversión o gasto apoyado por las mismas, siendo directamente deducibles de las ayudas concedidas cualesquiera otorgadas por Órganos o Administraciones en los que se contemple la misma finalidad en cuanto a conceptos // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // subvencionables, en los supuestos en que se alcancen los límites señalados.
PAGO DE LAS AYUDAS La empresa beneficiaria comunicará a Lan Ekintza-Bilbao el gasto y/o inversión en el que tiene intención de incurrir al objeto de comprobar su pertinencia y proceder a la aprobación del mismo concepto subvencionable. En caso de que Lan Ekintza. Bilbao estimase que dicho gasto no es subvencionable, éste no sería abonado en caso de realizarse. La persona o empresa beneficiaria presentará la acreditación de gastos con las consiguientes facturas (en el caso de adquisiciones de segunda mano se admitirá otra documentación soporte, validada por el personal técnico de Lan Ekintza. Bilbao, como contratos de compra-venta) y justificantes del pago de las mismas. Con carácter general la tramitación de los pagos se deberá efectuar en un máximo de dos momentos y a partir de un importe mínimo de 450 euros de ayuda solicitada. El primer pago se podrá solicitar una vez se haya producido un avance significativo en la puesta en marcha del proyecto, y el resto, por la cantidad pendiente y hasta completar el límite máximo en cada caso. Se podrá realizar un único pago por la totalidad de la ayuda. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
PAGO DE LAS AYUDAS En el supuesto de que la empresa beneficiaria, en el desarrollo de la puesta en marcha del proyecto, obtuviese condiciones de pago a sus proveedores que supusiesen la superación del número de dos pagos o de los seis meses contemplados en estas Bases reguladoras para la realización de los pagos, el número de pagos y el plazo podrá ampliarse en consonancia con las referidas condiciones de pago, siempre que se notifique previamente y que Lan Ekintza-Bilbao lo considere oportuno, no pudiéndose superar en todo caso un plazo máximo adicional de dos meses para efectuar la solicitud de pago de los gastos y/o inversiones subvencionables pendientes. El pago de las facturas cuyo importe supere los 600 € deberá acreditarse mediante documento bancario, ya sea éste justificante de transferencia o de domiciliación u otro similar. No podrá fraccionarse una factura en varias, disminuyendo así su importe con el fin de eludir el cumplimiento de este requisito. La ayuda se abonará en la cuenta bancaria indicada en la ficha correspondiente. Excepcionalmente, se podrán admitir inversiones realizadas con anterioridad a la presentación de la solicitud, siempre que el concepto sea justificable dentro del Programa y previo visto bueno técnico de Lan Ekintza-Bilbao. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Lan Ekintza-Bilbao destinará a las ayudas económicas de este Plan la cantidad de 120. 000 euros. Dichas cantidades podrán ser ampliadas a lo largo del ejercicio por Acuerdo del Consejo de Administración de Lan Ekintza Bilbao. Nota: En cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa comunitaria, se informa que este Programa de Ayudas, en la parte correspondiente al asesoramiento, es objeto de cofinanciación, en un importe del 50%, por parte del Fondo Social Europeo. Por ello, serán de aplicación las previsiones de seguimiento y control que se deriven del marco normativo del referido Fondo. Serán objeto de la adecuada información y publicidad, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) N. º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo del Reglamento (CE) N. º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y en concreto deberá indicar claramente la participación del Fondo Social Europeo en la Cofinanciación de las ayudas. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN Las Bases del Programa de Ayudas serán de aplicación a las solicitudes que se presenten durante el año 2011. Este plazo podrá ser ampliado por acuerdo del Consejo de Administración, en el que también se determinará la consignación presupuestaria que se dedica al plazo prorrogado. No obstante, las presentes Bases podrán seguir utilizándose una vez finalizado el período de vigencia, siempre que se decida el mantenimiento de los servicios de apoyo regulados en ellas y que la consignación presupuestaria recogida en el punto anterior no se haya agotado. En el caso de que durante la vigencia del Programa fuera preciso desarrollar alguno de los aspectos que se contemplan en el mismo, o realizar alguna adaptación que no suponga una alteración sustancial del mismo, el Consejo de Administración habilita a la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao para realizar dichas modificaciones, de las que se informará al Consejo en la primera reunión del mismo que tenga lugar tras la adopción de las mismas. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS Obligaciones • Facilitar a Lan Ekintza-Bilbao la información que le sea requerida con motivo de la comprobación del Plan de Mejora subvencionado. • Notificar a Lan Ekintza-Bilbao la obtención de otras ayudas a las que la empresa haya podido tener acceso por los mismos conceptos que los reflejados en estas Bases. Sin perjuicio de la compatibilidad de las ayudas obtenidas, únicamente serán objeto de abono los gastos no sufragados en cualquiera de las otras subvenciones que la empresa haya obtenido. • Informar puntualmente sobre cualquier alteración de las condiciones convenidas con Lan Ekintza-Bilbao. • Gestionar de manera correcta y cumplir con los requisitos establecidos para la consecución de las diferentes licencias, permisos y autorizaciones que puedan solicitarse a raíz de las ayudas contempladas en las presentes bases. • Además, Lan Ekintza-Bilbao podrá realizar cuantas inspecciones estime oportunas relacionadas con el proyecto subvencionado. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS Incumplimiento y reintegro de ayudas La constatación de la pérdida de alguna de las condiciones que motivaron la concesión de las ayudas, o del incumplimiento de alguna de las obligaciones de las empresas beneficiarias, será causa de exclusión del Programa de Ayudas, dará lugar a la pérdida del derecho de percepción de las cantidades pendientes y facultará a Lan Ekintza-Bilbao a reclamar el reintegro de las cantidades ya percibidas. El incumplimiento, la exclusión del comercio o empresa, la consecuente obligación de reintegro y la pérdida del derecho a percibir ayudas pendientes, se declarará por Resolución de la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao. Con carácter previo a dicha Resolución, los servicios técnicos de la Sociedad emitirán un informe al respecto. > // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
CONFIDENCIALIDAD Lan Ekintza-Bilbao, S. A. asume el compromiso de que la información sobre los/as beneficiarios/as integrados/as en cualquiera de sus programas de actuación que sea conocida por el personal que intervenga en el mismo no será utilizada para ningún fin diferente al del propio ámbito del programa. Por ello, cuando sea necesaria la participación de asesores o consultores externos en el desarrollo de los programas, Lan Ekintza-Bilbao, S. A. recabará de aquellos un compromiso de confidencialidad en el tratamiento de la información a la que tengan acceso. DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, Lan Ekintza-Bilbao informa que los datos de carácter personal que se reflejen en la documentación a la que dé lugar la tramitación de las presentes Bases pasarán a formar parte de un fichero denominado “EXPEDIENTES SAPYME”, del que es responsable Lan Ekintza-Bilbao, con domicilio en C Nervión 3, 48001 – Bilbao. Este fichero tiene como finalidad la gestión del Servicio de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa, ha sido notificado a la Agencia Española de Protección de Datos y cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos. En cualquier caso, las personas y entidades interesadas resultan informadas y dan su consentimiento tanto al tratamiento de sus datos para la finalidad mencionada, como a su cesión a consultoras, organismos públicos, fundaciones, asociaciones o entidades financieras, a efectos de gestión de las políticas activas de empleo, intermediación en el mercado de trabajo, así como la realización de estudios y análisis del mercado laboral. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) N. º 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, la aceptación de la cofinanciación del Fondo Social Europeo por las beneficiarias y beneficiarios implica la aceptación de su inclusión en la lista pública al efecto, que se publicará de conformidad con el art. 7, apartado 2, letra d del mismo reglamento; esto es: publicación electrónica o por otro medio, de la citada lista, los nombres de las operaciones y la cantidad de fondos públicos asignada a las operaciones. No se nombrará a los participantes en una operación del Fondo Social Europeo. La identificación del beneficiario DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO se realizará a través de la referencia al número de expediente correspondiente. // Ayudas especiales para la promoción de barrios 2011 //
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